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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-699-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 2 de Agosto de 2023

Referencia: EX-2022-128072912- -APN-DGTYA#SENASA - DA POR ASIGNADAS, CON CARÁCTER
TRANSITORIO, LAS FUNCIONES DE COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE DELEGACIÓN
REGIONAL CORRIENTES-MISIONES AL LICENCIADO JUAN MANUEL CIANCAGLINI

VISTO el Expediente N° EX-2022-128072912- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley Nº 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de diciembre de
1996 y sus modificatorios, 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, DECTO-2017-355-APN-PTE del 22
de mayo de 2017 y su modificatorio; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de
diciembre de 2018 y su modificatoria; la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de
mayo de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y sus
modificatorias, y

CONSIDERANDO:
Que en el Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio se establece, entre
otros aspectos, que serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas
jurisdicciones, las/los Ministras/os, las/los Secretarias/os de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y las/los
Secretarias/os de Gobierno.
Que por el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios se aprueba la estructura
organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Que, posteriormente, mediante la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de
2018 y su modificatoria se aprueba la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del mencionado
Servicio Nacional.
Que a través de la Resolución Nº RESOL-2022-342-APN-PRES#SENASA del 7 de junio de 2022 del referido
Servicio Nacional se modifica la estructura organizativa de segundo nivel operativo y la estructura de nivel

�departamental y, entre otras medidas, se incorporan al Anexo II del Artículo 1º de la Resolución Nº RESOL2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del mencionado Servicio Nacional, las Acciones (Tipo)
de CATORCE (14) Coordinaciones Administrativas de Delegación Regional (Tipo I-XIV), de la Dirección
General Técnica y Administrativa del aludido Organismo.
Que, en esta instancia, corresponde asignar al Licenciado en Administración D. Juan Manuel CIANCAGLINI
(M.I. Nº 31.759.099) las funciones de Coordinador Administrativo de Delegación Regional Corrientes-Misiones
de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con carácter transitorio, con excepción a lo
previsto en el Título VI del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio
Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y de conformidad con
lo establecido en los apartados I, II y III del inciso a) del Artículo 15 del Anexo I al Decreto N° 1.421 del 8 de
agosto de 2002 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N°
25.164.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en los Artículos 3° y 5° del Decreto N°
DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del
19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Danse por asignadas transitoriamente, a partir del 7 de junio de 2022 y por el término de SEIS
(6) meses contados desde la firma de la presente medida, las funciones de Coordinador Administrativo de
Delegación Regional Corrientes-Misiones de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Función de
Jefatura I, al Licenciado en Administración D. Juan Manuel CIANCAGLINI (M.I. Nº 31.759.099), de la Planta
Permanente, Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 10, Tramo General, autorizándose el
correspondiente pago de la Función de Jefatura, prevista en el Título IV, Capítulo II, Artículo 46 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40
del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y con carácter de excepción a lo dispuesto en el Título VI de dicho
Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será imputado a
las partidas presupuestarias correspondientes al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD

�AGROALIMENTARIA para el Ejercicio 2023.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2023.08.02 18:55:56 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2023.08.02 18:55:59 -03:00

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                <text>Dense por asignadas transitoriamente las funciones de Coordinador Administrativo de Delegación Regional Corrientes/Misiones al Lic. Juan Manuel CIANCAGLINI&amp;nbsp;</text>
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                <text>Danse por asignadas transitoriamente, a partir del 7 de junio de 2022 y por el término de SEIS (6) meses contados desde la firma de la presente medida, las funciones de Coordinador Administrativo de Delegación Regional Corrientes/Misiones de la Dirección General Técnica y Administrativa del SENASA, organismo descentralizado en la órbita de la SAGyP del MECON, Función de Jefatura I, al Licenciado en Administración D. Juan Manuel CIANCAGLINI (M.I. N 31.759.099)</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-700-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 2 de Agosto de 2023

Referencia: EX-2023-80997504- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA DESIGNACIÓN
TRANSITORIA DEL MÉDICO VETERINARIO EMILIO PABLO IGLESIAS BERRONDO COMO
DIRECTOR DE CENTRO REGIONAL BUENOS AIRES NORTE

VISTO el Expediente Nº EX-2023-80997504- -APN-DGTYA#SENASA las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021, DECAD-2021-776-APN-JGM del 4 de agosto de 2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de
2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido
Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS; la Resolución Nº RESOL-2022-576-APN-PRES#SENASA del 15 de septiembre
de 2022 del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-776-APN-JGM del 4 de agosto de 2021 se da por
designado con carácter transitorio, a partir del 1 de febrero de 2021 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la medida, al Médico Veterinario D. Emilio Pablo IGLESIAS
BERRONDO (D.N.I. N° 25.023.340) en el cargo de Director de Centro Regional Buenos Aires Norte de la
Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, designación prorrogada mediante la Resolución Nº RESOL-2022-576-APNPRES#SENASA del 15 de septiembre de 2022 del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios

�de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria del mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.

�Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 14 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Médico Veterinario D.
Emilio Pablo IGLESIAS BERRONDO (M.I. N° 25.023.340) como Director de Centro Regional Buenos Aires
Norte, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-776-APN-JGM
del 4 de agosto de 2021 y prorrogada mediante la Resolución Nº RESOL-2022-576-APN-PRES#SENASA del 15
de septiembre de 2022 del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría
Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido
Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose
el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.08.02 18:56:31 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2023.08.02 18:56:34 -03:00

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                <text>Prorróguese, a partir del 14 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Médico Veterinario D. Emilio Pablo IGLESIAS BERRONDO (M.I. N° 25.023.340) como Director de Centro Regional Buenos Aires Norte, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SENASA</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-701-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 2 de Agosto de 2023

Referencia: EX-2023-59435267- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA
DE FUNCIONES AL ABOGADO JAVIER ALEJANDRO BENSO COMO COORDINADOR JURÍDICO DE
DELEGACIÓN REGIONAL III

VISTO el Expediente Nº EX-2023-59435267- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APNPRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL2019-60-APN-SGA#MPYT del 13 de febrero de 2019 de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, RESOL-2019-520-APNPRES#SENASA del 13 de mayo de 2019, RESOL-2020-476-APN-PRES#SENASA del 20 de julio de 2020,
RESOL-2021-269-APN-PRES#SENASA del 21 de mayo de 2021, RESOL-2021-639-APN-PRES#SENASA del
16 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-686-APN-PRES#SENASA del 26 de octubre de 2022, todas del citado
Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº RESOL-2019-60-APN-SGA#MPYT del 13 de febrero de 2019 de la ex-SECRETARÍA
DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO se
asignan transitoriamente, y por el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la medida, las
funciones de Coordinador Jurídico de Delegación Regional III de la Dirección de Asuntos Jurídicos del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Abogado D. Javier Alejandro

�BENSO (M.I. N° 20.667.653), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-476-APNPRES#SENASA del 20 de julio de 2020, RESOL-2021-269-APN-PRES#SENASA del 21 de mayo de 2021,
RESOL-2021-639-APN-PRES#SENASA del 16 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-686-APNPRES#SENASA del 26 de octubre de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del mencionado
Servicio Nacional se aprueba la estructura organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo del referido
Organismo.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.

�Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 27 de abril de 2023 y por el término de SEIS (6) meses, la asignación
transitoria de funciones como Coordinador Jurídico de Delegación Regional III de la Dirección de Asuntos
Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Abogado D.
Javier Alejandro BENSO (M.I. N° 20.667.653), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2019-60-APNSGA#MPYT del 13 de febrero de 2019 de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del
entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y prorrogada mediante las Resoluciones Nros.
RESOL-2020-476-APN-PRES#SENASA del 20 de julio de 2020, RESOL-2021-269-APN-PRES#SENASA del
21 de mayo de 2021, RESOL-2021-639-APN-PRES#SENASA del 16 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-686APN-PRES#SENASA del 26 de octubre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el
Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 2, Tramo Superior del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de
enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.08.02 18:57:31 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.08.02 18:57:34 -03:00

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Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-703-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 31 de Octubre de 2022

Referencia: EX-2022-103865116- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN
TRANSITORIA DE FUNCIONES A LA INGENIERA AGRÓNOMA ALEJANDRA NATALIA VERDEJO
COMO COORDINADORA REGIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL DE LA DIRECCIÓN DE CENTRO
REGIONAL PATAGONIA SUR

VISTO el Expediente Nº EX-2022-103865116- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.591; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 y DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; los
Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018, DCTO-2020-328-APN-PTE del 31
de marzo de 2020 y DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 y DECAD-20224-APN-JGM del 5 de enero de 2022; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado
Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010
del referido Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; las Resoluciones Nros.
RESOL-2021-101-APN-MAGYP del 11 de junio de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA y RESOL-2022-25-APN-PRES#SENASA del 12 de enero de 2022 del citado Servicio
Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2021-101-APN-MAGYP del 11 de junio de 2021 del entonces MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente a partir del 1 de febrero de
2021 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Coordinadora Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional
Patagonia Sur, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Ingeniera Agrónoma Da. Alejandra Natalia VERDEJO (M.I. Nº

�23.323.548), asignación prorrogada mediante la Resolución Nº RESOL-2022-25-APN-PRES#SENASA del 12 de
enero de 2022 del mencionado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021
se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N°
27.541 y prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 rigen, a partir del
1 de enero de 2022, las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2021, sus normas modificatorias y complementarias.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a la mencionada profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.

�Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 13 de julio de 2022 y por el término de SEIS (6) meses contados desde
el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora Regional de
Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional Patagonia Sur, dependiente de la Dirección Nacional de
Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Ingeniera
Agrónoma Da. Alejandra Natalia VERDEJO (M.I. Nº 23.323.548), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2021101-APN-MAGYP del 11 de junio de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA y prorrogada mediante la Resolución N° RESOL-2022-25-APN-PRES#SENASA del 12 de enero de
2022 del mentado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado
9, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional,
homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.10.31 20:52:02 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.10.31 20:52:14 -03:00

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                <text>Prorróguese, a partir del 13 de julio de 2022 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional Patagonia Sur, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Ingeniera Agrónoma Da. Alejandra Natalia VERDEJO (M.I. N 23.323.548), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2021/ 101/APN/MAGYP del 11 de junio de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante la Resolución N° RESOL/2022/25/APN/PRES#SENASA del 12 de enero de 2022 del mentado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 9, Tramo General del para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-707-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 3 de Noviembre de 2022

Referencia: EX-2022-107788636- -APN-DGTYA#SENASA - CREA EN EL ÁMBITO DEL SENASA LAS
FIGURAS DE ADMINISTRADOR ENERGÉTICO Y DE AYUDANTES DEL ADMINISTRADOR
ENERGÉTICO

VISTO el Expediente N° EX-2022-107788636- -APN-DGTYA#SENASA, el Decreto Nº 140 del 21 de
diciembre de 2007, la Resolución N° 121 del 2 de noviembre de 2011 de la entonces SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 140 del 21 de diciembre de 2007 se declaró de interés y prioridad nacional
el uso racional y eficiente de la energía.
Que, asimismo, se aprobaron los lineamientos del PROGRAMA DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA
ENERGÍA (PROUREE), instruyendo a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a implementar el
mencionado Programa en los edificios públicos de todos los Organismos del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que en el marco de los lineamientos vinculados con las acciones a desarrollar en el corto, mediano y largo plazo
en relación con el Programa en cuestión, determinadas en el Anexo II del citado decreto, se estableció que cada
Organismo de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL será responsable de su cumplimiento e
implementación en los edificios públicos de su jurisdicción y de crear, según lo dispuesto en el numeral 2.2 de
dicho decreto, las figuras de Administrador Energético y de Ayudantes del Administrador Energético.
Que, atento a la normativa referida, resulta necesario crear en el ámbito del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) las figuras de Administrador Energético y de
Ayudantes del Administrador Energético.
Que por la cantidad de inmuebles que ocupa el SENASA a lo largo del país, y a los fines de implementar
adecuadamente el referido Programa, resulta ajustado designar a los agentes que tendrán las responsabilidades

�como Administradores Energéticos y Ayudantes del Administrador Energético de este Servicio Nacional.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para resolver en esta instancia, en virtud de las facultades conferidas por el
Artículo 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10
de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Crear, en el ámbito del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA (SENASA), las figuras de Administrador Energético y de Ayudantes del Administrador
Energético, de acuerdo con establecido en el Anexo II, numeral 2.2 del Decreto Nº 140 del 21 de diciembre de
2007, quienes deberán empadronarse en el “Registro de Empadronamiento de Administradores Energéticos”, de
conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 121 del 2 de noviembre de 2011 de la entonces
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 2°.- Designar a los agentes detallados en el Anexo (IF-2022-117744176-APN-DGTYA#SENASA)
de la presente resolución como Administradores Energéticos y Ayudantes del Administrador Energético del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, para los inmuebles bajo su
jurisdicción.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

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Date: 2022.11.03 06:24:46 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2022.11.03 06:24:52 -03:00

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                <text>Crear, en el ámbito del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), las figuras de Administrador Energético y de Ayudantes del Administrador Energético, de acuerdo con establecido en el Anexo II, numeral 2.2 del Decreto N 140 del 21 de diciembre de 2007, quienes deberán empadronarse en el “Registro de Empadronamiento de Administradores Energéticos”, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 121 del 2 de noviembre de 2011 de la entonces SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-708-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 28 de Septiembre de 2020

Referencia: EE 17752239/2020 - PRORROGA LA COMISIÓN DE SERVICIOS DE LA AGENTE SANDRA
RONCO EN LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

VISTO el Expediente N° EX-2020-17752239- -APN-DGTYA#SENASA, la Resolución Nº RESOL-2020-300APN-PRES#SENASA del 1 de abril de 2020 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente citado en el Visto, se tramita la comisión de servicios en la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
de la agente de la Planta Permanente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, Ingeniera Agrónoma Da. Sandra Lilian RONCO, M.I. Nº 16.365.299, por el término de
SEIS (6) meses contados a partir del 7 de abril de 2020, según lo establecido por el Artículo 15, inciso b), punto 1
del Decreto Nº 1.421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público
Nacional Nº 25.164.
Que dicha comisión de servicios fue autorizada mediante la Resolución Nº RESOL-2020-300-APNPRES#SENASA del 1 de abril de 2020 del citado Servicio Nacional.
Que resulta necesario prorrogar la comisión de servicios de que se trata, atento su vencimiento y que persisten los
motivos por los cuales se dictó la mentada Resolución Nº 300/20.
Que dicha prórroga no importará erogación adicional alguna para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de las atribuciones conferidas por el
Artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de
junio de 2010.

�Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase, a partir del 8 de octubre de 2020 y por el término de SEIS (6) meses, la comisión de
servicios otorgada por la Resolución Nº RESOL-2020-300-APN-PRES#SENASA del 1 de abril de 2020 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la agente de la Planta
Permanente de este Servicio Nacional, Ingeniera Agrónoma Da. Sandra Lilian RONCO, M.I. Nº 16.365.299,
quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 2, Tramo Superior del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40
del 25 de enero de 2007, ante la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, según lo establecido por el Artículo 15, inciso
b), punto 1 del Decreto Nº 1.421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de
Empleo Público Nacional Nº 25.164.
ARTÍCULO 2°.- La prórroga de la comisión de servicios dispuesta en el artículo precedente, no representará
ninguna erogación adicional para el ESTADO NACIONAL.
ARTÍCULO 3°.- Hágase saber a la interesada que deberá presentar mensualmente en la Dirección de Recursos
Humanos del referido Servicio Nacional, una certificación de servicios extendida por la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA; caso contrario, se procederá a la retención de sus haberes.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, notifíquese, y archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.09.28 17:41:58 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2020.09.28 17:42:00 -03:00

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                <text>Resolución SENASA Nº 0708/2020</text>
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                <text>Prorroga la comisión de servicios de la agente sandra ronco en la secretaría de agricultura, ganadería y pesca</text>
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                <text>Prorrógase, a partir del 8 de octubre de 2020 y por el término de SEIS (6) meses, la comisión de servicios otorgada por la Resolución N RESOL/2020/300/APN/PRES#SENASA del 1 de abril de 2020 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la agente de la Planta Permanente de este Servicio Nacional, Ingeniera Agrónoma Da. Sandra Lilian RONCO, M.I. N 16.365.299, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 2, Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para N 40 del 25 de enero de 2007, ante la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, según lo establecido por el Artículo 15, inciso b), punto 1 del Decreto N 1.421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-710-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 3 de Noviembre de 2022

Referencia: EX-2022-103863245- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN
TRANSITORIA DE FUNCIONES AL INGENIERO AGRÓNOMO PEDRO HERNÁN MÉNDEZ COMO
DIRECTOR DE CENTRO REGIONAL CORRIENTES-MISIONES

VISTO el Expediente Nº EX-2022-103863245- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.591; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 y DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; los
Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018, DCTO-2020-328-APN-PTE del 31
de marzo de 2020 y DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 y DECAD-20224-APN-JGM del 5 de enero de 2022; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado
Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010
del referido Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; las Resoluciones Nros.
RESOL-2021-112-APN-MAGYP del 24 de junio de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA y RESOL-2022-20-APN-PRES#SENASA del 11 de enero de 2022 del citado Servicio
Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2021-112-APN-MAGYP del 24 de junio de 2021 del entonces MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de febrero
de 2021 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Director de Centro Regional Corrientes-Misiones, dependiente de la Dirección
Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al
Ingeniero Agrónomo D. Pedro Hernán MÉNDEZ (M.I. N° 20.869.220), asignación prorrogada mediante la
Resolución N° RESOL-2022-20-APN-PRES#SENASA del 11 de enero de 2022 del mencionado Servicio

�Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021
se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N°
27.541 y prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 rigen, a partir del
1 de enero de 2022, las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2021, sus normas modificatorias y complementarias.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.

�Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 12 de julio de 2022 y por el término de SEIS (6) meses contados desde
el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Director de Centro Regional
Corrientes-Misiones, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Ingeniero Agrónomo D. Pedro Hernán MÉNDEZ (M.I. N°
20.869.220), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2021-112-APN-MAGYP del 24 de junio de 2021 del
entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante la Resolución N°
RESOL-2022-20-APN-PRES#SENASA del 11 de enero de 2022 del citado Servicio Nacional, quien revista en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 9, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de
2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.11.03 06:26:18 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.11.03 06:26:22 -03:00

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                <text>Prorroga la asignación transitoria de funciones al ingeniero agrónomo Pedro Hernán Méndez</text>
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                <text>Prorróguese, a partir del 12 de julio de 2022 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Director de Centro Regional Corrientes/Misiones, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Ingeniero Agrónomo D. Pedro Hernán MÉNDEZ (M.I. N° 20.869.220), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2021/112/APN/MAGYP del 24 de junio de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante la Resolución N° RESOL/2022/20/APN/PRES#SENASA del 11 de enero de 2022 del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 9, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para N 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-710-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 4 de Agosto de 2023

Referencia: EX-2023-82190603- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA DESIGNACIONES
TRANSITORIAS EN UNIDADES ORGANIZATIVAS DE LA DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL
CHACO-FORMOSA

VISTO el Expediente Nº EX-2023-82190603- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2020-182-APN-JGM del 19 de febrero
de 2020, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021, DECAD-2021-801-APN-JGM del 10 de agosto
de 2021, DECAD-2021-827-APN-JGM del 19 de agosto de 2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de
2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido
Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL-2020-867-APN-PRES#SENASA del 20 de
noviembre de 2020, RESOL-2021-471-APN-PRES#SENASA del 14 de septiembre de 2021, RESOL-2022-589APN-PRES#SENASA del 19 de septiembre de 2022, RESOL-2022-603-APN-PRES#SENASA del 26 de
septiembre de 2022 y RESOL-2022-617-APN-PRES#SENASA del 27 de septiembre de 2022, todas del citado
Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-182-APN-JGM del 19 de febrero de 2020 se da por
designado con carácter transitorio, a partir del 2 de enero de 2020 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la medida, al Médico Veterinario D. Facundo Javier GALVANI
(D.N.I. N° 27.576.890) en el cargo de Director de Centro Regional NEA de la Dirección Nacional de Operaciones
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, designación prorrogada

�mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-867-APN-PRES#SENASA del 20 de noviembre de 2020,
RESOL-2021-471-APN-PRES#SENASA del 14 de septiembre de 2021 y RESOL-2022-617-APNPRES#SENASA del 27 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que a través de la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-801-APN-JGM del 10 de agosto de 2021 se da por
designada con carácter transitorio, a partir del 1 de febrero de 2021 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la medida, a la Ingeniera Agrónoma Da. Laura Mercedes
RADOSAVAC (D.N.I. Nº 29.783.213) en el cargo de Coordinadora Regional de Protección Vegetal de la
Dirección de Centro Regional Chaco-Formosa, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del
mentado Servicio Nacional, designación prorrogada mediante la Resolución N° RESOL-2022-589-APNPRES#SENASA del 19 de septiembre de 2022 del citado Servicio Nacional.
Que por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-827-APN-JGM del 19 de agosto de 2021 se da por
designado con carácter transitorio, a partir del 1 de febrero de 2021 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la medida, al Médico Veterinario D. Bernardo Fabián MEDINA
(D.N.I. N° 23.443.442) en el cargo de Coordinador Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la
mencionada Dirección de Centro Regional, designación prorrogada mediante la Resolución N° RESOL-2022603-APN-PRES#SENASA del 26 de septiembre de 2022 del referido Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE

�PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que, asimismo, mediante la precitada decisión administrativa se homologa la entonces Dirección de Centro
Regional NEA, modificando su denominación por Dirección de Centro Regional Chaco-Formosa.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria de los mencionados profesionales.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 28 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria como Director de Centro
Regional Chaco-Formosa de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Médico Veterinario D. Facundo Javier GALVANI (D.N.I. N°
27.576.890), dispuesta por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-182-APN-JGM del 19 de febrero de
2020 y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-867-APN-PRES#SENASA del 20 de
noviembre de 2020, RESOL-2021-471-APN-PRES#SENASA del 14 de septiembre de 2021 y RESOL-2022-617APN-PRES#SENASA del 27 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo

�Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de
2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- Prorróguese, a partir del 16 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria como Coordinadora Regional de
Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional Chaco-Formosa, dependiente de la Dirección Nacional de
Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Ingeniera
Agrónoma Da. Laura Mercedes RADOSAVAC (D.N.I. N° 29.783.213), dispuesta por la Decisión Administrativa
N° DECAD-2021-801-APN-JGM del 10 de agosto de 2021 y prorrogada mediante la Resolución N° RESOL2022-589-APN-PRES#SENASA del 19 de septiembre de 2022 del mentado Servicio Nacional, quien revista en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de
2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 3°.- Prorróguese, a partir del 27 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria como Coordinador
Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Dirección de Centro Regional Chaco-Formosa,
dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, al Médico Veterinario D. Bernardo Fabián MEDINA (D.N.I. N° 23.443.442), dispuesta
por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-827-APN-JGM del 19 de agosto de 2021 y prorrogada
mediante la Resolución N° RESOL-2022-603-APN-PRES#SENASA del 26 de septiembre de 2022 del
mencionado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13,
Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional,
homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente
pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 4º.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.08.04 16:29:55 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.08.04 16:30:00 -03:00

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                <text>Viernes 4 de Agosto de 2023</text>
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                <text>Prorróguese, a partir del 28 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria como Director de Centro Regional Chaco/Formosa de la Dirección Nacional de Operaciones del SENASA, al Médico Veterinario D. Facundo Javier GALVANI (D.N.I. N° 27.576.890)</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Resolución
Número: RESOL-2022-711-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 3 de Noviembre de 2022

Referencia: EX-2021-90770046- -APN-DGTYA#SENASA - SUSTITUYE EL CAPÍTULO XXVIII DEL
REGLAMENTO DE INSPECCIÓN DE PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS DE ORIGEN
ANIMAL (TRANSPORTE DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL)

VISTO el Expediente Nº EX-2021-90770046- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley Nº 27.233; los Decretos Nros.
4.238 de 19 de julio de 1968 y 1.585 del 19 de diciembre de 1996, y

CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 1º de la Ley Nº 27.233 se declaró de interés nacional la sanidad de los animales y los
vegetales; la prevención el control y la erradicación de las enfermedades y las plagas que afecten la producción
silvoagropecuaria nacional, la flora y la fauna; la calidad de las materias primas producto de las actividades
silvoagrícolas; la producción, inocuidad y calidad de los agroalimentos y los insumos agropecuarios específicos;
el control de los residuos y contaminantes químicos y microbiológicos en los alimentos y el comercio nacional e
internacional de dichos productos y subproductos.
Que la declaración de interés nacional referida comprende todas las etapas de la producción primaria,
elaboración, transformación, transporte, comercialización y consumo de agroalimentos y el control de los
insumos y productos de origen agropecuario que ingresen al país, así como también las producciones de
agricultura familiar o artesanales con destino a la comercialización, sujetas a la jurisdicción de la autoridad
sanitaria nacional.
Que a través del Artículo 2° de la citada ley se declararon de orden público las normas nacionales por las cuales
se instrumenta y reglamenta el desarrollo de las acciones destinadas a preservar la sanidad animal y la protección
de las especies de origen vegetal y la condición higiénico-sanitaria de los alimentos de origen agropecuario.
Que, a su vez, por el Artículo 3º de dicha ley se estableció la responsabilidad primaria e ineludible de los actores
de la cadena agroalimentaria, de velar y responder por la sanidad, inocuidad, higiene y calidad de su producción,
de conformidad con la normativa vigente, extendiendo esa responsabilidad a quienes produzcan, elaboren,
fraccionen, conserven, depositen, concentren, transporten, comercialicen, expendan, importen o exporten

�animales, vegetales, alimentos, materias primas, aditivos alimentarios, material reproductivo, alimentos para
animales y sus materias primas, productos de la pesca y otros productos de origen animal y/o vegetal, que actúen
en forma individual, conjunta o sucesiva, en la cadena agroalimentaria.
Que, asimismo, mediante el Artículo 4° de la aludida Ley Nº 27.233 se dispuso que la intervención de las
autoridades sanitarias competentes, en cuanto corresponda a su actividad de control, no exime la responsabilidad
directa o solidaria de los distintos actores de la cadena agroalimentaria respecto de los riesgos, peligros o daños a
terceros que deriven de la actividad desarrollada por estos.
Que a través del Artículo 6º de la mentada ley se facultó al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) a establecer los procedimientos y sistemas para el control
público y privado de la sanidad y la calidad de los animales y vegetales y del tráfico federal, importaciones y
exportaciones de los productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, estos últimos en las etapas
de producción, transformación y acopio, que correspondan a su jurisdicción, productos agroalimentarios,
fármaco-veterinarios y fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas, adecuando los sistemas de fiscalización y
certificación higiénico-sanitaria actualmente utilizados.
Que, por su parte, mediante el Artículo 1° del Decreto N° 4.238 de 19 de julio de 1968 se aprobó el Reglamento
de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, que rige todos los aspectos higiénicosanitarios de elaboración e industrialización de las carnes, subproductos y derivados de origen animal, para los
establecimientos que elaboran y comercializan dichos productos en el ámbito federal, traspasando los límites de
las jurisdicciones provinciales o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que, en tal sentido, el Artículo 4° del referido decreto prevé las modificaciones necesarias para mantenerlo
actualizado, de conformidad con la necesidad del desarrollo tecnológico.
Que la búsqueda de la inocuidad y calidad en los alimentos es el objetivo primordial de la normativa mencionada,
siendo herramientas fundamentales para perseguir dicho objetivo las acciones y la reglamentación que se ejecutan
para evitar la contaminación y multiplicación microbiana en los alimentos, en cualquiera de las etapas de la
cadena agroalimentaria; al respecto, el transporte es una de las más significativas donde debe evitarse la
contaminación de los productos.
Que, en virtud de ello, el Capítulo XXVIII del mencionado decreto regula en forma integral el transporte de los
productos de origen animal alcanzados por dicho Reglamento, para crear y mantener las condiciones necesarias
del transporte, a los efectos de evitar la contaminación y el deterioro de los productos, con el fin de procurar su
inocuidad, calidad e integridad.
Que el tipo de medio de transporte o recipiente y las condiciones de traslado dependen de la naturaleza del
producto y de su requerimiento de temperatura y humedad, por lo que el transporte debe realizarse en unidades
apropiadas y adecuadas, según las exigencias específicas de mantenimiento que requiera la carga, para que los
alimentos lleguen al consumidor en las condiciones iniciales de idoneidad e inocuidad.
Que, en ese sentido, cabe mencionar la constante y profunda evolución que han experimentado los sistemas de
transporte de productos alimenticios, en el marco del desarrollo tecnológico general de los últimos años, lo que
posibilitó la aparición de nuevas unidades y modalidades de transporte, para mantenerse en un mercado
competitivo y adaptarse a nuevas necesidades de la industria alimentaria.
Que, por tal motivo, teniendo en cuenta el desarrollo y la evolución experimentados por el transporte de

�alimentos, resulta necesario adecuar y actualizar el Capítulo XXVIII del citado Reglamento a esta nueva realidad,
para procurar que los objetivos de inocuidad que persigue la normativa se vean reflejados en las nuevas
modalidades que se han adoptado para el traslado de los productos de origen animal, regulados por el mencionado
Decreto N° 4.238/68, y de esa forma mantener su efectiva ejecución ante los nuevos escenarios en que se
desarrolla la actividad.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 8º, inciso f) del
Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Capítulo XXVIII del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de
Origen Animal, aprobado por el Decreto Nº 4.238 del 19 de julio de 1968. Sustitución. Se sustituye el Capítulo
XXVIII del citado Reglamento por el texto que, como Anexo (IF-2022-115338227-APN-DNIYCA#SENASA),
forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a partir de los NOVENTA (90) días de su
publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2022.11.03 06:30:48 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2022.11.03 06:30:54 -03:00

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                <text>Sustituye el capítulo xxviii del reglamento de inspección de productos, subproductos y derivados de origen Animal</text>
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                <text>Capítulo XXVIII del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, aprobado por el Decreto N 4.238 del 19 de julio de 1968. Sustitución. Se sustituye el Capítulo XXVIII del citado Reglamento por el texto que, como Anexo (IF/2022/115338227/APN/DNIYCA#SENASA), forma parte integrante de la presente resolución.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-711-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 4 de Agosto de 2023

Referencia: EX-2023-78453629- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA DESIGNACIONES
TRANSITORIAS EN UNIDADES ORGANIZATIVAS DE LA DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL
ENTRE RÍOS

VISTO el Expediente Nº EX-2023-78453629- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021, DECAD-2021-687-APN-JGM del 12 de julio de 2021, DECAD-2022-972-APN-JGM del 29 de septiembre
de 2022 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APNPRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; la Resolución Nº RESOL-2022-552APN-PRES#SENASA del 5 de septiembre de 2022 del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-687-APN-JGM del 12 de julio de 2021 se da por designado
con carácter transitorio, a partir del 1 de febrero de 2021 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de la fecha de la medida, al Ingeniero Agrónomo D. Maximiliano Santiago VILLONE
(D.N.I. N° 29.462.561) en el cargo de Director de Centro Regional Entre Ríos de la Dirección Nacional de
Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, designación
prorrogada mediante la Resolución Nº RESOL-2022-552-APN-PRES#SENASA del 5 de septiembre de 2022 del
citado Servicio Nacional.
Que a través de la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-972-APN-JGM del 29 de septiembre de 2022 se da

�por designado con carácter transitorio, a partir del 1 de julio de 2022 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la medida, al Médico Veterinario D. Raúl Ignacio CAROPRESI
(D.N.I. N° 30.739.611) en el cargo de Coordinador Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro
Regional Entre Ríos, dependiente de la referida Dirección Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria de los mencionados profesionales.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-2020-

�33433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 2 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Ingeniero Agrónomo D.
Maximiliano Santiago VILLONE (D.N.I. N° 29.462.561) como Director de Centro Regional Entre Ríos de la
Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-687-APN-JGM del 12 de
julio de 2021 y prorrogada mediante la Resolución Nº RESOL-2022-552-APN-PRES#SENASA del 5 de
septiembre de 2022 del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría
Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido
Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose
el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- Prorróguese, a partir del 30 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Médico Veterinario D.
Raúl Ignacio CAROPRESI (D.N.I. N° 30.739.611) como Coordinador Regional de Sanidad Animal de la
Dirección de Centro Regional Entre Ríos, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa N°
DECAD-2022-972-APN-JGM del 29 de septiembre de 2022, quien revista en el Agrupamiento Operativo,
Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del
referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios,
autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 3°.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO

�OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.08.04 16:32:06 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.08.04 16:32:10 -03:00

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                <text>Prorróguese la designación transitoria del Ing. Agr. Maximiliano Santiago VILLONE como Director de Centro Regional Entre Ríos</text>
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