Resolución SENASA N° 0288/2020

Res SENASA 2020 288.pdf

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Título

Resolución SENASA N° 0288/2020

Descripción

Excepción de vacunación antiaftosa.

Autor

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Fecha

Martes 24 de Marzo de 2020

Idioma

Es

Tipo

Resolución

Resumen

Se exceptúan del cumplimiento de la última vacunación contra la Fiebre Aftosa correspondiente a la campaña en curso, los movimientos de: bovinos y bubalinos procedentes de establecimientos agropecuarios que aun no hayan cumplimentado o completado en su totalidad la vacunación correspondiente a la Primera Campaña de vacunación contra la fiebre Aftosa del año 2020.
La presente excepción se aplicará hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive, pudiendo esta fecha extenderse en función de los alcances de las medidas adoptadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL frente a la pandemia de COVID-19.
La excepción establecida en el Artículo 1º de la presente medida no alcanza a los bovinos y bubalinos que aún no hayan recibido su primo-vacunación contra la Fiebre Aftosa.

Es reemplazado por

Abrogada por el artículo 1° de la Resolución 450/2024 del SENASA

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