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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-819-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 23 de Octubre de 2020

Referencia: EE 67659727/2020 - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA DE FUNCIONES AL
ABOGADO VLADIMIR NICOLÁS SMOLYN COMO DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS

VISTO el Expediente Nº EX-2020-67659727- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8
de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio
Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido
Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente, la Resolución N° RESOL-2020-51-APNMAGYP del 19 de abril de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-51-APN-MAGYP del 19 de abril de 2020 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, por el término de SEIS (6)
meses contados a partir del dictado de la medida, las funciones correspondientes al cargo de titular de la
Dirección de Recursos Humanos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, al Abogado D. Vladimir Nicolás SMOLYN (M.I. Nº 12.964.321).
Que el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros,
Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas
de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas
por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones
y/o últimas prórrogas.

�Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y
a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las
autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada
por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, a prorrogar
las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las
designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota N° NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto
N° 1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°,
inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de
2010, y conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018
y su modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 20 de octubre de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados
a partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Director de Recursos
Humanos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Abogado D.
Vladimir Nicolás SMOLYN (M.I. Nº 12.964.321), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-51-APNMAGYP del 19 de abril de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, quien
revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 1 (e3), Tramo Superior del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el
Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18

�de enero de 2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a
las partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.10.23 13:38:49 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2020.10.23 13:38:51 -03:00

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                <text>Prorrógase, a partir del 20 de octubre de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Director de Recursos Humanos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Abogado D. Vladimir Nicolás SMOLYN (M.I. N 12.964.321), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2020/51/APN/ MAGYP del 19 de abril de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 1 (e3), Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-819-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 21 de Diciembre de 2022

Referencia: EX-2022-123485515- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN
TRANSITORIA DE FUNCIONES A LA INGENIERA FORESTAL LAURA MALY COMO
COORDINADORA REGIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL DE LA DIRECCIÓN DE CENTRO
REGIONAL METROPOLITANO

VISTO el Expediente Nº EX-2022-123485515- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.591; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 y DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; los
Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018, DCTO-2020-328-APN-PTE del 31
de marzo de 2020 y DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 y DECAD-20224-APN-JGM del 5 de enero de 2022; la Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de
diciembre de 2022 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; las
Resoluciones Nros. RESOL-2020-131-APN-MAGYP del 12 de junio de 2020 del entonces MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2020-925-APN-PRES#SENASA del 28 de diciembre de
2020, RESOL-2021-420-APN-PRES#SENASA del 9 de agosto de 2021 y RESOL-2022-242-APNPRES#SENASA del 29 de abril de 2022, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-131-APN-MAGYP del 12 de junio de 2020 del entonces MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de febrero
de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Coordinadora Regional de Protección Vegetal de la Dirección de la Dirección de
Centro Regional Metropolitano, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Ingeniera Forestal Da. Laura Elizabeth

�MALY (M.I. N° 21.997.544), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-925-APNPRES#SENASA del 28 de diciembre de 2020, RESOL-2021-420-APN-PRES#SENASA del 9 de agosto de 2021,
RESOL-2022-242-APN-PRES#SENASA del 29 de abril de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021
se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N°
27.541 y prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 rigen, a partir del
1 de enero de 2022, las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2021, sus normas modificatorias y complementarias.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a la mencionada profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°

�1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 30 de octubre de 2022 y por el término de SEIS (6) meses contados
desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones a la Ingeniera Forestal Da. Laura
Elizabeth MALY (M.I. N° 21.997.544) como Coordinadora Regional de Protección Vegetal de la Dirección de
Centro Regional Metropolitano, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Resolución N° RESOL2020-131-APN-MAGYP del 12 de junio de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-925-APNPRES#SENASA del 28 de diciembre de 2020, RESOL-2021-420-APN-PRES#SENASA del 9 de agosto de 2021
y RESOL-2022-242-APN-PRES#SENASA del 29 de abril de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien
revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 9, Tramo General del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de
enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.12.21 11:41:06 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.12.21 11:41:12 -03:00

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                <text>Prorróguese, a partir del 30 de octubre de 2022 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones a la Ingeniera Forestal Da. Laura Elizabeth MALY (M.I. N° 21.997.544) como Coordinadora Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional Metropolitano, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Resolución N° RESOL/ 2020/131/APN/MAGYP del 12 de junio de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2020/925/APN/ PRES#SENASA del 28 de diciembre de 2020, RESOL/2021/420/APN/PRES#SENASA del 9 de agosto de 2021 y RESOL/2022/242/APN/PRES#SENASA del 29 de abril de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 9, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para N 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-820-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 23 de Octubre de 2020

Referencia: EE 67623018/2020 - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA DE FUNCIONES AL
LICENCIADO JOSÉ LUIS FUENTES COMO DIRECTOR GENERAL TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO

VISTO el Expediente Nº EX-2020-67623018- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8
de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio
Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido
Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; la Resolución N° RESOL-2020-58-APNMAGYP del 21 de abril de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-58-APN-MAGYP del 21 de abril de 2020 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 27 de diciembre
de 2019 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de titular de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Licenciado en Administración Pública D.
José Luis FUENTES (M.I. Nº 17.801.193).
Que el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros,
Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas
de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas
por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones
y/o últimas prórrogas.

�Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y
a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las
autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada
por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, a prorrogar
las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las
designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota N° NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso, las disposiciones del referido Decreto
N° 1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°,
inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de
2010, y conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018
y su modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 22 de octubre de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados
a partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Director General Técnico y
Administrativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al
Licenciado en Administración Pública D. José Luis FUENTES (M.I. Nº 17.801.193), dispuesta por la Resolución
N° RESOL-2020-58-APN-MAGYP del 21 de abril de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 1 (e1),
Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional,
homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Directiva I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la

�JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18
de enero de 2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a
las partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
yarchívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.10.23 13:39:36 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2020.10.23 13:39:38 -03:00

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                <text>Prorrógase, a partir del 22 de octubre de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Director General Técnico y Administrativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Licenciado en Administración Pública D. José Luis FUENTES (M.I. N 17.801.193), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2020/58/APN/MAGYP del 21 de abril de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 1 (e1), Tramo Superior del para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva I.</text>
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Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-820-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 21 de Diciembre de 2022

Referencia: EX-2022-127302057- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA DESIGNACIÓN
TRANSITORIA DEL LICENCIADO GUILLERMO CAPELLI COMO COORDINADOR DE SERVICIOS
TECNOLÓGICOS Y COMUNICACIONES

VISTO el Expediente Nº EX-2022-127302057- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.591; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 y DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; los
Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018, DCTO-2020-328-APN-PTE del 31
de marzo de 2020 y DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2020-1295-APN-JGM del 20 de julio de 2020 y DECAD2022-4-APN-JGM del 5 de enero de 2022; la Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del
1 de diciembre de 2022 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de
la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS;
las Resoluciones Nros. RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019, RESOL-2021-234APN-PRES#SENASA del 6 de mayo de 2021 y RESOL-2022-123-APN-PRES#SENASA del 23 de febrero de
2022, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-1295-APN-JGM del 20 de julio de 2020 se da por
designado con carácter transitorio, a partir del 1 de abril de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la medida, al Licenciado en Informática D. Guillermo Ricardo
CAPELLI (D.N.I. N° 20.540.670) en el cargo de Coordinador de Servicios Tecnológicos y Comunicaciones de la
Dirección de Tecnología de la Información, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, designación prorrogada
mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-234-APN-PRES#SENASA del 6 de mayo de 2021 y RESOL2022-123-APN-PRES#SENASA del 23 de febrero de 2022, ambas del citado Servicio Nacional.

�Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021
se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N°
27.541 y prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 rigen, a partir del
1 de enero de 2022, las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2021, sus normas modificatorias y complementarias.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprueba la estructura organizativa de nivel
inferior al segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria del mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

�Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 18 de noviembre de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Licenciado en
Informática D. Guillermo Ricardo CAPELLI (D.N.I. N° 20.540.670) como Coordinador de Servicios
Tecnológicos y Comunicaciones de la Dirección de Tecnología de la Información, dependiente de la Dirección
General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-1295-APN-JGM del 20 de
julio de 2020 y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-234-APN-PRES#SENASA del 6 de
mayo de 2021 y RESOL-2022-123-APN-PRES#SENASA del 23 de febrero de 2022, ambas del citado Servicio
Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el
Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.12.21 11:41:36 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.12.21 11:41:43 -03:00

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                <text>Prorroga la designación transitoria del licenciado Guillermo Capelli</text>
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                <text>Prorróguese, a partir del 18 de noviembre de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Licenciado en Informática D. Guillermo Ricardo CAPELLI (D.N.I. N° 20.540.670) como Coordinador de Servicios Tecnológicos y Comunicaciones de la Dirección de Tecnología de la Información, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD/2020/1295/APN/JGM del 20 de julio de 2020 y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2021/234/APN/PRES#SENASA del 6 de mayo de 2021 y RESOL/2022/123/APN/PRES#SENASA del 23 de febrero de 2022, ambas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-821-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 23 de Octubre de 2020

Referencia: EE 60113286/2020 - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA DE FUNCIONES DEL
EX-AGENTE INGENIERO AGRÓNOMO CARLOS LEHMACHER

VISTO el Expediente Nº EX-2020-60113286- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8
de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio
Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido
Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; la Resolución N° RESOL-2020-24-APNMAGYP del 27 de febrero de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-24-APN-MAGYP del 27 de febrero de 2020 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se asignan transitoriamente, por el término de SEIS (6) meses
contados a partir del dictado de la medida, las funciones correspondientes al cargo de titular de la Dirección de
Centro Regional Cuyo de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Ingeniero Agrónomo D. Carlos LEHMACHER (M.I. Nº 12.888.321).
Que a raíz del fallecimiento del Ingeniero Agrónomo D. Carlos LEHMACHER con fecha 25 de septiembre de
2020, se informa su baja por Memorándum N° ME-2020-65639104-APN-DRRHH#SENASA.
Que el citado profesional se desempeñó hasta dicha fecha en este Servicio Nacional como Director de Centro
Regional Cuyo. Asimismo, durante su trayectoria laboral fue Presidente del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE
SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL (IASCAV), ocupó el cargo de Vicepresidente del SERVICIO NACIONAL

�DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y estuvo a cargo de la entonces Gerencia General de este
Organismo.
Que todas estas funciones fueron realizadas con un destacable compromiso, dedicación, responsabilidad,
profesionalismo y calidez humana, haciéndolo merecedor de una inmensa gratitud por parte de este Servicio
Nacional por tan alto y loable desempeño.
Que el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, a prorrogar las
designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o
de sus últimas prórrogas.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota N° NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso, las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dese por prorrogada, a partir del 28 de agosto y hasta el 25 de septiembre de 2020, la asignación

�transitoria de funciones como Director de Centro Regional Cuyo de la Dirección Nacional de Operaciones del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al ex-agente Ingeniero
Agrónomo D. Carlos LEHMACHER (M.I. Nº 12.888.321), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-24APN-MAGYP del 27 de febrero de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
quien revistara en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 11, Tramo General del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40
del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.10.23 13:45:57 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2020.10.23 13:46:04 -03:00

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                <text>Prorroga la asignación transitoria de funciones del ex/agente ingeniero agrónomo carlos lehmacher</text>
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                <text>Dese por prorrogada, a partir del 28 de agosto y hasta el 25 de septiembre de 2020, la asignacióntransitoria de funciones como Director de Centro Regional Cuyo de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al ex/agente Ingeniero Agrónomo D. Carlos LEHMACHER (M.I. N 12.888.321), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2020/24/ APN/MAGYP del 27 de febrero de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, quien revistara en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 11, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para N 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-821-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 22 de Diciembre de 2022

Referencia: EX-2022-128828508- -APN-DGTYA#SENASA - ESTABLECE LOS INCISOS DE LAS
ASIGNACIONES QUE CORRESPONDE APLICAR A LOS ESTABLECIMIENTOS HABILITADOS POR EL
SENASA PARA EL AÑO 2023

VISTO el Expediente Nº EX-2022-128828508- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. 4.238 del 19 de
julio de 1968 y 2.431 del 15 de julio de 1971; las Resoluciones Nros. RESOL-2022-1-APN-SAGYP#MEC del 26
de agosto de 2022 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, 204 del 19 de abril de 2011 y RESOL-2021-655-APN-PRES#SENASA del 27 de diciembre de
2021, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº RESOL-2021-655-APN-PRES#SENASA del 27 de diciembre de 2021 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se establecieron los incisos de
las asignaciones que corresponde aplicar a los establecimientos habilitados por el aludido Servicio Nacional en
concepto de retribución de Servicios de Inspección Sanitaria, para el año 2022.
Que se han evaluado los informes mensuales suministrados por el personal encargado de los Servicios de
Inspección Sanitaria, determinándose los incisos de las asignaciones mensuales que deberán abonar dichos
establecimientos a partir del 1 de enero de 2023.
Que, de los resultados de la determinación realizada, surge la necesidad de modificar lo dispuesto por la citada
Resolución Nº RESOL-2021-655-APN-PRES#SENASA.
Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº RESOL-2022-1-APN-SAGYP#MEC del 26 de agosto de 2022 de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se
aprobaron los montos arancelarios que por retribución percibe el mentado Servicio Nacional, correspondientes a
los servicios prestados a terceros por las distintas unidades organizativas del referido Organismo.
Que en el Capítulo II, Numeral 2.2 del Decreto N° 4.238 del 19 de julio de 1968 se establece que la asignación de

�la tasa por servicio de inspección se fijará de acuerdo con la naturaleza de la actividad para la cual se solicita
habilitación, por el importe que determinen las normas vigentes, y en el Numeral 2.2.12 del mencionado acto
administrativo se estatuye que la asignación que tribute por servicios de inspección sanitaria con sujeción al
sistema de tasa fija deberá abonarse por adelantado del 1 al 10 de cada mes.
Que por el Artículo 7° del Decreto N° 2.431 del 15 de julio de 1971 se dispone que a los efectos de fijar las tasas
por retribución de los servicios que presta el Organismo, las dependencias específicamente concurrentes en su
cumplimiento adoptarán los recaudos pertinentes para el debido contralor de las estadísticas correspondientes a
cada establecimiento habilitado.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8°, inciso h) del Decreto Nº 1.585
del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establecer los incisos de las asignaciones que corresponde aplicar a los establecimientos
habilitados por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en concepto
de retribución de Servicios de Inspección Sanitaria, para el año 2023, conforme al detalle obrante en el Anexo
(IF-2022-137114170-APN-DSAYF#SENASA) que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Las nuevas asignaciones serán aplicadas a partir del 1 de enero de 2023. En caso de existir
diferencias respecto de lo efectivamente pagado o de los depósitos en garantía, deberán abonarse por las empresas
o reintegrarse a estas los montos correspondientes, de acuerdo con el signo y la cuantía de dicha diferencia.
ARTÍCULO 3º.- La Dirección General Técnica y Administrativa, a través de la Dirección de Servicios
Administrativos y Financieros, adoptará las medidas necesarias a los efectos de la aplicación de la presente
resolución.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.12.22 11:26:45 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.12.22 11:27:07 -03:00

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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-822-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 26 de Diciembre de 2022

Referencia: EX-2022-123985037- -APN-DGTYA#SENASA - ENCOMIENDA TRANSITORIAMENTE LA
ATENCIÓN DEL DESPACHO DE LA COORDINACIÓN REGIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL DE LA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL LA PAMPA-SAN LUIS AL INGENIERO AGRÓNOMO MARIO
JAVIER DEL RÍO

VISTO el Expediente N° EX-2022-123985037- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y DECTO-2017-355-APN-PTE del
22 de mayo de 2017 y su modificatorio; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre
de 2018 y DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 se aprueba la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de
conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007.
Que el cargo de titular de la Coordinación Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional La
Pampa-San Luis, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones, se encuentra vacante.

�Que, a fin de garantizar el normal desarrollo de las tareas y de las responsabilidades de la citada Coordinación,
resulta procedente encomendar transitoriamente la atención de su despacho al Ingeniero Agrónomo D. Mario
Javier DEL RÍO (M.I. N° 31.574.581).
Que el agente propuesto reúne las condiciones de capacidad y experiencia para cumplir dicho cometido.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido por el Artículo 8°, incisos g) y h) del Decreto
N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Encomendar transitoriamente, a partir del dictado de la presente medida, la atención del
despacho de la Coordinación Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional La Pampa-San
Luis, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones, al Ingeniero Agrónomo D. Mario Javier DEL RÍO
(M.I. N° 31.574.581), por los motivos expuestos en los considerandos de la presente medida y hasta tanto se
proceda a la cobertura de dicho cargo en los términos del Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de
mayo de 2017 y su modificatorio.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, notifíquese y archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.12.26 11:23:47 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.12.26 11:24:10 -03:00

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                <text>Resolución SENASA Nº 0822/2022</text>
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                <text>Encomienda transitoriamente la atención del despacho de la coordinación regional de protección vegetal de la Dirección de Centro Regional La Pampa/San Luis</text>
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                <text>Encomendar transitoriamente, a partir del dictado de la presente medida, la atención del despacho de la Coordinación Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional La Pampa/San Luis, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones, al Ingeniero Agrónomo D. Mario Javier DEL RÍO (M.I. N° 31.574.581), por los motivos expuestos en los considerandos de la presente medida y hasta tanto se proceda a la cobertura de dicho cargo en los términos del Decreto N° DECTO/2017/355/APN/PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-825-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 26 de Octubre de 2020

Referencia: EE 58639516/2020 - PRORROGA LA DESIGNACIÓN TRANSITORIA DEL EX-AGENTE
MÉDICO VETERINARIO PABLO DANIEL POHL

VISTO el Expediente N° EX-2020-58639516- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020; los Decretos Nros. 2.163 del 17 de noviembre de 2014,
DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 marzo de 2020;
el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; la Decisión
Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018; la Resolución Conjunta N° 89 y N°
16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N°
21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría,
respectivamente; las Resoluciones Nros. 727 del 15 de diciembre de 2016, RESOL-2018-526-APNPRES#SENASA del 4 de septiembre de 2018, ambas del referido Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 2.163 del 17 de noviembre de 2014, se da por designado con carácter transitorio, entre
otros, al Médico Veterinario D. Pablo Daniel POHL (M.I. N° 17.434.086), en el cargo de entonces Coordinador
Regional Temático de Sanidad Animal de la ex-Dirección de Centro Regional Corrientes-Misiones.
Que mediante el Artículo 1° de la Resolución N° 727 del 15 de diciembre de 2016 del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se prorroga la designación transitoria del citado
profesional como Coordinador Regional de Sanidad Animal de la referida ex-Dirección de Centro Regional.
Que, asimismo, por el Artículo 2º de la Resolución Nº RESOL-2018-526-APN-PRES#SENASA del 4 de
septiembre de 2018 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se
prorroga la designación transitoria en cuestión.
Que a raíz del fallecimiento del Médico Veterinario D. Pablo Daniel POHL con fecha 29 de enero de 2020, se

�informa su baja por Memorándum N° ME-2020-10085560-APN-DRRHH#SENASA.
Que por el compromiso, dedicación y responsabilidad en que ha desempeñado sus funciones el citado profesional,
es digno merecedor de una enorme gratitud por parte de este Servicio Nacional.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional.
Que con el dictado de la referida Decisión Administrativa N° 1.881/18, se homologa la mencionada ex-Dirección
de Centro Regional, denominándose actualmente Dirección de Centro Regional NEA.
Que el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de diciembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, a prorrogar las
designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o
de sus últimas prórrogas.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y en pos de un reordenamiento administrativo, resulta pertinente el dictado de la
presente medida, por la cual se prorroga la designación del mentado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota N° NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso, las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por los Artículos 8°,
inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de
2010, y conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y
su modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

�RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dese por prorrogada, a partir del 5 de junio y hasta el 9 de diciembre de 2018, la designación
transitoria del ex-agente Médico Veterinario D. Pablo Daniel POHL (M.I. N° 17.434.086), dispuesta por el
Decreto N° 2.163 del 17 de noviembre de 2014 y prorrogada por las Resoluciones Nros. 727 del 15 de diciembre
de 2016 y RESOL-2018-526-APN-PRES#SENASA del 4 de septiembre de 2018, ambas del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, como Coordinador Regional de Sanidad
Animal de la entonces Dirección de Centro Regional Corrientes-Misiones, quien revistara en el Agrupamiento
Operativo, Categoría Profesional, Grado 7, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el
personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose
el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- Dese por prorrogada, a partir del 10 de diciembre de 2018 y hasta el 29 de enero de 2020, la
designación transitoria del ex-agente Médico Veterinario D. Pablo Daniel POHL (M.I. N° 17.434.086), dispuesta
por el referido Decreto N° 2.163/14 y prorrogada por las citadas Resoluciones Nros. 727/16 y 526/18, como
Coordinador Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro Regional NEA, quien revistara en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 7, Tramo Principal del mentado Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional, autorizándose el correspondiente pago de la
Función Directiva IV.
ARTÍCULO 3°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.10.26 12:08:35 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2020.10.26 12:08:38 -03:00

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2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-830-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 28 de Octubre de 2020

Referencia: EE 71191321/2020 - DISPONE EXCEPCIÓN CON RESPECTO A LA SEGUNDA CAMPAÑA
DE VACUNACIÓN CONTRA LA FIEBRE AFTOSA DEL 2020 PARA LAS PROVINCIAS DE
CORRIENTES, FORMOSA, SANTA FE Y CÓRDOBA

VISTO el Expediente N° EX-2020-71191321- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 3.959, 24.305, 26.509
y 27.233; el Reglamento General de Policía Sanitaria aprobado por el Decreto del 8 de noviembre de 1906 y sus
complementarios; el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios; el Decreto N° 1.600 del
7 de septiembre de 2020 de la Provincia de CORRIENTES; las Resoluciones Nros. 38 del 3 de febrero de 2012
del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2020-200-APN-MAGYP
del 25 de septiembre de 2020 y RESOL-2020-201-APN-MAGYP del 25 de septiembre de 2020, ambas del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, 725 del 15 de noviembre de 2005 y 385 del 21
de mayo de 2008, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, se establece la organización
institucional del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, comprendiendo
las características del mismo, sus competencias, la estructura de su conducción superior, atribuciones y funciones.
Que mediante la Ley N° 24.305 se implementa el Programa Nacional de Lucha contra la Fiebre Aftosa y se
declara de interés nacional la erradicación de dicha enfermedad en todo el territorio argentino.
Que, asimismo, dicha ley declara al entonces SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, actualmente
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), como autoridad de
aplicación y organismo rector encargado de planificar, ejecutar y fiscalizar las acciones de lucha contra la Fiebre
Aftosa.
Que a través de la Ley N° 26.509 se crea en el ámbito de la entonces SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del ex-MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el Sistema Nacional para la

�Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios con el objetivo de prevenir y/o mitigar los
daños causados por factores climáticos, meteorológicos, telúricos, biológicos o físicos, que afecten
significativamente la producción y/o la capacidad de producción agropecuaria, poniendo en riesgo de continuidad
a las explotaciones familiares o empresariales, afectando directa o indirectamente a las comunidades rurales.
Que por la Ley N° 27.233 se dispone que el citado Servicio Nacional es la autoridad de aplicación y el encargado
de planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de las acciones previstas en la referida ley.
Que mediante la Resolución N° 725 del 15 de noviembre de 2005 del aludido Servicio Nacional se establecen los
requisitos generales para el movimiento de animales susceptibles a la Fiebre Aftosa, entre otras enfermedades
animales.
Que entre los requisitos generales allí previstos, se dispone que todo bovino o bubalino que se movilice deberá
estar vacunado contra la Fiebre Aftosa por lo menos en DOS (2) oportunidades, dentro de un plazo no mayor a
CIENTO OCHENTA (180) días desde la última vacunación y no menor a VEINTIÚN (21) días entre ambas,
según lo establecido en el Punto 1.2. del Anexo I de la citada Resolución N° 725/05.
Que por la Resolución Nº 385 del 21 de mayo de 2008 del mentado Servicio Nacional se fijan las estrategias de
vacunación antiaftosa para bovinos/bubalinos en todo el Territorio Nacional.
Que en la mayoría de las provincias del territorio argentino ya se ha dado inicio a la segunda campaña 2020 de
vacunación contra la Fiebre Aftosa.
Que debido a la ocurrencia de fenómenos ambientales como intensas sequías o incendios forestales, varias zonas
o provincias de la REPÚBLICA ARGENTINA se encuentran en estado de emergencia agropecuaria en el sector
ganadero.
Que a través de la Resolución N° RESOL-2020-200-APN-MAGYP del 25 de septiembre de 2020 del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se da por declarado en la Provincia de
CÓRDOBA el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de agosto de 2020
y hasta el día 31 de julio de 2021, para las explotaciones agropecuarias afectadas por incendios.
Que la Resolución N° RESOL-2020-201-APN-MAGYP del 25 de septiembre de 2020 del referido Ministerio, se
da por declarado en la Provincia de FORMOSA el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según
corresponda, desde el 1 de julio de 2020 y hasta el 30 de junio de 2021, para las explotaciones ganaderas y
apícolas, afectadas por sequía, en todo el territorio provincial.
Que el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la Provincia de SANTA FE expresó
formalmente ante el SENASA las dificultades para la ejecución de la campaña contra la Fiebre Aftosa, en virtud
de la emergencia hídrica en los Departamentos 9 de Julio, Vera, General Obligado, San Javier y San Cristóbal,
todos de la referida provincia.
Que por el Decreto N° 1.600 del 7 de septiembre de 2020 de la Provincia de CORRIENTES se declara el estado
de emergencia y desastre agropecuario por el término de UN (1) año, a partir del 1 de septiembre de 2020, para el
sector ganadero, en el área comprendida por los Departamentos Bella Vista, Berón de Astrada, Capital,
Empedrado, General Paz, Goya, Itatí, Lavalle, Mburucuyá, Saladas, San Cosme, San Luis del Palmar y San
Roque, por las escasas lluvias registradas y los bajos niveles de reservas hídricas durante los meses de marzo a
agosto de 2020, que determinaron condiciones de sequía en el sector agropecuario.

�Que dichas situaciones generan dificultades operativas para la implementación de la segunda campaña de
vacunación antiaftosa y antibrucélica del presente año.
Que atento a las eventualidades emergenciales referidas se considera pertinente adecuar las medidas en materia de
prevención sanitaria y de movimientos de animales de producción y abastecimiento.
Que la excepción prevista en la presente resolución no genera perjuicio ni impacta en el mantenimiento de la
óptima condición sanitaria con respecto a la Fiebre Aftosa.
Que la Dirección Nacional de Sanidad Animal y sus Direcciones dependientes han tomado la debida intervención,
considerando indispensables las adecuaciones propuestas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de los dispuesto en el Artículo 8º, incisos e)
y f) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Excepción. Se exceptúan, por el plazo establecido en la presente resolución, del cumplimiento
de la última vacunación contra la Fiebre Aftosa correspondiente a la campaña en curso, a los movimientos de
bovinos y bubalinos procedentes de establecimientos agropecuarios ubicados en los territorios alcanzados por las
sequías y/o incendios detallados en la presente norma y que aún no hayan cumplimentado la vacunación referida.
Dicha excepción procederá solo cuando el destino de estos animales sean establecimientos que, al momento de la
recepción, tampoco hayan cumplimentado la vacunación correspondiente a la segunda campaña de vacunación
contra la Fiebre Aftosa del corriente año.
Al momento de la vacunación sistemática de la segunda campaña 2020 en el establecimiento de destino, se deberá
vacunar la totalidad de los animales existentes en el mismo, de acuerdo con la categoría correspondiente a
vacunar según la campaña en curso.
La presente medida no alcanza a los bovinos y bubalinos que aún no hayan recibido su primo-vacunación contra
la Fiebre Aftosa, ni aquellos establecimientos que hayan realizado vacunaciones parciales.
ARTÍCULO 2°.- Alcance de la excepción. La excepción establecida en el Artículo 1º de la presente medida
comprende los territorios de las siguientes provincias, cuya extensión abarca las zonas, departamentos o partidos
afectados por sequías y/o incendios, identificados por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA junto con los gobiernos provinciales:
Inciso a) Provincia de CORRIENTES.

�Inciso b) Provincia de FORMOSA.
Inciso c) Provincia de SANTA FE.
Inciso d) Provincia de CÓRDOBA.
ARTÍCULO 3°.- Vigencia de la excepción. La presente excepción se aplicará hasta el 30 de noviembre de 2020
inclusive, pudiendo esta fecha extenderse en función de la continuidad de la situación de emergencia en las
provincias afectadas.
ARTÍCULO 4°.- Facultad. Se faculta a la Dirección Nacional de Sanidad Animal a prorrogar la vigencia de la
presente norma así como a incorporar o ampliar los territorios administrativos alcanzados por la misma, cuando
las situaciones emergenciales que dieron origen a la excepción aquí prevista así lo ameriten.
ARTÍCULO 5°.- Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín
Oficial.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.10.28 12:02:59 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2020.10.28 12:05:01 -03:00

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                <text>Se exceptúan, por el plazo establecido en la presente resolución, del cumplimiento de la última vacunación contra la Fiebre Aftosa correspondiente a la campaña en curso, a los movimientos de bovinos y bubalinos procedentes de establecimientos agropecuarios ubicados en los territorios alcanzados por las sequías y/o incendios detallados en la presente norma y que aún no hayan cumplimentado la vacunación referida. Dicha excepción procederá solo cuando el destino de estos animales sean establecimientos que, al momento de la recepción, tampoco hayan cumplimentado la vacunación correspondiente a la segunda campaña de vacunación contra la Fiebre Aftosa del corriente año. Al momento de la vacunación sistemática de la segunda campaña 2020 en el establecimiento de destino, se deberá vacunar la totalidad de los animales existentes en el mismo, de acuerdo con la categoría correspondiente a vacunar según la campaña en curso. La presente medida no alcanza a los bovinos y bubalinos que aún no hayan recibido su primo/vacunación contra la Fiebre Aftosa, ni aquellos establecimientos que hayan realizado vacunaciones parciales.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-833-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 27 de Diciembre de 2022

Referencia: EX-2022-39194664- -APN-DGTYA#SENASA - DECLARA LA FINALIZACIÓN DE LA
EMERGENCIA FITOSANITARIA POR MOSCA DEL MEDITERRÁNEO EN EL ÁREA REGULADA DEL
DISTRITO LAS PAREDES, DEPARTAMENTO SAN RAFAEL, PROVINCIA DE MENDOZA

VISTO el Expediente N° EX-2022-39194664- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley Nº 27.233; el Decreto
Reglamentario Nº DECTO-2019-776-APN-PTE del 19 de noviembre de 2019; las Resoluciones Nros. 134 del 22
de marzo de 1994 del entonces INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, 152 del 27
de marzo de 2006 y RESOL-2022-260-APN-PRES#SENASA del 9 de mayo de 2022, ambas del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA; la Disposición Nº 17 del 4 de diciembre de
2006 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 134 del 22 de marzo de 1994 del entonces INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD
Y CALIDAD VEGETAL se aprueba el Programa Nacional de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos
(PROCEM).
Que mediante la Resolución Nº 152 del 27 de marzo de 2006 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprueba el “Plan de Emergencia Fitosanitaria para las Áreas Libres de
Mosca de los Frutos”.
Que a través de la Disposición Nº 17 del 4 de diciembre de 2006 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal
del mencionado Servicio Nacional se declara como Área Libre de la Plaga Mosca de los Frutos de importancia
económica (Díptero, Tephritidae) a los valles de los Departamentos San Rafael y General Alvear, Oasis Sur, de la
Provincia de MENDOZA, en el marco del PROCEM.
Que con fecha 18 de abril de 2022 se detectaron en el área periurbana del Distrito Las Paredes, Departamento San
Rafael, Provincia de MENDOZA, DOS (2) machos jóvenes fértiles de la plaga Mosca de los Frutos (Mosca del
Mediterráneo - Ceratitis capitata Wied.), constituyendo una captura múltiple, por lo que correspondió declarar la
Emergencia Fitosanitaria, debidamente establecida mediante la Resolución N° RESOL-2022-260-APN-

�PRES#SENASA del 9 de mayo de 2022 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.
Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la referida Resolución N° 152/06, se han aplicado todas las medidas
fitosanitarias correspondientes en el área regulada del Distrito Las Paredes, Departamento San Rafael, Provincia
de MENDOZA.
Que, a su vez, por la mentada Resolución Nº 152/06 se establece que si no se detectan nuevos ejemplares de
Mosca de los Frutos en el área de trabajo definida y se cumplen DOS (2) ciclos teóricos del insecto luego de la
última captura verificada, se podrá definir la ausencia de plaga en el área, declarándose la finalización de las
actividades emprendidas.
Que con base en el modelo de GRADOS-DÍAS utilizado por el SENASA para estimar los ciclos biológicos
teóricos del insecto, el 10 de diciembre de 2022 se cumplieron los DOS (2) ciclos teóricos mencionados sin
registro de nuevas detecciones en la red de trampeo y muestreo, período requerido para determinar cómo
erradicada la plaga y finalizada la emergencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 8º, inciso f) del Decreto
Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Mosca de los Frutos. Finalización de la Emergencia Fitosanitaria. Se declara la finalización de la
Emergencia Fitosanitaria por Mosca del Mediterráneo instrumentada por la Resolución Nº RESOL-2022-260APN-PRES#SENASA del 9 de mayo de 2022 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, en el área regulada del Distrito Las Paredes, Departamento San Rafael, Provincia de
MENDOZA.
ARTÍCULO 2º.- Abrogación. Se abroga la Resolución Nº RESOL-2022-260-APN-PRES#SENASA del 9 de
mayo de 2022 del mentado Servicio Nacional.
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.12.27 17:27:42 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.12.27 17:27:48 -03:00

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                <text>Resolución</text>
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            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
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                <text>Mosca de los Frutos. Finalización de la Emergencia Fitosanitaria. Se declara la finalización de la Emergencia Fitosanitaria por Mosca del Mediterráneo instrumentada por la Resolución N RESOL/2022/260/ APN/PRES#SENASA del 9 de mayo de 2022 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en el área regulada del Distrito Las Paredes, Departamento San Rafael, Provincia de MENDOZA.</text>
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            <name>Is Replaced By</name>
            <description>A related resource that supplants, displaces, or supersedes the described resource.</description>
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                <text>&lt;strong&gt;Abrogada por el Art. 1° de la &lt;a href="https://biblioteca.senasa.gob.ar/items/show/4426#?c=0&amp;amp;m=0&amp;amp;s=0&amp;amp;cv=0"&gt;Resolucion N° 120/2025 del SENASA&amp;nbsp;&lt;/a&gt;&lt;/strong&gt;</text>
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