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Título
Resolución SENASA N° 0089/2004
Descripción
Comisión Nacional Asesora en Sanidad Equina.
Autor
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Fecha
Jueves 12 de Febrero de 2004
Idioma
Es
Tipo
Resolución
Resumen
"en el ámbito de la Dirección Nacional de Sanidad Animal, la Comisión Nacional Asesora en Sanidad Equina, en adelante la Comisión Nacional, que tendrá como funciones y atribuciones:
a) Proponer acciones concerniente a los equinos referidas a los planes y programas sanitarios, de alcance nacional o provincial.
b) Cooperar y brindar apoyo a toda las acciones derivadas de la ejecución de los planes y programas que se implementen.
c) Proponer correcciones a las diferentes normativas en lo que hace a las enfermedades de los equinos.
d) Promover la capacitación técnica para el adiestramiento de productores, técnicos y profesionales.
e) Promover y participar en la difusión del contenido y objetivos de las propuestas y acciones referidas al Programa de Enfermedades de los Equinos.
f) Promover los convenios que se consideren convenientes al desarrollo de los programas y planes a implementar.
g) Promover una legislación que regule la obligatoriedad y cumplimiento de medidas colectivas, derechos y sanciones aspectos jurídicos que contribuyan a asegurar la continuidad del Programa de Enfermedades de los Equinos.
h) Propender a la vinculación con Organismos y Programas que se lleven a cabo otros países.
i) Gestionar la obtención de recursos extrapresupuestarios y asignar los mismos, conforme a las prioridades que se establezcan.
"
a) Proponer acciones concerniente a los equinos referidas a los planes y programas sanitarios, de alcance nacional o provincial.
b) Cooperar y brindar apoyo a toda las acciones derivadas de la ejecución de los planes y programas que se implementen.
c) Proponer correcciones a las diferentes normativas en lo que hace a las enfermedades de los equinos.
d) Promover la capacitación técnica para el adiestramiento de productores, técnicos y profesionales.
e) Promover y participar en la difusión del contenido y objetivos de las propuestas y acciones referidas al Programa de Enfermedades de los Equinos.
f) Promover los convenios que se consideren convenientes al desarrollo de los programas y planes a implementar.
g) Promover una legislación que regule la obligatoriedad y cumplimiento de medidas colectivas, derechos y sanciones aspectos jurídicos que contribuyan a asegurar la continuidad del Programa de Enfermedades de los Equinos.
h) Propender a la vinculación con Organismos y Programas que se lleven a cabo otros países.
i) Gestionar la obtención de recursos extrapresupuestarios y asignar los mismos, conforme a las prioridades que se establezcan.
"
Es reemplazado por
Abrogada por el artículo 19 de la Resolución N° 617/2005 del SENASA
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