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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-443-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 20 de Julio de 2022

Referencia: EX-2021-123711877- -APN-DGTYA#SENASA - APRUEBA LA “POLÍTICA DE USO
ACEPTABLE DE CORREO ELECTRÓNICO, INTERNET, INTRANET Y RED DE DATOS” DEL SENASA

VISTO el Expediente N° EX-2021-123711877- -APN-DGTYA#SENASA; la Decisión Administrativa N° 669
del 20 de diciembre de 2004 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. 228 del
2 de mayo de 2006, 570 del 29 de agosto de 2006, RESOL-2018-667-APN-PRES#SENASA y RESOL-2018668-APN-PRES#SENASA ambas del 5 de octubre de 2018, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 228 del 2 de mayo de 2006 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) se conformó el “Comité de Seguridad de la Información” con sus
correspondientes responsabilidades y atribuciones emergentes de la Política Modelo de Seguridad de la
Información y se determinó quiénes serían sus responsables, en función de lo establecido por la Decisión
Administrativa N° 669 del 20 de diciembre de 2004.
Que por la Resolución N° 570 del 29 de agosto de 2006 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprobó el “Reglamento de Funcionamiento Interno” del Comité de
Seguridad de la Información y el “Circuito de Aprobación de Normas de Procedimiento para la gestión de la
Seguridad de la Información”.
Que la Resolución N° RESOL-2018-667-APN-PRES#SENASA del 5 de octubre de 2018 del mentado Servicio
Nacional aprobó la “Política de Uso Aceptable de Correo Electrónico, Internet, Intranet y Red”.
Que, en ese sentido, con el objetivo de actualizar el uso de dichos servicios por parte de los usuarios, se hace
imprescindible establecer los lineamientos de cumplimiento obligatorio para preservar los activos del mencionado
Organismo.
Que el acceso a estos recursos desde el puesto de trabajo genera responsabilidades, ya que el mal uso o abuso de

�ellos expone a los sistemas informáticos del SENASA al ingreso de SPAM y de todo tipo de malware, citando
como ejemplos al ransomware, botnet, spyware, rootkit, APT o Amenaza Persistente Avanza, ataques de día 0,
DDos o Denegación Distribuida de Servicio e ingeniería social.
Que en virtud del avance continuo en materia de tecnología, y del uso de trabajo presencial/remoto que ha llevado
a la modificación de los niveles de navegación internos y al uso de correos electrónicos no oficiales, se ha puesto
a consideración del Comité de Seguridad el proyecto de actualización de la “PUA” o “Política de Uso Aceptable
de correo electrónico, Internet, Intranet y la red de datos” de este Servicio Nacional.
Que dicha Política integra la cláusula “Gestión de Comunicaciones y Operaciones” de la “Política de Seguridad
de la Información Modelo” establecida en la Resolución N° RESOL-2018-668-APN-PRES#SENASA del 5 de
octubre de 2018 del mentado Servicio Nacional.
Que en cumplimiento de sus funciones, la Dirección de Tecnología de la Información, dependiente de la
Dirección General Técnica y Administrativa, ha avanzado y tiene previsto continuar con los procesos tendientes a
unificar la información y los servicios vinculados con la tecnología que administra, gestionando su
almacenamiento, resguardo y explotación, y los servicios y mecanismos de gestión de comunicaciones del
Organismo.
Que mediante el Acta N° 1 del 13 de octubre de 2021 del citado Comité de Seguridad se da cuenta de que los
representantes han efectuado el análisis del proyecto mencionado y, luego de su tratamiento, debate y votación,
fue aprobado en forma unánime.
Que, por lo expuesto, corresponde abrogar la citada Resolución N° RESOL-2018-667-APN-PRES#SENASA.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto de conformidad con las atribuciones conferidas
por el Artículo 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825
del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la “Política de Uso Aceptable de correo electrónico, Internet, Intranet y red de datos”
del Organismo, conforme al Acta N° 1 del 13 de octubre de 2021 del Comité de Seguridad de la Información que,
como Anexo (IF-2021-121185788-APN-DTINF#SENASA), forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Abrógase la Resolución N° RESOL-2018-667-APN-PRES#SENASA del 5 de octubre de 2018
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y

�archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.07.20 13:19:10 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.07.20 13:19:26 -03:00

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                <text>Apruébase la “Política de Uso Aceptable de correo electrónico, Internet, Intranet y red de datos” del Organismo, conforme al Acta N° 1 del 13 de octubre de 2021 del Comité de Seguridad de la Información que, como Anexo (IF/2021/121185788/APN/DTINF#SENASA), forma parte integrante de la presente resolución.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-444-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 26 de Junio de 2020

Referencia: EE 34216334/2020 - DA POR PRORROGADA LA DESIGNACIÓN TRANSITORIA DE LA
ABOGADA MARÍA JOSÉ CERMELO COMO COORDINADORA JURÍDICA DE DELEGACIÓN
REGIONAL IV

VISTO el Expediente N° EX-2020-34216334- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto de Necesidad y Urgencia
N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020; el Decreto Nº DCTO-2020-328-APN-PTE del 31
marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007;
las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y DA-2019-766APN-JGM del 6 de septiembre de 2019; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del
citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010
del referido Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; la Resolución Nº RESOL2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del mentado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2019-766-APN-JGM del 6 de septiembre de 2019 se designó con
carácter transitorio en el cargo de Coordinadora Jurídica de Delegación Regional IV de la Dirección de Asuntos
Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la
Abogada Da. María José CERMELO (M.I. N° 26.703.952).
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020, se autorizó a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, a prorrogar las designaciones transitorias que
oportunamente fueran dispuestas en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprobó la estructura

�organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se aprobó la estructura organizativa de nivel
inferior al segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo
en cuestión, por lo que procede la prórroga de la designación transitoria de la Abogada Da. María José
CERMELO (M.I. N° 26.703.952) en el cargo de Coordinadora Jurídica de Delegación Regional IV de la
Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a este Organismo.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por los Artículos 8°,
inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de
2010, y 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dese por prorrogada, a partir del 3 de junio de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria de la Abogada Da. María
José CERMELO (M.I. N° 26.703.952), dispuesta por la Decisión Administrativa N° DA-2019-766-APN-JGM del
6 de septiembre de 2019, como Coordinadora Jurídica de Delegación Regional IV de la Dirección de Asuntos
Jurídicos, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el
correspondiente pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

�ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.06.26 10:04:53 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2020.06.26 10:06:13 -03:00

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                <text>Dese por prorrogada, a partir del 3 de junio de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria de la Abogada Da. María José CERMELO (M.I. N° 26.703.952), dispuesta por la Decisión Administrativa N° DA/2019/766/APN/JGM del 6 de septiembre de 2019, como Coordinadora Jurídica de Delegación Regional IV de la Dirección de Asuntos Jurídicos, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-447-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 26 de Junio de 2020

Referencia: EE 37910196/2020 - AUSPICIA LA CUARTA JORNADA AVÍCOLA

VISTO el Expediente Nº EX-2020-37910196- -APN-DGTYA#SENASA, y

CONSIDERANDO:
Que la Red Alimentaria de la Sanidad y Producción Avícola solicita el auspicio del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Cuarta Jornada Avícola, cuyo tema será Producción y
Proceso con el lema “Por y Para la Avicultura”, a realizarse de forma virtual los días viernes 17 y 24 de julio de
2020.
Que las actividades a desarrollarse en el marco de dicho evento son de interés para este Servicio Nacional, por lo
que se considera favorable acceder a lo solicitado.
Que el auspicio antes mencionado no implica erogación alguna para este Organismo.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 8°, inciso h) del Decreto
N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Auspiciar la Cuarta Jornada Avícola cuyo tema será Producción y Proceso con el lema “Por y
Para la Avicultura”, a realizarse de forma virtual los días viernes 17 y 24 de julio de 2020.

�ARTÍCULO 2°.- El presente auspicio no implica erogación alguna para el SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.06.26 10:05:57 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2020.06.26 10:07:09 -03:00

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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-448-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 21 de Julio de 2022

Referencia: EX-2022-67787634- -APN-DGTYA#SENASA - ENCOMIENDA TRANSITORIAMENTE LA
ATENCIÓN DEL DESPACHO DE LA COORDINACIÓN REGIONAL DE SANIDAD ANIMAL DE LA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL ENTRE RÍOS AL MÉDICO VETERINARIO RAÚL IGNACIO
CAROPRESI

VISTO el Expediente Nº EX-2022-67787634- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y DECTO-2017-355-APN-PTE del
22 de mayo de 2017 y su modificatorio; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre
de 2018 y DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 se aprueba la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de
conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se modifica
la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y se incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de
Funciones Directivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio
Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, en lo que respecta a la Dirección Nacional
de Operaciones.
Que el cargo de titular de la Coordinación Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro Regional Entre
Ríos, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones, se encuentra vacante.

�Que a fin de garantizar el normal desarrollo de las tareas y las responsabilidades de la mentada Coordinación
Regional, resulta procedente encomendar transitoriamente la atención de su despacho, a partir del 1 de julio de
2022, al Médico Veterinario D. Raúl Ignacio CAROPRESI (M.I. N° 30.739.611).
Que el agente propuesto para asumir el ejercicio de las funciones de que se trata, reúne las condiciones de
idoneidad, capacidad y experiencia para cumplir dicho cometido.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Encomendar transitoriamente, a partir del 1 de julio de 2022, la atención del despacho de la
Coordinación Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro Regional Entre Ríos, dependiente de la
Dirección Nacional de Operaciones, al Médico Veterinario D. Raúl Ignacio CAROPRESI (M.I. N° 30.739.611),
por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución y hasta tanto se proceda a la cobertura
de dicho cargo en los términos del Decreto Nº DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su
modificatorio.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, notifíquese y archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.07.21 15:56:54 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.07.21 15:57:11 -03:00

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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-449-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Domingo 24 de Julio de 2022

Referencia: EX-2022-67453495- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA DESIGNACIONES
TRANSITORIAS DE DISTINTAS UNIDADES ORGANIZATIVAS DE LA DIRECCIÓN DE
LABORATORIOS Y CONTROL TÉCNICO

VISTO el Expediente Nº EX-2022-67453495- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.591; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 y DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; los
Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018, DCTO-2020-328-APN-PTE del 31
de marzo de 2020 y DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2020-1822-APN-JGM del 8 de octubre de 2020, DECAD2020-1937-APN-JGM del 27 de octubre de 2020, DECAD-2020-1944-APN-JGM del 28 de octubre de 2020 y
DECAD-2022-4-APN-JGM del 5 de enero de 2022; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de
2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18
de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; las
Resoluciones Nros. RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 y RESOL-2021-434-APNPRES#SENASA del 13 de agosto de 2021, ambas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-1822-APN-JGM del 8 de octubre de 2020 se da por
designada con carácter transitorio, a partir del 21 de julio de 2020 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados desde la fecha de la medida, en el cargo de Coordinadora de Laboratorios Regionales y
Campos Experimentales de la Coordinación General de Gestión Técnica en Laboratorio, dependiente de la
Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, a la Médica Veterinaria Da. Ana Cecilia GARMENDIA (D.N.I. N° 23.703.490),
designación prorrogada mediante la Resolución Nº RESOL-2021-434-APN-PRES#SENASA del 13 de agosto de

�2021 del mentado Servicio Nacional.
Que a través de la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-1937-APN-JGM del 27 de octubre de 2020 se da
por designado con carácter transitorio, a partir del 21 de julio de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días contados desde la fecha de la medida, en el cargo de Coordinador de Virología de la Dirección de
Laboratorio Animal, dependiente de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Doctor en Química Biológica D. Diego
Ariel RIVA (D.N.I. N° 25.558.097), designación prorrogada mediante la citada Resolución Nº RESOL-2021-434APN-PRES#SENASA.
Que, asimismo, por la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-1944-APN-JGM del 28 de octubre de 2020 se
da por designado con carácter transitorio, a partir del 1 de abril de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días contados desde la fecha de la medida, en el cargo de Coordinador de Activos y Residuos Químicos de
la Dirección de Laboratorio Animal, dependiente de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Licenciado en Ciencias
Químicas D. Carlos Eugenio ALLI (D.N.I. N° 25.807.687), designación prorrogada mediante la aludida
Resolución Nº RESOL-2021-434-APN-PRES#SENASA.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en los términos del mismo.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021
se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N°
27.541 y prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 rigen, a partir del
1 de enero de 2022, las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2021, sus normas modificatorias y complementarias.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.

�Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprueba la estructura organizativa de nivel
inferior al segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria de los mencionados profesionales.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 7 de mayo de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria de la Médica Veterinaria Da.
Ana Cecilia GARMENDIA (D.N.I. N° 23.703.490), dispuesta por la Decisión Administrativa Nº DECAD-20201822-APN-JGM del 8 de octubre de 2020 y prorrogada mediante la Resolución Nº RESOL-2021-434-APNPRES#SENASA del 13 de agosto de 2021 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, en el cargo de Coordinadora de Laboratorios Regionales y Campos Experimentales de
la Coordinación General de Gestión Técnica en Laboratorio, dependiente de la Dirección General de Laboratorios
y Control Técnico del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría
Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido
Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente
pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 2°.- Prorróguese, a partir del 7 de mayo de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Doctor en Química Biológica D.
Diego Ariel RIVA (D.N.I. N° 25.558.097), dispuesta por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-1937APN-JGM del 27 de octubre de 2020 y prorrogada mediante la mentada Resolución Nº RESOL-2021-434-APN-

�PRES#SENASA, en el cargo de Coordinador de Virología de la Dirección de Laboratorio Animal, dependiente
de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del citado Servicio Nacional, quien revista en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del referido Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 3°.- Prorróguese, a partir del 7 de mayo de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Licenciado en Ciencias Químicas
D. Carlos Eugenio ALLI (D.N.I. N° 25.807.687), dispuesta por la Decisión Administrativa Nº DECAD-20201944-APN-JGM del 28 de octubre de 2020 y prorrogada mediante la citada Resolución Nº RESOL-2021-434APN-PRES#SENASA, en el cargo de Coordinador de Activos y Residuos Químicos de la Dirección de
Laboratorio Animal, dependiente de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, quien revista en el Agrupamiento Operativo,
Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del aludido Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial,
autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 4°.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2022.07.24 10:43:14 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2022.07.24 10:43:27 -03:00

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                <text>Prorróguese, a partir del 7 de mayo de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria de la Médica Veterinaria Da. Ana Cecilia GARMENDIA (D.N.I. N° 23.703.490), dispuesta por la Decisión Administrativa N DECAD/2020/ 1822/APN/JGM del 8 de octubre de 2020 y prorrogada mediante la Resolución N RESOL/2021/434/APN/ PRES#SENASA del 13 de agosto de 2021 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en el cargo de Coordinadora de Laboratorios Regionales y Campos Experimentales de la Coordinación General de Gestión Técnica en Laboratorio, dependiente de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-459-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 25 de Julio de 2022

Referencia: EX-2022-59490429- -APN-DGTYA#SENASA - ENCOMIENDA TRANSITORIAMENTE LA
ATENCIÓN DEL DESPACHO DE LAS COORDINACIONES ADMINISTRATIVAS DE DELEGACIÓN
REGIONAL

VISTO el Expediente N° EX-2022-59490429- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y DECTO-2017-355-APN-PTE del
22 de mayo de 2017 y su modificatorio; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de
2018; las Resoluciones Nros. RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 y RESOL-2022342-APN-PRES#SENASA del 7 de junio de 2022, ambas del referido Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 se aprueba la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de
conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que mediante la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del citado
Servicio Nacional se aprueba la estructura organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo del aludido
Organismo.
Que a través de la Resolución N° RESOL-2022-342-APN-PRES#SENASA del 7 de junio de 2022 del referido
Servicio Nacional se modifica la estructura organizativa de segundo nivel operativo y la estructura de nivel
departamental del Organismo.
Que por el Artículo 4° de la mentada Resolución N° RESOL-2022-342-APN-PRES#SENASA se suprimen del
Anexo IV del Artículo 2° de la mencionada Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM las Acciones

�(Tipo) de las CATORCE (14) unidades denominadas “Coordinación Regional Administrativa”, y por su Artículo
9° se incorporan al Anexo II del Artículo 1° de la citada Resolución N° RESOL-2019-520-APNPRES#SENASA, con dependencia directa de la Dirección General Técnica y Administrativa, las Acciones (Tipo)
de CATORCE (14) unidades denominadas “Coordinación Administrativa de Delegación Regional (TIPO IXIV)”.
Que los cargos de titulares de las Coordinaciones Administrativas de Delegación Regional se encuentran vacante.
Que a fin de continuar con el normal desarrollo de las tareas y de las responsabilidades de las mencionadas
Coordinaciones Administrativas, resulta procedente encomendar transitoriamente la atención de sus despachos a
los agentes detallados en el Anexo (IF-2022-74846376-APN-DRRHH#SENASA) que forma parte integrante de
la presente resolución.
Que los agentes propuestos reúnen las condiciones de capacidad y experiencia para cumplir dicho cometido.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en el Artículo 8°, inciso h) del Decreto N°
1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Encomendar transitoriamente, a partir del 7 de junio de 2022, la atención del despacho de las
Coordinaciones Administrativas de Delegación Regional (TIPO I-XIV), dependientes de la Dirección General
Técnica y Administrativa, a los agentes detallados en el Anexo (IF-2022-74846376-APN-DRRHH#SENASA)
que forma parte integrante de la presente resolución y hasta tanto se proceda a la cobertura de dicho cargo en los
términos del Decreto Nº DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, notifíquese y archívese.

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Date: 2022.07.25 18:16:46 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2022.07.25 18:17:00 -03:00

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                <text>Encomienda transitoriamente la atención del despacho de las coordinaciones administrativas de Delegación Regional</text>
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                <text>Encomendar transitoriamente, a partir del 7 de junio de 2022, la atención del despacho de las Coordinaciones Administrativas de Delegación Regional (TIPO I/XIV), dependientes de la Dirección General Técnica y Administrativa, a los agentes detallados en el Anexo (IF/2022/74846376/APN/DRRHH#SENASA) que forma parte integrante de la presente resolución y hasta tanto se proceda a la cobertura de dicho cargo en los términos del Decreto N DECTO/2017/355/APN/PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-467-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 16 de Julio de 2020

Referencia: EE 41340273/2020 - PRORROGA DESIGNACIONES TRANSITORIAS DE LOS MÉDICOS
VETERINARIOS EDUARDO ERNESTO CLAPERA Y JOSÉ GUSTAVO ESQUERCIA

VISTO el Expediente N° EX-2020-41340273- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto de Necesidad y Urgencia
Nº DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020; los Decretos Nros. 1.630 del 25 de septiembre de
2014,DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 marzo de
2020; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018; el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; la Resolución Conjunta N°
89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA
GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su
similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría,
respectivamente; las Resoluciones Nros. 755 del 20 de diciembre de 2016 y RESOL-2018-776-APNPRES#SENASA del 29 de octubre de 2018, ambas del mentado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.630 del 25 de septiembre de 2014, se efectuó la designación transitoria de los agentes
que se consignan en los Anexos que forman parte integrante de la citada norma, en los cargos que se detallan en
cada caso, dependientes de la entonces Dirección de Centro Regional Patagonia Sur y de la ex-Dirección
Nacional Técnica y Administrativa.
Que mediante el Artículo 1° de la Resolución N° RESOL-2018-776-APN-PRES#SENASA del 29 de octubre de
2018 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se prorrogó la
designación transitoria del Médico Veterinario D. Eduardo Ernesto CLAPERA (M.I. N° 12.214.479), dispuesta
por el citado Decreto N° 1.630/14 y prorrogada por la Resolución N° 755 del 20 de diciembre de 2016 del
referido Servicio Nacional, como Coordinador Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la entonces
Dirección de Centro Regional Patagonia Sur.

�Que, asimismo, por el Artículo 2° de la mencionada Resolución N° 776/18 se prorrogó la designación transitoria
del Médico Veterinario D. José Gustavo ESQUERCIA (M.I. N° 13.349.283), dispuesta por el mentado Decreto
N° 1.630/14 y prorrogada por la citada Resolución N° 755/16, como Coordinador Regional de Sanidad Animal de
la entonces Dirección de Centro Regional Patagonia Sur.
Que a través del Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018, se facultó a los
Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas
de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas
por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones
y/o últimas prórrogas.
Que el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 autorizó a los Ministros y a las
Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, a prorrogar las
designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o
de sus últimas prórrogas.
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, se aprobó la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional.
Que atento el dictado de la referida Decisión Administrativa N° 1.881/18, la entonces Dirección de Centro
Regional Patagonia Sur fue homologada, denominándose actualmente Dirección de Centro Regional Patagonia.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria de los citados profesionales.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota N° NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso, las disposiciones del referido Decreto
N° 1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
en virtud de lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y por el Artículo 1° del Decreto Nº DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

�RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada, a partir del 7 de junio de 2018 y hasta el 9 de diciembre de 2018, la
designación transitoria del Médico Veterinario D. Eduardo Ernesto CLAPERA (M.I. N° 12.214.479), dispuesta
por el Decreto Nº 1.630 del 25 de septiembre de 2014 y prorrogada por las Resoluciones Nros. 755 del 20 de
diciembre de 2016 y RESOL-2018-776-APN-PRES#SENASA del 29 de octubre de 2018, ambas del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, como Coordinador Regional de Inocuidad y
Calidad Agroalimentaria de la entonces Dirección de Centro Regional Patagonia Sur, quien revista en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 7, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de
2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- Prorrógase a partir del 10 de diciembre de 2018 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la presente medida, la designación transitoria del Médico Veterinario D. Eduardo
Ernesto CLAPERA (M.I. N° 12.214.479), dispuesta por el citado Decreto N° 1.630/14 y prorrogada por las
referidas Resoluciones Nros. 755/16 y 776/18, como Coordinador Regional de Inocuidad y Calidad
Agroalimentaria de la Dirección de Centro Regional Patagonia dependiente de la Dirección Nacional de
Operaciones, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 7, Tramo Principal del
referido Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva
IV.
ARTÍCULO 3°.- Dase por prorrogada, a partir del 7 de junio de 2018 y hasta el 9 de diciembre de 2018, la
designación transitoria del Médico Veterinario D. José Gustavo ESQUERCIA (M.I. N° 13.349.283), dispuesta
por el Decreto N° 1.630 del 25 de septiembre de 2014 y prorrogada por las Resoluciones Nros. 755 del 20 de
diciembre de 2016 y RESOL-2018-776-APN-PRES#SENASA del 29 de octubre de 2018, ambas del mentado
Servicio Nacional, como Coordinador Regional de Sanidad Animal de la entonces Dirección de Centro Regional
Patagonia Sur, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 3, Tramo Superior del
referido Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva
IV.
ARTÍCULO 4°.- Prorrógase a partir del 10 de diciembre de 2018 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la presente medida, la designación transitoria del Médico Veterinario D. José
Gustavo ESQUERCIA (M.I. N° 13.349.283), dispuesta por el mencionado Decreto N° 1.630/14 y prorrogada por
las aludidas Resoluciones Nros. 755/16 y 776/18, como Coordinador Regional de Sanidad Animal de la referida
Dirección de Centro Regional Patagonia, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional,
Grado 3, Tramo Superior del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, autorizándose el correspondiente
pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 5°.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD

�AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.07.16 17:21:11 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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ELECTRONICA - GDE
Date: 2020.07.16 17:21:15 -03:00

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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-468-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 16 de Julio de 2020

Referencia: EE 43183842/2020 - CREA EL SISTEMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL PÚBLICO (SIAP)

VISTO el Expediente N° EX-2020-43183842- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley N° 27.233; el Decreto N° 1.585
del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del
10 de diciembre de 2018; las Resoluciones Nros. RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de
2019 y RESOL-2019-885-APN-PRES#SENASA del 29 de julio de 2019, ambas del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, se asigna al SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la responsabilidad de ejecutar las políticas
nacionales en materia de sanidad y calidad animal y vegetal, prevenir, controlar y erradicar las enfermedades de
los animales y las plagas vegetales, en salvaguarda del patrimonio sanitario animal y vegetal de la REPÚBLICA
ARGENTINA.
Que mediante el Artículo 1° de la Ley N° 27.233 se declara de interés nacional la sanidad de los animales y los
vegetales, así como la prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y de las plagas que afecten la
producción silvoagropecuaria nacional, la flora y la fauna, la calidad de las materias primas producto de las
actividades silvo-agrícolas, ganaderas y de la pesca, así como también la producción, inocuidad y calidad de los
agroalimentos, los insumos agropecuarios específicos y el control de los residuos químicos y contaminantes
químicos y microbiológicos en los alimentos y el comercio nacional e internacional de dichos productos y
subproductos.
Que, a su vez, el Artículo 5° del mencionado cuerpo normativo establece que el SENASA, en su carácter de
organismo descentralizado con autarquía económica-financiera y técnico-administrativa y dotado de personería
jurídica propia en la jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, es la
autoridad de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de las acciones previstas en

�la Ley N° 27.233.
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, se aprueba la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, adecuando la estructura dictada por el citado Decreto Nº 1.585/96.
Que a través de la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprueba la estructura
organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo de este Organismo.
Que mediante el Artículo 2º de la mentada decisión administrativa se aprueba, entre otras unidades organizativas,
la Coordinación General de Gestión Documental, la que cuenta entre sus acciones la de coordinar las tareas
vinculadas con el Centro de Información al Usuario, mediante la gestión de la información pública y
bibliográfica, los servicios al ciudadano y la compilación de los trámites y procedimientos del Organismo en el
marco del Gobierno Abierto y la Transparencia Activa.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-885-APN-PRES#SENASA del 29 de julio de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se aprueban los procedimientos para la
gestión de las Solicitudes de Información Pública (Ley N° 27.275) y para la gestión de quejas y sugerencias
presentadas ante este Organismo.
Que el SENASA, como organismo de control agroalimentario federal y de referencia internacional, tiene una
larga y fructífera historia en la atención al público y cuenta con saberes acumulados al respecto.
Que la citada Coordinación General, a través de su Coordinación de Documentación e Información al Ciudadano,
propicia la creación y puesta en marcha del Sistema Integral de Atención al Público del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que dicho sistema tiene como objetivo lograr que la gestión del conocimiento que lleva consigo al conjunto de
recursos y actividades realizadas con el fin de utilizar, compartir y desarrollar saberes y experiencias, se realice
eficientemente de manera sistemática y armónica, promoviendo respuestas oportunas, unívocas y concretas a la
ciudadanía.
Que, en ese sentido, cabe destacar que el valor público es una finalidad de las organizaciones del sector público,
que expresa los resultados/servicios destinados a fortalecer, atender, responder a derechos, demandas y
expectativas de la ciudadanía.
Que, del mismo modo, el “Código Iberoamericano de Buen Gobierno”, aprobado en Montevideo el 23 de junio de
2006, entre otras reglas, señala que se debe garantizar que la gestión pública tenga un enfoque centrado en el
ciudadano y el ejercicio del derecho de los ciudadanos y de los pueblos a la información sobre el funcionamiento
de los servicios que tengan encomendados.
Que en la actualidad, y fundamentalmente en tiempos de pandemia, la ciudadanía por diferentes motivos
(económicos o sociales) requiere mayor atención de los órganos de gobierno.
Que la organización, para una atención eficiente de las necesidades de información del amplísimo abanico de
usuarios, requiere acudir a la transversalidad: la interacción y la cooperación de todas las áreas del SENASA, no
sólo las que tienen como principal acción atender al público.

�Que con el SIAP se busca que todos los esfuerzos del personal de este Organismo encuentren un cauce común y
que las áreas centrales (sustantivas y de apoyo) y regionales colaboren e interaccionen entre sí.
Que, en consecuencia, a fin de fortalecer dicho sistema y en la necesidad de estandarizar, agilizar y mejorar la
forma de relacionamiento con el público externo, puntualmente, en lo que refiere a la admisión de quejas,
sugerencias, solicitudes de información u otras consultas institucionales, las Direcciones de primera apertura y las
Direcciones de Centro Regional dependientes de la Dirección Nacional de Operaciones, deberán designar UN (1)
referente o más y suplentes, para el tratamiento de los temas referidos a la atención y participación ciudadana y
para mantener un contacto fluido y virtuoso para la asistencia mutua o para compartir experiencias.
Que, en virtud de lo expuesto y con el fin de intensificar los esfuerzos para lograr objetivos comunes a todo el
SENASA, a sus trabajadores y a la comunidad, se considera procedente la creación del Sistema Integral de
Atención al Público de este Organismo.
Que la presente medida no implica la creación de nuevas aperturas estructurales ni erogación presupuestaria
adicional alguna para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso h)
del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Creación del SIAP. Créase el “Sistema Integral de Atención al Público (SIAP) del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA”, bajo la órbita de la Coordinación General
de Gestión Documental, el que será ejecutado a través de su Coordinación de Documentación e Información al
Ciudadano.
ARTÍCULO 2°.- Objetivo General del SIAP. El objetivo del sistema creado en el artículo precedente es lograr
que la gestión del conocimiento que lleva consigo al conjunto de recursos y actividades realizadas con el fin de
utilizar, compartir y desarrollar saberes y experiencias, se ejecute eficientemente de manera sistemática y
armónica, promoviendo respuestas oportunas, unívocas y concretas a la ciudadanía, estandarizando la atención al
público en todas las Oficinas del SENASA.
ARTÍCULO 3°.- Objetivos específicos del SIAP. Serán objetivos específicos del sistema:
a) Conformar la Red de referentes de atención al público y participación ciudadana del Organismo.
b) Realizar mapeos de la atención al público en todas las áreas del Organismo.

�c) Elaborar una matriz de indicadores para la detección de consultas frecuentes y necesidades de los ciudadanos,
mediante la recolección, sistematización y análisis de los datos existentes en las áreas centrales y regionales.
d) Promover el uso de herramientas tecnológicas que permitan contactos más efectivos, innovadores y dinámicos
con el público externo.
e) Promover el diseño y desarrollo de acciones que acerquen al SENASA a la ciudadanía.
f) Sistematizar y actualizar los contenidos de los trámites y servicios del SENASA, que permitan búsquedas
ágiles y dinámicas a fin de fortalecer el SIAP, con intervención de las áreas operativas para reconocer los
circuitos de cada ámbito.
ARTÍCULO 4°.- La Coordinación de Documentación e Información al Ciudadano tendrá las siguientes
responsabilidades, sin perjuicio de las acciones establecidas en la Resolución N° RESOL-2019-520-APNPRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA:
a) Organizar y coordinar la Red de Referentes de atención al público y participación ciudadana para diseñar
estrategias de trabajo conjunto y articulado.
b) Diseñar talleres para las actividades de transmisión de conocimientos, a fin de alcanzar mayores estándares de
calidad en todas las Oficinas del SENASA y metas cuantificables para su desempeño futuro.
c) Afianzar el desarrollo de tareas conjuntas con la Coordinación General de Comunicación Institucional para
divulgar acciones orientadas a la ciudadanía y al usuario interno.
d) Afianzar el desarrollo de acciones conjuntas con la Dirección de Tecnología de la Información para promover
el uso de herramientas tecnológicas que permitan contactos más efectivos, innovadores y dinámicos con el
público externo, a través de sus referentes informáticos.
e) Afianzar el desarrollo de acciones conjuntas con la Dirección de Recursos Humanos para propiciar, a través de
sus referentes de capacitación, actividades formativas que faciliten la comprensión y el alcance de los dispositivos
de participación y colaboración ciudadana.
f) Fomentar, conjuntamente con los referentes de atención al público y participación ciudadana, el uso de
herramientas para fortalecer el SIAP y la utilización de un lenguaje administrativo claro y comprensible para
todas las personas.
ARTÍCULO 5°.- Referentes de atención al público y participación ciudadana. Las Direcciones de primera
apertura y las Direcciones de Centro Regional dependientes de la Dirección Nacional de Operaciones deberán
informar, mediante Comunicación Oficial del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), a la
Coordinación General de Gestión Documental y a su Coordinación de Documentación e Información al
Ciudadano en el plazo de SETENTA Y DOS (72) horas de la publicación de la presente medida en el Boletín
Oficial, los referentes designados, en carácter de titular y suplentes, que participarán del sistema creado en el
Artículo 1° del presente acto.
ARTÍCULO 6°.- Déjase establecido que el sistema creado en el Artículo 1° de la presente medida no implica la
creación de nuevas aperturas estructurales ni erogación presupuestaria adicional alguna para el ESTADO

�NACIONAL.
ARTÍCULO 7°.- Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.07.16 17:21:31 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2020.07.16 17:21:34 -03:00

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                <text>Creación del SIAP. Créase el “Sistema Integral de Atención al Público (SIAP) del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA”, bajo la órbita de la Coordinación General de Gestión Documental, el que será ejecutado a través de su Coordinación de Documentación e Información al Ciudadano.</text>
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2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-470-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 16 de Julio de 2020

Referencia: EE 41420434/2020 - PRORROGA DESIGNACIÓN TRANSITORIA DEL AGENTE CARLOS
BENZO COMO COORDINADOR REGIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL DE LA DIRECCIÓN DE
CENTRO REGIONAL NEA

VISTO el Expediente N° EX-2020-41420434- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020; los Decretos Nros. 1.776 del 7 de noviembre de
2013, DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo
de 2020; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018; el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; la Resolución Conjunta N°
89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA
GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su
similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría,
respectivamente; las Resoluciones Nros. 741 del 20 de diciembre de 2016 y RESOL-2018-526-APNPRES#SENASA del 4 de septiembre de 2018, ambas del mentado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.776 del 7 de noviembre de 2013, se designó con carácter transitorio, entre otros, al
Ingeniero Agrónomo D. Carlos BENZO (M.I. N° 16.386.928) en el cargo de ex-Coordinador Regional Temático
de Protección Vegetal de la entonces Dirección de Centro Regional Corrientes-Misiones, designación que fuera
prorrogada por las Resoluciones Nros. 741 del 20 de diciembre de 2016 y RESOL-2018-526-APNPRES#SENASA del 4 de septiembre de 2018, ambas del mentado Servicio Nacional.
Que mediante el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018, se facultó a los
Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas
de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas
por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones
y/o últimas prórrogas.

�Que a través del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020, se autorizó a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, a prorrogar las
designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o
de sus últimas prórrogas.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria del citado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota N° NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso, las disposiciones del citado Decreto
N° 1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1º del Decreto Nº DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 8 de junio de 2018 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de la presente medida, la designación transitoria del Ingeniero Agrónomo D. Carlos
BENZO (M.I. N° 16.386.928), dispuesta por el Decreto N° 1.776 del 7 de noviembre de 2013 y prorrogada por
las Resoluciones Nros. 741 del 20 de diciembre de 2016 y RESOL-2018-526-APN-PRES#SENASA del 4 de
septiembre de 2018, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
como Coordinador Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional NEA, dependiente de la
Dirección Nacional de Operaciones, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 3,
Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del referido Servicio Nacional,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y

�CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2020.07.16 17:22:25 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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ELECTRONICA - GDE
Date: 2020.07.16 17:22:29 -03:00

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                <text>Prorrógase, a partir del 8 de junio de 2018 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la presente medida, la designación transitoria del Ingeniero Agrónomo D. Carlos BENZO (M.I. N° 16.386.928), dispuesta por el Decreto N° 1.776 del 7 de noviembre de 2013 y prorrogada por las Resoluciones Nros. 741 del 20 de diciembre de 2016 y RESOL/2018/526/APN/PRES#SENASA del 4 de septiembre de 2018, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, como Coordinador Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional NEA, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 3, Tramo Superior del para el Personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-472-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 16 de Julio de 2020

Referencia: EE 43441731/2020 - ENCOMIENDA LA ATENCIÓN DE DESPACHO DE UNIDADES
ORGANIZATIVAS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA

VISTO el Expediente N° EX-2020-43441731- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley N° 27.233; la Decisión
Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018; la Resolución N° RESOL-2019-520APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 27.233 establece que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la entonces SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, es la autoridad de
aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de las acciones previstas en la referida
ley.
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 se aprueba la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional.
Que mediante el Artículo 7º de la mentada Decisión Administrativa N° 1.881/18 se dispone que el SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA deberá aprobar las aperturas inferiores a las
autorizadas por el Artículo 2º de dicha decisión administrativa, previa intervención de la Dirección Nacional de
Diseño Organizacional de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, por lo expuesto, se procede a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo
de este Organismo, mediante la Resolución N° RESOL-2019-520-APN PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019
del referido Servicio Nacional.
Que se encuentran vacantes los cargos de titulares de la Dirección de Inocuidad y Calidad de Productos de Origen

�Vegetal y de la Coordinación General de Piensos y Granarios, ambos dependientes de la Dirección Nacional de
Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.
Que a fin de garantizar y continuar con el normal desarrollo de las tareas y las responsabilidades de las citadas
unidades organizativas, resulta procedente encomendar la atención del despacho de la Dirección de Inocuidad y
Calidad de Productos de Origen Vegetal al Ingeniero Agrónomo D. Gabriel Andrés AMURA (M.I.
Nº 12.659.016) y de la Coordinación General de Piensos y Granarios al Ingeniero Agrónomo D. Augusto José
FRIAS CALVO (M.I. Nº 27.677.564).
Que los agentes propuestos reúnen los requisitos técnicos y administrativos para atender los despachos de que se
tratan.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el Artículo 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del
19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Encomiéndase, transitoriamente, a partir del 2 de enero de 2020, la atención del despacho de la
Dirección de Inocuidad y Calidad de Productos de Origen Vegetal de la Dirección Nacional de Inocuidad y
Calidad Agroalimentaria, al Ingeniero Agrónomo D. Gabriel Andrés AMURA (M.I. N° 12.659.016), por los
motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución y hasta tanto se proceda a la cobertura de dicho
cargo en los términos del Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.
ARTÍCULO 2°.- Encomiéndase, transitoriamente, a partir del 2 de enero de 2020, la atención del despacho de la
Coordinación General de Piensos y Granarios de la Dirección de Inocuidad y Calidad de Productos de Origen
Vegetal dependiente de la referida Dirección Nacional, al Ingeniero Agrónomo D. Augusto José FRIAS CALVO
(M.I. N° 27.677.564), por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución y hasta tanto se
proceda a la cobertura de dicho cargo en los términos del Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de
mayo de 2017 y su modificatorio.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, notifíquese y archívese.

�Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.07.16 17:23:15 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2020.07.16 17:23:17 -03:00

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