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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-767-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 25 de Noviembre de 2022

Referencia: EX-2022-126341181- -APN-DGTYA#SENASA - DESTACA EN COMISIÓN DE SERVICIOS
MES DE DICIEMBRE DE 2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-126341181- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto N° 997 del 7 de
septiembre de 2016; la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-836-APN-JGM del 24 de agosto de 2022, y

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 997 del 7 de septiembre de 2016 se aprueba el Régimen de Viáticos, Alojamiento y
Pasajes del Personal de la Administración Pública Nacional en cumplimiento de misiones y comisiones al exterior
de carácter oficial.
Que el Artículo 3° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-836-APN-JGM del 24 de agosto de 2022
establece que los traslados por misiones o comisiones al exterior, cualquiera fuera la fuente de financiamiento del
gasto, deberán contar con la conformidad previa y expresa del titular de la jurisdicción de la cual dependan.
Que mediante las Notas Nros. NO-2022-120789286-APN-PRES#SENASA y NO-2022-121469382-APNPRES#SENASA se elevaron al señor Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca las autorizaciones por
excepción de las agentes del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA que
se consignan en el presente acto.
Que por las Notas Nros. IF-2022-124692962-APN-MEC e IF-2022-124693188-APN-MEC el señor Ministro de
Economía solicitó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la autorización para el desplazamiento de
las agentes detalladas en la presente resolución.
Que a través de la Nota N° NO-2022-125137710-APN-JGM el señor Jefe de Gabinete de Ministros prestó
conformidad a dichos desplazamientos.
Que, en consecuencia, procede destacar en comisión de servicios a las agentes del mentado Servicio Nacional que
se detallan en el Artículo 1° de la presente resolución.

�Que, asimismo, corresponde que las Direcciones de Servicios Administrativos y Financieros y de Recursos
Humanos, ambas dependientes de la Dirección General Técnica y Administrativa, tomen la intervención en el
ámbito de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 997 del 7 de
septiembre de 2016, por la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-836-APN-JGM del 24 de agosto de 2022 y
por el Artículo 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825
del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Destácase en comisión de servicios a las agentes del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, conforme al siguiente detalle:

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Nombre y Apellido del
Agente y/o Funcionario

Dependencia

Destino

Desde

Hasta

Días C.C.A cargo de:

PARTICIPAR EN EL CURSO DE ENTRENAMIENTO “PREPARACIÓN Y GESTIÓN DE CRISIS DE
INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS”

Andrea Nilda CALZETTA
RESIO

Dirección
Río de Janeiro,
Nacional de
REPÚBLICA
Inocuidad y
27/11/2022 3/12/2022
FEDERATIVA
Calidad
DEL BRASIL
Agroalimentaria

6

Pasaje:
COMISIÓN
EUROPEA
Viáticos:
- COMISIÓN
EUROPEA
Alojamiento:
COMISIÓN
EUROPEA

PARTICIPAR DE UNA VISITA TÉCNICA PARA LA HABILITACIÓN DE VIVEROS PARA LA
EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE PROPAGACIÓN A LA REPÚBLICA ARGENTINA EN
CONDICIONES DE CUARENTENA DE POST-ENTRADA ESPECIAL

�María Fernanda WAGNER

Dirección
Nacional de
Protección
Vegetal

Santiago,
REPÚBLICA 12/12/2022 16/12/2022 5
DE CHILE

Pasaje: SAG
Viáticos:
- SAG
Alojamiento:
SAG

ARTÍCULO 2°.- Remítase copia del presente acto a las Direcciones de Servicios Administrativos y Financieros y
de Recursos Humanos, ambas dependientes de la Dirección General Técnica y Administrativa, a fin de que tomen
la intervención en el ámbito de su competencia.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.11.25 18:27:10 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.11.25 18:27:14 -03:00

�</text>
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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>Destácase en comisión de servicios a las agentes del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, conforme al siguiente detalle: SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Nombre y Apellido del Dependencia Destino Desde Hasta Días C.C.A cargo de: Agente y/o Funcionario PARTICIPAR EN EL CURSO DE ENTRENAMIENTO “PREPARACIÓN Y GESTIÓN DE CRISIS DE INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS” Pasaje: COMISIÓN Dirección Río de Janeiro, EUROPEA Andrea Nilda CALZETTA Nacional de REPÚBLICA Viáticos: RESIO Inocuidad y FEDERATIVA 27/11/2022 3/12/2022 6 / COMISIÓN Calidad DEL BRASIL EUROPEA Agroalimentaria Alojamiento: COMISIÓN EUROPEA PARTICIPAR DE UNA VISITA TÉCNICA PARA LA HABILITACIÓN DE VIVEROS PARA LA EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE PROPAGACIÓN A LA REPÚBLICA ARGENTINA EN CONDICIONES DE CUARENTENA DE POST/ENTRADA ESPECIALDirección Pasaje: SAG Nacional de Santiago, Viáticos: María Fernanda WAGNER Protección REPÚBLICA 12/12/2022 16/12/2022 5 / SAG Vegetal DE CHILE Alojamiento: SAG</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-768-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 25 de Noviembre de 2022

Referencia: EX-2022-126460753- -APN-DGTYA#SENASA - DESTACA EN COMISIÓN DE SERVICIOS
MES DE NOVIEMBRE DE 2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-126460753- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto N° 997 del 7 de
septiembre de 2016; la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-836-APN-JGM del 24 de agosto de 2022, y

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 997 del 7 de septiembre de 2016 se aprueba el Régimen de Viáticos, Alojamiento y
Pasajes del Personal de la Administración Pública Nacional en cumplimiento de misiones y comisiones al exterior
de carácter oficial.
Que el Artículo 3° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-836-APN-JGM del 24 de agosto de 2022
establece que los traslados por misiones o comisiones al exterior, cualquiera fuera la fuente de financiamiento del
gasto, deberán contar con la conformidad previa y expresa del titular de la jurisdicción de la cual dependan.
Que mediante las Notas Nros. NO-2022-120128359-APN-PRES#SENASA, NO-2022-120131812-APNPRES#SENASA y NO-2022-120132182-APN-PRES#SENASA se elevaron al señor Secretario de Agricultura,
Ganadería y Pesca las autorizaciones por excepción de los/as agentes del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA que se consignan en el presente acto.
Que por las Notas Nros. IF-2022-125787108-APN-MEC, IF-2022-125787428-APN-MEC e IF-2022-125789172APN-MEC el señor Ministro de Economía solicitó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la
autorización para el desplazamiento de los/as agentes detallados en la presente resolución.
Que a través de la Nota N° NO-2022-126421583-APN-JGM el señor Jefe de Gabinete de Ministros prestó
conformidad a dichos desplazamientos.
Que, en consecuencia, procede destacar en comisión de servicios a los/as agentes del mentado Servicio Nacional
que se detallan en el Artículo 1° de la presente resolución.

�Que, asimismo, corresponde que las Direcciones de Servicios Administrativos y Financieros y de Recursos
Humanos, ambas dependientes de la Dirección General Técnica y Administrativa, tomen la intervención en el
ámbito de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 997 del 7 de
septiembre de 2016, por la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-836-APN-JGM del 24 de agosto de 2022 y
por el Artículo 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825
del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Destácase en comisión de servicios a los/as agentes del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, conforme al siguiente detalle:

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Nombre y Apellido
del Agente y/o
Dependencia
Funcionario

Destino

Desde

Hasta

Días C.C.

A cargo de:

PARTICIPAR DE UNA VISITA DE INTERCAMBIO DE CONOCIMIENTOS CON EL SERVICIO
NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS (SENAVE) DE PARAGUAY

Facundo Javier
GALVANI

Laura Mercedes
RADOSAVAC

Dirección
Nacional de
Operaciones

Asunción,
REPÚBLICA
13/11/2022 14/11/2022
DEL
PARAGUAY

Dirección
Nacional de
Operaciones

Asunción,
REPÚBLICA
14/11/2022 18/11/2022
DEL
PARAGUAY

2

5

-

Pasaje: SENAVE
Viáticos:
SENAVE
Alojamiento:
SENAVE

-

Pasaje: SENAVE
Viáticos:
SENAVE
Alojamiento:
SENAVE

�Dirección
Elio Román FRENO Nacional de
Operaciones

Asunción,
REPÚBLICA
14/11/2022 18/11/2022
DEL
PARAGUAY

5

-

Pasaje: SENAVE
Viáticos:
SENAVE
Alojamiento:
SENAVE

ARTÍCULO 2°.- Remítase copia del presente acto a las Direcciones de Servicios Administrativos y Financieros y
de Recursos Humanos, ambas dependientes de la Dirección General Técnica y Administrativa, a fin de que tomen
la intervención en el ámbito de su competencia.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.11.25 18:27:41 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.11.25 18:27:45 -03:00

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                <text>Destácase en comisión de servicios a los/as agentes del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, conforme al siguiente detalle: SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Nombre y Apellido del Agente y/o Dependencia Destino Desde Hasta Días C.C. A cargo de: Funcionario PARTICIPAR DE UNA VISITA DE INTERCAMBIO DE CONOCIMIENTOS CON EL SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS (SENAVE) DE PARAGUAY Asunción, Pasaje: SENAVE Facundo Javier Dirección REPÚBLICA Viáticos: GALVANI Nacional de DEL 13/11/2022 14/11/2022 2 / SENAVE Operaciones PARAGUAY Alojamiento: SENAVE Asunción, Pasaje: SENAVE Laura Mercedes Dirección REPÚBLICA Viáticos: RADOSAVAC Nacional de DEL 14/11/2022 18/11/2022 5 / SENAVE Operaciones PARAGUAY Alojamiento: SENAVEAsunción, Pasaje: SENAVE Dirección REPÚBLICA Viáticos: Elio Román FRENO Nacional de DEL 14/11/2022 18/11/2022 5 / SENAVE Operaciones PARAGUAY Alojamiento: SENAVE</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-769-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 28 de Noviembre de 2022

Referencia: EX-2022-126406973- -APN-DGTYA#SENASA - CREA EN EL AMBITO DE LA DIRECCION
DE RECURSOS HUMANOS, LA UNIDAD DE GENERO Y DIVERSIDAD DEL SENASA

VISTO el Expediente N° EX-2022-126406973- -APN-DGTYA#SENASA; la Convención Americana sobre
Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), aprobada por la Ley N° 23.054; la Convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada por la Ley Nº 23.179; la Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belem do
Pará”, aprobada por la Ley Nº 24.632; los Principios de Yogyakarta sobre la aplicación de la legislación
internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género; los Objetivos
de Desarrollo Sostenible, aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de septiembre de
2015; la Estrategia de Montevideo para la Implementación de la Agenda Regional de Género en el marco del
desarrollo sostenible hacia 2030, aprobada en la XIII Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el
Caribe organizada por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y el Gobierno de
Uruguay, celebrada en Montevideo del 25 al 28 de octubre de 2016; las Leyes Nros. 26.485, 26.743, 27.233,
27.499, 27.580 y 27.636; los Decretos Nros. DECFO-2019-7-APN-SLYT del 10 de diciembre de 2019, DCTO2020-680-APN-PTE del 18 de agosto de 2020 y DCTO-2020-721-APN-PTE del 3 de septiembre de 2020; la
Resolución Nº RESOL-2020-228-APN-MAGYP del 12 de noviembre de 2020 del entonces MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:
Que la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), aprobada por la Ley
N° 23.054, con rango y jerarquía constitucional de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 75, inciso 22 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL, establece en su Artículo 1º, Apartado 1, que “Los Estados Partes en esta
Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y
pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza;
color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas ó de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición
económica, nacimiento o cualquier otra condición social”.

�Que la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada por la
Ley Nº 23.179, con rango y jerarquía constitucional de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 75, inciso 22 de
la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en su Artículo 2º consagra, entre otras cuestiones, que los Estados Partes
condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, y convienen en seguir, por todos los medios
apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer.
Que mediante el Artículo 7º de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
contra La Mujer “Convención de Belem do Pará”, aprobada por la Ley Nº 24.632, los Estados Partes condenan
todas las formas de violencia contra la mujer y convienen en adoptar, por todos los medios apropiados y sin
dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.
Que en el año 2007 la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS publicó una serie de principios que
establecen cómo se debe aplicar la legislación internacional de derechos humanos a las cuestiones de orientación
sexual e identidad de género, denominados “Principios de Yogyakarta”, estableciendo los estándares legales
internacionales vinculantes que los Estados deben cumplir en la materia.
Que, por ello, los Objetivos de Desarrollo Sostenible, aprobados por la Asamblea General de las Naciones
Unidas, entre los que se encuentra el de lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las
niñas, constituyen metas de carácter indivisible que es necesario conseguir para avanzar en el desarrollo, y
coadyuvan a reducir la pobreza y el hambre, y a cuidar el medio ambiente, objetivos íntimamente emparentados
con las competencias del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
(SENASA).
Que la Estrategia de Montevideo para la Implementación de la Agenda Regional de Género en el marco del
desarrollo sostenible hacia 2030, aprobada en la XIII Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el
Caribe, en su medida 2, inciso c, entre los ejes acordados para la implementación de políticas públicas que
contribuyan a eliminar las desigualdades de género y garantizar los derechos humanos y la autonomía de las
mujeres en toda su diversidad, se encuentra el de impulsar la creación y la consolidación de las instancias para la
igualdad de género y los derechos de las mujeres en los ministerios sectoriales (incluidos los ministerios de
administración pública, cuando existen), organismos descentralizados, gobiernos subnacionales, municipales y
locales, el Poder Legislativo y el Poder Judicial, dotándolas de recursos humanos, técnicos y políticos, así como
de un presupuesto específico.
Que la Ley Nº 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres
en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales tiene por objeto, entre otros, promover y
garantizar el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia, las condiciones aptas para sensibilizar y
prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus
manifestaciones y ámbitos y el desarrollo de políticas públicas de carácter interinstitucional sobre violencia contra
las mujeres.
Que a través de la Ley Nº 26.743 se dispone que toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de
género, al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género; a ser tratada de acuerdo con su
identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad
respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada.
Que la Ley Micaela Nº 27.499 establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las
mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en los

�Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.
Que mediante la Ley N° 27.580 se aprueba el CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y
EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRABAJO –CONVENIO 190–, adoptado por la Conferencia General de la
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO, en la Ciudad de Ginebra (CONFEDERACIÓN
SUIZA) el 21 de junio de 2019, el cual dispone en su Artículo 9° que todo miembro deberá adoptar una
legislación que exija a los empleadores tomar medidas apropiadas y acordes con su grado de control para prevenir
la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluidos la violencia y el acoso por razón de género.
Que la Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para las Personas Travestis, Transexuales y Transgénero
“Diana Sacayán-Lohana Berkins” N° 27.636 establece medidas de acción positiva orientadas a lograr la efectiva
inclusión laboral de las personas travestis, transexuales y transgénero, con el fin de promover la igualdad real de
oportunidades en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que el Decreto N° DCTO-2020-721-APN-PTE del 3 de septiembre de 2020 estatuye que, en el Sector Público
Nacional, en los términos del Artículo 8° de la Ley N° 24.156, los cargos de personal deberán ser ocupados en
una proporción no inferior al UNO POR CIENTO (1 %) de su totalidad por personas travestis, transexuales y
transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo, y que dicho porcentaje deberá ser asignado a
las mencionadas personas en cualquiera de las modalidades de contratación vigentes.
Que el Artículo 23 ter del Decreto Nº DECFO-2019-7-APN-SLYT del 10 de diciembre de 2019, en su punto 4
encomienda al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD “Coordinar con otros
ministerios y con los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales
para asegurar la transversalización de las políticas de género, igualdad y diversidad”.
Que por el Decreto Nº DCTO-2020-680-APN-PTE del 17 de agosto de 2020 se crea, en la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, el GABINETE NACIONAL PARA LA TRANSVERSALIZACIÓN DE LAS
POLÍTICAS DE GÉNERO, con la finalidad de garantizar la incorporación de la perspectiva de género en el
diseño e implementación de las políticas públicas nacionales.
Que, por su parte, a través de la Resolución Nº RESOL-2020-228-APN-MAGYP del 12 de junio de 2020 del
entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se crea la UNIDAD DE
TRANSVERSALIZACIÓN DE PERSPECTIVA DE GÉNERO en el ámbito del citado ex-Ministerio, cuyo
objetivo es conformar una instancia de gestión que permita el tratamiento de dicha temática desde diversos
ámbitos a los fines de promover la igualdad de géneros, y de la cual el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) forma parte.
Que, en razón del alcance nacional de las políticas públicas desarrolladas por este Servicio Nacional, de la
extensión territorial de sus dependencias y de la diversidad de tareas que desempeñan sus agentes, es
imprescindible que la transversalización de la perspectiva de género en el Organismo se realice con una lógica
situada pero a la vez articulada.
Que en el marco de dichas políticas de transversalización se vienen proyectando e implementando en el citado
Servicio Nacional distintas medidas de diagnóstico, implementación, monitoreo y evaluación de acciones
estratégicas para transversalizar la perspectiva de género en el Organismo, mediante el Programa Integral de
Transversalización de la Perspectiva de Género en el ámbito del SENASA.
Que, por lo expuesto, es oportuno y necesario formalizar un espacio institucional compuesto por una red de

�agentes que ha venido impulsando en el Organismo los lineamientos dispuestos en la normativa precitada, como
así también por el Programa de Transversalización y las políticas dispuestas por la Unidad de Transversalización
de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y por
los demás organismos competentes en materia de género y diversidad.
Que la medida propiciada no implica erogación presupuestaria alguna ni modificación en la estructura actual del
Organismo.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de las atribuciones conferidas por el
Artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de
junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Unidad de Género y Diversidad del SENASA (UGyD). Creación. Se crea en el ámbito de la
Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa, la Unidad de
Género y Diversidad del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
(SENASA), en adelante UGyD, la que estará integrada por una red de referentes de género y diversidad con
asiento en cada Dirección Nacional, General y Regional del Organismo y por DOS (2) referentes de articulación
nacional que serán el nexo entre dicha red y la Dirección de Recursos Humanos.
ARTÍCULO 2º.- Acciones. La UGyD podrá realizar las siguientes acciones:
Inciso a) formular, desarrollar y evaluar, en conjunto con las áreas competentes del Organismo, planes, programas
y acciones estratégicas para incorporar la perspectiva de género y diversidad en las políticas públicas y en la
gestión organizacional del SENASA, en particular en lo concerniente a la incorporación de la perspectiva de
género en la normativa, acuerdos, convenios, planes y programas sanitarios de competencia del citado Servicio
Nacional;
Inciso b) articular con las provincias, municipios y sociedad civil acciones para la promoción de la inclusión y la
igualdad sustantiva de mujeres y personas LGTBI en las actividades y ámbitos vinculados a las competencias y al
accionar del SENASA;
Inciso c) realizar investigaciones, publicaciones, relevamientos de información, análisis de documentación y
estandarización de datos vinculados a la temática de género y diversidad en el SENASA;
Inciso c) implementar en el ámbito del SENASA los lineamientos que en materia de género y diversidad
dispongan los organismos o dependencias con competencia en la materia, en particular la Unidad de
Transversalización de la Perspectiva de Género de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y

�PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y
DIVERSIDAD de la Nación;
Inciso d) brindar asesoramiento en las consultas que en materia de transversalización de la perspectiva de género
y diversidad se formulen desde cualquier área del Organismo;
Inciso e) articular con las áreas competentes del Organismo y con la Comisión de Igualdad de Oportunidades y
Trato, estrategias conducentes para la promoción de políticas de conciliación laboral y familiar, la eliminación de
las brechas de género en el ámbito laboral y la prevención de las violencias por motivos de género en el ámbito
del SENASA, de acuerdo con la normativa y con los protocolos vigentes;
Inciso f) articular con la Coordinación de Capacitación de la Coordinación General de Recursos Humanos y
Administración de Personal, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos, estrategias conducentes a la
implementación situada de la Ley Micaela N° 27.499 en el Organismo, de acuerdo con los lineamientos
dispuestos por su autoridad de aplicación; así como de aquellas acciones de capacitación y sensibilización del
personal para el desarrollo de capacidades que aseguren la transversalización de la perspectiva de género;
Inciso g) articular con la Dirección de Recursos Humanos estrategias conducentes a la implementación del
Decreto Nº DCTO-2020-721-APN-PTE del 3 de septiembre de 2020 y de la Ley N° 27.636 de Promoción del
Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero “Diana Sacayán-Lohana Berkins”
en las distintas dependencias del SENASA, de acuerdo con los lineamientos dispuestos por su autoridad de
aplicación.
ARTÍCULO 3°.- Funciones de las personas referentes de articulación nacional de la Unidad de Género y
Diversidad. Las personas que se desempeñen como referentes de articulación nacional de la UGyD tendrán las
siguientes funciones:
Inciso a) proponer acciones para implementar de manera coordinada en las distintas áreas del SENASA las
políticas transversales de género y diversidad planificadas por el Organismo a nivel nacional, como así también
las políticas de la Unidad de Transversalización de la Perspectiva Género de la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y del MINISTERIO DE LAS
MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD de la Nación que sean de aplicación en el SENASA;
Inciso b) cooperar con las áreas sustantivas en el diseño de programas a nivel nacional que implementen y
transversalicen la perspectiva de género en el Organismo;
Inciso c) asesorar en la articulación con organismos nacionales e internacionales acciones conjuntas y de
cooperación interinstitucional con el objetivo de incorporar la perspectiva de género a las políticas públicas y a la
gestión organizacional del SENASA;
Inciso d) emitir informes en relación con las competencias de la UGyD.
ARTÍCULO 4°.- Funciones de las personas referentes de área de la Unidad de Género y Diversidad. Las personas
referentes de área en género y diversidad tendrán las siguientes funciones:
Inciso a) proponer las acciones para implementar de manera situada las políticas transversales del Organismo a
nivel nacional y del área de que se trate en materia de género y diversidad;

�Inciso b) asesorar a las autoridades de área sobre la transversalización de la perspectiva de género en las políticas
públicas y en la gestión organizacional del área, como así también sobre aquellas políticas públicas sobre género
y diversidad a nivel local o regional;
Inciso c) realizar prevención primaria y primera escucha en territorio ante situaciones de violencia de género que
involucren a agentes del SENASA, facilitándoles la información y el acceso a los canales institucionales y/o
externos para el abordaje de la problemática;
Inciso d) podrán desarrollar actividades conjuntas con las áreas de género que se encuentren trabajando en otras
dependencias gubernamentales a nivel nacional, provincial, municipal.
ARTÍCULO 5°.- Reglamento interno y plan de trabajo. La UGyD deberá confeccionar un reglamento interno
para regular su funcionamiento y establecer un plan de trabajo anual para cumplir con las funciones asignadas en
los Artículos 2°, 3° y 4° de la presente resolución, el que deberá ser presentado a la Dirección de Recursos
Humanos en un plazo no mayor a CIENTO VEINTE (120) días desde la entrada en vigencia de la presente
resolución.
ARTÍCULO 6°.- Deberes de las dependencias del SENASA. Las dependencias del SENASA deberán prestar la
asistencia y la colaboración necesarias requeridas por la UGyD para la realización de las tareas dispuestas en los
Artículos 2°, 3° y 4° de la presente resolución.
ARTÍCULO 7º.- Intranet. La UGyD deberá contar con un espacio dentro de la intranet del SENASA con el fin de
facilitar el acceso a la información que genere y de documentar sus prácticas.
ARTÍCULO 8°.- Designaciones. De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente resolución, se
designan como referentes de articulación nacional de la Unidad de Género y Diversidad a las agentes Da. Mariela
Adriana FORTUNATO (D.N.I. N° 28.488.490) y Julieta SOURROUILLE (D.N.I. N° 26.727.199).
ARTÍCULO 9°.- Las agentes designadas en el Artículo 8º de la presente resolución percibirán sus
remuneraciones de conformidad con su situación de revista y en los términos del Decreto N° 40 del 25 de enero
de 2007, sin que la función encomendada implique el cobro de suplementos por cargos de mayor jerarquía.
ARTÍCULO 10.- Se encomienda a la Dirección de Recursos Humanos a formalizar y mantener actualizada la
nómina de personas referentes que serán designadas por cada una de las áreas y que conformarán la red de
referentes de área de la UGyD, según lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente resolución.
ARTÍCULO 11.- La presente medida no implica erogación presupuestaria alguna ni modificación en la estructura
actual del Organismo.
ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.11.28 11:16:05 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.11.28 11:16:31 -03:00

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                <text>Unidad de Género y Diversidad del SENASA (UGyD). Creación. Se crea en el ámbito de la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa, la Unidad de Género y Diversidad del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), en adelante UGyD, la que estará integrada por una red de referentes de género y diversidad con asiento en cada Dirección Nacional, General y Regional del Organismo y por DOS (2) referentes de articulación nacional que serán el nexo entre dicha red y la Dirección de Recursos Humanos.</text>
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            <name>Is Replaced By</name>
            <description>A related resource that supplants, displaces, or supersedes the described resource.</description>
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                <text>&lt;strong&gt;Abrogada por el Art. 1° de la &lt;a href="https://biblioteca.senasa.gob.ar/items/show/4282"&gt;Resolucion N° 450/2024 del SENASA&lt;/a&gt;&lt;/strong&gt;</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-775-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 29 de Noviembre de 2022

Referencia: EX-2022-120006189- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA DESIGNACIÓN
TRANSITORIA DEL MÉDICO VETERINARIO RODRIGO BALZANO PARODI COMO DIRECTOR DE
LABORATORIO ANIMAL

VISTO el Expediente Nº EX-2022-120006189- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.591; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 y DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; los
Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018, DCTO-2020-328-APN-PTE del 31
de marzo de 2020 y DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2020-1245-APN-JGM del 7 de julio de 2020 y DECAD-20224-APN-JGM del 5 de enero de 2022; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado
Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010
del referido Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; las Resoluciones Nros.
RESOL-2021-233-APN-PRES#SENASA del 6 de mayo de 2021 y RESOL-2022-105-APN-PRES#SENASA del
14 de febrero de 2022, ambas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-1245-APN-JGM del 7 de julio de 2020 se da por designado
con carácter transitorio, a partir del 2 de marzo de 2020 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la medida, al Médico Veterinario D. Rodrigo Emmanuel BALZANO PARODI
(M.I. N° 23.678.855) en el cargo de Director de Laboratorio Animal de la Dirección General de Laboratorios y
Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, designación
prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-233-APN-PRES#SENASA del 6 de mayo de 2021 y
RESOL-2022-105-APN-PRES#SENASA del 14 de febrero de 2022, ambas del citado Servicio Nacional.

�Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021
se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N°
27.541 y prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 rigen, a partir del
1 de enero de 2022, las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2021, sus normas modificatorias y complementarias.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria del mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

�Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 9 de noviembre de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Médico
Veterinario D. Rodrigo Emmanuel BALZANO PARODI (M.I. N° 23.678.855) como Director de Laboratorio
Animal de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-1245-APNJGM del 7 de julio de 2020 y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-233-APNPRES#SENASA del 6 de mayo de 2021 y RESOL-2022-105-APN-PRES#SENASA del 14 de febrero de 2022,
ambas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado
13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional,
homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.11.29 18:04:23 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.11.29 18:04:27 -03:00

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                <text>Prorroga la designación transitoria del médico veterinario Rodrigo Balzano Parodi </text>
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                <text>Prorróguese, a partir del 9 de noviembre de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Médico Veterinario D. Rodrigo Emmanuel BALZANO PARODI (M.I. N° 23.678.855) como Director de Laboratorio Animal de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD/2020/1245/APN/ JGM del 7 de julio de 2020 y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2021/233/APN/ PRES#SENASA del 6 de mayo de 2021 y RESOL/2022/105/APN/PRES#SENASA del 14 de febrero de 2022, ambas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-779-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 30 de Noviembre de 2022

Referencia: EX-2022-119500571- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA ASIGNACIONES
TRANSITORIAS DE FUNCIONES EN UNIDADES ORGANIZATIVAS DEPENDIENTES DE LA
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA

VISTO el Expediente Nº EX-2022-119500571- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.591; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 y DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; los
Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018, DCTO-2020-328-APN-PTE del 31
de marzo de 2020 y DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y DECAD-2022-4-APN-JGM del 5 de enero de 2022; la Resolución
Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada
por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y de la mencionada exSecretaría, respectivamente; las Resoluciones Nros. RESOL-2018-146-APN-SGA#MPYT del 18 de diciembre de
2018 de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, RESOL-2019-148-APN-MAGYP del 27 de noviembre de 2019 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13
de mayo de 2019, RESOL-2020-524-APN-PRES#SENASA del 31 de julio de 2020, RESOL-2021-82-APNPRES#SENASA del 22 de febrero de 2021, RESOL-2021-456-APN-PRES#SENASA del 1 de septiembre de
2021 y RESOL-2022-250-APN-PRES#SENASA del 3 de mayo de 2022, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº RESOL-2018-146-APN-SGA#MPYT del 18 de diciembre de 2018 de la exSECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y
TRABAJO se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 17 de noviembre de 2017 y por el término de SEIS
(6) meses contados a partir de la medida, las funciones de Coordinador de Informática Regional de la Dirección

�de Tecnología de la Información, dependiente de la entonces Dirección Nacional Técnica y Administrativa del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al señor D. José Luis Enrique
ORLANDO (M.I. N° 18.413.630), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-524APN-PRES#SENASA del 31 de julio de 2020, RESOL-2021-82-APN-PRES#SENASA del 22 de febrero de
2021, RESOL-2021-456-APN-PRES#SENASA del 1 de septiembre de 2021 y RESOL-2022-250-APNPRES#SENASA del 3 de mayo de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que a través de la Resolución N° RESOL-2019-148-APN-MAGYP del 27 de noviembre de 2019 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, por el
plazo de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones correspondientes a los cargos de
titulares de las unidades organizativas dependientes de la Dirección General Técnica y Administrativa del aludido
Servicio Nacional, a los agentes detallados en el Anexo (IF-2019-77043907-APN-DRRHH#SENASA) que forma
parte integrante de ella, en el Agrupamiento, Categoría, Grado y Tramo, y a partir de la fecha que en cada caso se
indica, asignaciones prorrogadas mediante las mencionadas Resoluciones Nros. RESOL-2020-524-APNPRES#SENASA, RESOL-2021-82-APN-PRES#SENASA, RESOL-2021-456-APN-PRES#SENASA y RESOL2022-250-APN-PRES#SENASA.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021
se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N°
27.541 y prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 rigen, a partir del
1 de enero de 2022, las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2021, sus normas modificatorias y complementarias.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.

�Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del aludido Servicio
Nacional se aprueba la estructura organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo del Organismo.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria a los agentes detallados en el Anexo (IF-2022120308347-APN-DRRHH#SENASA) que forma parte integrante de la presente resolución.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 4 de noviembre de 2022 y por el término de SEIS (6) meses contados
desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones correspondiente a los cargos de
titulares de las unidades organizativas dependientes de la Dirección General Técnica y Administrativa del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA que se detallan en el Anexo (IF2022-120308347-APN-DRRHH#SENASA) que forma parte integrante de la presente resolución, conforme los
actos administrativos que fueran suscriptos oportunamente por la autoridad competente y prorrogados por las
Resoluciones Nros. RESOL-2020-524-APN-PRES#SENASA del 31 de julio de 2020, RESOL-2021-82-APNPRES#SENASA del 22 de febrero de 2021, RESOL-2021-456-APN-PRES#SENASA del 1 de septiembre de
2021 y RESOL-2022-250-APN-PRES#SENASA del 3 de mayo de 2022, todas del citado Servicio Nacional, a los
agentes que revistan en el Agrupamiento, Categoría, Grado y Tramo del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, que en
cada caso se establecen, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 2°.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA

�DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.11.30 17:22:28 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.11.30 17:22:31 -03:00

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                <text>Prorróguese, a partir del 4 de noviembre de 2022 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones correspondiente a los cargos de titulares de las unidades organizativas dependientes de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA que se detallan en el Anexo (IF/ 2022/120308347/APN/DRRHH#SENASA) que forma parte integrante de la presente resolución, conforme los actos administrativos que fueran suscriptos oportunamente por la autoridad competente y prorrogados por las Resoluciones Nros. RESOL/2020/524/APN/PRES#SENASA del 31 de julio de 2020, RESOL/2021/82/APN/ PRES#SENASA del 22 de febrero de 2021, RESOL/2021/456/APN/PRES#SENASA del 1 de septiembre de 2021 y RESOL/2022/250/APN/PRES#SENASA del 3 de mayo de 2022, todas del citado Servicio Nacional, a los agentes que revistan en el Agrupamiento, Categoría, Grado y Tramo del para N° 40 del 25 de enero de 2007, que en cada caso se establecen, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-790-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 16 de Octubre de 2020

Referencia: EE 67440022/2020 - ENCOMIENDA LA ATENCIÓN DEL DESPACHO DE LA
COORDINACIÓN REGIONAL DE SANIDAD ANIMAL DE LA DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL
CUYO AL MÉDICO VETERINARIO ESTEBAN ZAPATA

VISTO el Expediente N° EX-2020-67440022- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley N° 27.233; el Decreto N° 1.585
del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del
10 de diciembre de 2018, y

CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 27.233 establece que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, es la autoridad de aplicación
y el encargado de planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de las acciones previstas en la referida ley.
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 se aprueba la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional.
Que el cargo de titular de la Coordinación Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro Regional Cuyo
dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, se encuentra vacante.
Que a fin de continuar con el normal desarrollo de las tareas y las responsabilidades de la citada unidad
organizativa, resulta procedente encomendar transitoriamente la atención del despacho de la misma al Médico
Veterinario D. Esteban ZAPATA, M.I. N° 21.807.735.
Que el agente propuesto reúne las condiciones de capacidad y experiencia para cumplir dicho cometido.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

�Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en el Artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº
1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Encomendar, transitoriamente, la atención del despacho de la Coordinación Regional de Sanidad
Animal de la Dirección de Centro Regional Cuyo dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Médico Veterinario D.
Esteban ZAPATA, M.I. N° 21.807.735, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional,
Grado 6, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio
Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, por los motivos expuestos en los
considerandos de la presente resolución y hasta tanto se proceda a la cobertura de dicho cargo en los términos del
Decreto N DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, notifíquese y archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.10.16 19:54:00 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2020.10.16 19:54:02 -03:00

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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-791-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 7 de Diciembre de 2022

Referencia: EX-2022-121873720- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA DESIGNACIONES
TRANSITORIAS EN UNIDADES ORGANIZATIVAS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS
JURÍDICOS

VISTO el Expediente Nº EX-2022-121873720- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.591; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 y DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; los
Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018, DCTO-2020-328-APN-PTE del 31
de marzo de 2020 y DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DA-2019-766-APN-JGM del 6 de septiembre de 2019, DECAD-20201244-APN-JGM del 7 de julio de 2020, DECAD-2021-260-APN-JGM del 23 de marzo de 2021, DECAD-2021380-APN-JGM del 19 de abril de 2021 y DECAD-2022-4-APN-JGM del 5 de enero de 2022; la Resolución
Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada
por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y de la mencionada exSecretaría, respectivamente; las Resoluciones Nros. RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de
2019, RESOL-2020-444-APN-PRES#SENASA del 26 de junio de 2020, RESOL-2021-213-APNPRES#SENASA del 29 de abril de 2021, RESOL-2021-231-APN-PRES#SENASA del 6 de mayo de 2021,
RESOL-2022-21-APN-PRES#SENASA del 11 de enero de 2022, RESOL-2022-104-APN-PRES#SENASA del
14 de febrero de 2022, RESOL-2022-124-APN-PRES#SENASA del 23 de febrero de 2022 y RESOL-2022-132APN-PRES#SENASA del 3 de marzo de 2022, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº DA-2019-766-APN-JGM del 6 de septiembre de 2019 se designa con
carácter transitorio, por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la
medida, a la Abogada Da. María José CERMELO (M.I. N° 26.703.952) en el cargo de Coordinadora Jurídica de

�Delegación Regional IV de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, designación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-444APN-PRES#SENASA del 26 de junio de 2020, RESOL-2021-213-APN-PRES#SENASA del 29 de abril de 2021
y RESOL-2022-124-APN-PRES#SENASA del 23 de febrero de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-1244-APN-JGM del 7 de julio de 2020 se designa
con carácter transitorio, a partir de la fecha de la medida y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, al Abogado D. Matías KODAMA (M.I. N° 28.325.229) en el cargo de Coordinador de Legislación y
Convenios Sanitarios de la Coordinación General de Asuntos Sanitarios, dependiente de la Dirección de Asuntos
Jurídicos del mentado Servicio Nacional, designación prorrogada por las Resoluciones Nros. RESOL-2021-231APN-PRES#SENASA del 6 de mayo de 2021 y RESOL-2022-132-APN-PRES#SENASA del 3 de marzo de
2022, ambas del mentado Servicio Nacional.
Que a través de la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-260-APN-JGM del 23 de marzo de 2021 se da por
designado con carácter transitorio, a partir del 1 de abril de 2020 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la medida, al Abogado D. José Luis DARRIBA (M.I. N° 26.318.485)
en el cargo de Coordinador Jurídico de Delegación Regional V de la Dirección de Asuntos Jurídicos del aludido
Servicio Nacional, designación prorrogada mediante la Resolución Nº RESOL-2022-21-APN-PRES#SENASA
del 11 de enero de 2022 del citado Servicio Nacional.
Que por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-380-APN-JGM del 19 de abril de 2021 se da por designada
con carácter transitorio, a partir del 3 de agosto de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de la fecha de la medida, a la Abogada Da. María Gabriela MORILLA OLIVER (M.I.
N° 27.639.050) en el cargo de Coordinadora Jurídica de Delegación Regional II de la Dirección de Asuntos
Jurídicos del mencionado Servicio Nacional, designación prorrogada mediante la Resolución Nº RESOL-2022104-APN-PRES#SENASA del 14 de febrero de 2022 del referido Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021
se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N°

�27.541 y prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 rigen, a partir del
1 de enero de 2022, las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2021, sus normas modificatorias y complementarias.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprueba la estructura organizativa de nivel
inferior al segundo nivel operativo del Organismo.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria de los mencionados profesionales.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 18 de noviembre de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria de la Abogada Da.
María José CERMELO (M.I. N° 26.703.952) en el cargo de Coordinadora Jurídica de Delegación Regional IV de
la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa Nº DA-2019-766-APN-JGM del 6 de
septiembre de 2019 y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-444-APN-PRES#SENASA del

�26 de junio de 2020, RESOL-2021-213-APN-PRES#SENASA del 29 de abril de 2021 y RESOL-2022-124-APNPRES#SENASA del 23 de febrero de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento
Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007,
autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 2°.- Prorróguese, a partir del 4 de octubre de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Abogado D. José Luis
DARRIBA (M.I. N° 26.318.485) en el cargo de Coordinador Jurídico de Delegación Regional V de la Dirección
de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
dispuesta por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-260-APN-JGM del 23 de marzo de 2021 y prorrogada
mediante la Resolución Nº RESOL-2022-21-APN-PRES#SENASA del 11 de enero de 2022 del citado Servicio
Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el
Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 3°.- Prorróguese, a partir del 9 de noviembre de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria de la Abogada Da.
María Gabriela MORILLA OLIVER (M.I. N° 27.639.050) en el cargo de Coordinadora Jurídica de Delegación
Regional II de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-380-APN-JGM del 19 de
abril de 2021 y prorrogada mediante la Resolución Nº RESOL-2022-104-APN-PRES#SENASA del 14 de febrero
de 2022 del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional,
Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio
Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la
Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 4°.- Prorróguese, a partir del 25 de noviembre de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Abogado D.
Matías KODAMA (M.I. N° 28.325.229) en el cargo de Coordinador de Legislación y Convenios Sanitarios de la
Coordinación General de Asuntos Sanitarios, dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa Nº
DECAD-2020-1244-APN-JGM del 7 de julio de 2020 y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL2021-231-APN-PRES#SENASA del 6 de mayo de 2021 y RESOL-2022-132-APN-PRES#SENASA del 3 de
marzo de 2022, ambas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría
Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido
Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente
pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 5°.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las

�partidas específicas del presupuesto del SERVICIO
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.

NACIONAL

DE

SANIDAD

Y

CALIDAD

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.12.07 09:13:15 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.12.07 09:13:21 -03:00

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                <text>Prorroga designaciones transitorias en unidades organizativas dependientes de la dirección de asuntos juridicos</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-795-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 9 de Diciembre de 2022

Referencia: EX-2022-123485385- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA DESIGNACIÓN
TRANSITORIA DEL MÉDICO VETERINARIO FACUNDO FRICK COMO DIRECTOR DE CENTRO
REGIONAL SANTA FE

VISTO el Expediente Nº EX-2022-123485385- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.591; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 y DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; los
Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018, DCTO-2020-328-APN-PTE del 31
de marzo de 2020 y DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021, DECAD-2022-4APN-JGM del 5 de enero de 2022 y DECAD-2022-50-APN-JGM del 24 de enero de 2022; la Resolución
Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada
por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y de la mencionada exSecretaría, respectivamente, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-50-APN-JGM del 24 de enero de 2022 se da por designado
con carácter transitorio, a partir del 1 de septiembre de 2021 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de la firma de la medida, al Médico Veterinario D. Facundo FRICK (M.I. N°
25.533.081) en el cargo de Director de Centro Regional Santa Fe de la Dirección Nacional de Operaciones del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente

�de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021
se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N°
27.541 y prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 rigen, a partir del
1 de enero de 2022, las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2021, sus normas modificatorias y complementarias.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria del mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

�Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 19 de octubre de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Médico Veterinario D.
Facundo FRICK (D.N.I. N° 25.533.081), como Director de Centro Regional Santa Fe de la Dirección Nacional de
Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la
Decisión Administrativa N° DECAD-2022-50-APN-JGM del 24 de enero de 2022, quien revista en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de
2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2022.12.09 09:23:07 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2022.12.09 09:23:09 -03:00

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                <text>Prorroga la designación transitoria del médico veterinario Facundo Frick </text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-796-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 9 de Diciembre de 2022

Referencia: EX-2022-124520048- -APN-DGTYA#SENASA - ENCOMIENDA TRANSITORIAMENTE LA
ATENCIÓN DEL DESPACHO DE LA COORDINACIÓN REGIONAL DE SANIDAD ANIMAL DE LA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA SUR AL MÉDICO VETERINARIO GERMÁN
REZANOWICZ

VISTO el Expediente N° EX-2022-124520048- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y DECTO-2017-355-APN-PTE del
22 de mayo de 2017 y su modificatorio; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre
de 2018 y DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 se aprueba la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de
conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007.
Que el cargo de titular de la Coordinación Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro Regional
Patagonia Sur, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones, se encuentra vacante.

�Que, a fin de garantizar el normal desarrollo de las tareas y de las responsabilidades de la citada Coordinación,
resulta procedente encomendar transitoriamente la atención de su despacho al Médico Veterinario D. Germán
REZANOWICZ (M.I. N° 20.193.462).
Que el agente propuesto reúne las condiciones de capacidad y experiencia para cumplir dicho cometido.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido por el Artículo 8°, incisos g) y h) del Decreto
N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Encomendar transitoriamente, a partir del dictado de la presente medida, la atención del
despacho de la Coordinación Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro Regional Patagonia Sur,
dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones, al Médico Veterinario D. Germán REZANOWICZ (M.I.
N° 20.193.462), por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución y hasta tanto se proceda
a la cobertura de dicho cargo en los términos del Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de
2017 y su modificatorio.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, notifíquese y archívese.

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Date: 2022.12.09 09:23:41 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2022.12.09 09:23:43 -03:00

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                <text>Encomendar transitoriamente, a partir del dictado de la presente medida, la atención del despacho de la Coordinación Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro Regional Patagonia Sur, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones, al Médico Veterinario D. Germán REZANOWICZ (M.I. N° 20.193.462), por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución y hasta tanto se proceda a la cobertura de dicho cargo en los términos del Decreto N° DECTO/2017/355/APN/PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-797-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 9 de Diciembre de 2022

Referencia: EX-2022-120783636- -APN-DGTYA#SENASA - ENCOMIENDA TRANSITORIAMENTE LA
ATENCIÓN DEL DESPACHO DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE FRONTERAS Y BARRERAS
SANITARIAS AL INGENIERO AGRÓNOMO JUAN PABLO GIMÉNEZ

VISTO el Expediente N° EX-2022-120783636- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y DECTO-2017-355-APN-PTE del
22 de mayo de 2017 y su modificatorio; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre
de 2018 y DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 se aprueba la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de
conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007.
Que el cargo de titular de la Coordinación General de Fronteras y Barreras Sanitarias, dependiente de la Dirección
Nacional de Operaciones, se encuentra vacante.
Que, a fin de garantizar el normal desarrollo de las tareas y de las responsabilidades de la citada Coordinación,

�resulta procedente encomendar transitoriamente la atención de su despacho al Ingeniero Agrónomo D. Juan Pablo
GIMÉNEZ (M.I. N° 30.077.118).
Que el agente propuesto reúne las condiciones de capacidad y experiencia para cumplir dicho cometido.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido por el Artículo 8°, incisos g) y h) del Decreto
N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Encomendar transitoriamente, a partir del 1 de diciembre de 2022, la atención del despacho de la
Coordinación General de Fronteras y Barreras Sanitarias, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones,
al Ingeniero Agrónomo D. Juan Pablo GIMÉNEZ (M.I. N° 30.077.118), por los motivos expuestos en los
considerandos de la presente resolución y hasta tanto se proceda a la cobertura de dicho cargo en los términos del
Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, notifíquese y archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.12.09 09:24:11 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.12.09 09:24:14 -03:00

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