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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-500-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Sábado 3 de Junio de 2023

Referencia: EX-2022-139480283- -APN-DGTYA#SENASA - OBLIGATORIEDAD DE INSCRIPCIÓN EN EL
REGISTRO DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA PARA EMPRESAS Y ENTIDADES (RITE)

VISTO el Expediente N° EX-2022-139480283- -APN-DGTYA#SENASA; la Convención Interamericana contra
la Corrupción aprobada por la Ley N° 24.759; la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción
aprobada por la Ley N° 26.097; la Ley de Responsabilidad Penal N° 27.401; la Ley N° 27.233; las Resoluciones
Nros. 27 del 1 de octubre de 2018 de la ex-SECRETARÍA DE ÉTICA PÚBLICA, TRANSPARENCIA Y
LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, 146 del 29 de junio de 2020 del entonces MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y 3 del 16 de abril de 2021 de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN; el
Convenio de Colaboración del 7 de diciembre de 2022 suscripto entre la OFICINA ANTICORRUPCIÓN y el
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 27.233 declara de interés nacional la sanidad de los animales y los vegetales, así como la
prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y de las plagas que afecten la producción
silvoagropecuaria nacional, la flora y la fauna, la calidad de las materias primas producto de las actividades silvoagrícolas, ganaderas y de la pesca, así como también la producción, inocuidad y calidad de los agroalimentos, los
insumos agropecuarios específicos y el control de los residuos químicos y contaminantes químicos y
microbiológicos en los alimentos y el comercio nacional e internacional de dichos productos y subproductos.
Que, a tal fin, dicha norma establece que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA (SENASA) será su autoridad de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y
controlar el desarrollo de las acciones previstas en la referida ley.
Que por la Ley N° 24.759 se aprueba la Convención Interamericana contra la Corrupción, que tiene como
propósito promover y fortalecer el desarrollo, por cada uno de los Estados Partes, de los mecanismos necesarios
para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción.
Que mediante la Ley N° 26.097 se aprueba la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que tiene

�por finalidad promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir más eficaz y eficientemente la
corrupción, así como también promover, facilitar y apoyar la cooperación internacional y la asistencia técnica en
la prevención y la lucha contra la corrupción, incluida la recuperación de activos, al igual que promover la
integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos.
Que, a su vez, el objetivo de la Ley N° 27.401 de Responsabilidad Penal de personas jurídicas es dotar de mayor
eficacia a las políticas de prevención y lucha contra la corrupción a través de la generación de incentivos para que
las personas jurídicas prevengan la comisión de delitos contra la Administración Pública, por medio de la
implementación de programas de integridad, y cooperen con las autoridades, de manera de coadyuvar a una
mayor eficacia en la aplicación de la ley penal.
Que el Artículo 22 de la referida Ley N° 27.401 define al Programa de Integridad como el conjunto de acciones,
mecanismos y procedimientos internos de promoción de la integridad, supervisión y control, orientados a
prevenir, detectar y corregir irregularidades y actos ilícitos alcanzados por dicha ley, y establece que deberá
guardar relación con los riesgos propios de la actividad que la persona jurídica realiza, su dimensión y capacidad
económica, de conformidad con lo que disponga la reglamentación.
Que la Resolución N° 146 del 29 de junio de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA promueve normas éticas y de integridad y cumplimiento en todas sus relaciones
contractuales e institucionales, con la finalidad de desplegar acciones públicas íntegras, transparentes, inclusivas y
solidarias, logrando de esta manera que prevalezca la decisión pública por encima de los intereses particulares.
Que por la Resolución Nº 27 del 1 de octubre de 2018 de la ex-SECRETARÍA DE ÉTICA PÚBLICA,
TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN se aprueban los “Lineamientos de Integridad para
el Mejor Cumplimiento de lo establecido en los artículos 22 y 23 de la Ley N° 27.401 de Responsabilidad Penal
de Personas Jurídicas”.
Que mediante la Resolución N° 3 del 16 de abril de 2021 de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN se encomienda a
la Dirección de Planificación de Políticas de Transparencia el diseño de un Registro de Integridad y
Transparencia para empresas y entidades, para contribuir al desarrollo, mejora y madurez de sus programas de
integridad, al intercambio de buenas prácticas y a la generación de interacciones entre privados y entre estos y el
sector público con mayor transparencia.
Que las empresas y entidades que actúan en nombre del Estado disponen de una plataforma impulsada por la
OFICINA ANTICORRUPCIÓN, denominada “Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y
Entidades” (RITE), cuya finalidad es contribuir al desarrollo y mejora de los programas de integridad, el
intercambio de buenas prácticas y la promoción de ambientes transparentes en negocios y mercados.
Que el 7 de diciembre de 2022 se suscribe un Convenio de Colaboración entre la OFICINA ANTICORRUPCIÓN
y el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), con el objeto de
fortalecer la sinergia y el intercambio de experiencias, como así también mejorar las capacidades estatales para la
promoción de Políticas de Integridad y Transparencia.
Que el RITE es un insumo básico para mejorar las interacciones del sector privado y del público-privado,
mediante la identificación y análisis de los programas de integridad, posibilitando extender nuestros estándares en
la cadena de valor de la interacción público-privada.
Que la inscripción en el RITE es valorada positivamente por este Servicio Nacional para la interacción con el

�sector privado, en tanto demuestra un compromiso con la agenda de transparencia e integridad.
Que, en este marco, el SENASA exigirá la inscripción en el RITE de todas las empresas y entidades que
concurran con este Organismo, en tareas de control, demostrando comprometerse con la agenda de transparencia
e integridad, que lleva adelante el ESTADO NACIONAL.
Que la OFICINA ANTICORRUPCIÓN (OA) tiene a disposición de toda la comunidad una sección denominada
“Caja de Herramientas”, en la que se ofrece material de apoyo y capacitaciones para la implementación de buenas
prácticas y políticas de integridad en empresas y entidades.
Que las Direcciones Nacionales y Generales de este Organismo han tomado conocimiento de la medida
propiciada.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de las facultades conferidas por el
Artículo 8°, inciso h) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Obligatoriedad de inscripción en el Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y
Entidades (RITE). Se establece la obligatoriedad de la inscripción en el Registro de Integridad y Transparencia
para Empresas y Entidades (RITE) de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, de todas las empresas y entidades que
concurran con el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) en
las tareas de control, certificación y/o asistencia sanitaria.
ARTÍCULO 2°.- Implementación progresiva. La presente norma será de implementación progresiva,
estableciéndose aquí las actividades alcanzadas en esta primera etapa y, posteriormente, este Servicio Nacional
determinará un cronograma que incluya las restantes actividades de su incumbencia a ser incorporadas en la
presente.
ARTÍCULO 3°.- Actividades comprendidas en la primera etapa. En esta primera etapa de implementación quedan
expresamente comprendidas dentro de los alcances del Artículo 1° de la presente medida, las empresas y
entidades que concurran con el SENASA en tareas de control, certificación y/o asistencia sanitaria, y que
específicamente desarrollen actividades en:
Inciso a) Centros de Tratamientos Cuarentenarios de Fumigación con Bromuro de Metilo;
Inciso b) Centros de Tratamientos Cuarentenarios de Frío;
Inciso c) Centros Combinados: Fumigación con Bromuro de Metilo-Frío;

�Inciso d) Empresas aplicadoras de Fumigantes en el ámbito del comercio internacional;
Inciso e) Centros de Aplicación de Tratamientos a Embalajes de Madera, Madera de Soporte y/o Acomodación
(CATEM);
Inciso f) Hornos Secaderos Tradicionales de Madera (HOSETRAM);
Inciso g) Registro de Entidades Certificadoras de Calidad en Alimentos;
Inciso h) Registro de Entidades Funcionales oficialmente reconocidas;
Inciso i) Registro Nacional de Entidades Certificadoras de Productos Orgánicos;
Inciso j) Registro de Laboratorios de Ensayo y Diagnóstico de la Red Nacional de Laboratorios;
Inciso k) Registro de Prestadores de Servicios del Programa de Residuos;
Inciso l) Registro de Controladores y Certificadores de Granos y subproductos con destino a la exportación.
ARTÍCULO 4°.- Inscripción. Los sujetos que desempeñen las actividades comprendidas en esta primera etapa
deberán estar inscriptos en el Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (RITE) con
anterioridad al 31 de julio de 2023, con excepción de los comprendidos en la Resolución N° RESOL-2022-708APN-PRES#SENASA del 3 de noviembre de 2022 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA. La constancia de inscripción en el RITE deberá presentarse ante el SENASA, y será de
exigencia obligatoria a partir del 31 de julio de 2023. Los sujetos alcanzados por la presente medida, que a partir
de la fecha señalada no cuenten con la respectiva inscripción, no podrán seguir operando con este Servicio
Nacional en los términos actuales.
ARTÍCULO 5°.- Creación. Se crea la Mesa de Trabajo de Articulación Público-Privada para el seguimiento de la
implementación de la presente medida, la que funcionará en el ámbito de la Unidad de Integridad Pública, creada
por la Resolución N° RESOL-2022-190-APN-PRES#SENASA del 13 de abril de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 6°.- Vigencia. La presente norma entra en vigencia el 31 de julio de 2023.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2023.06.03 19:46:46 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2023.06.03 19:46:50 -03:00

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                <text>&lt;strong&gt;Abrogada por Art. 1° de la &lt;a href="https://biblioteca.senasa.gob.ar/items/show/4426#?c=0&amp;amp;m=0&amp;amp;s=0&amp;amp;cv=0"&gt;Resolucion N° 0120/2025 del SENASA&lt;/a&gt;&lt;/strong&gt;</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-502-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 17 de Agosto de 2022

Referencia: EX-2022-73756049- -APN-DGTYA#SENASA - ENCOMIENDA TRANSITORIAMENTE LA
ATENCIÓN DEL DESPACHO DE LA COORDINACIÓN DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS AL
INGENIERO AGRÓNOMO SEBASTIÁN ARIEL GÓMEZ

VISTO el Expediente Nº EX-2022-73756049- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y DECTO-2017-355-APN-PTE del
22 de mayo de 2017 y su modificatorio; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007; la Decisión Administrativa Nº DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de
2018; la Resolución Nº RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del citado Servicio
Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 se aprueba la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de
conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que mediante el Artículo 7º de la mentada Decisión Administrativa N° 1.881/18 se dispone que el referido
Servicio Nacional deberá aprobar las aperturas inferiores a las autorizadas por el Artículo 2º de dicha decisión
administrativa, previa intervención de la Dirección Nacional de Diseño Organizacional de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que, en virtud de ello, se procede a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo
de este Organismo, a través de la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de
2019 del citado Servicio Nacional.
Que el cargo de titular de la Coordinación de Productos Fitosanitarios de la Dirección de Agroquímicos y

�Biológicos, dependiente de la Dirección Nacional de Protección Vegetal, se encuentra vacante.
Que a fin de continuar con el normal desarrollo de las tareas y de las responsabilidades de la citada Coordinación,
resulta procedente encomendar transitoriamente la atención de su despacho al Ingeniero Agrónomo D. Sebastián
Ariel GÓMEZ (M.I. N° 23.829.210).
Que el agente propuesto para asumir el ejercicio de las funciones de que se trata reúne las condiciones de
idoneidad, capacidad y experiencia para cumplir dicho cometido.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido por el Artículo 8°, inciso h) del Decreto N°
1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Encomendar transitoriamente, a partir del dictado de la presente medida, la atención del
despacho de la Coordinación de Productos Fitosanitarios de la Dirección de Agroquímicos y Biológicos,
dependiente de la Dirección Nacional de Protección Vegetal, al Ingeniero Agrónomo D. Sebastián Ariel GÓMEZ
(M.I. N° 23.829.210), por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución y hasta tanto se
proceda a la cobertura de dicho cargo en los términos del Decreto Nº DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de
mayo de 2017 y su modificatorio.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, notifíquese y archívese.

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Date: 2022.08.17 10:07:46 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2022.08.17 10:08:06 -03:00

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                <text>Encomienda transitoriamente la atención del despacho de la coordinación de productos fitosanitarios</text>
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                <text>Miércoles 17 de Agosto de 2022</text>
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                <text>Encomendar transitoriamente, a partir del dictado de la presente medida, la atención del despacho de la Coordinación de Productos Fitosanitarios de la Dirección de Agroquímicos y Biológicos, dependiente de la Dirección Nacional de Protección Vegetal, al Ingeniero Agrónomo D. Sebastián Ariel GÓMEZ (M.I. N° 23.829.210), por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución y hasta tanto se proceda a la cobertura de dicho cargo en los términos del Decreto N DECTO/2017/355/APN/PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-502-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 7 de Junio de 2023

Referencia: EX-2023-38481501- -APN-DSAYF#SENASA - APRUEBA EL PROCEDIMIENTO POR
COMPULSA ABREVIADA POR EMERGENCIA N° 52-0019-CDI23, CORRESPONDIENTE A LA
CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE
EFLUENTES

VISTO el Expediente N° EX-2023-38481501- -APN-DSAYF#SENASA; el Decreto Delegado Nº 1.023 del 13 de
agosto de 2001; el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el
Decreto Nº 1.030 del 15 de septiembre de 2016; la Disposición N° DI-2016-62-APN-ONC#MM del 27 de
septiembre de 2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y

CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto se tramitó la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por
Emergencia N° 52-0019-CDI23, correspondiente a la contratación de un servicio de mantenimiento de planta de
tratamiento de efluentes, en el marco de la Emergencia Sanitaria por Influenza Aviar Altamente Patógena (IAAP)
declarada mediante la Resolución N° RESOL-2023-147-APN-PRES#SENASA del 15 de febrero de 2023 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a solicitud de la Dirección
General de Laboratorios y Control Técnico del citado Servicio Nacional.
Que el presente procedimiento se encuadra en la figura de Contratación Directa por Compulsa Abreviada por
Emergencia, de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 25, inciso d), apartado 5 del Régimen de Contrataciones
de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Delegado N° 1.023 del 13 de agosto de 2001, 14 y 19 del
Anexo al Decreto Nº 1.030 del 15 de septiembre de 2016 y 55 del Manual de Procedimiento del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por la Disposición N° DI-2016-62-APN-ONC#MM del
27 de septiembre de 2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que la Coordinación de Formulación Presupuestaria de la Coordinación General Presupuestaria de la Dirección
de Servicios Administrativos y Financieros, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa, ha
registrado la afectación preventiva del gasto.

�Que mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “COMPR.AR”, con fecha
18 de abril de 2023 se difundió la convocatoria y se enviaron invitaciones a TRES (3) proveedores del rubro.
Que la apertura de ofertas se realizó el 27 de abril de 2023, dejándose constancia en el acta labrada mediante el
Sistema “COMPR.AR” de que se recibió en dicho acto UNA (1) oferta, correspondiente a JERÓNIMO PEDRO
MIGUEL PUCCI (C.U.I.T. N° 20-14821748-4).
Que la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico se expidió el 11 de mayo de 2023, mediante Informe
N° IF-2023-53298294-APN-DLA#SENASA, manifestando que la oferta presentada por JERÓNIMO PEDRO
MIGUEL PUCCI cumplía con las Especificaciones Técnicas solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y, por lo tanto, resultaba admisible.
Que, con fecha 15 de mayo de 2023, se solicitó documentación administrativa través de la plataforma
“COMPR.AR” al oferente JERÓNIMO PEDRO MIGUEL PUCCI, quien dio cumplimiento a lo requerido en
legal tiempo y forma, por lo que su oferta resulta admisible.
Que la Coordinación de Compras y Contrataciones de la Coordinación General Administrativa, dependiente de la
referida Dirección de Servicios Administrativos y Financieros, el 17 de mayo de 2023 emitió la Recomendación
sobre la resolución a adoptar, mediante Informe N° IF-2023-56162834-APN-DSAYF#SENASA, considerando
conveniente preadjudicar el Renglón Único de la presente contratación a JERÓNIMO PEDRO MIGUEL PUCCI
por cumplir con los requisitos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y por resultar su oferta
admisible económicamente.
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 11, incisos a), b) y f) del citado Decreto Delegado Nº 1.023/01,
resulta procedente dictar el presente acto administrativo.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de las facultades conferidas por los
Artículos 8°, incisos a) y h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825
del 10 de junio de 2010, 55, inciso d) del Anexo de la Disposición N° DI-2016-62-APN-ONC#MM del 27 de
septiembre de 2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y 9º del Anexo del Decreto N° 1.030
del 15 de septiembre de 2016, y las disposiciones contenidas en el Anexo II de la Resolución N° RESOL-2021131-APN-PRES#SENASA del 15 de marzo de 2021 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese el procedimiento realizado bajo el encuadre de Contratación Directa por Compulsa
Abreviada por Emergencia N° 52-0019-CDI23, correspondiente a la contratación de un servicio de
mantenimiento de planta de tratamiento de efluentes, en el marco de la Emergencia Sanitaria por Influenza Aviar

�Altamente Patógena (IAAP) declarada mediante la Resolución N° RESOL-2023-147-APN-PRES#SENASA del
15 de febrero de 2023 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a
solicitud de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del citado Servicio Nacional.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares como PLIEG-2023-42206263-APNDGTYA#SENASA.
ARTÍCULO 3°.- Adjudíquese el Renglón Único de la presente contratación a JERÓNIMO PEDRO MIGUEL
PUCCI (C.U.I.T. N° 20-14821748-4), con domicilio en Boquerón Nº 1249, Planta Baja, Morón, Provincia de
BUENOS AIRES, por la suma total de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL ($
1.342.000.-).
ARTÍCULO 4°.- Desígnense como miembros titulares de la Comisión de Recepción Definitiva a los agentes D.
Carlos Eugenio ALLI (D.N.I. Nº 25.807.687), D. Marcelo Oscar BELLO (D.N.I. Nº 22.277.235) y Da. Elena
ZIVELONGHI (D.N.I. Nº 14.266.976); y como suplentes a las agentes Da. Daniela ROCCHI (D.N.I. Nº
17.820.178), Da. Sabrina GALDO NOVO (D.N.I. Nº 32.173.777) y Da. Romina Paula GÓMEZ (D.N.I. N°
26.172.124), respectivamente.
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, por la suma total de PESOS UN
MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL ($ 1.342.000.-), deberá imputarse al Inciso 3 - Fuente de
Financiamiento 12 - Servicio Administrativo Financiero 623 - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, para el Ejercicio 2023.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.06.07 17:23:24 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.06.07 17:23:38 -03:00

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                <text>Apruébese el procedimiento realizado bajo el encuadre de Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia N° 52/0019/CDI23, correspondiente a la contratación de un servicio de mantenimiento de planta de tratamiento de efluentes, en el marco de la Emergencia Sanitaria por Influenza AviarAltamente Patógena (IAAP) declarada mediante la Resolución N° RESOL/2023/147/APN/PRES#SENASA del 15 de febrero de 2023 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a solicitud de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del citado Servicio Nacional.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-504-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 17 de Agosto de 2022

Referencia: EX-2022-73758530- -APN-DGTYA#SENASA - ENCOMIENDA TRANSITORIAMENTE LA
ATENCIÓN DEL DESPACHO DE LA COORDINACIÓN DE CEREMONIAL Y PROTOCOLO AL AGENTE
JUAN PABLO ARRUTI

VISTO el Expediente N° EX-2022-73758530- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y DECTO-2017-355-APN-PTE del
22 de mayo de 2017 y su modificatorio; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007; la Decisión Administrativa Nº DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de
2018; las Resoluciones Nros. RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 y RESOL-2022342-APN-PRES#SENASA del 7 de junio de 2022, ambas del referido Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 se aprueba la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de
conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que mediante la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del citado
Servicio Nacional se aprueba la estructura organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo del aludido
Organismo.
Que a través de la Resolución N° RESOL-2022-342-APN-PRES#SENASA del 7 de junio de 2022 del referido
Servicio Nacional se modifica la estructura organizativa de segundo nivel operativo y la estructura de nivel
departamental del Organismo, incorporándose como Anexo II al Artículo 8° de la mentada norma las acciones
correspondientes a la Coordinación de Ceremonial y Protocolo.
Que el cargo de titular de la Coordinación de Ceremonial y Protocolo, dependiente de la Unidad Presidencia, se

�encuentra vacante.
Que a fin de continuar con el normal desarrollo de las tareas y de las responsabilidades de la citada Coordinación,
resulta procedente encomendar transitoriamente la atención de su despacho al agente D. Juan Pablo ARRUTI
(M.I. Nº 24.603.590).
Que el agente propuesto reúne las condiciones de capacidad y experiencia para cumplir dicho cometido.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Encomendar transitoriamente, a partir del 7 de junio de 2022, la atención del despacho de la
Coordinación de Ceremonial y Protocolo de la Unidad Presidencia, al agente D. Juan Pablo ARRUTI (M.I. Nº
24.603.590), por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución y hasta tanto se proceda a
la cobertura de dicho cargo en los términos del Decreto Nº DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017
y su modificatorio.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, notifíquese y archívese.

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Date: 2022.08.17 10:11:49 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2022.08.17 10:12:10 -03:00

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                <text>Encomendar transitoriamente, a partir del 7 de junio de 2022, la atención del despacho de la Coordinación de Ceremonial y Protocolo de la Unidad Presidencia, al agente D. Juan Pablo ARRUTI (M.I. N 24.603.590), por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución y hasta tanto se proceda a la cobertura de dicho cargo en los términos del Decreto N DECTO/2017/355/APN/PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-505-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 7 de Junio de 2023

Referencia: EX-2023-48346584- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA ASIGNACIONES TRANSITORIAS
DE FUNCIONES EN UNIDADES ORGANIZATIVAS DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN
VEGETAL

VISTO el Expediente Nº EX-2023-48346584- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de
2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido
Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL-2020-194-APN-MAGYP del 20 de septiembre de
2020 y RESOL-2020-212-APN-MAGYP del 7 de octubre de 2020, ambas del entonces MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2021-211-APN-PRES#SENASA del 28 de abril de 2021,
RESOL-2021-258-APN-PRES#SENASA del 18 de mayo de 2021, RESOL-2021-558-APN-PRES#SENASA del
5 de noviembre de 2021, RESOL-2021-633-APN-PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021, RESOL-2022591-APN-PRES#SENASA del 21 de septiembre de 2022 y RESOL-2022-618-APN-PRES#SENASA del 27 de
septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-194-APN-MAGYP del 20 de septiembre de 2020 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del
2 de enero de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Director Nacional de Protección Vegetal del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Ingeniero Agrónomo D. Diego QUIROGA (M.I. N°

�17.255.793), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-211-APN-PRES#SENASA
del 28 de abril de 2021, RESOL-2021-558-APN-PRES#SENASA del 5 de noviembre de 2021 y RESOL-2022618-APN-PRES#SENASA del 27 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que mediante la Resolución N° RESOL-2020-212-APN-MAGYP del 7 de octubre de 2020 del mencionado exMinisterio se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 2 de enero de 2020 y por el término de SEIS (6)
meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones correspondientes al cargo de Coordinadora
General de Programas Fitosanitarios de la Dirección de Sanidad Vegetal, dependiente de la Dirección Nacional de
Protección Vegetal del referido Servicio Nacional, a la Ingeniera Agrónoma Da. María Cecilia CATENACCIO
(M.I. N° 16.192.279), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-258-APNPRES#SENASA del 18 de mayo de 2021, RESOL-2021-633-APN-PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021
y RESOL-2022-591-APN-PRES#SENASA del 21 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a los mencionados profesionales.

�Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 28 de marzo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados
desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Director Nacional de
Protección Vegetal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al
Ingeniero Agrónomo D. Diego QUIROGA (M.I. N° 17.255.793), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020194-APN-MAGYP del 20 de septiembre de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-211-APNPRES#SENASA del 28 de abril de 2021, RESOL-2021-558-APN-PRES#SENASA del 5 de noviembre de 2021 y
RESOL-2022-618-APN-PRES#SENASA del 27 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien
revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 1 (e1), Tramo Superior del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del aludido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40
del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva I.
ARTÍCULO 2°.- Prorróguese, a partir del 22 de marzo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados a
partir de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora General de Programas
Fitosanitarios de la Dirección de Sanidad Vegetal, dependiente de la Dirección Nacional de Protección Vegetal
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Ingeniera Agrónoma
Da. María Cecilia CATENACCIO (M.I. N° 16.192.279), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-212APN-MAGYP del 7 de octubre de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-258-APN-PRES#SENASA del 18 de mayo
de 2021, RESOL-2021-633-APN-PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-591-APNPRES#SENASA del 21 de septiembre de 2022, todas del mencionado Servicio Nacional, quien revista en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 8, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de
2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.

�ARTÍCULO 3°.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2023.06.07 17:28:42 ART
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DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2023.06.07 17:28:45 -03:00

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                <text>Miércoles 7 de Junio de 2023</text>
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                <text>Prorróguese, a partir del 28 de marzo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Director Nacional de Protección Vegetal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Ingeniero Agrónomo D. Diego QUIROGA (M.I. N° 17.255.793), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2020/ 194/APN/MAGYP del 20 de septiembre de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2021/211/APN/ PRES#SENASA del 28 de abril de 2021, RESOL/2021/558/APN/PRES#SENASA del 5 de noviembre de 2021 y RESOL/2022/618/APN/PRES#SENASA del 27 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 1 (e1), Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del aludido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva I.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-507-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 18 de Agosto de 2022

Referencia: EX-2020-05100594- -APN-DGTYA#SENASA - ENCOMIENDA LA ATENCIÓN DEL
DESPACHO DE LA DIRECCIÓN DE PRODUCTOS VETERINARIOS EN CASO DE AUSENCIA Y/O
IMPEDIMENTO DE SU TITULAR AL MÉDICO VETERINARIO DANIEL CARIA

VISTO el Expediente N° EX-2020-05100594- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010; la Decisión Administrativa N° DA2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018; la Resolución N° RESOL-2020-144-APN-PRES#SENASA
del 6 de febrero de 2020 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre 2018 se aprueba la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que por la Resolución N° RESOL-2020-144-APN-PRES#SENASA del 6 de febrero de 2020 del referido
Servicio Nacional, a fin de garantizar el normal desarrollo de las tareas inherentes a las distintas unidades
organizativas, se encomienda la atención del despacho de la Dirección Nacional de Sanidad Animal y la de sus
Direcciones dependientes, entre ellas, la Dirección de Productos Veterinarios, en caso de ausencia y/o
impedimento de sus titulares.
Que la referida Dirección Nacional, mediante Nota N° NO-2022-79941852-APN-DNSA#SENASA, propicia
encomendar la atención del despacho de la Dirección de Productos Veterinarios, en caso de ausencia o
impedimento de su titular, al Médico Veterinario D. Daniel Alejandro CARIA (M.I. N° 27.514.417).
Que el agente propuesto reúne los requisitos técnicos y administrativos para atender el despacho de que se trata.
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde sustituir el Artículo 5º de la citada Resolución N° RESOL-2020-144APN-PRES#SENASA.

�Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido por el Artículo 8°, inciso h) del Decreto N°
1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el Artículo 5º de la Resolución N° RESOL-2020-144-APN-PRES#SENASA del 6
de febrero de 2020 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el cual
quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 5º.- Encomendar la atención del despacho de la Dirección de Productos Veterinarios, en caso de
ausencia y/o impedimento de su titular, al Médico Veterinario D. Daniel Alejandro CARIA (M.I. N°
27.514.417)”.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, notifíquese y archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.08.18 17:18:27 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.08.18 17:18:45 -03:00

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                <text>Resolución SENASA Nº 0507/2022</text>
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                <text>Encomienda la atención del despacho de la dirección de productos veterinarios en caso de ausencia y/o impedimento de su titular</text>
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                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
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                <text>Sustitúyase el Artículo 5 de la Resolución N° RESOL/2020/144/APN/PRES#SENASA del 6 de febrero de 2020 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 5./ Encomendar la atención del despacho de la Dirección de Productos Veterinarios, en caso de ausencia y/o impedimento de su titular, al Médico Veterinario D. Daniel Alejandro CARIA (M.I. N° 27.514.417)”.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-508-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 8 de Junio de 2023

Referencia: EX-2023-54920911- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA ASIGNACIONES TRANSITORIAS
DE FUNCIONES EN UNIDADES ORGANIZATIVAS DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD
ANIMAL

VISTO el Expediente Nº EX-2023-54920911- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de
2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido
Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL-2020-64-APN-MAGYP del 28 de abril de 2020,
RESOL-2020-95-APN-MAGYP del 10 de mayo de 2020, RESOL-2020-114-APN-MAGYP del 20 de mayo de
2020, RESOL-2020-132-APN-MAGYP del 12 de junio de 2020, RESOL-2020-184-APN-MAGYP del 4 de
septiembre de 2020, RESOL-2020-235-APN-MAGYP del 19 de noviembre de 2020 y RESOL-2020-239-APNMAGYP del 26 de noviembre de 2020, todas del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA
Y PESCA, RESOL-2020-835-APN-PRES#SENASA del 29 de octubre de 2020, RESOL-2020-857-APNPRES#SENASA del 13 de noviembre de 2020, RESOL-2020-873-APN-PRES#SENASA del 26 de noviembre de
2020, RESOL-2020-916-APN-PRES#SENASA del 23 de diciembre de 2020, RESOL-2021-199-APNPRES#SENASA del 26 de abril de 2021, RESOL-2021-303-APN-PRES#SENASA del 4 de junio de 2021,
RESOL-2021-323-APN-PRES#SENASA del 11 de junio de 2021, RESOL-2021-349-APN-PRES#SENASA,
RESOL-2021-351-APN-PRES#SENASA y RESOL-2021-353-APN-PRES#SENASA, todas del 28 de junio de
2021, RESOL-2021-403-APN-PRES#SENASA del 23 de julio de 2021, RESOL-2021-568-APNPRES#SENASA del 11 de noviembre de 2021, RESOL-2021-664-APN-PRES#SENASA del 28 de diciembre de
2021, RESOL-2021-669-APN-PRES#SENASA del 30 de diciembre de 2021, RESOL-2022-39-APNPRES#SENASA del 20 de enero de 2022, RESOL-2022-157-APN-PRES#SENASA del 23 de marzo de 2022,
RESOL-2022-634-APN-PRES#SENASA y RESOL-2022-641-APN-PRES#SENASA, ambas del 11 de octubre

�de 2022, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° RESOL-2020-64-APN-MAGYP del 28 de abril de 2020 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del
27 de febrero de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Director de Ejecución Sanitaria y Control de Gestión de la Dirección Nacional de
Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Médico
Veterinario D. Gustavo Horacio COMESAÑA (M.I. N° 14.805.335), asignación prorrogada mediante las
Resoluciones Nros. RESOL-2020-835-APN-PRES#SENASA del 29 de octubre de 2020, RESOL-2021-303APN-PRES#SENASA del 4 de junio de 2021, RESOL-2021-664-APN-PRES#SENASA del 28 de diciembre de
2021 y RESOL-2022-641-APN-PRES#SENASA del 11 de octubre de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que por la Resolución N° RESOL-2020-95-APN-MAGYP del 10 de mayo de 2020 del aludido ex-Ministerio se
dan por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de enero de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a
partir de la firma de la medida, las funciones correspondientes al cargo de Directora de Comercio Exterior Animal
de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del mentado Servicio Nacional, a la Médica Veterinaria Da. Laura
Andrea GIMÉNEZ (M.I. N° 27.535.286), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020857-APN-PRES#SENASA del 13 de noviembre de 2020, RESOL-2021-323-APN-PRES#SENASA del 11 de
junio de 2021, RESOL-2021-669-APN-PRES#SENASA del 30 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-641-APNPRES#SENASA del 11 de octubre de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que por la Resolución N° RESOL-2020-114-APN-MAGYP del 20 de mayo de 2020 del referido ex-Ministerio se
dan por asignadas transitoriamente, a partir del 27 de diciembre de 2019 y por el término de SEIS (6) meses
contados a partir de la firma de la medida, las funciones correspondientes al cargo de Directora Nacional de
Sanidad Animal del mencionado Servicio Nacional, a la Médica Veterinaria Da. Ximena MELÓN (M.I. Nº
24.867.177), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-873-APN-PRES#SENASA
del 26 de noviembre de 2020, RESOL-2021-351-APN-PRES#SENASA del 28 de junio de 2021, RESOL-202239-APN-PRES#SENASA del 20 de enero de 2022 y RESOL-2022-641-APN-PRES#SENASA del 11 de octubre
de 2022, todas del mentado Servicio Nacional.
Que por medio de la Resolución N° RESOL-2020-132-APN-MAGYP del 12 de junio de 2020 del referido exMinisterio se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de enero de 2020 y por el término de SEIS (6)
meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones correspondientes al cargo de Coordinadora
General de Epidemiología de la Dirección de Planificación y Estrategia de Sanidad Animal, dependiente de la
Dirección Nacional de Sanidad Animal del aludido Servicio Nacional, a la Médica Veterinaria Da. Andrea
MARCOS (M.I. N° 29.054.493), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-916APN-PRES#SENASA del 23 de diciembre de 2020, RESOL-2021-403-APN-PRES#SENASA del 23 de julio de
2021, RESOL-2022-157-APN-PRES#SENASA del 23 de marzo de 2022 y RESOL-2022-641-APNPRES#SENASA del 11 de octubre de 2022, todas del mencionado Servicio Nacional.
Que por la Resolución Nº RESOL-2020-184-APN-MAGYP del 4 de septiembre de 2020 del citado ex-Ministerio
se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 2 de enero de 2020 y por el término de SEIS (6) meses
contados a partir de la firma de la medida, las funciones correspondientes al cargo de Coordinadora General de

�Control Territorial de la Dirección de Ejecución Sanitaria y Control de Gestión, dependiente de la Dirección
Nacional de Sanidad Animal del referido Servicio Nacional, a la Médica Veterinaria Da. Romina Cynthia
ZUMPANO (M.I. N° 31.451.162), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-199APN-PRES#SENASA del 26 de abril de 2021, RESOL-2021-568-APN-PRES#SENASA del 11 de noviembre de
2021 y RESOL-2022-634-APN-PRES#SENASA del 11 de octubre de 2022, todas del señalado Servicio
Nacional.
Que mediante la Resolución N° RESOL-2020-235-APN-MAGYP del 19 de noviembre de 2020 del referido exMinisterio se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 29 de mayo de 2020 y por el término de SEIS (6)
meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones correspondientes al cargo de Coordinador General
de Gestión Técnica en Sanidad Animal de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del mencionado Servicio
Nacional, al Médico Veterinario D. Daniel Alejandro CARIA (M.I. N° 27.514.417), asignación prorrogada por
las Resoluciones Nros. RESOL-2021-353-APN-PRES#SENASA del 28 de junio de 2021, RESOL-2022-39APN-PRES#SENASA del 20 de enero de 2022 y RESOL-2022-641-APN-PRES#SENASA del 11 de octubre de
2022, todas del aludido Servicio Nacional.
Que por la Resolución N° RESOL-2020-239-APN-MAGYP del 26 de noviembre de 2020 del mentado exMinisterio se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 2 de enero de 2020 y por el término de SEIS (6)
meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones correspondientes al cargo de Coordinadora
General de Operaciones Cuarentenarias de la Dirección de Comercio Exterior Animal, dependiente de la
Dirección Nacional de Sanidad Animal del mentado Servicio Nacional, a la Médica Veterinaria Da. Mariela
Alejandra MONTERUBBIANESI (M.I. Nº 24.335.939), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros.
RESOL-2021-349-APN-PRES#SENASA del 28 de junio de 2021 RESOL-2022-39-APN-PRES#SENASA del 20
de enero de 2022 y RESOL-2022-641-APN-PRES#SENASA del 11 de octubre de 2022, todas del citado Servicio
Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.

�Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a los mencionados profesionales.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 12 de abril de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde
el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Directora Nacional de Sanidad
Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Médica
Veterinaria Da. Ximena MELÓN (M.I. Nº 24.867.177), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-114-APNMAGYP del 20 de mayo de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y
prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-873-APN-PRES#SENASA del 26 de noviembre de
2020, RESOL-2021-351-APN-PRES#SENASA del 28 de junio de 2021, RESOL-2022-39-APN-PRES#SENASA
del 20 de enero de 2022 y RESOL-2022-641-APN-PRES#SENASA del 11 de octubre de 2022, todas del
mentado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 2, Tramo
Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional,
homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente

�pago de la Función Directiva I.
ARTÍCULO 2°.- Prorróguese, a partir del 12 de abril de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde
el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Director de Ejecución Sanitaria y
Control de Gestión de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Médico Veterinario D. Gustavo Horacio COMESAÑA (M.I. Nº
14.805.335), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-64-APN-MAGYP del 28 de abril de 2020 del
entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones
Nros. RESOL-2020-835-APN-PRES#SENASA del 29 de octubre de 2020, RESOL-2021-303-APNPRES#SENASA del 4 de junio de 2021, RESOL-2021-664-APN-PRES#SENASA del 28 de diciembre de 2021 y
RESOL-2022-641-APN-PRES#SENASA del 11 de octubre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien
revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 1, Tramo Superior del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de
enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 3°.- Prorróguese, a partir del 12 de abril de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde
el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Directora de Comercio Exterior
Animal de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, a la Médica Veterinaria Da. Laura Andrea GIMÉNEZ (M.I. Nº 27.535.286), dispuesta
por la Resolución N° RESOL-2020-95-APN-MAGYP del 10 de mayo de 2020 del entonces MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-857APN-PRES#SENASA del 13 de noviembre de 2020, RESOL-2021-323-APN-PRES#SENASA del 11 de junio de
2021, RESOL-2021-669-APN-PRES#SENASA del 30 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-641-APNPRES#SENASA del 11 de octubre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento
Operativo, Categoría Profesional, Grado 10, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el
personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus
modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 4°.- Prorróguese, a partir del 12 de abril de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde
el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador General de Gestión
Técnica en Sanidad Animal de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Médico Veterinario D. Daniel Alejandro CARIA (M.I. Nº
27.514.417), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-235-APN-MAGYP del 19 de noviembre de 2020 del
entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones
Nros. RESOL-2021-353-APN-PRES#SENASA del 28 de junio de 2021, RESOL-2022-39-APN-PRES#SENASA
del 20 de enero de 2022 y RESOL-2022-641-APN-PRES#SENASA del 11 de octubre de 2022, todas del aludido
Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 10, Tramo General
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el
Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Directiva IV.
ARTÍCULO 5°.- Prorróguese, a partir del 12 de abril de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde
el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora General de
Epidemiología de la Dirección de Planificación y Estrategia de Sanidad Animal, dependiente de la Dirección
Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
a la Médica Veterinaria Da. Andrea MARCOS (M.I. Nº 29.054.493), dispuesta por la Resolución N° RESOL2020-132-APN-MAGYP del 12 de junio de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,

�GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-916-APNPRES#SENASA del 23 de diciembre de 2020, RESOL-2021-403-APN-PRES#SENASA del 23 de julio de 2021,
RESOL-2022-157-APN-PRES#SENASA del 23 de marzo de 2022 y RESOL-2022-641-APN-PRES#SENASA
del 11 de octubre de 2022, todas del mencionado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo,
Categoría Profesional, Grado 10, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del
referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios,
autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 6°.- Prorróguese, a partir del 12 de abril de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde
el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora General de Control
Territorial de la Dirección de Ejecución Sanitaria y Control de Gestión, dependiente de la Dirección Nacional de
Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Médica
Veterinaria Da. Romina Cynthia ZUMPANO (M.I. Nº 31.451.162), dispuesta por la Resolución N° RESOL2020-184-APN-MAGYP del 4 de septiembre de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-199-APNPRES#SENASA del 26 de abril de 2021, RESOL-2021-568-APN-PRES#SENASA del 11 de noviembre de 2021
y RESOL-2022-634-APN-PRES#SENASA del 11 de octubre de 2022, todas del señalado Servicio Nacional,
quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 11, Tramo General del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40
del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 7°.- Prorróguese, a partir del 12 de abril de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde
el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora General de
Operaciones Cuarentenarias de la Dirección de Comercio Exterior Animal, dependiente de la Dirección Nacional
de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la
Médica Veterinaria Da. Mariela Alejandra MONTERUBBIANESI (M.I. Nº 24.335.939), dispuesta por la
Resolución N° RESOL-2020-239-APN-MAGYP del 26 de noviembre de 2020 del entonces MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-349APN-PRES#SENASA del 28 de junio de 2021 RESOL-2022-39-APN-PRES#SENASA del 20 de enero de 2022
y RESOL-2022-641-APN-PRES#SENASA del 11 de octubre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien
revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 9, Tramo General del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de
enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 8°.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 9°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.06.08 12:16:02 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.06.08 12:16:22 -03:00

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                <text>Prorroga asignaciones transitorias de funciones en unidades organizativas de la dirección nacional de sanidad animal </text>
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                <text>Prorróguese, a partir del 12 de abril de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Directora Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Médica Veterinaria Da. Ximena MELÓN (M.I. Nº 24.867.177), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2020/114/APN/ MAGYP del 20 de mayo de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2020/873/APN/PRES#SENASA del 26 de noviembre de 2020, RESOL/2021/351/APN/PRES#SENASA del 28 de junio de 2021, RESOL/2022/39/APN/PRES#SENASA del 20 de enero de 2022 y RESOL/2022/641/APN/PRES#SENASA del 11 de octubre de 2022, todas del mentado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 2, Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondientepago de la Función Directiva I.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-509-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 30 de Julio de 2020

Referencia: EE 44591286/2020 - INCORPORA EL ARTÍCULO 4° BIS A LA RESOLUCIÓN SENASA N°
135/20 RELACIONADO CON LA AUTORIZACIÓN PROVISORIA DEL PRINCIPIO ACTIVO
DIMETOATO PARA EL CONTROL DE LA TUCURA SAPO

VISTO el Expediente N° EX-2020-44591286- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley N° 27.233; el Decreto-Ley Nº
6.704 del 12 de agosto de 1963; las Resoluciones Nros. RESOL-2019-1668-APN-PRES#SENASA del 9 de
diciembre de 2019 y RESOL-2020-135-APN-PRES#SENASA del 4 de febrero de 2020, ambas del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA; las Disposiciones Nros. 2 (Bis) del 15 de
junio de 1964 y 5 del 21 de junio de 1966, ambas de la entonces Dirección de Acridiología, 201 del 30 de
septiembre de 1964 de la ex-Dirección de Lucha Contra las Plagas, y

CONSIDERANDO:
Que la tucura sapo (Bufonacris claraziana Saussure) pertenece a la superfamilia Acridoideos.
Que los Acridoideos, conocidos con el nombre vulgar de tucuras, fueron declarados plaga del agro por la
Disposición Nº 2 (Bis) del 15 de junio de 1964 de la entonces Dirección de Acridiología, por el peligro que
constituyen para la agricultura y ganadería del país, en tanto que la Disposición Nº 5 del 21 de junio de 1966 de la
referida ex-Dirección establece la obligación de destrucción de langostas y tucuras.
Que los Acridoideos ocasionan daños severos en las zonas agrícolas y ganaderas afectadas, tanto en campos
naturales como implantados, y debido a sus características biológicas deben ser circunscriptos en su hábitat
natural, evitando así daños económicos y sociales significativos.
Que mediante la Resolución N° RESOL-2019-1668-APN-PRES#SENASA del 9 de diciembre de 2019 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se ratifica y mantiene el
Programa Nacional de Langostas y Tucuras en el ámbito de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del
referido Servicio Nacional.
Que en el marco de las acciones del citado Programa Nacional se ha determinado que la especie Bufonacris

�claraziana, distribuida principalmente en las estepas y bosques patagónicos, es perjudicial para el agro en función
de los daños ocasionados a la agricultura.
Que por la Resolución N° RESOL-2020-135-APN-PRES#SENASA del 4 de febrero de 2020 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se declara la Emergencia Fitosanitaria hasta
el 31 de marzo de 2021, con respecto a la plaga comúnmente denominada tucura sapo (Bufonacris claraziana
Saussure), en las Provincias del CHUBUT, de RÍO NEGRO y de SANTA CRUZ, debiendo adoptarse y/o
fortalecerse las tareas de control, prevención y vigilancia consecuentes a la misma y autoriza los principios
activos Cipermetrina, Deltametrina y Lambdacialotrina para el control de dicha plaga en todo el Territorio
Nacional.
Que el principio activo Dimetoato se encuentra autorizado para el uso en el grupo de las tucuras aladas del
género Dichroplus sp., que también están presentes en altas densidades en la misma región, y dado la presencia
de ambas plagas en la región patagónica, se requiere contar con las mismas herramientas de control para abordar
un manejo integral del territorio.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de las facultades conferidas por el Artículo
8°, inciso f) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Artículo 4° bis de la Resolución N° RESOL-2020-135-APN-PRES#SENASA del 4 de febrero
de 2020 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. Incorporación. Se
incorpora como Artículo 4° bis de la citada Resolución N° 135/20 el siguiente texto: “ARTÍCULO 4° bis.Autorización del principio activo Dimetoato para el control de la plaga tucura sapo (Bufonacris claraziana
Saussure). Se autoriza en forma provisoria y de manera excepcional hasta el 31 de agosto de 2021, el uso del
principio activo Dimetoato para su aplicación únicamente como cebo para el control de la mencionada plaga en
todo el Territorio Nacional.”.
ARTÍCULO 2°.- Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín
Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.07.30 13:41:54 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2020.07.30 13:42:18 -03:00

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                <text>Resolución SENASA Nº 0509/2020</text>
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                <text>Incorpora el artículo 4° bis a la resolución senasa n° 135/20 relacionado con la autorización provisoria del principio activo</text>
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                <text>Artículo 4° bis de la Resolución N° RESOL/2020/135/APN/PRES#SENASA del 4 de febrero de 2020 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. Incorporación. Se incorpora como Artículo 4° bis de la citada Resolución N° 135/20 el siguiente texto: “ARTÍCULO 4° bis./ Autorización del principio activo Dimetoato para el control de la plaga tucura sapo (Bufonacris claraziana Saussure). Se autoriza en forma provisoria y de manera excepcional hasta el 31 de agosto de 2021, el uso del principio activo Dimetoato para su aplicación únicamente como cebo para el control de la mencionada plaga en todo el Territorio Nacional.”.</text>
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            <name>Is Replaced By</name>
            <description>A related resource that supplants, displaces, or supersedes the described resource.</description>
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                <text>&lt;strong&gt;Abrogada por el Art. 1° de la &lt;a href="https://biblioteca.senasa.gob.ar/items/show/4282#?c=0&amp;amp;m=0&amp;amp;s=0&amp;amp;cv=0"&gt;Resolucion N° 450/2024 del SENASA&amp;nbsp;&lt;/a&gt;&lt;/strong&gt;</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-509-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 8 de Junio de 2023

Referencia: EX-2023-54982061- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA DESIGNACIÓN
TRANSITORIA DEL INGENIERO AGRÓNOMO MAXIMILIANO MIGNANI COMO COORDINADOR
REGIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL DE LA DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CÓRDOBA

VISTO el Expediente Nº EX-2023-54982061- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021, DECAD-2021-595-APN-JGM del 15 de junio de 2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de
2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido
Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS; la Resolución N° RESOL-2022-425-APN-PRES#SENASA del 13 de julio de
2022 del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-595-APN-JGM del 15 de junio de 2021 se da por
designado con carácter transitorio, a partir del 1 de febrero de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados a partir del dictado de la medida, al Ingeniero Agrónomo D. Maximiliano MIGNANI
(M.I. Nº 29.093.574) en el cargo de Coordinador Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro
Regional Córdoba, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, designación prorrogada mediante la Resolución N° RESOL2022-425-APN-PRES#SENASA del 13 de julio de 2022 del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios

�de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria del mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.

�Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 5 de abril de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria como Coordinador Regional de
Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional Córdoba, dependiente de la Dirección Nacional de
Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, del Ingeniero
Agrónomo D. Maximiliano MIGNANI (M.I. N° 29.093.574), dispuesta por la Decisión Administrativa N°
DECAD-2021-595-APN-JGM del 15 de junio de 2021 y prorrogada mediante la Resolución N° RESOL-2022425-APN-PRES#SENASA del 13 de julio de 2022 del citado Servicio Nacional, quien revista en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de
2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.06.08 17:29:43 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.06.08 17:30:03 -03:00

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                <text>Prorroga la designación transitoria del ingeniero agrónomo Maximiliano Mignani </text>
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                <text>Jueves 8 de Junio de 2023</text>
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                <text>Prorróguese, a partir del 5 de abril de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria como Coordinador Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional Córdoba, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, del Ingeniero Agrónomo D. Maximiliano MIGNANI (M.I. N° 29.093.574), dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD/2021/595/APN/JGM del 15 de junio de 2021 y prorrogada mediante la Resolución N° RESOL/2022/ 425/APN/PRES#SENASA del 13 de julio de 2022 del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-511-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 8 de Junio de 2023

Referencia: EX-2023-64837663- -APN-DGTYA#SENASA - DESTACA EN COMISIÓN DE SERVICIOS
MES DE JUNIO DE 2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-64837663- -APN-DGTYA#SENASA, el Decreto N° 997 del 7 de septiembre
de 2016, la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-836-APN-JGM del 24 de agosto de 2022, y

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 997 del 7 de septiembre de 2016 se aprueba el Régimen de Viáticos, Alojamiento y
Pasajes del Personal de la Administración Pública Nacional en cumplimiento de misiones y comisiones al exterior
de carácter oficial.
Que el Artículo 3° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-836-APN-JGM del 24 de agosto de 2022
establece que los traslados por misiones o comisiones al exterior, cualquiera fuera la fuente de financiamiento del
gasto, deberán contar con la conformidad previa y expresa del titular de la jurisdicción de la cual dependan.
Que mediante las Notas Nros. NO-2023-57403718-APN-PRES#SENASA, NO-2023-59935246-APNPRES#SENASA y NO-2023-61069688-APN-PRES#SENASA se elevaron al señor Secretario de Agricultura,
Ganadería y Pesca las autorizaciones de los agentes y/o funcionarios del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA que se consignan en el presente acto.
Que por las Notas Nros. IF-2023-64121317-APN-MEC, IF-2023-64123831-APN-MEC e IF-2023-64213631APN-MEC el señor Ministro de Economía solicitó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la
autorización para el desplazamiento de los agentes y/o funcionarios detallados en la presente resolución.
Que a través de las Notas Nros. NO-2023-64692401-APN-JGM y NO-2023-64730730-APN-JGM el señor Jefe
de Gabinete de Ministros prestó conformidad a dicho desplazamiento.
Que, en consecuencia, procede destacar en comisión de servicios a los agentes y/o funcionarios del mentado
Servicio Nacional que se detallan en el Artículo 1° de la presente resolución.

�Que, asimismo, corresponde que las Direcciones de Servicios Administrativos y Financieros y de Recursos
Humanos, ambas dependientes de la Dirección General Técnica y Administrativa, tomen la intervención en el
ámbito de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 997 del 7 de
septiembre de 2016, por la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-836-APN-JGM del 24 de agosto de 2022 y
por el Artículo 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825
del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Destácase en comisión de servicios a los agentes y/o funcionarios del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, conforme al siguiente detalle:

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Nombre y Apellido
del Agente y/o
Dependencia
Funcionario

Destino

Desde

Hasta

Días C.C.A cargo de:

PARTICIPAR DE LA REUNIÓN DEL BUREAU DE LA COMISIÓN DE MEDIDAS
FITOSANITARIAS DE LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN
FITOSANITARIA (CIPF).

Diego QUIROGA

Dirección
Roma,
Nacional de
8y
REPÚBLICA 10/06/2023 18/06/2023
Protección
1/2
ITALIANA
Vegetal

Pasaje:
COSAVE
Viáticos:
COSAVE
Alojamiento:
COSAVE

PARTICIPAR DE LA REUNIÓN DEL GRUPO AD HOC ENCARGADO DE LA REVISIÓN
DE LOS CAPÍTULOS 5.4. A 5.7. DEL CÓDIGO TERRESTRE DE LA ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL (OMSA).

�Dirección
París,
Mariela Alejandra
Nacional de
5y
REPÚBLICA 11/06/2023 16/06/2023
MONTERUBBIANESI Sanidad
1/2
FRANCESA
Animal

Pasaje:
OMSA
Viáticos:
OMSA
Alojamiento:
OMSA

PARTICIPAR DEL TALLER DE TRABAJO EN EL MARCO DE LAS ASOCIACIONES
PÚBLICO-PRIVADAS (APP) PARA EL CONTROL, ERRADICACIÓN Y PREVENCIÓN DE
LA PESTE PORCINA AFRICANA.

Lorena DASSA

Dirección
Panamá,
Nacional de REPÚBLICA
12/06/2023 15/06/2023 4
Sanidad
DE
Animal
PANAMÁ

Pasaje:
OMSA y
FAO
Viáticos:
- OMSA y
FAO
Alojamiento:
OMSA y
FAO

ARTÍCULO 2°.- Remítase copia del presente acto a las Direcciones de Servicios Administrativos y Financieros y
de Recursos Humanos, ambas dependientes de la Dirección General Técnica y Administrativa, a fin de que tomen
la intervención en el ámbito de su competencia.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.06.08 17:33:40 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.06.08 17:33:44 -03:00

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