Prohibe el ingreso a la región de NOA de bananas originarias de países con Micosphaerella fijiensis, Pseudomonas solanacearum y Stachylidium theobromae.
Se prohibe el ingreso al país de conejos y liebres vivas, de carne de conejo destinada al consumo humano o animal, de pelo y de cueros no curtidos de conejo.