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                    <text>Guía rápida para
establecimientos avícolas
de producción comercial
Requisitos de bioseguridad, higiene y manejo sanitario

��Guía rápida para
establecimientos avícolas
de producción comercial
Requisitos de bioseguridad, higiene y manejo sanitario

��ÍNDICE
Guía rápida para establecimientos
avícolas de producción comercial
Introducción
Requisitos para la habilitación sanitaria
	 Certificado de habilitación sanitaria
Requisitos para las instalaciones de los
establecimientos
	 Requisitos especiales en plantas de
incubación
Requisitos para el manejo sanitario
Requisitos para el envío a faena

�Guía rápida para establecimientos avícolas de producción comercial

6

�Requisitos de bioseguridad, higiene y manejo sanitario

Introducción
La presente guía está destinada a informar de
manera clara y sintética sobre los principales
requisitos para la habilitación sanitaria de establecimientos avícolas comerciales establecidos en la Resolución Senasa 1699/2019.
Es importante destacar que la mencionada
resolución establece medidas de higiene y
manejo sanitario, así como también condiciones de bioseguridad, definida como el conjunto de medidas que son aplicadas con el
objetivo de evitar el ingreso de enfermedades
al establecimiento, su diseminación dentro
del mismo y hacia otros establecimientos. La
adecuada aplicación de medidas de bioseguridad –cualquiera sea el nivel de producción–
permite garantizar una producción sustentable y económicamente rentable.
En este sentido, el empleo de normas de bioseguridad ayuda a mantener el estado sanitario de la granja mediante la prevención del
ingreso y la diseminación de nuevas enfermedades que pueden ser introducidas y transmitidas de forma directa y/o indirecta.
Un establecimiento avícola es un área o extensión de tierra dedicada totalmente a la
producción avícola y comprendida dentro de
un perímetro y con instalaciones adecuadas
de acuerdo a la actividad (cualquiera sea su
sistema de explotación y finalidad zootécnica).

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�Guía rápida para establecimientos avícolas de producción comercial

Los establecimientos que se dediquen a este
tipo de actividades deben ser habilitados sanitariamente por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) antes
del inicio de dichas actividades.
El titular del establecimiento, el titular de la
habilitación sanitaria y el veterinario acreditado en Sanidad Aviar del establecimiento son
los responsables directos del cumplimiento
de los requisitos establecidos en la mencionada resolución.
Los tipos de establecimientos avícolas alcanzados por esta normativa pueden ser plantas
de incubación, establecimientos de reproducción, de producción de aves para carne,
de huevos para consumo, de pollos, gallinas,
patos, pavos, faisanes, codornices, ratites u
otras aves criadas con fines comerciales para
el aprovechamiento de la carne, de los huevos
o de otros productos que de ellas se deriven.
Antes de iniciar el proceso de habilitación
de un establecimiento avícola de producción
comercial es clave consultar la Resolución
Senasa 1699/2019 y sus anexos para obtener
información completa.

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�Requisitos de bioseguridad, higiene y manejo sanitario

Requisitos para la
habilitación sanitaria
a) Inscribirse en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa).
b) Completar con carácter de declaración jurada el Formulario “SOLICITUD DE HABILITACIÓN SANITARIA PARA ESTABLECIMIENTOS DE PRODUCCIÓN AVÍCOLA”.
c) Dar cumplimiento con los requerimientos
técnicos, de distancias mínimas y requisitos
específicos previstos en la presente norma.
d) Contar con permiso de radicación, de uso
de suelo, zonificación o cualquier similar que
acredite que el establecimiento se encuentra
ubicado en una zona apta para su instalación
(expedido por el municipio, partido o departamento correspondiente u organismo competente).
e) Contar con Certificado de Habilitación Provincial o Municipal, si lo hubiese, que autorice el funcionamiento del establecimiento de
acuerdo al rubro y/o actividad solicitada.
f) Los establecimientos de reproducción y
plantas de incubación deben presentar el número de inscripción en el “REGISTRO NACIONAL DE MULTIPLICADORES E INCUBADORES
AVÍCOLAS” (RENAVI) e inscribirse y cumplir
con los requerimientos establecidos por el
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�Guía rápida para establecimientos avícolas de producción comercial

“Programa de Control de las Micoplasmosis
y de las Salmonelosis de las Aves y Prevención y Vigilancia de Enfermedades Exóticas y
de Alto Riesgo en planteles de reproducción” .

Certificado de habilitación
sanitaria
Una vez constatado el cumplimiento de la totalidad de los requisitos previstos en la presente, el Senasa otorgará el “CERTIFICADO
DE HABILITACIÓN SANITARIA PARA ESTABLECIMIENTOS DE PRODUCCIÓN AVÍCOLA”.
Dicho certificado se confeccionará por duplicado: el original se entregará al interesado y
en la Oficina Local del Senasa quedará una
copia correspondiente a la jurisdicción del establecimiento.

Requisitos para las
instalaciones de los
establecimientos
a) Alambrado o cerco que delimite el predio
dedicado a la producción avícola, con acceso único con cartel indicando el número de
10

Para obtener
información específica
sobre habilitación
de explotaciones
comerciales no
tradicionales y
de complejos de
reproducción o de
producción consultar
la Resolución Senasa
1699/2019 (Art 5° y 6º).

�Requisitos de bioseguridad, higiene y manejo sanitario

Renspa y condición de habilitado por el Senasa.
b) La distancia mínima desde los galpones
al alambrado o cerco perimetral será de
VEINTE (20) metros.
c) Equipamiento para el lavado y desinfección
de vehículos, equipos, jaulas e implementos, instalado en el ingreso del establecimiento.
d) Equipamiento e insumos para el cambio de
ropa, barbijo, calzado y gorra o cofia.
e) Sistema de desinfección para calzado y
equipamiento para el lavado de manos al
ingreso y egreso de los galpones.
f) Galpones íntegros y cerrados, cuya construcción se encuentre en buen estado de
mantenimiento y que permita su limpieza
y desinfección.
g) Los galpones deben reunir las condiciones
que garanticen un medio ambiente adecuado para el bienestar de las aves.
h) Laterales de los galpones con tejido de malla fina que impida el ingreso de aves silvestres.
i) Los espacios libres que rodean los galpones
deben estar desmalezados, limpios, libres
de desperdicios y sin encharcamientos.
j) El establecimiento debe contar con un método adecuado para la eliminación de los
11

�Guía rápida para establecimientos avícolas de producción comercial

cadáveres de las aves. El sistema de eliminación implementado no debe producir contaminación ambiental ni contaminación de residuos que afecten la salud
pública o animal, y se debe encontrar en
concordancia con las normas nacionales,
provinciales y municipales correspondientes a su jurisdicción.
k) El establecimiento debe contar con un lugar o recinto separado del resto de las
instalaciones, identificado y con acceso
restringido para el almacenamiento de
productos utilizados para la sanidad de
las aves (medicamentos y vacunas) y para
el control de plagas y/o limpieza y desinfección, debiendo estar adecuadamente
etiquetados y almacenados bajo las condiciones que estos productos requieran.
l) Las granjas de postura deben contar con un
depósito de huevos separado de los galpones, respetando las exigencias dispuestas
por el Senasa o la jurisdicción local según
corresponda.
m) Las granjas de aves reproductoras deben
contar con instalaciones sanitarias con
duchas e indumentaria adecuadas para
el ingreso del personal habitual y para los
visitantes.
n) Cuando los propietarios de granjas nuevas,
ya instaladas y/o habilitadas no cumplan
el punto b deben comunicar un proyecto
de iniciativa a la Oficina Local del Senasa
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�Requisitos de bioseguridad, higiene y manejo sanitario

a fin de que ésta evalúe su factibilidad en
virtud de factores como construcciones,
instalaciones, manejo sanitario y productivo o cualquier otra circunstancia que podría colaborar en el incremento de la bioseguridad y que permitirán admitir alguna
variación sobre la distancia.
ñ) Todo establecimiento de producción comercial de aves debe estar respaldado
por un equipo de sacrificio sanitario, que
elimine la totalidad de sus aves dentro de
las CUARENTA Y OCHO (48) horas de que
el Senasa haya notificado fehacientemente tal obligación al sujeto responsable del
establecimiento.
o) El equipo de sacrificio al que se refiere al
punto anterior debe garantizar la aplicación de un método indoloro, que consiga
una rápida inconsciencia y muerte, que
requiera una mínima inmovilización, evite
la excitación, sea irreversible y minimice
el estrés animal. Asimismo, debe garantizar la seguridad de los operarios, así
como de otras especies animales que se
encuentren en la explotación y no debe tener consecuencias adversas sobre el medio ambiente.
p) Todo establecimiento de producción comercial debe disponer e indicar un lugar
físico dentro o cercano a su predio, donde
se procederá a realizar el enterramiento
de sus aves ante la implementación de sacrificio sanitario.
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�Guía rápida para establecimientos avícolas de producción comercial

Requisitos especiales en plantas
de incubación
a) Estar construidas con materiales que permitan la higiene y desinfección para un
adecuado control sanitario.
b) Contar con áreas de trabajo, determinando
una zona sucia (ZS) y zona limpia (ZL):
c) Contar con instalaciones para lavado y desinfección del equipamiento y vehículos,
acción certificada por el Veterinario Acreditado en Sanidad Aviar.
d) Contar con un horno pirolítico u otro medio
de eliminación de residuos que no produzca contaminaciones ambientales, ni
afecten la salud humana o animal y se encuentren en concordancia con las normas
nacionales, provinciales y municipales correspondientes.
e) Estar destinadas a la incubación de huevos
fértiles de una misma especie y finalidad
zootécnica.

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�Requisitos de bioseguridad, higiene y manejo sanitario

Requisitos para el manejo
sanitario
a) Programa de manejo integrado para el control de moscas, con documentación que
indique: el modo de control, los productos
aplicados, dosis utilizadas y la frecuencia
de tratamiento.
b) Programa de control de roedores y desinsectación, con documentación que indique: el modo de control, los productos
aplicados, dosis utilizadas, la frecuencia
de verificación y/o recambio de producto y
la localización de cebaderos. En todos los
casos, debe tratarse de productos aprobados por el Senasa.
c) Todos los establecimientos avícolas deben
disponer de manuales de buenas prácticas de manejo, higiene y bioseguridad.
d) Todas las prácticas que se realicen con fines de higiene, bioseguridad (limpieza,
desinfección, control de ingreso de personas y vehículos u otros) y manejo sanitario
deben documentarse en UN (1) libro foliado. Dicha documentación debe encontrarse en el mismo establecimiento y estar
disponibles cuando este Servicio Nacional
lo requiera. El mismo debe estar suscripto
por el Veterinario Acreditado en Sanidad
Aviar del establecimiento.

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�Guía rápida para establecimientos avícolas de producción comercial

e) Realizar el análisis microbiológico del agua
con una frecuencia no mayor a DOCE (12)
meses.
f) No se permite la presencia de otros animales dentro del predio de la granja que
Senasa considere que podrían poner en
riesgo la salud de las aves producidas en
el establecimiento o la salud pública.
g) La mortandad debe eliminarse dentro del
predio del mismo establecimiento.
h) Se prohíbe la eliminación de aves muertas
fuera del predio del establecimiento así
como el uso y/o traslado para la alimentación de otros animales.
i) La cama usada y el guano podrán ser eliminados dentro del predio del establecimiento o trasladarse en camiones
cerrados y tapados que no pierdan su
contenido, a destinos autorizados por las
normas provinciales, municipales y departamentales vigentes, acompañados
por el DT-e y el “CERTIFICADO SANITARIO DE DESECHOS DE LA PRODUCCIÓN
AVÍCOLA (AVES MUERTAS, CAMA USADA
DE GALPÓN, GUANO U OTROS)” avalado
por el Veterinario Acreditado en Sanidad
Aviar del establecimiento.
j) Se prohíbe el traslado sin tratamiento del
guano o la cama usada de galpón u otros
desechos, cuando en el establecimiento y
durante los últimos TRES (3) meses an16

�Requisitos de bioseguridad, higiene y manejo sanitario

teriores a la finalización de la crianza, se
hubieran presentado brotes de enfermedades infectocontagiosas de declaración
obligatoria. Los mismos deben ser tratados en el establecimiento por compostaje
u otro método que garantice la inactivación de patógenos.
k) Los establecimientos avícolas de producciones semi-intensivas o extensivas deben someter a las aves a un muestreo
para garantizar la ausencia de enfermedades exóticas como la Influenza Aviar y la
Enfermedad de Newcastle de acuerdo a lo
establecido para este tipo de explotaciones por la Dirección Nacional de Sanidad
Animal.
l) Todas las granjas de aves para carne, de
huevos para consumo, y los núcleos de
aves reproductoras deben cumplir con un
período de descanso sanitario obligatorio,
comprendido entre la salida de las últimas
aves del lote y la entrada de las primeras
aves del siguiente. Durante dicho período
se deben realizar las tareas de tratamiento de cama usada o guano, limpieza, desinfección, desinsectación, desratización
y preparación para la entrada del nuevo
lote. El tiempo mínimo exigido es inicialmente de DIEZ (10) días.
Productos veterinarios y monitoreo:
	

La totalidad de los productos veterinarios,
aditivos u otros que se administren a las
17

�Guía rápida para establecimientos avícolas de producción comercial

aves, deben ser productos autorizados por
el Senasa para la especie y categoría de
ave, debiendo respetarse los períodos de
carencia establecidos para los mismos.
	

Los establecimientos deben dar cumplimiento a los eventuales muestreos de verificación sobre la presencia de residuos
de productos veterinarios y contaminantes.

Requisitos para el envío a faena
Los establecimientos avícolas que remitan
sus aves a faena deben disponer del Formulario “REGISTRO DEL CRIADOR AVÍCOLA PARA
POLLOS DE ENGORDE” o del Formulario
“REGISTRO DEL CRIADOR AVÍCOLA PARA
GALLINAS”. Los mismos deben confeccionarse por duplicado, quedando el original en
el establecimiento de origen y la copia debe
acompañar al documento de tránsito en el
traslado de las aves a faena. En ambos casos deben archivarse por un lapso no menor
a DOCE (12) meses.
En estos registros constará la información sanitaria especificada por lote, en relación con:
mortandad diaria y acumulada, vacunaciones,
tratamientos medicamentosos, aditivos, diagnóstico de enfermedades e información relativa a ingresos y egresos de aves.

18

�Requisitos de bioseguridad, higiene y manejo sanitario

Asimismo, una vez finalizada la crianza y
como requisito previo al traslado de las aves
con destino a faena, el Veterinario Acreditado
en Sanidad Aviar del establecimiento autorizará el envío de las mismas suscribiendo el
Formulario “REGISTRO DEL CRIADOR AVÍCOLA PARA POLLOS DE ENGORDE” o “REGISTRO DE CRIADOR AVÍCOLA PARA GALLINAS”, según corresponda.

Más información en:

argentina.gob.ar/senasa
19

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                    <text>Guía rápida sobre

CONSUMO
RESPONSABLE
DE PRODUCTOS
DE LA PESCA Y
LA ACUICULTURA

�Dirección de Inocuidad de la Pesca y Acuicultura
Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria
Coordinación General de Comunicación Institucional
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Edición 2023

�Guía rápida sobre

CONSUMO
RESPONSABLE
DE PRODUCTOS
DE LA PESCA Y
LA ACUICULTURA
Pautas y
recomendaciones
del Senasa

��INDICE
INTRODUCCIÓN.................................................................................... 7
Objetivos..................................................................................................................8
A quién está dirigida la guía....................................................................................8
Consideraciones generales....................................................................................8

CLASIFICACIONES................................................................................ 9
Pescados............................................................................................................ 9
De mar y de río........................................................................................................9
Azul y blanco............................................................................................................9
Mariscos.................................................................................................................10

RECOMENDACIONES.......................................................................... 11
Cómo comprar pescados frescos.........................................................................11
Consejos básicos...................................................................................................12
Frescura y calidad.................................................................................................13
Medidas prácticas para preservar la calidad óptima del pescado......................16
Para evitar los daños físicos.................................................................................16
Para evitar el efecto de la temperatura...............................................................16
Para evitar la contaminación................................................................................17

��Guía sobre Consumo responsable de productos de la pesca y la acuicultura • Senasa

INTRODUCCIÓN
El hábito de consumir alimentos a través de una dieta sana y equilibrada es uno de los aspectos más importantes para poder llevar adelante una
buena calidad de vida dado que proporcionará mejoras en la salud y, por
lo tanto, un mayor bienestar. Por este motivo, no podemos considerar a la
alimentación solo en términos nutricionales, sino que también debemos
tener en cuenta los factores inherentes a la calidad, la inocuidad y el placer que genera consumir ciertos alimentos.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) es
el organismo encargado de ejecutar las políticas nacionales en materia de
sanidad y calidad animal y vegetal e inocuidad de los alimentos de su competencia, así como de verificar el cumplimiento de la normativa vigente en
la materia.
Una de sus funciones es intervenir en forma directa en toda la cadena
de producción pesquera verificando las condiciones higiénico-sanitarias
de los establecimientos donde se faenan, elaboran e industrializan productos, subproductos y derivados de la pesca y la acuicultura.
También, controla el cumplimiento de los requerimientos en los productos importados para acreditar su inocuidad y prevenir el ingreso de
enfermedades exóticas con riesgo potencial para las personas.
Asimismo, en los laboratorios autorizados por el Senasa, las y los profesionales utilizan distintas técnicas analíticas que permiten determinar
las condiciones de calidad, higiene e inocuidad del producto. Para esto, se
trabaja en la detección de elementos nocivos como patógenos, histamina,
biotoxinas marinas y contaminantes químicos, entre otros.
Del mismo modo, el organismo controla los principales puertos marítimos de los que provienen los productos que se consumen en el país y
que se exportan a diferentes destinos alrededor del mundo: Buenos Aires,
Mar del Plata, Necochea, Bahía Blanca, San Antonio Oeste, Puerto Madryn, Rawson, Comodoro Rivadavia, Caleta Paula, Puerto Deseado, Punta
Quilla y Ushuaia.
Como resultado, en estos productos de la pesca confluyen todos los
controles para que las personas puedan acceder a alimentos saludables y
seguros. Consecuentemente, desde el organismo se promueve una actitud
responsable al momento de adquirir y consumir estos alimentos, lo cual
representa un aspecto clave para acompañar los controles que ejecuta el
Senasa con el fin de prevenir enfermedades y resguardar la salud pública.

ACUICULTURA: Conjunto de actividades, técnicas y conocimientos de
cultivo de especies acuáticas vegetales y animales.

�Senasa • Guía sobre Consumo responsable de productos de la pesca y la acuicultura

Objetivos
En función de la importancia respecto a los hábitos de la población
acerca del consumo de pescados y mariscos, el Servicio brinda las siguientes pautas útiles para que las personas puedan obtener productos
inocuos y disfruten de las cualidades que aportan sin el riesgo de generar
procesos de intoxicación.

A quién está dirigida la guía
El presente documento está destinado a brindar información de manera clara y sintética para las personas que consumen, elaboran, distribuyen
y realizan comercio minorista de productos de la pesca.

Consideraciones generales
El pescado es uno de los alimentos más nutritivos y exquisitos que nos
ofrece la naturaleza, su versatilidad gastronómica se presta de manera
generosa al tratamiento dentro de la cocina para realizar los más increíbles y deliciosos platos, esto facilita que un mismo producto pueda ser
presentado en la mesa de maneras muy diferentes.
Sin embargo, el pescado es un alimento que tiene la característica de
deteriorarse con facilidad. Por ello, hoy en día existen diversos métodos de
conservación que permiten disfrutar de los productos de la pesca aun en
los lugares más apartados de mares o ríos.
Los métodos de conservación más comunes en la industria alimenticia son el secado, la salazón, el ahumado y la congelación. Este último
proceso es el que garantiza que el pescado alcance el máximo nivel de
preservación de sus propiedades nutritivas, si se realiza inmediatamente
después de la captura.

El pescado se puede conservar mediante congelación, secado, salazón o ahumado.

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El pescado –especialmente el blanco– es el alimento ideal para las
personas que llevan adelante regímenes especiales, esto se debe a que
posee la particularidad de contener un porcentaje relativamente alto de
proteínas y un bajo contenido en colesterol y otras grasas: así aporta a
nuestro organismo la mayoría de los aminoácidos esenciales.
Los pescados se clasifican como de mar (de agua salada) y de río (de
agua dulce), sin embargo, también se los diferencia por su contenido de
grasa, por eso es que los llamamos pescados blancos (magros) o azules
(grasos).

Pescado de mar.

CLASIFICACIONES
Pescados
De mar y de río
Existe una diferencia notable de sabor entre las especies de mar y las
de río. Los pescados de mar tienen sabores más pronunciados que los de
las aguas dulces de ríos o lagos. Asimismo, poseen texturas diferentes,
esto se debe a que los pescados de río suelen ser de carne más blanda
que los marinos, con excepción de aquellos que se desarrollan o viven en
aguas muy batidas y lechos pedregosos, como la trucha común.

Azul y blanco
Pescados azules o grasos: Según las especies, su contenido en grasa
puede alcanzar hasta el 10% (la sardina, por ejemplo, alcanza entre un 8 y
10%). Esta grasa, rica en ácidos grasos poliinsaturados, se almacena debajo de la piel y en la carne oscura del pescado. Pertenecen a este grupo
la sardina, la caballa, el atún, el bonito, el salmón y el pez espada.

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Pescados blancos o magros: Su contenido en grasa no sobrepasa el
2,5%. Aquí también la cantidad de lípidos varía mucho entre especies. El
índice menor lo tiene el bacalao, con solo un 0,2% de grasa. Estos peces viven en zonas profundas y al no realizar grandes desplazamientos
no necesitan acumular grasa en todo el cuerpo sino que se acumula en el
hígado, por eso se percibe de esa forma tan particular el sabor del aceite
de hígado de bacalao. Algunos ejemplos de este tipo de pescados son la
merluza, el lenguado, el gallo, el bacalao y la pescadilla, entre otros.

Pescado azul (Atun).

Mariscos
Estos animales conforman un variado grupo compuesto por los crustáceos y los moluscos, que son apreciados por su incomparable sabor y
aportan al ser humano proteínas de alto valor biológico. Los mariscos son
animales comestibles de mar o de río, que no tienen vértebras o huesos y
que pueden estar cubiertos por una concha dura y externa o una transparente calcárea, blanda y quebradiza, que cubra todo su cuerpo gelatinoso.
Se deben consumir en el mayor estado de frescura posible a través de un
proveedor de confianza que lo garantice.

Moluscos (Calamar).

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Los crustáceos están cubiertos por una caparazón resistente y dura
que en algunos casos –como en la langosta– forma una coraza que lo recubre a manera de escudo. A menudo tienen tenazas gruesas y las utilizan
para defenderse.
Los moluscos tienen el cuerpo blando y pueden o no tener caparazón.
Este puede ser externo –como el de las ostras o mejillones– o interno, y
tener el molusco dentro de sí.
Para la gastronomía, los crustáceos más comunes son el camarón,
la langosta, el cangrejo y los langostinos, entre otros; mientras que los
moluscos más comunes son las almejas, los mejillones, las ostras y las
vieiras, que tienen caparazón, y los calamares y pulpos, que no lo poseen.

Crustáceos (Langostino).

RECOMENDACIONES
Cómo comprar pescados frescos
Como mencionamos anteriormente, los pescados tienen un proceso de
degradación rápido que la refrigeración puede retardar, pero no paralizar.
Por este motivo se deben sangrar, eviscerar y luego enfriar a -1 ºC o -2 ºC.
En estas condiciones, el período de conservación es de una a dos semanas.
En consecuencia, es una buena práctica tener una pescadería de confianza donde sepamos que se vende mucho, dado que la salida frecuente
de pescados a la venta garantiza que los productos estén más frescos.
En este sentido, procure saber que la pescadería cumpla con las prácticas de seguridad e higiene y con la adecuada manipulación del producto.
Asimismo, recuerde que los pescados y mariscos se contaminan con facilidad, por lo que la persona que los prepara o manipula deberán extremar
los cuidados en cuanto higiene y tiempos, entre otros aspectos.

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Tenga en cuenta que el pescado no debe estar amontonado porque se
reduce el paso del aire a través de él y se propicia el desarrollo de bacterias que causan mal olor, característico de aquellos que están empezando
a descomponerse.
Aunque parezca una paradoja, un pescado en buen estado no huele a
pescado. Por eso, examine cuidadosamente la limpieza del mostrador de
la pescadería y que los establecimientos cuenten con las instalaciones y
equipamientos necesarios.
También recuerde que los mercados ambulantes no siempre son una
buena opción, porque suelen carecer de las condiciones higiénicas y de
conservación que nos garantizan que el producto está fresco y no contaminado.

Consejos básicos
• Vaya a la pescadería lo más temprano posible, para tener la opción de
elegir el pescado más fresco.
• Sepa exactamente qué y cuánto comprar a efectos de que el pescado
o marisco se consuma en el día, ya que se trata de productos altamente
perecederos que de un día para el otro pierden calidad.
• Recuerde que la documentación de legalidad del producto es una
condición de obligatoriedad para la puesta a la venta de todos los productos destinados al consumo humano, por lo que no debiera ser un inconveniente para quien vende. Por otra parte, la imposibilidad de demostrar
el origen de un producto se traduce en un incumplimiento de las normas
municipales, provinciales y nacionales, por lo que el comercio incurriría
en un delito penado por la ley.
• Pregunte por la pesca del día, a veces ocurre que por razones de producción o de captura extraordinaria existen productos de determinadas
especies que pueden venderse a menor precio, por eso es recomendable
preguntar si existe alguna oferta del día. La sobreoferta de producto pue-

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de hacer que los precios sean más bajos y la venta más rápida, de esta
forma podrá tener acceso a un producto fresco de muy buena calidad y
bajo precio.
• Adquiera el pescado al final de todas las compras, primero debe
comprar los alimentos menos perecederos y luego los más perecederos.
También resultará útil colocar el pescado por encima del resto de los productos para evitar aplastamientos, y llevarlo a la heladera lo antes posible
para retrasar el proceso de descomposición.

Frescura y calidad
Una pauta válida para tener en cuenta al momento de adquirir pescados de mar es considerar que estos deben mantener el olor a mar y algas:
cuando huele a pescado ya no tiene calidad óptima. Asimismo, el pescado
de río suele presentar un olor fresco y agradable, dado que cuando se
percibe como amoniacal indica un estado de deterioro. Nuestra recomendación, por lo tanto, es adquirir aquel producto que menos posea lo que
comúnmente llamamos “olor a pescado”.
Para distinguir los tipos de calidad de los productos de la pesca y la
acuicultura, el Senasa recomienda considerar los siguientes parámetros
organolépticos de calidad para algunas especies.

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PARÁMETROS ORGANOLÉPTICOS DE CALIDAD

CEFALÓPODOS

PESCADOS

Especie

Merluza,
abadejo,
lenguado,
congrio,
lisa

Parámetro Sector Físico

Óptima

Aceptable

Rechazo

Agallas

Rojo vivo
brillante, sin
mucosidad

Rojo moderado
con mucosidad
transparente o
pardo con
mucosidad espesa

Gris amarillento
con mucosidad
lechosa

Carne

Firme,
traslúcida, muy
elástica y de
superficie lisa

Ligeramente
blanda, pérdida de
la elasticidad,
superficie opaca y
aterciopelada

Flácida, opaca y
rugosa

Mucosidad
cutánea

Acuosa
transparente

Ligeramente
turbia o lechosa

Amarilla, grisácea

Ojos

Sobresaliente,
brilloso, con
pupila negra

Sobresaliente o
plano, pupila
opaca opalescente

Hundido, gris

Piel

Colores vivos
tornasolados sin
decoloración

Pérdida parcial del
brillo y pérdida de
la coloración

Colores apagados,
falta de brillo

Piel interna
del vientre

Lisa, brillante,
difícil de separar
de la carne

Apagada y fácil de
separar de la
carne

Separada de la
carne

Olor

Agallas y
vientre

A mar y algas
marinas

Neutro o
ligeramente
amoniacal

Amoniacal

Aspecto

Carne

Muy firme, con
el color
característico de
la especie

Firme y con
cambios de color

Blando y con
cambio de color

Piel

Color vivo y piel
adherida a la
carne

Color apagado y
piel adherida a la
carne

Piel decolorada y
fácil de separar de
la carne

Tentáculos

Resistentes al
arranque

Resistentes al
arranque

Fáciles de arrancar

Caparazón

Color rojo a rojo
anaranjado

Color rosa
anaranjado pálido,
sin manchas

Descolorido,
grisáceo manchas
negras

Carne

Traslúcida, de
color blanco

Ojos

Negro brillante
con buena
inserción

Olor

Carne y
caparazón

Suave,
característico de
los crustáceos

Aspecto

Líquido
intervalvar

Cristalino y sin
olor

Opaco y viscoso,
con olor, poca
cantidad de líquido

Amarillento y
viscoso con olor,
ausencia de líquido

Músculo

Color
característico de
la especie,

Alguna pérdida de
coloración, escasa
humedad, se

Total pérdida de
coloración, seco
desprendido de las

Aspecto

Calamar

CRUSTÁCEOS

Aspecto

Langostino

Opaca, con pérdida
de coloración
Sin brillo, negro
grisáceo

Grisáceo oscuro

Amoniacal

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PARÁMETROS ORGANOLÉPTICOS DE CALIDAD
Especie

Parámetro Sector Físico

Óptima

Aceptable

Rechazo

Caparazón

Color rojo a rojo
anaranjado

Color rosa
anaranjado pálido,
sin manchas

Descolorido,
grisáceo manchas
negras

Carne

Traslúcida, de
color blanco

Ojos

Negro brillante
con buena
inserción

Olor

Carne y
caparazón

Suave,
característico de
los crustáceos

Aspecto

Líquido
intervalvar

Cristalino y sin
olor

Opaco y viscoso,
con olor, poca
cantidad de líquido

Amarillento y
viscoso con olor,
ausencia de líquido

Músculo

Color
característico de
la especie,
húmedo,
adherido
fuertemente a
las valvas

Alguna pérdida de
coloración, escasa
humedad, se
desprende
fácilmente de las
valvas

Total pérdida de
coloración, seco
desprendido de las
valvas

Valvas

Enteras,
cerradas, deben
cerrarse al
contacto o al
golpearlas

Entreabiertas, no
cierran al
contacto, si
después de la
cocción se
mantienen
cerradas, debe
descartarse el
producto

Rotas, abiertas, no
responden al
contacto

Músculo,
valvas y
líquido

Característico a
mar y algas

Algo ácido

Muy ácido y
desagradable

MOLUSCOS BIVALVOS

CRUSTÁCEOS

Aspecto

Langostino

Almejas,
mejillones
Ostras

Olor

Opaca, con pérdida
de coloración
Sin brillo, negro
grisáceo

Grisáceo oscuro

Amoniacal

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Medidas prácticas para preservar la calidad óptima del pescado
A continuación, se indican pautas que se deberán seguir para una adecuada manipulación y mantenimiento del pescado fresco a lo largo de toda
la cadena de distribución y comercialización:

Para evitar los daños físicos
• Evitar los aplastamientos por trasvases, golpes y roces.
• El pescado debe estar en contenedores suficientemente amplios,
adecuados al tamaño de los ejemplares y que puedan evitar la sobrecarga
y los aplastamientos.

Para evitar el efecto de la temperatura
• Conservar el pescado siempre a 0º C para reducir el crecimiento bacteriano y el envejecimiento o ablandamiento de la carne.
• Asegurar una adecuada proporción de hielo
• Pescado para mantener la temperatura y evitar roces entre las unidades.

• Mantener los diferentes sistemas de refrigeración en condiciones,
comprobar la eficiencia de los equipos, verificar los registros de temperatura y eliminar el cúmulo de escarcha de los equipos.
• Verificar el estado de los burletes de las puertas de las cámaras y de
los vehículos de transporte para evitar mantener las puertas abiertas.
• Asegurar que el hielo utilizado se elabora a partir de fuentes de agua
segura y limpia. Renovarlo periódicamente.
• Evitar roturas de la cadena de frío mediante la manipulación rápida y
tiempos de espera cortos.

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Para evitar la contaminación
• Los utensilios o superficies de contacto con el pescado deben estar en
buen estado de conservación y de limpieza. Por un lado, no deben usarse
materiales con superficies porosas en las que pueda acumularse suciedad
y microorganismos; por otro lado, las herramientas de corte deben estar
bien afiladas y mantenerse libres de óxido.
• Las cajas y contenedores de pescado deben estar hechas de materiales aptos para el contacto con alimentos y de material no poroso, fácilmente lavable; también deben asegurar el drenaje del agua de deshielo.

• En todas las instalaciones por las que pase el pescado deben existir
adecuados programas de control de plagas, limpieza y desinfección, incluyendo utensilios e instalaciones.
• El pescado debe mantenerse apartado de otros tipos de productos de
cualquier origen (como productos químicos o alimenticios).
• El personal manipulador debe tener un entrenamiento periódico adecuado a la función que cumple.

En definitiva, la información contenida en esta guía complementará
las acciones de control ejecutadas por el Senasa para que las personas
puedan acceder a estos alimentos inocuos que nos ofrecen los mares y
los ríos.

Más información en nuestro sitio web argentina.gob.ar/senasa

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                <text>Guía rápida sobre consumo responsable de productos de la pesca y la acuicultura. Pautas y recomendaciones del Senasa</text>
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Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria&#13;
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                <text>INTRODUCCIÓN&#13;
Objetivos&#13;
A quién está dirigida la guía&#13;
Consideraciones generales&#13;
CLASIFICACIONES&#13;
Pescados&#13;
De mar y de río&#13;
Azul y blanco&#13;
Mariscos&#13;
RECOMENDACIONES&#13;
Cómo comprar pescados frescos&#13;
Consejos básicos&#13;
Frescura y calidad&#13;
Medidas prácticas para preservar la calidad óptima del pescado&#13;
Para evitar los daños físicos&#13;
Para evitar el efecto de la temperatura&#13;
Para evitar la contaminación</text>
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                    <text>PÁG

1

GUÍA PARA LA REGISTRACIÓN DE FERTILIZANTES Y ENMIENDAS DE PRODUCCIÓN FAMILIAR Y COOPERATIVA EN EL SENASA

��PÁG

3

ÍNDICE
GUÍA PARA LA REGISTRACIÓN DE
FERTILIZANTES Y ENMIENDAS DE
PRODUCCIÓN FAMILIAR Y COOPERATIVA EN
EL SENASA

1. INTRODUCCIÓN. ¿QUÉ PRODUCTOS DEBEN
REGISTRARSE?

04

2. DEFINICIONES Y CONCEPTOS A TENER EN
CUENTA

06

3. EL TRÁMITE DEL REGISTRO

08

	

3.1. Pasos Generales

08

	

3.2. A) Registro de la Firma

09

	

B) Registro del Producto

11

GUÍA PARA LA REGISTRACIÓN DE FERTILIZANTES Y ENMIENDAS DE PRODUCCIÓN FAMILIAR Y COOPERATIVA EN EL SENASA

�PÁG

4

1. INTRODUCCIÓN

¿QUÉ PRODUCTOS DEBEN
REGISTRARSE EN EL SENASA?
El manejo de los sistemas productivos agropecuarios se encuentra en constante evolución, en
función de las nuevas configuraciones del Sistema Agroalimentario Nacional e Internacional.
Modelos o enfoques emergentes que incorporan criterios de sustentabilidad y el cuidado del
ambiente vienen creciendo en escala y alcance, e incorporan nuevas (y no tan nuevas) prácticas
e insumos para el control de plagas y enfermedades y el manejo nutricional de los cultivos.
En este marco, el Enfoque Agroecológico, reconocido por la Organización de las Naciones Unidad
para la Alimentación y la Agricultura (FAO) como una herramienta viable de alcanzar los ODS1
en medio rural, plantea la necesidad de iniciar una transición a sistemas agropecuarios que
aprovechen los recursos locales, reduzcan la dependencia de insumos externos y sustituyan
prácticas convencionales, entre otras.
En ese proceso de transición se reconoce que el modelo de la Agricultura Familiar, Campesina
e Indígena, así como las Cooperativas y el sector PyME, tienen un rol estratégico por su
estrecha vinculación con los ecosistemas naturales y el conocimiento tradicional y ancestral
del territorio.
En este sentido, el desarrollo de fertilizantes y enmiendas de base biológica o “bioinsumos
nutricionales” se presentan como un elemento fundamental para el desarrollo de modelos
productivos sustentables.
Actualmente, diversas experiencias en todo el territorio nacional vienen utilizando y elaborando
estos insumos en forma asociativa y comienzan a ganar escala mediante la instalación de
biofábricas. Por ello, resulta pertinente el desarrollo de materiales gráficos que faciliten la
difusión de estos procedimientos necesarios para la comercialización y contribuyan desde el
rol del Estado al proceso de transición del modelo agropecuario.
Con la presente Guía nos proponemos explicar brevemente el procedimiento para la autorización
de los bioinsumos nutricionales en el “Registro Nacional de Fertilizantes, Enmiendas y
Sustratos, Acondicionadores, Protectores y Materias Primas del Senasa”, de acuerdo a la
normativa vigente (Res. Senasa 264/11).

1 Objetivo de Desarrollo Sustentable - FAO

GUÍA PARA LA REGISTRACIÓN DE FERTILIZANTES Y ENMIENDAS DE PRODUCCIÓN FAMILIAR Y COOPERATIVA EN EL SENASA

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5

¿Qué productos deben registrarse en Senasa?
Para evaluar previamente si un insumo agropecuario se encuentra alcanzado por este registro,
sugerimos que lea detenidamente y responda el siguiente árbol de decisiones:

¿El producto se comercializará?

SÍ

Se debe
registrar
en el Senasa

Dirección de
Agroquímicos
y Biológicos

NO

No se registra en el Senasa

¿ Para qué se aplica el producto?
¿Cuál es su función principal?

Nutrición
cultivo

Registro Nacional de
fertilizantes…

Control de plagas
y enfermedades

Registro Nacional de
Terapéutica Vegetal

Guía para la registración
de fertilizantes y enmiendas
de producción familiar y
cooperativa

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2. DEFINICIONES Y
CONCEPTOS
2. Conceptos básicos a tener en cuenta. Glosario.

Con el fin de mejorar el entendimiento e implementación de la presente guía,
se detallan a continuación algunos conceptos básicos de los productos de
nutrición establecidos en la normativa vigente, y que será necesario conocer
al momento de iniciar el trámite de registración en el Senasa.

Definiciones:
•	 Fertilizante: “todo producto que incorporado al suelo o aplicado a los vegetales o sus
partes, suministre en forma directa o indirecta sustancias requeridas por aquellos para su
nutrición, estimular su crecimiento, aumentar su productividad o mejorar la calidad de la
producción. Estos productos podrán ser de naturaleza inorgánica, orgánica o biológica”.
o	 Naturaleza inorgánica u orgánica: deberán contener como elementos nutrientes
primarios: Nitrógeno, fósforo, potasio; y/o elementos nutrientes secundarios:
Calcio, magnesio o azufre, y/o elementos menores o micronutrientes: Boro,
cinc, cobre, hierro, molibdeno, manganeso, etcétera, susceptibles de ser
aplicados en forma capaz de ser asimilados por vegetales.
o	 Naturaleza biológica deberán contener organismos viables que suministren
directa o indirectamente nutrientes a la planta o ejerzan una acción beneficiosa
para el desarrollo de los vegetales” (Decreto Nacional 1624/80).
•	 Enmienda: toda sustancia o mezcla de sustancias de carácter inorgánico, orgánico o
biológico que incorporada al suelo modifique favorablemente sus caracteres físicos,
fisicoquímicos, químicos o biológicos, sin tener en cuenta su valor como fertilizantes
(Decreto Nacional 1624/80).
o	 Compost: Es un producto higienizado, estable y maduro que resulta del proceso
de compostaje. Está constituido, mayormente, por materia orgánica que
presenta poco parecido físico a la materia prima que le dio origen. (Resolución
Conjunta 1/2019)
•	 Sustrato: todo material sólido distinto del suelo, natural, mineral, orgánico o de
síntesis que, colocado en un contenedor, en mezcla o puro permite el anclaje del
sistema radicular desempeñando la función de soporte para la planta. (Resolución
Senasa 264/2011)
•	 Acondicionador: la resolución los define según sean químicos o biológicos, tal como
están definidos en las categorías (ver cuadro pág. 12).

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7

EN SÍNTESIS:
•	
•	
•	
•	
•	

Si aporta nutrientes, es un fertilizante;
Si mejora condiciones físico-químicas del suelo es enmienda;
Si es solo soporte, es sustrato;
Si mejora eficacia agronómica, es acondicionador;
Si es materia orgánica estabilizada, es compost.

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3. El trámite del Registro
3.1 Pasos generales del Registro

¿Qué área del Senasa se encarga de registrar estos productos?

Dirección de
Agroquímicos
y Biológicos
(DAyB)

1. Registro de firma (Trámites a
Distancia, TAD)
2. Registro de productos

Registro de producto

Laboratorio

Cuali-cuanti
(ingredientes)

Análisis de composición
Contenidos de
nutrientes

Características
físico-químicas

Tipo y clasificación del producto

Registro
Nacional de
Fertilizantes y
Enmiendas

USUARIO
1. Información producto
2. Cupón de pago

Representante
legal

3. Comprobante de
pago

DAyB
Análisis
documental

4. N° de orden
y hoja de ruta

ó

LABORATORIO

Director/a
Técnico/a

5. No objeción

Análisis
técnico

N° de orden
Más información

6. Disposición. N° de registro y 	
certificado de autorización�

Información del producto:
• Nota de solicitud
• Formulario

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• Descripción de proceso
• Certificado de origen de MP
• Proyecto de marbete

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Para registrar un producto con función nutricional y obtener la autorización para su libre
comercialización me debo dirigir al “Registro Nacional de Fertilizantes, Enmiendas y Sustratos,
Acondicionadores, Protectores y Materias Primas” (RNFyE), el cual depende de la Dirección
de Agroquímicos y Biológicos (DAyB) dentro de la Dirección Nacional de Protección Vegetal
(DNPV) del Senasa.
Tal como se mencionó previamente, la Resolución Senasa 264/2011 es el marco normativo
principal del RNFyE y dispone el procedimiento técnico-administrativo para la aprobación de
los productos con función nutricional, entre otros.

3.2 ¿Cómo es el proceso para el registro y autorización de uso comercial de
los productos?
Este proceso está compuesto por DOS instancias o inscripciones sucesivas:
B. REGISTRO DEL PRODUCTO

A. REGISTRO
DE LA FIRMA
RESPONSABLE

B.1
Preparación de documentación

B.2
Presentación
documentación

B.3
Resultado del trámite

Este Registro contempla un paso intermedio de “Registro de Establecimientos”2 para los siguientes
tres casos: Laboratorios Elaboradores de Productos Biológicos3, Plantas Preinoculadoras4 y
Plantas Mezcladoras5
A. Registro de la Firma Responsable.
A.1 ¿Quién es el responsable del producto?
El responsable del producto es una persona física o jurídica, pudiendo tener un
representante legal o director técnico para gestionar ante el Senasa.

2 Ver Art. 3 y Capítulo 10, Anexo I de la Resol. 264/2011.
3 Establecimientos donde se manipulan microorganismos vivos para el desarrollo y producción de insumos biológicos; cuentan
con tecnología apropiada y condiciones de asepsia suficientes para el aislamiento, análisis y reproducción de microorganismos
vivos.
4 Establecimientos donde se realiza el proceso de inoculación industrial de semillas con microorganismos benéficos.
5 Establecimientos donde se elaboran fertilizantes a pedido mediante el proceso de mezcla a gran escala de sustancias químicas
conocidas y aprobadas, y en proporciones solicitadas por el usuario final.

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A.2 ¿Cómo se realiza el trámite para registro?
Se debe iniciar un expediente electrónico en la plataforma de “trámite a distancia”
(TAD)6 en el cual se debe completar la solicitud de inscripción y anexar la siguiente
documentación:

Personas Físicas
•	
•	
•	
•	

Nota donde conste:
nombre y apellido
número de documento identidad
domicilio real y legal,
teléfono y dirección de mail

Personas Jurídicas
•	
•	
•	

INDICAR el trámite a realizar.

Nota donde conste:
denominación social,
teléfono y dirección de mail,
nombre, apellido y documento de identidad
de su representante legal o apoderado
(acompañando los documentos que acrediten
la calidad invocada en copia certificada)
INDICAR el trámite a realizar

Solicitud de inscripción según modelo vigente
Copia certificada del poder en caso
de corresponder.

Copia autenticada de estatutos o contrato
social, instrumentos modificatorios y en
su caso acta de asamblea por la cual se
designen los miembros del directorio y acta
de distribución de cargos. En caso de designar
apoderado, quien otorgue el poder deberá
estar expresamente habilitado para ello por
estatuto o contrato social.

Constancia del C.U.I.T.
Nota de nombramiento de Director Técnico y fotocopia de matrícula vigente del mismo.

Las Personas Jurídicas deben tener en el “objeto social” explicitas
las funciones vinculadas con la “producción, distribución, acopio y
comercialización de insumos agropecuarios destinados a la nutrición y
sanidad de los cultivos”.

Otras Consideraciones Operativas:
•	 El proceso para el registro de la Firma Responsable se realizará por única vez
previo a la registración del primer producto, pero se deberá renovar anualmente
la vigencia mediante el pago del arancel.
•	 Se recomienda realizar el registro de Firma Responsable una vez tenga
avanzados los análisis correspondientes al producto a registrar, de manera de
utilizar eficientemente el período de vigencia de dicho registro.

6 Ver instructivo.

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B. Registro de producto
La inscripción del producto en el Registro Nacional de Fertilizantes, Enmiendas, Sustratos,
Acondicionadores, Protectores y Materias Primas (RNFyE), según la Resolución 264/11,
constituye un proceso de intercambio de información, entre el organismo y el interesado,
mediante el cual se realiza una “evaluación de riesgo” sanitario y ambiental.
(Aclaración: en función de las características particulares de cada producto a registrar,
principalmente asociadas a dicho riesgo, se podrá solicitar información adicional o alterar el
orden de los pasos administrativos descriptos a continuación.)
B.1 - Preparación de la información a presentar
Previo a la presentación en ventanilla e inicio del expediente en Senasa es necesario contar
con cierta información del producto.
Sin contar con esa información es muy probable que el avance del trámite se demore.
Para ello, proponemos responder una serie de preguntas que permiten completar dicha
información y llegar al inicio del trámite en la ventanilla del registro; teniendo en cuenta
que al momento de iniciar el registro se deberá presentar:

1) Nota de solicitud de la persona física o jurídica, dirigida al Director/a de
Agroquímicos y Biológicos, solicitando el registro del producto.
2) Formulario de solicitud de inscripción (B.1.2) del producto con carácter de
Declaración Jurada.
3) Análisis de Laboratorio Oficial (B.1.3), de Senasa o de la RedLab de Senasa.
4) Proyecto de Marbete (B.1.5)
5) Certificado de origen de las materias primas utilizadas (de corresponder).
6) Descripción del proceso de formulación, según tipo de producto. O, en caso de
corresponder, Certificado del Yacimiento, Habilitación Municipal del Establecimiento
u otra información solicitada oportunamente por el área técnica.
7) Cupón de Pago junto con el Comprobante del pago realizado.

B.1.1 ¿A qué categoría normativa pertenece mi producto con función
nutricional?
La normativa establece requisitos analíticos, determinaciones cuantitativas y parámetros
físico-químicos para cada una de las categorías de productos. Asimismo, establece contenidos
o valores mínimos/máximos para ciertos parámetros, así como determinados métodos
analíticos estandarizados.
A los fines de categorizar el producto se deberá conocer la composición cuali-cuantitativa
(componentes o ingredientes) y, mediante análisis de laboratorio, determinar los contenidos
nutricionales (macro y microelementos) y las características físico-químicas del producto
(densidad, pH, solubilidad, etcétera).

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FERTILIZANTES

Las CATEGORÍAS que establece la normativa, según naturaleza y composición, son detalladas
a continuación:

Químico

La sumatoria de NITRÓGENO-FÓSFORO-POTASIO (todos como elementos) no
podrá ser inferior al 12%.

Químico
Orgánico

El porcentaje NPK debe ser igual o mayor a 12% y el contenido de materia
orgánica, igual o superior al 15% (muestra humeda productos solcidos u 8%
muestra húmeda en líquidos.

Orgánico

El porcentaja NPK debe ser igual o superior a 6% y la RelaciónC/N
menor o igual a 20/1.

Biológico

Contiene un microorganismo o varios, como principal componente,
sobre un soporte.

A base de
aminoaciodos

Cumplir con los requirimientos de los Químicos Orgánicos y/u orgánicos.

A base de
subproducto
animal

Cumplir con los requirimientos de los Químicos Orgánicos y/u orgánicos.

Mezcla física

Son mezclas de fertilizantes químicos con Químicos Orgánicos y orgánicos.

ACONDICIONADORES

ENMIENDAS

Química
Orgánica

Biológica

Químicos

Biológicos

Compost

Lombricompuesto

Turbas

Sustancias que contienen microroganismos y aquellas que favorecen a la desconsposición en suelo de la materia orgánica.

Sustancias químicas que poseen la facultad de modificar en forma positiva la
eficacia agronómica mejorando las propiedades físicoquímicas del
suelo, cultivo y/o producto,pudiendoacompañar la aplicación defertilizantes
y/o enmiendas.

Sustancias que contienen microorganismos que poseen la facultad de
modificar en forma positiva la eficacia agronómica mejorando las propiedades
físicoquímicas del suelo, cultivo y/o producto, pudiendo acompañar la
aplicación de fertilizantes y/o enmiendas.

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B.1.2 ¿Para qué me sirve conocer y definir la categoría de mi producto con
función nutricional?
La categoría del producto, así como la composición cuali-cuantitativa, los contenidos
nutricionales y/o las características físico-químicas (dependiendo del tipo de producto),
deberá ser especificada al momento de solicitar la evaluación oficial del producto en la Mesa
de Entradas del RNFyE en el Senasa.
Esta información se detalla en el Formulario de solicitud de inscripción del producto que, en
función de la categoría del producto, dispone de un conjunto de campos a completar a modo de
Declaración Jurada. Esta información es la que Senasa tomará como punto de partida para la
evaluación de riesgo y se contrastará con los resultados del Análisis de Laboratorio de Oficial
(ver B.1.3).
•	 Cuando la composición del producto no alcance los parámetros mínimos de las
categorías contempladas en la normativa, el RNFyE podrá solicitar la presentación de
Ensayos de Eficiencia Agronómica a los fines de demostrar las funciones nutricionales
declaradas.
•	 Asimismo, si se declara que el producto tiene funciones específicas sobre los cultivos,
que no se encuentran contempladas en las categorías de la norma, también podrá
solicitar Ensayos de Eficiencia Agronómica. Estos ensayos se deben realizar siguiendo
el protocolo establecido en el Capítulo 12 de la Res. 264/14.
Para los casos que el producto se elabore a partir de materia orgánica, se debe realizar
un análisis microbiológico para demostrar que el producto final se encuentra libre de
microorganismos patógenos, tales como E.coli, Salmonella y coliformes, principalmente.

B.1.3 ¿Dónde realizar los análisis de carácter oficial?
Los Análisis de Laboratorio Oficial se pueden realizar en el Laboratorio de Fertilizantes de
la Dirección de Laboratorio Vegetal del Senasa, o bien en laboratorios inscriptos en la Red de
laboratorios del Senasa.
B.1.3.1 ¿Cómo realizar los análisis de carácter oficial en el Laboratorio Vegetal de Senasa?
Se debe completar la Solicitud de ensayos de cliente particular y presentarla junto con la
muestra de forma presencial en la mesa de entrada del Laboratorio Vegetal del Senasa.
Dirección: Av. Ingeniero Huergo 1001, CABA. C.P. 1107. Teléfono: 11 5222 5801 / 5828 (internos
3028 / 3001). Correo electrónico: entradash@senasa.gob.ar.

•	 Las muestras deben estar correctamente identificadas y entregarse en buen estado
de conservación.
•	 Los envases deben ser herméticos y no presentar signos de daños, violación o
pérdidas. Las muestras sólidas se deben entregar en frascos plásticos con tapa o
bolsas de plástico grueso.
•	 Las muestras líquidas se deben entregar en botellas de plástico transparente.
	

- Cantidad mínima (aproximada): 1 envase de 250 ml (Fertilizantes líquidos).

Para más información sobre los requerimientos para presentar la muestra, el contacto de referencia
es: fertiliza@senasa.gob.ar.
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B.1.4 ¿Quién realiza los trámites de registración ante el Senasa?
De acuerdo a lo establecido por las normativas el registrante o firma responsable debe contar
con un Asesor Profesional Matriculado con título de Ingeniero Agrónomo, o título afín.
Este Asesor actúa como Director Técnico ante el Senasa y tiene la función de llevar adelante
los trámites e intercambios de información con RNFyE.
Por esta razón, junto con la documentación del producto propiamente dicho, se debe presentar
la matrícula vigente del Asesor Profesional Matriculado y el comprobante del último pago
de la misma.
Una vez presentada la documentación se genera un expediente y es evaluada por los técnicos
del RNFyE, quienes deben tomar contacto con el asesor para solicitar posibles aclaraciones o
información complementaria del producto.

B.1.5 ¿Qué información debo incluir en el Proyecto de Marbete?
El RNFyE debe evaluar del Marbete o Etiqueta que tendrá el producto en su envase para su
comercialización. Por ello se debe presentar un Proyecto de Marbete al momento de iniciar
el trámite.
El diseño previo y la inclusión de toda la información obligatoria por normativa (Capítulo 9 –
Res. 264/11) resultan fundamentales para allanar el proceso de inscripción.
La denominación Biopreparado no podrá incluirse en el marbete. Esto se debe a que hasta el
momento no existe como categoría en el marco normativo vigente.
Las cualidades de resistencia física del Marbete dispuestas por la misma son:
•	 Intensidad de adherencia al envase o embalaje.
•	 Durabilidad ante las condiciones de transporte, almacenamiento y uso.
Respecto de la Información General, se detalla en la siguiente tabla el tipo de información y
una breve descripción sobre cómo completar la misma.

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Información solicitada para etiqueta
Aptitud (Tipo de producto)

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¿Qué pongo?
Según categorías de la norma:
Fertilizante. (Por riego o foliar)
Enmienda
Sustrato

Marca comercial

Nombre de fantasía que identifica el producto

Estado Físico del producto

Sólido (polvo)
Líquido
Suspensión

Sobre la Composición…
Macronutrientes: Nitrógeno, Fósforo, Potasio,
Elementos Secundarios: calcio, magnesio y
azufre

Se complete acorde
a los resultados
del análisis de
composición.
(expresión porcentaje
peso en peso)

Micronutrientes: Boro, Hierro, Sodio, Cloro,
Aluminio, Manganeso, Cobre, Zinc, Molibdeno,
Cobalto, Flúor y Selenio

Grado y grado equivalente,
si corresponde7
Se expresa la
concentración cuando se
encuentren en cantidades
igual o mayores a los
expresados en el capitulo
14 de la Res. 264/11
Los elementos que
estén por debajo de esas
concentraciones, se debe
indicar que contiene trazas
de los mismos.

N° Registro Senasa

El número otorgado una vez finalizado el trámite de
inscripción. (En el Proyecto de Marbete esto no se
debe detallar)

Origen

País donde se elabora.

Contenido neto

Cantidad de producto envasado.

Recomendaciones de uso

Cultivos y dosis recomendada a utilizar.
Momento y tipo de aplicación.

Condiciones de almacenamiento.

Indicar cómo se debe guardar para evitar que el
producto se deteriore.

Fecha de vencimiento

Fecha límite de uso seguro del producto.

Nombre de la firma, Dirección, teléfonos, mail
Frase que resuma las características del
producto

OPTATIVO.

7 Grado: porcentaje en peso de los nutrientes N, P, K. Grado equivalente: porcentaje en peso de N, P2O5, K2O.

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El punto 9.2.2 (Cap 9 – Res. 264/11) establece información específica que se debe incorporar al
marbete, para productos que se apliquen tanto en el riego como foliar, a su vez para: suspensiones,
turbas, productos biológicos, urea, yeso y mezclas físicas.

Ejemplo de Marbete de producción familiar

B.2 Presentación de la información
Una vez disponible toda la información detallada en el punto B.1, se debe presentar en Mesa
de Entrada del RNFyE.
•

Para ello se debe enviar mediante correo electrónico a tramitesfertilizantes@senasa.gob.ar
la documentación ya mencionada, firmada por el Director Técnico:
1) Nota de solicitud de la persona física o jurídica, dirigida al Director/a de Agroquímicos y
Biológicos, solicitando el registro del producto. En esta nota se debe indicar:
a. nombre de la firma o titular registrante
b. nombre comercial del producto.

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2)	 Formulario de solicitud de inscripción (B.1.2) del producto con carácter de Declaración
Jurada.
3)	 Análisis de Laboratorio Oficial (B.1.3), de Senasa o de la RedLab de Senasa.
●	 En caso de haber realizado el Análisis de Laboratorio Oficial en el Laboratorio Vegetal de Senasa
y luego de enviar la documentación listada, se otorgará una “Hoja de ruta”. Con este documento
se podrá solicitar en el Laboratorio Vegetal de Senasa el “Certificado de NO objeción” (trámite
interno), es decir, el comprobante de que los resultados de la muestra guardan coherencia con
lo declarado en la Solicitud de Registro-

4)	 Proyecto de Marbete (B.1.5)
5)	 Certificado de origen de las materias primas8 utilizadas, de corresponder.
6)	 Descripción del proceso de formulación, según tipo de producto. O, en caso de
corresponder, Certificado del Yacimiento, Habilitación Municipal del Establecimiento u
otra información solicitada oportunamente por el área técnica.
7)	 Cupón de Pago junto con el Comprobante del pago realizado
Este cupón de pago tiene un Número de Orden con el cuál se podrá dar seguimiento al trámite.

Luego de analizar la documentación presentada, el RNFyE genera:
•	 N° de Expediente. Es el cuerpo legal oficial donde se detallan los actos administrativos
del proceso de registro del producto y los intercambios de comunicaciones oficiales, ya sea
para solicitar información adicional o para solicitar cambios o renovaciones en el registro.

B.3 Resultado del trámite
Una vez evaluada técnicamente y aprobada la información presentada, se dispone la autorización
del producto mediante la emisión de un “Certificado de Inscripción del Producto”, por parte
de la Dirección de Agroquímicos y Biológicos del Senasa. El mismo incluye un Número de
Registro que deberá ser incorporado al Marbete definitivo del producto.
Asimismo, el mismo se incluirá en los listados oficiales de productos inscriptos en Senasa, que
se encuentran publicados en el sitio web oficial.

Eximición del pago de aranceles a la Agricultura Familiar, Campesina e
Indígena.
Los/as productores/as familiares inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productor
Agropecuario (Renspa) y acreditados en el Registro Nacional de la Agricultura Familiar
(RENAF) quedan eximidos de abonar algunos de los aranceles que el Senasa cobra por sus
prestaciones; entre los que se encuentran aranceles vinculados al procedimiento del registro
de insumos agropecuarios en la Dirección de Agroquímicos y Biológicos.
Considerando que los aranceles se modifican periódicamente, se puede consultar el listado de
aquellos alcanzados por la eximición en el apartado de Agricultura Familiar del sitio web de
Senasa.

8 Demostrar el origen de las materias primas permite realizar la trazabilidad del producto y reducir el riesgo de contaminaciones.
Dicho certificado puede variar según el tipo de materia prima utilizada.

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          <name>Dublin Core</name>
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                <text>La presente Guía explica brevemente el procedimiento para la autorización de los bioinsumos nutricionales en el “Registro Nacional de Fertilizantes, Enmiendas y Sustratos, Acondicionadores, Protectores y Materias Primas del Senasa”, de acuerdo a la normativa vigente (Res. Senasa 264/11). Se explican las definiciones de los productos contemplados por la normativa y el paso a paso del trámite de registración de los bioinsumos.</text>
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                <text>1. INTRODUCCIÓN. ¿QUÉ PRODUCTOS DEBEN REGISTRARSE?&#13;
2. DEFINICIONES Y CONCEPTOS A TENER EN CUENTA&#13;
3. EL TRÁMITE DEL REGISTRO&#13;
3.1. Pasos Generales&#13;
3.2. A) Registro de la Firma B) Registro del Producto</text>
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        <name>AGRICULTURA FAMILIAR</name>
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                    <text>MANUAL DE CALIDAD DE LA DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

PR-G-SEIN_002

MANUAL ABM
DE SISTEMAS
Y CORREO
ELECTRÓNICO
Guía paso a paso para alta, baja y modificación
de sistemas o correo electrónico

NRO. VERSIÓN: 6.0

�Índice

Introducción

3

Objetivo	

3

Alcance

3

Asignación de responsabilidades

3

Procedimientos relacionados

4

Documentos relacionados

4

Procedimiento	

4

Casa central

4

Centros regionales

5

Formularios

6

Revisión histórica

10

Lista de distribución

10

Anexo

10

Edición 2024

�Introducción
El presente documento describe los lineamientos establecidos para la gestión
de ABM de usuarios internos de los sistemas de aplicación implementados en
el Senasa.

Objetivo
Establecer un procedimiento general normalizado y digitalizado para la gestión de ABM de usuarios internos de los sistemas de aplicación implementados en el Senasa mediante el sistema de Gestión Documental Electrónica
(GDE).

Alcance
El presente procedimiento aplica para el alta, baja o modificación de perfiles
de todos los sistemas de aplicación implementados y cuentas de correo electrónico de usuarios internos del Senasa.

Asignación de responsabilidades
Es responsabilidad de cada dependencia propietaria de la información administrada por cada aplicación:
• Designar al personal del Senasa autorizado para operar cada aplicación.
• Asignar a cada operador el nivel de acceso correspondiente.
• Mantener un registro permanente actualizado de las autorizaciones, revocaciones y modificaciones de perfil correspondientes a usuarios internos
de aplicaciones implementadas en el ámbito de su competencia.
Es responsabilidad de la DTI:
• Proveer a todas las dependencias del Senasa de los medios para gestionar adecuadamente el alta, baja y modificación de perfiles de usuarios
operadores para lo cual se utilizará el Sistema de Mesa de Ayuda.
• Llevar a cabo las acciones correspondientes a las altas, bajas y modificaciones de perfiles de usuarios asignando roles en función de lo definido por
el propietario de la información objeto de cada aplicación.
• Informar a cada dependencia del Senasa involucrada acerca de las acciones realizadas respecto de las solicitudes recibidas.
• Informar al personal involucrado respecto de su autorización para operar.
Revocar autorizaciones cuando considere que el accionar del operador
atenta contra la disponibilidad e integridad de los datos, la continuidad
de la operatividad de la aplicación o bien representa una posible amenaza
para la seguridad de la información del organismo.

MANUAL DE CALIDAD DE LA DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

3

�IMPORTANTE: El formulario “FR-G-SEIN_007 - SOLICITUD DE ABM DE USUARIOS INTERNOS”
debe elaborarse por SIG (se entiende al SIG como la integración de aplicaciones
que se agrupan según la estructura del Senasa), es decir, no deben aparecer sistemas
de aplicación de diferentes SIG en un mismo formulario.

Procedimientos relacionados
• No aplica.

Documentos relacionados
• Manual de Operaciones de Sistema de Mesa de Ayuda.
• Manual del Módulo Comunicaciones Oficiales (CCOO).

Procedimiento
Es crucial establecer un marco general para el ABM de usuarios internos que
fije una metodología de trabajo. Para ello, se definen los siguientes pasos:
Casa Central	
El agente DEMANDANTE completa la totalidad de los datos requeridos en
los formularios “FR- G-SEIN_007 - SOLICITUD DE ABM DE USUARIOS INTERNOS”, “SOLICITUD DE SERVICIO DE E-MAIL INTERNET”, “SOLICITUD DE
SERVICIO DE RESETEO DE CLAVE DE CORREO ELECTRONICO E INTERNET”.
Ingresa al portal GDE y genera en CC.OO. un memorándum (MEMO) adjuntando el formulario como archivo embebido.
Destinatario
Los formularios “FR-G-SEIN_007-SOLICITUD DE ABM DE USUARIOS INTERNOS”, “SOLICITUD DE SERVICIO DE E-MAIL INTERNET”, “SOLICITUD DE
SERVICIO DE RESETEO DE CLAVE DE CORREO ELECTRONICO E INTERNET”,
deberá ser remitido a la Mesa de Ayuda de DTI (ver 11. Anexo).

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4

�Firma
Serán los directores nacionales o a quienes se delegue la firma mediante
comunicación oficial.
Las mesas de ayuda de DTI realizarán todas las acciones necesarias (vía
GDE- CCO/seleccionar en la opción “Acción” el modo “Continuar comunicación”) para que las solicitudes de ABM de usuarios internos sean
exitosas. E informarán las conclusiones a todos los involucrados en las
operatorias bajo la misma modalidad.
Asimismo, cargarán tickets en el sistema GLPI indicando el número de
memo de CC.OO. y adjuntarán el formulario correspondiente según el
tipo de solicitud embebido en ese memo, así se asignará el ticket a la
Mesa de Ayuda que corresponda. De esta manera es más ágil hacer el
seguimiento.
Centros regionales

IMPORTANTE: Se asume que está fuera del alcance de este procedimiento la formalización
previa de la solicitud y llenado de los formularios “FR-G-SEIN_007 - SOLICITUD DE ABM
DE USUARIOS INTERNOS” ”, “SOLICITUD DE SERVICIO DE E-MAIL INTERNET”,
“SOLICITUD DE SERVICIO DE RESETEO DE CLAVE DE CORREO ELECTRONICO E INTERNET”.
Cada Centro Regional realizará la operatoria más conveniente para la formalización del pedido.
1. El informático regional revisa la confección de los formularios. Ingresa
al portal GDE y genera en GEDO un informe (IF). Tilda la opción “Quiero
recibir un aviso cuando el documento se firme” y adjunta el formulario
como archivo embebido.
2. Envía el IF a la firma para su aprobación (el firmante será el director
regional o a quien se delegue la firma mediante comunicación oficial).
Una vez firmado, el informático regional recibe el número del IF.
3. Carga un ticket en GLPI indicando el número de IF y adjunta el formulario “FR-G-SEIN_007 - SOLICITUD DE ABM DE USUARIOS INTERNOS”.
Asigna el ticket a la Mesa de Ayuda.
3.1. Los formularios “FR-G-SEIN_007-SOLICITUD DE ABM DE USUARIOS INTERNOS”,
• “SOLICITUD DE SERVICIO DE E-MAIL INTERNET” y “SOLICITUD DE
SERVICIO DE RESETEO
• DE CLAVE DE CORREO ELECTRONICO E INTERNET” deberán ser remitidos a la Mesa de Ayuda de DTI (ver 11. Anexo).
De esta manera es más ágil hacer el seguimiento.

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5

�4. Las mesas de ayuda de DTI realizarán todas las acciones necesarias
para que las solicitudes de ABM de usuarios internos, alta de correo y
reseteo sean exitosas. Asimismo, informarán las conclusiones a quienes
estén involucrados en las operatorias.

Formularios

“FR-G-SEIN-007 - Solicitud de ABM de Usuarios Internos”
• Fecha: indica la fecha en que se completa el formulario (obligatorio).
• Centro Regional: indica el centro regional o dirección nacional (obligatorio).
• DNI solicitante: del Director del área (obligatorio).
• Solicitante: apellido y nombre del agente solicitante (obligatorio).
• Correo electrónico: del Director del área (obligatorio).
• Teléfono o Tel. Corporativo: del agente solicitante o contacto del mismo (obligatorio).
• Dependencia/ Oficina Senasa: oficina a la que pertenece el agente solicitante (obligatorio).
• Apellido: del agente solicitante (obligatorio).
• Nombre: del agente solicitante (obligatorio).
• LPU/DNI: del agente solicitante (obligatorio).
• Código sistema (1): código que hace referencia al sistema (obligatorio).
• Código perfil usuario (2): en caso de alta y modificación de perfil, hace
referencia al perfil del usuario en el sistema (obligatorio).
• Establec. Nro: dependiendo del sistema solicitado (opcional).
• Correo electrónico oficial (en caso de poseer): dirección de e-mail con
dominio @senasa del agente. En caso de no poseer una cuenta institucional este campo quedará en blanco.
• Tipo solicitud (A/B/M): completar con una letra (obligatorio).
A: en caso de solicitar un alta de usuario en el sistema.
B: en caso de solicitar una baja de usuario en el sistema.
M: en caso de modificar los datos solicitados para un determinado
sistema.
• Observaciones: su contenido es libre (opcional).
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6

�MANUAL DE CALIDAD DE LA DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

7

�“SOLICITUD DE SERVICIO DE E-MAIL INTERNET”

MANUAL DE CALIDAD DE LA DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

8

�“SOLICITUD DE SERVICIO DE RESETEO DE CLAVE DE CORREO ELECTRÓNICO E INTERNET”

MANUAL DE CALIDAD DE LA DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

9

�Revisión histórica
FECHA

VERSIÓN

MOTIVO

09/03/09

1.0

Primera versión

01/05/09

2.0

Ajustes por nuevo formato y generalización
de procedimiento

04/09/18

3.0

Modificación del procedimiento

21/01/2019

4.0

Control de información

23/09/2019

5.0

Verificación de formulario

04/07/2022

6.0

Modificación:
8 - Se modificaron los formularios 1.1 y 3.1 (Destinatarios) los sectores
a donde va cada solicitud
11. Destinatario de GDE

01/08/2023

Control de información, actualizado

25/04/2024

Control de información, actualizado

Lista de distribución
ÁREAS
Directores nacionales y regionales / Jefes de programas / Coordinadores
Regionales / Coordinadores temáticos regionales / Supervisores / Jefes
de oficina local / Jefes de áreas.
MESAS DE AYUDA DTI / DNICA / DNSA

Anexo
Usuarios GDE Mesa de Ayuda	
• Mesa de Ayuda DTI: DIEGO.CESPEDES
(CESPEDES DIEGO LEONARDO).

MANUAL DE CALIDAD DE LA DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

10

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          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>Manual ABM de sistemas y correo electrónico. &#13;
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                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
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                <text>Dirección de Tecnología de la Información</text>
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                <text>El presente documento describe los lineamientos establecidos para la gestión de ABM (alta, baja o modificación de perfiles )de usuarios internos de los sistemas de aplicación implementados en el Senasa y cuentas de correo elec trónico de usuarios internos.</text>
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                <text>Introducción&lt;br /&gt;Objetivo &lt;br /&gt;Alcance &lt;br /&gt;Asignación de responsabilidades &lt;br /&gt;Procedimientos relacionados &lt;br /&gt;Documentos relacionados&lt;br /&gt;Procedimiento &lt;br /&gt;Casa central &lt;br /&gt;Centros regionales &lt;br /&gt;Formularios &lt;br /&gt;Revisión histórica &lt;br /&gt;Lista de distribución &lt;br /&gt;Anexo</text>
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                    <text>RESOLUCIÓN Nº 331/2003 SENASA
Programa de Lucha contra Carpocapsa y Grafolita. Apruébanse los modelos de
Cuaderno de campo y de Cuaderno Fitosanitario, para uso obligatorio en la provincia
de Mendoza y en la Región Patagónica, respectivamente.
BUENOS AIRES, 30 de diciembre de 2003
VISTO el Expediente N° 14.466/2002 del Registro del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA; la Resolución N° 405 del 8 de julio de
1998 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION; y la Resolución N° 78 del 26 de marzo de 2003 del citado Servicio
Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 5° de la Resolución N° 405/1998 del 8
de julio de 1998 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA GANADERIA Y PESCA,
se faculta al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
para modificar el Cuaderno Fitosanitario que es de uso obligatorio por los productores
de manzanas y peras en la Región Patagónica.
Que por la Resolución N° 78 del 26 de marzo de 2003 del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se extendió el uso obligatorio del
Cuaderno Fitosanitario a la Provincia de MENDOZA.
Que a fin de aprobar las modificaciones efectuadas al Cuaderno Fitosanitario de la
Región Patagónica y el modelo de Cuaderno de Campo de la Provincia de MENDOZA,
se ha efectuado el análisis de sus contenidos de información, considerándolos
apropiados para realizar la fiscalización y el control fitosanitario de los montes frutales
de manzanas y peras.

�Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto de conformidad con las
facultades conferidas por el artículo 8°, inciso h) del Decreto N° 1585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 680 del 1° de septiembre de 2003.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Aprobar el modelo de Cuaderno de campo para uso obligatorio en la
Provincia de MENDOZA, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por los alcances de
las Resoluciones Nros. 405 del 8 de julio de 1998 de la ex-SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN y 78 del 26 de marzo de
2003 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, que
obra como Anexo I de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º — Aprobar el modelo de Cuaderno Fitosanitario para uso obligatorio en
la Región Patagónica, integrada por los Partidos de Villarino y Patagones de la
Provincia de BUENOS AIRES; las Secciones XXIV y XXV del Departamento de Puelén
y la Sección V del Departamento de Caléu-Caléu en la Provincia de LA PAMPA; y las
Provincias del NEUQUEN, de RIO NEGRO, del CHUBUT, de SANTA CRUZ y TIERRA
DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, que obra como Anexo II
de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial.

�ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — Jorge N. Amaya.

�Cuaderno de Campo
Nº ................
Temporada: .........

Programa de Lucha contra Carpocapsa y Grafolita
Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza
Ministerio de Economía
Gobierno de Mendoza

�BUENAS PRACTICAS DE MANEJO DEL MONTE FRUTAL PARA EL
CONTROL DE CARPOCAPSA
1. Las plantas frutales de manzana o pera no deberán tener más de CUATRO Y MEDIO
METROS (4,5 m) de altura. Las pulverizadoras disponibles en el mercado no son eficientes
para cubrir la copa de los árboles más altos con la solución de agroquímico. Por encima de
esta altura debe pulverizarse con manguera.
2. No deberá haber más de SEIS (6) puntales por planta, UNO (1) a cada lado del borde o fila y
DOS (2) hacia cada interfilar o calle.
3. Debe haber de CUATRO (4) a SEIS (6) ramas por plano, para asegurar la buena penetración
de los productos al realizar la pulverización.
4. Raleo de frutos: se deberá dejarse UN (1) fruto por dardo en la parte superior e interna de las
plantas y solamente dejar DOS (2) frutos en casos de poco cuaje y en el medio y parte
externa la planta donde es más eficiente la pulverización. Se recomienda realizar el raleo
químico y repasarlo con el raleo manual de manera tal que no toquen los frutos durante el
verano.
5. El equipo pulverizador debería calibrarse por lo menos UNA (1) vez por año. La presión de
trabajo debería ser de DOCIENTOS CINCUENTA (250) a TRESCIENTAS (300) libras por
pulgada cuadrada [POUNDS PER SCUARED INCH (PSI)] con todos los picos abiertos. El
régimen de la toma de potencia se debe fijar en QUINIENTAS CUARENTA
REVOLUCIONES POR MINUTO (540 RPM).
6. Calcular el volumen de solución de agroquímico a aplicar según el tipo de conducción y
dimensiones de cada monte. Cálculo del TREE ROW VOLUME (TRV) relacionando altura
de la planta, ancho de la copa y distancia entre filas.
7. Deben aplicarse los DOS TERCIOS (2/3) del volumen de producto al TERCIO (1/3)
superior del árbol. Esto se logra por medio de la utilización de boquillas de mayor caudal
erogado en la parte alta del arco de pulverización.

�8. Para montes libres, debe utilizarse la marcha más baja que permita el tractor, manteniendo el
régimen normalizado de la toma de fuerza del tractor QUINIENTAS CUARENTA
REVOLUCIONES POR MINUTO (540 RPM).
9. Para montes compactos en ningún caso se deben superar los CUATRO COMA CINCO
KILOMETROS POR HORA (4,5 km./h).
10. Se deben suspender las aplicaciones cuando la velocidad del viento supera los CUATRO
METROS POR SEGUNDO (4 m/seg.), cuando la temperatura supere los TREINTA
GRADOS CENTIGRADOS (30 °C) o cuando la humedad relativa sea menor a TREINTA Y
CINCO POR CIENTO (35 %). Son recomendables las aplicaciones nocturnas ya que en
general es cuando se cumplen estas condiciones.
11. Utilizar tarjetas de papel hidrosensible en distintos lugares y alturas de la copa del árbol,
para verificar la buena cobertura con insecticida. Los papeles deben mostrar una total
cobertura sin que se verifique chorreado. La cobertura total debe ser producto de una serie
de impactos sobre la tarjeta, sin que se produzca chorreado. De acuerdo a lo indicado por las
tarjetas hidrosensibles, realizar los ajustes necesarios en la pulverizadora, orientando las
boquillas hacia aquellos sectores donde se noten deficiencias en la aplicación.
12. Control químico: seleccionar productos insecticidas permitidos, respetando la acción
residual del mismo y sus tiempos de carencia. Prepararlos de acuerdo a las dosis indicadas
por el marbete del producto a utilizar. Nunca deben utilizarse en mayor o menor dosis que la
indicada.
13. Registrar los tratamientos y prácticas relacionadas al control en el Cuaderno de Campo.
En lo referente al control químico de la plaga, la primera pulverización deberá ser realizada
dentro del período de tiempo indicado por el Sistema de Alarma del INSTITUTO DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROPECUARIA DE MENDOZA (ISCAMEN), o de acuerdo a
los umbrales de capturas en trampas de feromonas, en caso que el productor se guíe por este
método.

�14. Las siguientes pulverizaciones dependerán del tiempo de acción residual de los insecticidas
utilizados o de acuerdo al número de capturas de machos de Carpocapsa en trampas de
feromonas, en caso de que el productor se guíe por este método.
15. Realizar el muestreo de fruta en el momento del raleo, para poder calcular el porcentaje de
daño y realizar acciones correctivas.
16. Repetir los tratamientos después de una lluvia. Si es menor a CUATRO MILIMETROS (4
mm) repetir la pulverización en la parte superior del árbol. Si es mayor de CUATRO
MILIMETROS (4 mm) repetir la aplicación completa.
17. Realizar el muestreo de fruta en cosecha para determinar el porcentaje de daño, a fin de la
temporada y evaluar así la efectividad del control.
18. Retirar toda la fruta del suelo y de la planta una vez finalizada la cosecha.
19. Con media a alta presión de plaga, colocar fajas de cartón corrugado a partir de principios de
enero para reducir la carga de larvas invernantes. De esta manera se ayuda a disminuir
poblaciones de Carpocapsa ya que las larvas bajan del árbol y se introducen en las canaletas
del cartón. Estos cartones deben retirarse desde fines de abril a junio y quemarse.
20. Retirar bins, puntales y leña de los montes frutales para evitar reinfestación.

�INFORMACIÓN GENERAL (llenado OBLIGATORIO)

CUADERNO Nº: ........................................
ESTABLECIMIENTO Y/O RAZÓN SOCIAL:

R.E.N.S.P.A:
DIRECCION:
LOCALIDAD:
TELEFONO:

PROVINCIA:
FAX:

PROPIETARIO:
DIRECCION:
LOCALIDAD:
TELEFONO:

PROVINCIA:
FAX:

ENCARGADO:
DIRECCION:
LOCALIDAD:
TELEFONO:

PROVINCIA:
FAX:

RESPONSABLE:
TECNICO:
DIRECCION:
LOCALIDAD:
TELEFONO:

PROVINCIA:
FAX:

Nombre del encargado del Cuaderno de Campo

Firma

Nombre del propietario de la finca

Firma

�CROQUIS DE UBICACION DE CADA CUADRO (llenado OBLIGATORIO)
N

��DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA FINCA

(llenado OBLIGATORIO)

DATO CATASTRAL:
Cuadro
Nº

Superficie
(ha)

LOCALIDAD:
Especie

Variedad

Pie

Sistema de
Conducción

Nº de
plantas

Marco de plantación
Entre filas

plantas

Superficie
Neta

Tipo de riego:

Año implantación

Tipo de
riego

M: por manto
S: por surco
Pr: presurizado

�EQUIVALENCIA: CUADRO/(UMI) (Para CUADROS inscriptos en el Sistema de mitigación de Riesgos)
Cosecha Campaña:200.../200...
CUADRO/S

UMI/S

OBSERVACIONES

�CALIBRACION DE LA PULVERIZADORA (llenado OBLIGATORIO)

TRACTOR

MARCA:
MODELO/AÑO:
PULVERIZADORA
MARCA:
MODELO/AÑO:
VOLUMEN DEL TANQUE:
FECHA CALIBRACION: -- / -- / --

Comprobante de calibración

TRACTOR

MARCA:
MODELO/AÑO:
PULVERIZADORA
MARCA:
MODELO/AÑO:
VOLUMEN DEL TANQUE:
FECHA CALIBRACION: -- / -- / --

Comprobante de calibración

TRACTOR

Comprobante de calibración

MARCA:
MODELO/AÑO:
PULVERIZADORA
MARCA:
MODELO/AÑO:
VOLUMEN DEL TANQUE:
FECHA CALIBRACION: -- / -- / --

OBSERVACIONES:

REALIZADA POR:

REALIZADA POR:

REALIZADA POR:

�CALCULO DEL TREE ROW VOLUME (TRV)
(llenado OBLIGATORIO)

TRV=

H x E x 937

x

D

i
H = altura
Fecha

Cuadro
Nº

E=
ancho

D = distancia entre
filas en metros

TRV
(litros/ha)

Recuerde que: i = 0.7 con baja densidad foliar; i = 0.85 media densidad foliar; i = 1 máxima densidad foliar

�CUADRO Nº

REGISTRO DE TRATAMIENTOS QUÍMICOS (llenado OBLIGATORIO)
Tratamiento Nº
Producto Dosis

Tratamiento Nº
Producto Dosis

Tratamiento Nº
Producto Dosis

Tratamiento Nº
Producto Dosis

Tratamiento Nº
Producto Dosis

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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
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................ litros
...... / ..... / ........
................ litros

�LABORES CULTURALES (llenado OBLIGATORIO)
Fecha

Cuadro Nº

Registro obligatorio de:
Poda de frutales

Raleo químico
Raleo manual

Labor

Registro optativo de:
Laboreo del suelo
Inicio y finalización
Abonadura
de cosecha
Fertilización
Otros
Atado de ramas

�INFORMACIÓN NECESARIA PROGRAMA SARNA
ESTADOS FONOLÓGICOS
Manzano
Estados fenológicos
Yema hinchada
Puntas verdes
Botón rosado
Plena flor
Caída de pétalos
Fruto cuajado
Fruto formado
Inicio de Amarillamiento de hojas
Inicio caída de hojas

Fecha

Detección del primer síntoma
Organos

Peral
Estados fenológicos
Yema hinchada
Muñeca separada
Inicio floración
Plena floración
Caída pétalos
Cuaje
Fruto formado
Inicio de Amarillamiento de hojas
Inicio caída de hojas

Fecha

Detección del primer síntoma
Fecha

Organos

Hoja

Hoja

Brote

Brote

Flor

Flor

Fruto

Fruto

Fecha

�CAPTURAS DE CARPOCAPSA
Fecha
Nº Cuadro

Nº Trampa

Nº Cuadro

Nº Trampa

Fecha

�CAPTURAS DE GRAFOLITA
Fecha
Nº Cuadro

Nº Trampa

Nº Cuadro

Nº Trampa

Fecha

�Denominación catastral:
Observaciones: ...........................................
...................................................................................................................
...................................................................................................................
........................................................

Fecha:

Firma y Sello

Denominación catastral:
Observaciones: ...........................................
...................................................................................................................
...................................................................................................................
........................................................

Fecha:

Firma y Sello

Denominación catastral:
Observaciones: ...........................................
...................................................................................................................
...................................................................................................................
........................................................

Fecha:

Firma y Sello

Denominación catastral:
Observaciones: ...........................................
...................................................................................................................
...................................................................................................................
........................................................

Fecha:

Firma y Sello

Denominación catastral:
Observaciones: ...........................................
...................................................................................................................
...................................................................................................................
........................................................

Fecha:

Firma y Sello

Denominación catastral:
Observaciones: ...........................................
...................................................................................................................
...................................................................................................................
........................................................

Fecha:

Firma y Sello

�ANOTACIONES

�INDICE
- Buenas Prácticas de Manejo del Monte Frutal para el Control de
Carpcapsa.
- Información General.
- Croquis de Ubicación de cada cuadro .
- Descripción General de la Finca.
- Equivalencia: Cuadro/(UMI).
- Calibración de la Pulverizadora.
- Cálculo del TRV.
- Registro de Tratamientos Químicos.
- Labores Culturales.
- Información necesaria Programa Sarna.
- Capturas de Carpocapsa.
- Capturas de Grafolita.
- Anotaciones.
- Indice.

�-

INSTRUCTIVO CUADERNO DE CAMPO

Sr. Productor, como en años anteriores el Programa Carpocapsa le hace llegar el Cuaderno Fitosanitario, su completamiento
es obligatorio por resolución de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación N° 405/98.
El objetivo de este cuaderno de campo es el de contar con información fidedigna de todas las labores culturales que se
realizan para el control de carpocapsa y, en los casos en los que sean necesarios, proponer acciones correctivas en base a
los registros.
El Cuaderno de Campo es como una radiografía de la chacra que permite analizar el estado sanitario actual, detectar
posibles errores cometidos y modificar la estrategia de control a futuro. Por ello es tan importante que la información vertida
en él sea absolutamente fidedigna.
El Cuaderno debe estar siembre en la explotación y debe haber un responsable de su presentación cada vez que sea
requerido por personal del Programa.
Contenido:
Ud. encontrará en este Cuaderno de Campo dos tipos de planillas:
1. Las de llenado obligatorio: son aquellas en las que se registran datos fundamentales para el control de la plaga.
2. Las de llenado optativo: son aquellas en las que se registran datos que son fundamentales para la obtención de un
producto de excelente calidad, como la requerida en los exigentes mercados internacionales.
3. Las de información: presentan datos útiles para los productores.
4. Las de Visitas y Auditorias.
1. Planillas de llenado obligatorio:
Página 1: Identificación de la Explotación: se deben volcar en ella todos los datos del productor y de la explotación. Algunos
casilleros pueden quedar en blanco, según del tipo de explotación de la que se trate (productor individual, productor
integrado, empresa integrada, etc.).
Página 3: Identificación de UMI 2003: se debe consignar el n° de UMI asignado por el Sistema de Mitigación de Riesgo para
exportación de peras, manzanas y membrillos al Brasil y el o los cuadros que esta abarca. Ej.:
UMI N°
CUADRO
6K3
1,3,5
6K4
4
Página 4: Información General de los Cuadros: se debe consignar la totalidad de los Cuadros de la explotación. En cuadros
improductivos en la presente temporada consignar "En Blanco" con su correspondiente superficie: se debe consignar la
superficie de todos los cuadros debe ser igual o un tanto menor que la superficie total de la explotación según lo que figure en
las boletas de Rentas.
Página 5: Calibración Tractor Pulverizadora: esta planilla debe ser completada por el técnico que realice la calibración. Se
debe adjuntar la planilla de calibración entregada al productor, para cada uno de los equipos tractor pulverizadora de la
explotación.
Página 6: Cálculo del TRV (Tree Row Volume): este dato es de particular importancia en la estrategia de control, ya que
permite determinar la cantidad de agua que se debe aplicar junto con los plaguicidas, para que el control de las plagas sea el
adecuado. Es un dato orientativo que debe ser verificado en la práctica por cada productor.
Este dato será requerido en el momento de realizar la calibración del equipo pulverizador.
* Altura: altura promedio de las plantas de cada cuadro. No debe ser superior a los 5 m., caso contrario será necesario
realizar un rebaje de los montes.
* Ancho: ancho promedio de las copas de cada cuadro.
Página 7: Listado de Productos Agroquímicos Fitosanitarios: se deben volcar en esta planilla todos los productos fitosanitarios
utilizados en cada temporada.
Página 8. Registro de Tratamiento con Plaguicidas. esta es tal vez la planilla más significativa del Cuaderno de Campo. Los
registros deben realizarse por Cuadro. Ejemplo: en la columna de productos se puede anotar el nombre comercial o el
principio activo, teniendo en cuenta que deben coincidir con los de la planilla anterior. (Página 7: Listado de Productos
Agroquímicos Fitosanitarios).
C
Producto
U
A
Metil Azinfos
D
R
O

�S

1
2
3

Carencia:
Reingreso:
30/10/03
3000 Lts.
Aplicador: Pérez, Juan
01/11/03
2200 Lts.
Aplicador: Pérez, Juan
01/11/03
2500 Lts.
Aplicador: Pérez, Juan

Página 9: Registro de Distribución de Dispensers: esta planilla será completada solamente por aquellos productores que
utilicen la técnica de la confusión sexual para el control de carpocapsa.
Página 11: Labores Culturales: se deben consignar las tareas que hacen al buen control de la carpocapsa: rebaje del monto,
poda y raleo. Asimismo, se recomienda registrar el resto de las labores.
Página 13: Muestreo de Daño por Carpocapsa: es obligatorio el muestreo en cosecha; sin embargo se recomienda la
realización de un monitoreo de primera generación, coincidente con la realización del raleo manual.
Página 14: Registros Meteorológicos: es obligatorio el registro de las precipitaciones ya que es fundamental a la hora de
decidir sobre la necesidad de realizar repeticiones o repasos.
La primera aplicación contra carpocapsa debe estar realizada antes de los 250° D.
Página 34: Salida de Fruta de la Chacra: se deben consignar todos los envíos realizados ya sea al galpón de empaque, a
frigoríficos o a la industria.
2. Planillas de llenado optativo:
Este grupo de planillas tiene por objetivo complementar la información de las de llenado obligatorio. El formato ha surgido del
consenso de productores, empresarios y técnicos y responden a las exigencias de todos los programas de aseguramiento de
la calidad hoy vigentes.
Páginas 10, 23 y 25: Inventario de Plaguicidas, de Fertilizantes y de Herbicidas: tienen por objetivo conocer al detalle la
existencia de agroquímicos en la explotación; esto permitirá planificar la compra de los mismos evitando faltas en momentos
clave o sobrantes excesivos al finalizar la temporada.
Página 12: Capturas de Carpocapsa: para aquellos productores que coloquen trampas de feromonas para el seguimiento de
la plaga. Es una práctica recomendada que permitirá conocer el verdadero nivel problacional de carpocapsa en el monte.
Para su colocación y control consultar la "Guía para monitoreo de Plagas" del INTA.
Página 15: Registros Fenológicos: estos datos son importantes a la hora de decidir sobre aplicaciones de agroquímicos y
momentos oportunos de realización de labores culturales tales como raleo o cosecha.
Páginas 17, 18, 19, 20, 21: registrar en estas planillas los datos de monitoreo de plagas, predadores y enfermedades.
Páginas 24: Registro de Aplicación de Herbicidas y Control.
Páginas 26: Registro de Riegos.
3. Planillas de información:
Página 16: Oportunidad de Monitoreo de Plagas, Predadores y Enfermedades: se recomienda consultar la "Guía para
monitoreo de Plagas" del INTA.
4. Planillas de Auditorías:. reservadas para las inspecciones realizadas por auditores internos y externos.
Página 28.
5. Planillas de Visitas: reservadas a las visitas realizadas por los técnicos del Programa de Supresión de la Carpocapsa de
Funbapa.
Página 28 y subsiguientes.

�IDENTIFICACION DE LA EXPLOTACION
TEMPORADA:

CUADERNO NUMERO:

PRODUCTOR:

NUMERO INT.:

RAZON SOCIAL:
NOMBRE DE LA CHACRA:

NUMERO INT.:

RENSPA N°
LOCALIDAD:

SUP. TOTAL:

SUP. NETA:

RESPONSABLE DE CUENTA:
DIRECCION:
TELEFONO:

LOCALIDAD :
E-MAIL:

C. P.

RESPONSABLE TECNICO:
MATRICULA PROFESIONAL:
DIRECCION:
TELEFONO :
RECORREDOR:
TELEFONO:
-

LOCALIDAD:
E-MAIL:

C. P.

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                <text>Programa de Lucha contra Carpocapsa y Grafolita. Se aprueban los modelos de Cuaderno de campo y de Cuaderno Fitosanitario, para uso obligatorio en la provincia de Mendoza y en la Región Patagónica, respectivamente.</text>
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                <text>Programa de Lucha contra Carpocapsa y Grafolita. Se aprueban los modelos de Cuaderno de campo y de Cuaderno Fitosanitario, para uso obligatorio en la provincia de Mendoza y en la Región Patagónica, respectivamente.</text>
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                <text>&lt;strong&gt;Abrogada por el Art. 1° de la &lt;a href="https://biblioteca.senasa.gob.ar/items/show/6631#?c=0&amp;amp;m=0&amp;amp;s=0&amp;amp;cv=0"&gt;Resolución 1044/2024&lt;/a&gt; del SENASA&lt;/strong&gt;</text>
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                <text>Se establece la obligatoriedad del control de Listeria monocytógenes en todos los establecimientos con Inspección Veterinaria Nacional. Procedimiento y requisitos. </text>
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                <text>Se extiende el uso obligatorio del Cuaderno Fitosanitario aprobado mediante Resolución 405 del 8 de julio de 1998 de la ex-Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, por parte de los productores de manzana y pera, cuyas explotaciones se encuentren dentro de la Provincia de MENDOZA.</text>
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                <text>&lt;strong&gt;Abrogada por el Art. 1° de la &lt;a href="https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=403749"&gt;Resolucion 1044/2024 del SENASA&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;/strong&gt;</text>
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                <text>Extiendese el uso obligatorio del cuaderno fitosanitario por parte de los productores de manzana y pera, cuyas explotaciones se encuentren dentro de la provincia de Mendoza. </text>
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                    <text>Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
SANIDAD ANIMAL
Resolución 555/2006
Apruébase el "Programa de Control y Erradicación de la Triquinosis Porcina en la
República Argentina".
Bs. As., 8/9/2006
VISTO el Expediente Nº 009.173/2001 del Registro del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de
la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente mencionado en el Visto se propicia la implementación del "Programa de
Control y Erradicación de la Triquinosis Porcina en la REPUBLICA ARGENTINA".
Que se hace necesario perfeccionar los sistemas de prevención, control y erradicación de las
enfermedades animales atento a lo expresado en el Artículo 10 de la Ley de Policía Sanitaria
Animal Nº 3959, modificada por su similar Nº 17.160.
Que el Decreto Nº 30 del 7 de enero de 1944 incorpora a la Triquinosis Porcina al Artículo 4º
de su similar del 8 de noviembre de 1906 que aprueba el Reglamento General de Policía
Sanitaria de los Animales.
Que el Decreto Nº 40.571 del 26 de diciembre de 1947 determina algunas acciones en lo que
respecta a la lucha contra la Triquinosis en el ámbito nacional y faculta a los servicios
sanitarios, cuando la gravedad de las circunstancias lo requieran, a declarar las zonas de
infestación de Triquinosis Porcina, como así también a poner en ejecución todos los medios
de lucha contenidos en la Ley de Policía Sanitaria Animal Nº 3959.
Que el Decreto Nº 643 del 19 de junio de 1996, en su Artículo 6º, se refiere a las condiciones
de tenencia y alimentación de los porcinos.
Que la Resolución Nº 740 del 13 de julio de 1999 del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de
la ex- SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, regula
las pruebas de laboratorio que se deberán efectuar para proceder al diagnóstico de la
Triquinosis.

�Que la Ley Federal Sanitaria de Carnes Nº 22.375, complementada por el Decreto Nº 4238
del 19 de julio de 1968 que aprueba el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos
y Derivados de Origen Animal, conforma las facultades de los diferentes servicios sanitarios
con respecto a los variados aspectos que hacen a la vigilancia epidemiológica como un todo y
que excede lo referido, únicamente, a las enfermedades animales.
Que el Código Penal de la Nación Argentina, en su Capítulo IV Delitos Contra la Salud
Pública, prevé figuras específicas destinadas a responsabilizar penalmente a quienes, aún por
imprudencia o negligencia, pongan en peligro la salud de la población.
Que resulta imprescindible dentro de los alcances del Artículo 2º de la Ley de Policía
Sanitaria Animal Nº 3959, invitar a los Gobiernos Provinciales y Municipales a desarrollar
acciones que propendan y contribuyan, dentro de los límites de sus respectivos territorios, al
logro de los propósitos de dicha norma.
Que mediante la Resolución Nº 108 del 16 de febrero de 2001 de la ex-SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO
DE ECONOMIA, se autorizó la suscripción de convenios con los entes sanitarios a fin de
ejecutar en común acciones sanitarias específicas.
Que la Resolución Nº 488 del 4 de junio de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces
MINISTERIO DE LA PRODUCCION, prevé la adopción de medidas de carácter precautorio
en todos aquellos casos en que se halle comprometida la sanidad animal, vegetal o calidad
agroalimentaria en la que pudiere existir un riesgo para la salud humana.
Que el desarrollo racional de la porcinocultura y el aumento de su productividad, en parte, se
pueden conseguir mediante la introducción de medidas veterinarias encaminadas a proteger y
a aumentar los niveles de la salud pública y de la sanidad animal.
Que es necesario prevenir y reducir, con las oportunas medidas de control, los brotes de
zoonosis que supongan una amenaza para la salud humana y, especialmente, las producidas
por alimentos de origen animal.
Que la armonización de las condiciones esenciales para la protección sanitaria requiere la
designación previa de laboratorios de diagnóstico y de referencia, así como la adopción de
medidas científicas y técnicas.
Que, con el objeto de proteger la salud del consumidor, es necesario que la carne fresca de
porcino sea sometida sistemáticamente a un examen que aplique métodos eficaces
reconocidos, con el objeto de eliminar a la que contenga triquinas.
Que deben eliminarse las disparidades en cuanto a las condiciones de salud animal y salud
pública existentes en las diferentes provincias.

�Que los productores de porcinos han expresado la necesidad de llevar a cabo acciones
sanitarias específicas, las que ayudarán al ordenamiento de la producción porcina nacional.
Que se han tenido en cuenta las normas y recomendaciones efectuadas por la UNION
EUROPEA, mediante el Código Zoosanitario Internacional y la COMISION
INTERNACIONAL DE TRIQUINOSIS.
Que la COMISION NACIONAL DE LUCHA CONTRA LAS ENFERMEDADES DE LOS
PORCINOS, creada por Resolución Nº 369 del 1 de agosto de 2003 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTOS, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado
la intervención que le compete.
Que los Consejos y Colegios de Médicos Veterinarios, por medio de sus matriculados que
ejercen la actividad profesional en forma privada, se encuentran incorporados al Sistema
Nacional de Vigilancia Epidemiológica, debiendo notificar al SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA la aportación o sospecha de las diferentes
enfermedades, conforme a las Resoluciones Nros. 470 de fecha 6 de julio de 1995 y 234 de
fecha 9 de mayo de 1996, ambas del ex- SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL,
organismo descentralizado en la órbita de la ex–SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS.
Que las diferentes acciones llevadas a cabo por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION deben ser compiladas en una sola norma
que se encuentre en consonancia con los acuerdos y consideraciones que se presentan en el
ámbito mundial.
Que las Direcciones Nacionales de Sanidad Animal y de Fiscalización Agroalimentaria, y la
Dirección de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, han tomado la debida intervención.
Que el Consejo de Administración del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º,
inciso e) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 680
del 1 de septiembre de 2003 y por el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003, modificado
por su similar Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004.

�Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase el "Programa de Control y Erradicación de la Triquinosis Porcina
en la REPUBLICA ARGENTINA" que, como Anexo I, II, III, IV, V, forman parte integrante
de la presente resolución.
Art. 2º — Invítase a los Gobiernos Provinciales y Municipales a desarrollar acciones que
propendan a cumplimentar lo estipulado en la presente resolución, como así también a que
adecuen la legislación vigente en cada jurisdicción a las exigencias de la presente norma.
Art. 3º — Los predios con porcinos en explotación para cualquier fin deberán contar con las
instalaciones necesarias y adecuadas que permitan el control permanente de los animales
alojados e instalarse solamente en las zonas permitidas por las autoridades municipales o
provinciales, para lo cual los propietarios deberán contar con los permisos o certificaciones
correspondientes.
Art. 4º — Toda autoridad nacional, provincial o municipal, así como también los
profesionales veterinarios privados o personas responsables o encargadas de cualquier
explotación porcina, industrial o doméstica, u otra persona que por cualquier circunstancia
detecte en los animales porcinos, signos compatibles con la Triquinosis, o tenga conocimiento
directo o indirecto de su aparición, existencia, sospecha o de resultados de laboratorio
positivos a dicha enfermedad, está obligado a notificar en forma inmediata el hecho a la
Oficina Local de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de
la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, que corresponda a su jurisdicción.
Art. 5º — La Dirección Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA desarrollará las acciones de vigilancia
epidemiológica que considere pertinentes a fin detectar casos de porcinos infestados de
Triquinosis o sospechosos de estarlo, con el objeto de determinar la prevalencia de dicha
enfermedad en la población, de acuerdo a las estrategias determinadas anualmente.
Art. 6º — La totalidad de los laboratorios de diagnóstico para Triquinosis deberán
encontrarse inscriptos y, para ser habilitados por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, deberán cumplimentar los requisitos establecidos en
el Anexo IV de la presente resolución; las pruebas de diagnóstico se regirán por lo establecido
en la Resolución Nº 740 del 13 de julio de 1999 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex–
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del
entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

�Art. 7º — Los laboratorios de diagnóstico, obligatoriamente, deberán comunicar la totalidad
de los resultados positivos a Triquinosis en la forma y periodicidad que determine la
Dirección Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA. Los protocolos utilizados serán habilitados por la
mencionada Dirección Nacional y tendrán carácter de Declaración Jurada y Documento
Público.
Art. 8º — Las Oficinas Locales de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA serán las responsables de
la fiscalización, el control y la auditoría técnica y administrativa de las acciones sanitarias
desarrolladas por aplicación de esta resolución dentro de su jurisdicción y de la remisión
completa en tiempo y forma de la información mensual requerida.
Art. 9º — Los Entes Sanitarios inscriptos podrán desarrollar las acciones sanitarias previstas
en la presente resolución, previa aprobación por parte de la Dirección Nacional de Sanidad
Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
del programa correspondiente.
Art. 10. — Invítase a los Municipios a desarrollar programas y acciones que propendan al
control de la faena y elaboración de embutidos, incluyendo la domiciliaria, la fiscalización de
las condiciones higiénico-sanitarias de los criaderos de cerdos existentes, la inspección de
productos y subproductos de origen animal de consumo o expendio bajo su jurisdicción.
Art. 11. — Los procedimientos en los focos de Triquinosis Porcina se regirán de acuerdo a lo
prescripto en el Anexo IV que forma parte de la presente resolución, y los porcinos
procedentes de un foco de Triquinosis que sean destinados a la faena en frigoríficos con
habilitación del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, sólo podrán ser liberados al consumo humano sin cocción previa
cuando la totalidad de los porcinos resultaran negativos al diagnóstico efectuado por la
Técnica de Digestión Artificial. Si por cualquier causa no pudiesen someterse los porcinos
faenados al diagnóstico mencionado, la carne sólo podrá liberarse al consumo humano, previo
termoprocesado a no menos de OCHENTA GRADOS CENTIGRADOS (80º C),
garantizándose que dicha temperatura llegue al interior de la masa muscular.
Art. 12. — Todo entorpecimiento, oposición o resistencia al cumplimiento de las medidas
dispuestas, obstrucción de tareas o agravio a los funcionarios actuantes, dará lugar a solicitar
el auxilio de la fuerza pública y requerir a la Justicia Federal las correspondientes órdenes
para allanar los establecimientos o predios, con el fin de adoptar las medidas previstas por el
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Art. 13. — Prohíbese el empleo y suministro como alimento de los sobrantes de comidas
procedentes de aeropuertos, puertos y de centros de atención de la salud. Unicamente se
permitirá la alimentación de porcinos con sobrantes de comidas procedentes de restaurantes,
hotelería y desechos de materia prima procedentes de fábricas elaboradoras de alimentos de
origen animal cuando sean sometidos a un procesamiento que asegure su inocuidad.

�Art. 14. — La Dirección Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA queda facultada para dictar las normas
técnicas o administrativas complementarias que correspondan para el mejor cumplimiento de
las medidas sanitarias mencionadas, así como también para modificar las técnicas de
diagnóstico, dictar las pautas de interpretación y todas aquellas que hagan al mejor
cumplimiento de la presente resolución.
Art. 15. — Facúltase a la Dirección Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en conjunto con las
Comisiones Provinciales de Sanidad Animal (COPROSA’s), a intensificar la implementación
del Programa de Control y Erradicación de la Triquinosis Porcina en la REPUBLICA
ARGENTINA, a efectos de lograr el control de la enfermedad por medio de la creación de las
zonas de saneamiento que sean convenientes.
Art. 16. — La comprobación en los predios con existencia de porcinos del incumplimiento de
alguna de las disposiciones de la presente resolución, dará lugar a declarar de alto riesgo
sanitario a dicho predio, lo cual implicará la clausura preventiva del predio, la extracción de
muestras, el diagnóstico oficial y de comprobarse la existencia de Triquinosis, el sacrificio
sanitario de los porcinos existentes.
Art. 17. — La clausura de los establecimientos o predios no podrá ser dejada sin efecto hasta
después de los TREINTA (30) días de la despoblación, limpieza y desratización, previa
verificación de su cumplimiento por parte del personal de la Dirección Nacional de Sanidad
Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Art. 18. — Déjanse sin efecto la Disposición Nº 309 del 28 de abril de 1988 del exSERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita
de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces
MINISTERIO DE ECONOMIA, las Resoluciones Nros. 225 del 10 de abril de 1995, 193 del
8 de abril de 1996, ambas del ex–SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL,
organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, 332 del 11 de junio de 1997, 350 del 31 de marzo de 1998 y 1072
del 31 de agosto de 1998, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 19. — Las infracciones que se comprueben serán sancionadas de acuerdo a lo previsto en
el Artículo 18 del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996.
Art. 20. — La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en
el Boletín Oficial.
Art. 21. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Miguel S. Campos.

�ANEXO I
PROGRAMA DE CONTROL Y ERRADICACION
DE LA TRIQUINOSIS PORCINA EN LA REPUBLICA
ARGENTINA
1. INTRODUCCION
La política de erradicación de esta zoonosis se basa en un planteamiento global e integrado de
las acciones sanitarias a fin de facilitar la armonización de los esfuerzos técnicos, financieros
y humanos de los diferentes sectores.
2. PROPOSITO
Propender al control y erradicación de la Triquinosis Porcina.
3. OBJETIVOS
3.1. Elevar la productividad y rentabilidad de las empresas porcinas, simplificando las
actividades de manejo y contribuyendo al mismo tiempo a una mayor calidad de los alimentos
de origen animal.
3.2. Promover la integración de la producción porcina nacional en el mercado, con el
consecuente aumento de la producción, estimulando la inversión en el sector con disminución
de costos de producción.
3.3. Imprimir coherencia en el cuerpo legislativo que se aplica a todos los aspectos de la
producción porcina y de alimentos desde "la granja al consumidor", tanto en los métodos de
producción y de transformación de los alimentos como en los controles necesarios para
garantizar el respeto de normas de seguridad aceptables.
3.4. Desarrollar un marco normativo general en el ámbito nacional e instrumentos factibles de
ser promulgados por los gobiernos provinciales y municipales a fin de:
3.4.1. Desalentar la faena sin control sanitario y la elaboración, comercialización y el
consumo de productos de cerdo elaborados a partir de carnes de cerdo que provengan de faena
casera, clandestina o no controlada.
3.4.2. Desarrollar políticas socio-económicas a fin de evitar el asentamiento y mantenimiento
de criaderos de cerdos bajo condiciones precarias y sin medidas de control sanitario.
3.4.3. Instaurar la capacidad diagnóstica suficiente e incorporar a la Red Nacional de
Laboratorios, la totalidad de los laboratorios existentes en el ámbito provincial y municipal.

�3.4.4. Desarrollar una campaña de difusión sobre prácticas de manejo sanitario en el ámbito
de las explotaciones y medidas de buenas prácticas en la elaboración de productos de cerdo.
3.4.5. Implantar a nivel municipal procesos de control bromatológico a fin de asegurar la
procedencia de la materia prima en la totalidad de los establecimientos que comercialicen o
industrialicen productos y subproductos a partir de carne porcina.
3.4.6. Generar la sanción de ordenanzas municipales que: a) regulen las zonas y formas de
tenencia de porcinos, con sus correspondientes instalaciones; b) condiciones higiénicosanitarias; c) relevamiento de las explotaciones porcinas; d) registro municipal de criadores de
cerdos.
3.5. Implantar un Sistema de Vigilancia Epidemiológica y Control Epidemiológico Continuo
que tienda principalmente a:
3.5.1. Implantar el sistema de alerta rápido.
3.5.2. Unificar los criterios técnicos y diagnósticos en todos los niveles, (nacional, provincial,
municipal y de médicos veterinarios privados).
3.5.3. Denunciar obligatoriamente casos humanos y porcinos.
3.5.4. Atender y protocolizar los focos.
3.5.5. Sanear los predios con existencia de porcinos infestados.
3.6. Asegurar que en la cadena de producción de alimentos cada uno de sus eslabones tenga
idéntica solidez a fin de proteger adecuadamente la salud de los consumidores.
4. METAS
4.1. Lograr la ausencia de casos clínicos de Triquinosis Humana y disminuir los riesgos de la
presencia de Trichinella spiralis en productos de cerdos destinados al consumo humano.
4.2. Regionalizar el país y controlar la Triquinosis en la totalidad del Territorio Nacional.
5. ESTRATEGIA
5.1. La ejecución del Programa está enfocada fundamentalmente en TRES (3) niveles:
nacional, provincial y municipal; y conforme a los progresos en su aplicación serán
establecidas TRES (3) zonas sanitarias.
5.2. El desarrollo se hará con la participación activa de los estados provinciales, municipales y
todo sector interesado, en un proyecto consensuado que sume y coordine los aportes de cada
uno, identificando roles y responsabilidades, desarrollando una acción conjunta ante la

�presencia de focos de la enfermedad, la congruencia de la legislación y las posibles causales
de los focos.
5.3. El Programa se divide en Componentes que atienden a todos y cada uno de los apartados
principales que lo conforman, y éstos, en actividades de acuerdo a las acciones sanitarias
establecidas para cada área.
6. LINEAS DE ACCION EN EL AMBITO NACIONAL
La estrategia para la implementación del Programa a nivel nacional estará marcada por las
siguientes líneas de acción:
6.1. Regionalización detallada del país y de las acciones zoosanitarias, basándose en la
caracterización de la enfermedad, a los macrosistemas de la producción porcina, en la
presencia histórica de Trichinelosis, en los aspectos ecológicos, económicos, políticos y
culturales.
6.2. Obtención de áreas libres.
6.3. Coordinación técnica y de gestión de los programas nacionales, provinciales y
municipales con el propósito de complementar sus acciones y maximizar el aprovechamiento
de sus recursos humanos y materiales disponibles.
6.4. Incorporación y participación de la comunidad destacando el papel dinámico y decisivo
que tendrán los productores porcinos organizados a través de sus distintas asociaciones y
confederaciones, la industria de la carne, los médicos veterinarios privados, las empresas
elaboradoras de productos, universidades e institutos de investigación, entre otros.
6.5. Definición de estrategias regionales de erradicación selectivas para los distintos
macrosistemas de producción porcina.
6.6. Promover la aplicación del Programa de Control y Erradicación de la Triquinosis Porcina
en la REPUBLICA ARGENTINA con el propósito de conseguir el apoyo de los sectores
rurales involucrados, así como recopilar información básica sobre el sector pecuario que sirva
para establecer en forma detallada las estrategias y actividades zoosanitarias; y la selección y
capacitación del personal que trabajará o se relacionará con el Programa.
6.7. A la vez, se realizarán labores para fomentar el establecimiento de:
6.7.1. Sistemas nacionales de cuarentena y control de movimientos.
6.7.2. La sensibilización de la opinión pública sobre el riesgo sanitario y económico que
representa la presencia de la Trichinelosis.
6.7.3. La vigilancia epidemiológica.

�6.7.4. El diagnóstico de laboratorio, la disponibilidad de reactivos diagnósticos estándar.
6.7.5. La capacitación constante sobre prevención y control de la Trichinelosis.
7. REGIONALIZACION
7.1. REGION PATAGONIA SUR
7.1.1. Delimitación: Provincias de SANTA CRUZ, TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E
ISLAS DEL ATLANTICO SUR, RIO NEGRO y del CHUBUT.
7.2. REGION PATAGONIA NORTE "A"
7.2.1. Delimitación: Provincia de RIO NEGRO; área delimitada: al Norte por el Río
Colorado, límite político con la Provincia de LA PAMPA; al Oeste por el límite político con
la Provincia del NEUQUEN; al Este por el límite político con la Provincia de BUENOS
AIRES; y al Sur por el Río Negro. El límite Sur de esta región está dado por el margen Sur
del Río Negro a excepción del Valle Azul situado en el margen Sur de dicho río, en el
Departamento El Cuy, los establecimientos linderos sobre el margen Sur de ese río en el
Departamento Avellaneda, al Este de la Ruta Provincial Nº 250 desde El Solito hasta Pomona,
al Este de la Ruta Provincial Nº 2 en el Departamento San Antonio y la zona Sur de los
Departamentos Conesa y Adolfo Alsina. Provincia de BUENOS AIRES; Partido de Carmen
de Patagones.
7.3. REGION PATAGONIA NORTE "B"
7.3.1. Delimitación: Provincia del NEUQUEN en su totalidad y Provincia de RIO NEGRO;
área delimitada al Norte por el límite Sur de la Región PATAGONIA NORTE "A", al Sur por
el límite Norte de la Región PATAGONIA SUR y al Oeste por el límite con la REPUBLICA
DE CHILE.
7.4. REGION MESOPOTAMICA
Provincias de MISIONES, CORRIENTES y ENTRE RIOS.
7.5. REGION NOROESTE ARGENTINO
Provincias de JUJUY, SALTA, TUCUMAN y CATAMARCA.
7.6. REGION CUYO
Provincias de LA RIOJA, SAN JUAN y MENDOZA.
7.7. REGION CENTRAL

�Provincias de FORMOSA, SANTIAGO DEL ESTERO, SANTA FE, CORDOBA, SAN
LUIS, LA PAMPA, BUENOS AIRES y del CHACO.
8. ZONAS SANITARIAS
Para los propósitos de la aplicación del presente Programa se definen TRES (3) zonas de
acuerdo a sus características epidemiológicas; y en cada una de ellas se llevarán a cabo
actividades específicas:
8.1. Zona de control
Es aquella en que la magnitud de la responsabilidad es importante y las acciones estarán
orientadas a disminuir las fuentes de infección, mediante el diagnóstico de la totalidad de los
cerdos faenados en todos los ámbitos y un control estricto de los focos hasta niveles
compatibles con la erradicación e implica las siguientes acciones:
8.1.1. Intensificación de la vigilancia epidemiológica (pasiva/activa).
8.1.2. Diagnóstico en el ámbito nacional, provincial y municipal.
8.1.3. Acreditación profesional de los médicos veterinarios y otros técnicos que participarán
en la etapa de control.
8.1.4. Implementación o fortalecimiento de un sistema para el control de las movilizaciones
de animales.
8.1.5. Actividades de saneamiento de focos y sacrificio sanitario.
8.1.6. Manejo de los desperdicios y los métodos epidemiológicos que serán utilizados para
medir la prevalencia de la enfermedad.
8.2. Zona de Erradicación
Es aquélla donde ya no hay registro de casos de la enfermedad en seres humanos y porcinos;
ello permite tomar medidas tendientes a acelerar su erradicación, pudiendo adoptarse las
siguientes acciones:
8.2.1. Medidas de control de las movilizaciones y cuarentena de los animales.
8.2.2. Sacrificio y desecho de los cadáveres de animales enfermos y de aquéllos con alto
riesgo de haber sido contagiados.
8.2.3. Ubicación y muestreo de animales centinelas.
8.2.4. Vigilancia epidemiológica y diagnóstico integral de laboratorio.

�8.2.5. Determinación de costo/beneficio; implicaciones sociales y políticas.
8.2.6. Apoyo legal.
8.2.7. Participación de las autoridades que garanticen la ejecución de las medidas sanitarias.
8.2.8. Capacitación en los procedimientos de erradicación.
8.3. Zona Libre
Es aquella en la cual no hubo ocurrencia de casos de Triquinosis, debiendo quedar plenamente
demostrado que en la población porcina de la zona no está presente la triquina de acuerdo a
las exigencias de la ORGANIZACION MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL (O.I.E.). Una
vez conseguido el reconocimiento de zona o país libre de la Triquinosis por parte de la
comunidad internacional, su manutención será importante a fin de comercializar animales o
productos sin restricciones, para lo cual se implantarán las siguientes acciones:
8.3.1. Control en la movilización de los animales y productos derivados del cerdo.
8.3.2. Vigilancia epidemiológica y diagnóstico integral de laboratorio.
8.3.3. Campañas de sensibilización dirigidas al sector y a los profesionales relacionados con
la sanidad animal para que declaren la presencia de brotes de la enfermedad, en caso de su
aparición.
8.3.4. Campaña de divulgación para el público en general destacando el impacto económico
que se logró con la erradicación y los riesgos de su introducción.
9. COMPONENTE PROMOCION INTERINSTITUCIONAL
9.1. OBJETIVO
Generar la sanción de ordenanzas municipales equivalentes en todo el Territorio Nacional,
complementarias de la legislación nacional o provincial, considerando la idiosincrasia local.
9.2. ESTRATEGIA
Efectuar las presentaciones formales en la totalidad de los municipios y comunas a través de
la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) correspondiente.
9.3. ACCIONES
9.3.1. Regular las zonas y formas de tenencia de porcinos con sus correspondientes
instalaciones, incluyendo:

�9.3.1.1. Habilitación municipal de radicación.
9.3.1.2. Acreditación de su situación respecto del predio y de los porcinos.
9.3.1.3. Implantación y control de la identificación de los porcinos.
9.3.1.4. Posesión de boleto de señal a su nombre.
9.3.1.5. Limitación de los predios, de tal manera que los cerdos no se escapen invadiendo otra
propiedad o la vía pública.
9.3.1.6. Regulación de las condiciones estructurales, edilicias o de manejo, para prevenir la
existencia de roedores (ratones o ratas), debiéndose implementar sistemas de control de los
mismos.
9.3.2. Implantar controles bromatológicos incluyendo:
9.3.2.1. La totalidad de los establecimientos que comercialicen o industrialicen productos y
subproductos a partir de carne porcina, deberán contar en todos los casos con las
certificaciones que acrediten la procedencia de la materia prima utilizada.
9.3.2.2. Todas las carnes de cerdo destinadas al consumo humano deberán proceder de
animales con resultado negativo a las pruebas diagnósticas.
9.3.3. Desarrollar contenidos de una campaña de difusión sobre:
9.3.3.1. Prácticas de manejo sanitario en el ámbito de las explotaciones.
9.3.3.2. Medidas profilácticas en la elaboración de productos de cerdo.
9.3.3.3. Denuncia de la existencia de cerdos en predios o instalaciones no aptos para la
crianza.
9.3.4. Instaurar laboratorios con capacidad diagnóstica a fin de cubrir la totalidad de la faena
casera.
9.3.5. Eliminar los cerdos de basurales o alimentados con basuras o residuos no tratados.
9.3.6. Saneamiento de los basurales y procedimientos de recolección de residuos
domiciliarios.
9.3.7. Asegurar la aplicación de las actividades de vigilancia epidemiológica; en los servicios
médicos y veterinarios locales dirigidos principalmente:
9.3.7.1. Denuncia obligatoria de casos y sospechas.

�9.3.7.2. Atención y protocolización de focos.
9.3.7.3. Saneamiento de sospechas y focos.
9.3.8. Condiciones higiénico-sanitarias de los alimentos:
9.3.8.1. Saneamiento de sospechas y focos.
9.3.9. Condiciones higiénico-sanitarias de los alimentos:
9.3.9.1. Los consumidores deben tener la certeza del mismo nivel de protección de alimentos
en el conjunto de la comunidad.
9.3.9.2. Determinar y supervisar los riesgos para la salud de los consumidores vinculados con
las materias primas, las prácticas agrícolas y las actividades de procesamiento de alimentos.
10. COMPONENTE PROGRAMA PROVINCIAL
10.1. OBJETIVO
Actuar como nexo de coordinación entre las políticas sanitarias nacionales y locales.
Determinar las políticas de producción y medioambientales con el objeto de garantizar
alimentos sanos para los consumidores, propendiendo a la protección prioritaria de la salud y
por las repercusiones económicas y sociales que conlleva.
10.2. ESTRATEGIA
Definir, en colaboración con los municipios, un marco comunitario para el desarrollo y la
gestión de los sistemas locales de control que aproveche las prácticas existentes y la
experiencia de los servicios de inspección basados en los criterios acordados, conduciendo a
orientaciones claras sobre su funcionamiento y desarrollando procedimientos de aplicación
más rápidos y fáciles que se añadirán a los actuales procedimientos de infracción.
10.3. META
Lograr que el CIENTO POR CIENTO (100%) de las provincias sancionen normas que
regulen la actividad porcina, la clasificación de los predios y las condiciones de faena casera.
10.4. ACCIONES
10.4.1. Organización de redes para el control alimentario.
10.4.2. Gestión de los sistemas de alerta rápida.

�10.4.3. Comunicación y diálogo con los consumidores sobre las cuestiones sanitarias y de
seguridad alimentaria.
10.4.4. Creación de redes con las agencias locales.
10.4.5. Regionalización y descentralización operativa según los gradientes de riesgo.
10.4.6. Recopilación de la información de casos humanos y porcinos, basándose en las
regiones sanitarias existentes.
10.4.7. Producción de análisis basados en los registros anteriores y sobre una misma base
geográfica y metodológica.
10.4.8. Regulación de los procedimientos y la instalación de predios y lugares de explotación.
11. COMPONENTE PROGRAMA MUNICIPAL O LOCAL
11.1. OBJETIVO
Propiciar la sanción de ordenanzas municipales, complementarias de la legislación nacional o
provincial, considerando la idiosincrasia local, abordando los problemas de salud animal en
función de la realidad local, las prioridades productivas del municipio y la potencialidad
existente, regulando las zonas y formas de tenencia de porcinos, con sus correspondientes
instalaciones.
11.2. ESTRATEGIA
Incentivar la participación social en función de mejorar la capacidad de producir alimentos de
origen animal, movilizando recursos para su atención, orientando las actividades de salud
animal no sólo hacia la protección de la producción, sino también, hacia su fomento.
11.3. METAS
Lograr la sanción de ordenanzas municipales en el CIENTO POR CIENTO (100%) de los
municipios.
11.4. ACCIONES
11.4.1. Habilitación municipal de radicación.
11.4.2. Acreditación de la posesión del predio y de los porcinos.
11.4.3. Implantación y control de la identificación de los porcinos.
11.4.4. Posesión de boleto de señal a su nombre.

�11.4.5. Limitación de los predios, de tal manera que los cerdos no se escapen invadiendo otra
propiedad o la vía pública.
11.4.6. Regulación de las condiciones estructurales, edilicias o de manejo, para prevenir la
existencia de roedores (ratones o ratas), debiéndose implementar sistemas para su control.
11.4.7. Relevamiento de las explotaciones porcinas y registro municipal de criadores de
cerdos.
11.4.8. Implantación de controles bromatológicos, incluyendo:
11.4.8.1. La totalidad de los establecimientos que comercialicen o industrialicen productos y
subproductos a partir de carne porcina. Deberán contar en todos los casos con las
certificaciones que acrediten la procedencia de la materia prima utilizada.
11.4.8.2. Todas las carnes de cerdos destinadas al consumo humano deberán proceder de
animales con resultado negativo a las pruebas diagnósticas.
11.4.9. Desarrollo de contenidos de una campaña de difusión sobre:
11.4.9.1. Prácticas de manejo sanitario en el ámbito de las explotaciones.
11.4.9.2. Medidas profilácticas en la elaboración de productos de cerdo.
11.4.9.3. Denuncia de la existencia de cerdos en predios o instalaciones no aptos para la
crianza.
11.4.10. Instauración de laboratorios con capacidad diagnóstica a fin de cubrir la totalidad de
la faena casera.
11.4.11. Eliminación de los cerdos de basurales o alimentados con basuras o residuos no
tratados.
11.4.12. Cercado de los basurales, sumando procedimientos de recolección de residuos
domiciliarios.
11.4.13. Asegurar la aplicación de las actividades de vigilancia epidemiológica en los
servicios médicos y veterinarios, atendiendo principalmente a:
11.4.13.1. Denuncia obligatoria de casos y sospechas.
11.4.13.2. Atención y protocolización de focos.
11.4.13.3. Saneamiento de sospechas y focos.

�11.4.14. Verificar condiciones higiénico-sanitarias de los alimentos.
11.4.15. Brindar la certeza a los consumidores del mismo nivel de protección de alimentos en
el conjunto de la comunidad.
11.4.16. Determinar y supervisar los riesgos para la salud de los consumidores vinculados con
las materias primas, las prácticas agrícolas y las actividades de procesamiento de alimentos.
11.4.17. Fijar aranceles de radicación de explotaciones, con el fin de aplicarlos a la gratuidad
de los diagnósticos y a la indemnización de los porcinos positivos.
12. COMPONENTE PROGRAMA OPERATIVO ANUAL
12.1. OBJETIVO
Determinar con antelación las actividades que se ejecutarán y que correspondan a cada
Componente.
12.2. META
Redactar la totalidad de los programas operativos anuales contando con la aprobación del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la
Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) correspondiente.
12.3. ESTRATEGIA
Concretar la serie óptima de actividades para cada Componente, definida con precisión en
cuanto a carácter, cantidad, lugar y tiempo. Se establecerán los indicadores de evaluación,
calculando los recursos necesarios de financiación, materiales y mano de obra.
13. COMPONENTE REGIONES LIBRES
13.1. OBJETIVO
Declarar las regiones en las que no hubo ocurrencia de casos de Trichinelosis, demostrando
que en la población porcina no está presente la enfermedad. Obtener el reconocimiento de
región libre de esta enfermedad; su mantenimiento será importante a fin de comercializar
porcinos con menores restricciones.
13.2. METAS
Declarar libres de Triquinosis a las Regiones del Noroeste Argentino (Provincias de JUJUY,
SALTA, TUCUMAN y CATAMARCA) y de Cuyo (Provincias de LA RIOJA, SAN JUAN y
MENDOZA).

�13.3. ESTRATEGIA
Ejecución de la totalidad de las acciones sanitarias previstas y realización de muestreos
diagnósticos de alta sensibilidad, a fin de proceder a la eliminación de todos los casos de
Trichinelosis.
13.4. ACCIONES
13.4.1. Control de ingreso en la movilización de los porcinos.
13.4.2. Registro exhaustivo de todos los predios con porcinos.
13.4.3. Vigilancia epidemiológica y diagnóstico integral de laboratorio.
13.4.4. Campañas de sensibilización de los sectores ganaderos y profesionales relacionados
con la sanidad animal, para que denuncien presencia de casos de enfermedad.
13.4.5. Campaña de divulgación para el público en general, destacando el impacto económico
que se logró con la erradicación y los riesgos de su reintroducción.
13.4.6. Determinación de costo/beneficio; implicaciones sociales y políticas.
13.4.7. Apoyo legal.
13.4.8. Capacitación en los procedimientos de erradicación.
13.4.9. Control en la movilización y cuarentena de los porcinos.
13.4.10. Efectuar simulacros sobre la introducción de la enfermedad.
13.5. CONDICIONES
Se podrán considerar zonas o áreas libres de Triquinosis cuando:
13.5.1. Exista un sistema eficaz de vigilancia de la enfermedad que permita detectar la
aparición de casos.
13.5.2. Se haya comprobado que la población de porcinos domésticos de la región
considerada esté libre de infestación por Trichinelosis; ello debido a una vigilancia constante
de la población porcina con un método de diagnóstico reconocido que permita asegurar que:
13.5.2.1. Durante un período de CINCO (5) años, una muestra representativa de la población
de cerdas sacrificadas haya sido sometida a una encuesta de diagnóstico (Digestión
Enzimática Artificial y Elisa) que con un NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) de
probabilidades de detectar la Triquinosis si su prevalencia es superior a un CERO COMA

�CERO DOS POR CIENTO (0,02%) y durante ese período de CINCO (5) años, una muestra
representativa de la población porcina sacrificada anualmente haya sido sometida a una
encuesta continua con un NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) de probabilidades de
detectar la Triquinosis si su prevalencia es superior a un CERO COMA CERO UNO POR
CIENTO (0,01%).
13.5.2.2. La población de cerdas sacrificadas haya sido sometida cada TRES (3) años a una
encuesta serológica, con un NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) de probabilidades
de detectar la Triquinelosis si su prevalencia es superior a un CERO COMA DOS POR
CIENTO (0,2%), y se puede reducir la encuesta continua relativa a los tejidos extraídos de la
población porcina sacrificada para detectar una prevalencia del CERO COMA CINCO POR
CIENTO (0,5%) sobre una base anual.
13.5.3. Si el territorio considerado reúne las siguientes condiciones:
13.5.3.1. No se haya señalado caso alguno de Triquinosis en la población porcina doméstica
durante, por lo menos, los CINCO (5) últimos años.
13.5.3.2. Las especies salvajes sensibles sean periódicamente objeto de un programa de
vigilancia que incluya pruebas serológicas y epidemiológicas y ninguna haya revelado la
presencia de Triquinosis.
13.5.4. La vigilancia constante descripta en el Numeral 13.5.2. del presente Anexo se lleve a
cabo prioritariamente allí donde se observó la infestación por última vez.
13.5.5. Cualquier sospecha de la enfermedad de lugar a una investigación en la explotación de
origen, a la reclusión de los animales y a la realización de pruebas de laboratorio.
13.5.6. Si se confirma el diagnóstico de Triquinosis, la explotación afectada sea declarada
incapacitada y sometida a medidas profilácticas de sacrificio sanitario y lucha contra los
roedores.
13.5.7. Cualquier caso de Triquinelosis humana es objeto de una indagación para determinar
su origen animal.
14. COMPONENTE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA
14.1. OBJETIVO
Conocer la evolución de los factores que condicionan la presentación de la enfermedad y
evaluar el riesgo de diseminación y de introducción del parásito.
14.2. ESTRATEGIA
14.2.1. Definir, recopilar y analizar la información necesaria y los indicadores
epidemiológicos que representan la situación de la enfermedad en el país y las provincias, al

�igual que en el ámbito regional. Realizar estudios que permitan profundizar en el
conocimiento de la epidemiología de la Triquinosis en el país y los estudios que permitan
determinar la factibilidad técnica para realizar los cambios de etapas de control, erradicación
y libre.
14.2.2. Diseñar y analizar las encuestas por muestreo para la declaración de predio, zona y
país libre de la enfermedad.
14.2.3. Diseñar y analizar la encuesta para determinar nivel de conocimiento y
comportamiento de los propietarios.
14.3. METAS
14.3.1. Elaborar un informe mensual resumido que entregue a nivel central y regional una
visión de la presentación y distribución de la Triquinosis en cada provincia.
14.3.2. Elaborar un informe anual detallado que incluya análisis de las actividades realizadas
y determinar los factores de riesgo que influyan en el equilibrio de los factores
epidemiológicos.
14.3.3. Realizar estudios para determinar la ampliación de las zonas libre y de erradicación,
así como la declaración de Predios Libres, Región y País Libre de Triquinosis.
14.4. ACCIONES
14.4.1. Definir el tipo y frecuencia de la información requerida en el ámbito nacional,
incluyendo sus diferentes provincias.
14.4.2. Elaborar y seleccionar indicadores de vigilancia epidemiológica en el ámbito
provincial y de fronteras internacionales con cada uno de los países limítrofes.
14.4.3. Analizar la información recibida y procesada.
14.4.4. Recopilar y analizar información de carácter epidemiológico.
14.4.5. Elaborar un informe mensual de situación del país.
14.4.6. Realizar estudios epidemiológicos conducentes a determinar características del
parásito en terreno.
14.4.7. Mantener al día la información referente a la situación epidemiológica de la
Triquinosis en el mundo.
14.4.8. Realizar estudios de factibilidad para determinar predios y zonas libres.

�14.4.9. Realizar estudios para caracterizar zonas de erradicación.
14.4.10. Realizar estudios de factibilidad para la ampliación de zonas de erradicación.
14.4.11. Mantener un sistema de muestreo permanente en los mataderos y frigoríficos con
habilitación nacional o provincial, con una frecuencia que variará de acuerdo al avance en las
etapas del Programa.
14.4.12. Identificar las fuentes de origen de desperdicios utilizados en la alimentación de
cerdos.
14.4.13. Realizar el diseño de muestreo para conocer el comportamiento de los propietarios.
14.4.14. Realizar diseño de muestreo para caracterizar zona de erradicación.
14.4.15. Realizar diseño de muestreo para ampliación de zona de erradicación.
14.4.16. Diseñar muestreos serológicos para la declaración de Predio Libre, Región Libre y
País Libre de Triquinosis.
15. COMPONENTE INFORMACION
15.1. OBJETIVOS
Establecimiento y manutención de un sistema de información que permita tener un
conocimiento permanente de la evolución de la enfermedad y de la marcha del Programa, en
lo que se refiere a actividades realizadas y grado de cumplimiento de metas y objetivos.
15.2. ESTRATEGIA
Implantar un sistema de información que permita obtener periódicamente información
referente al cumplimiento de los objetivos de cada Componente, de las actividades y de la
utilización de recursos humanos y materiales.
15.3. META
Establecer un sistema de información en el primer semestre del año del Programa.
15.4. ACCIONES
15.4.1. Recolectar la información de acuerdo a los indicadores seleccionados para su
evaluación.
15.4.2. Determinar los mecanismos de recolección y registro.

�15.4.3. Confeccionar los manuales de procedimiento en lo que se refiere a recolección,
procesamiento, análisis y publicación de la información, de acuerdo a las necesidades del
Programa.
15.4.4. Registrar, analizar y emitir informes periódicos sobre el CIENTO POR CIENTO
(100%) de la información producida por el Programa.
15.4.5. Elaborar un boletín anual sobre Evaluación de Actividades y Avance del Programa.
16. COMPONENTE SANEAMIENTO DE BASURALES
16.1. OBJETIVO
Eliminar los cerdos de basurales o alimentados con basuras o residuos no tratados y obligar al
cercado de los basurales.
16.2. META
Relevar el CIENTO POR CIENTO (100%) de los municipios a fin de constatar la situación
existente con respecto a los basurales u otros lugares de depósito de residuos domiciliarios.
16.3. ESTRATEGIA
Formalizar acuerdos con los municipios y sectores involucrados a efectos de erradicar los
basurales abiertos, eliminando en todos los casos la existencia de porcinos en los mismos,
sancionando las ordenanzas correspondientes.
16.4. ACCIONES
16.4.1. Relevamiento permanente.
16.4.2. Fortalecimiento y definición de los procedimientos de concertación.
16.4.3. Manejo de los desperdicios.
17. COMPONENTE EMERGENCIA
17.1. OBJETIVO
Detectar zonas o regiones endémicas y de alto riesgo sanitario y de salud pública, y ante la
evidencia de la existencia de endemicidad proceder a la declaración de la zona interdicta,
implantando metodologías extraordinarias para el control y erradicación de la enfermedad.
17.2. ESTRATEGIA

�Cuando la gravedad de las circunstancias lo requieran se efectuará la declaración de
infestación de Triquinosis porcina, atendiendo y poniendo en ejecución todos los medios de
lucha contenidos en la Ley de Policía Sanitaria Animal Nº 3.959 y sus decretos
reglamentarios.
17.3. META
Identificar la totalidad de las zonas o jurisdicciones endémicas.
17.4. ACCIONES
17.4.1. Relevamiento de productores y tenedores de porcinos y de la población porcina.
17.4.2. Interdicción de todos los establecimientos productores y/o con tenencia de porcinos,
debiendo presentar el productor y/o tenedor, en el momento de la interdicción, una
Declaración Jurada de la existencia de porcinos detallando las categorías.
17.4.3. Prohibición de los remates feria y concentraciones de porcinos con cualquier origen y
destino.
17.4.4. Egreso de porcinos con destino exclusivo a faena en plantas faenadoras que realicen
como método diagnóstico "post mortem" la digestión enzimática.
17.4.5. La comercialización de reproductores se realizará únicamente de un establecimiento a
otro, con diagnóstico negativo a las pruebas de Triquinosis por inmunodiagnóstico u otra
técnica que en su reemplazo se determine.
17.4.6. En los casos en que los análisis efectuados arrojaran resultado positivo se decomisará
lo faenado y se considerará al establecimiento infestado de Triquinosis, autorizándose
solamente la salida de porcinos a faena sanitaria controlada realizándose el diagnóstico por
digestión enzimática.
17.4.7. Estricto control de tránsito de porcinos en pie y de sus productos, subproductos y
derivados, los que deberán estar debidamente amparados por la documentación sanitaria
pertinente, procediéndose en caso de ausencia al decomiso y destrucción en forma inmediata.
17.4.8. Relevamiento de las plantas de faena de porcinos y elaboradores de chacinados,
distribuidoras y bocas de expendio, a fin de efectuar un amplio y estricto control sanitario.
17.4.9. En las plantas de faena se dispondrá que:
17.4.9.1. A los porcinos destinados a faena provenientes de la zona declarada en estado de
Emergencia Sanitaria se les realizará diagnóstico individual de Triquinelosis mediante el
método de digestión enzimática, procediéndose a identificar a las reses por número
correlativo, de conformidad con lo establecido en el Numeral 11.5.58 del Decreto Nº 4.238 de
fecha 19 de julio de 1968, sustituido por el Artículo 2º de la Resolución Nº 1.629 de fecha 30

�de diciembre de 1994 del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, organismo
descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS.
17.4.9.2. Toda materia prima, producto, subproducto o derivado de origen porcino destinado
al consumo, elaboración, depósito u otros destinos que se encuentren en tránsito, deberá estar
amparada permanentemente y por destino con UN (1) Permiso de Tránsito Restringido.
17.4.9.3. Se practicará un estricto control de toda la documentación sanitaria que avale la
procedencia y origen de toda la mercadería remitida de un establecimiento a otro de cualquier
tipo, ya sea faenador, chacinador, distribuidor o boca de expendio que procese o comercialice
porcinos o sus derivados.
17.4.10. Verificación de la técnica de inmunodiagnóstico y de digestión artificial.
17.4.11. Sanción de una norma provincial que contemple los requisitos higiénicos, sanitarios
y edilicios, que propendan a un eficaz ordenamiento de las explotaciones porcinas.
17.4.12. Instar a la población a fin de que se abstenga de efectuar faenas caseras o el consumo
de productos provenientes de ese origen.
17.4.13. Requerimiento a los Colegios y Consejos de Médicos y de Médicos Veterinarios, la
colaboración en la implementación de un Plan de Educación Sanitaria para la zona.
18. COMPONENTE HABILITACION Y SANEAMIENTO DE PREDIOS
18.1. OBJETIVO
18.1.1. Fiscalizar la adecuación de la infraestructura y habilitación de los predios con porcinos
en zonas permitidas por las autoridades municipales o provinciales, para lo cual los
propietarios deberán contar con los permisos o certificaciones correspondientes.
18.1.2. Verificar que los predios cuenten con las instalaciones que aseguren la efectiva
contención de los porcinos en su interior y reúnan las condiciones higiénico-sanitarias
compatibles con el bienestar y la salud de los animales alojados.
18.1.3. Verificar los sistemas de alimentación y los productos utilizados para la misma, como
así también los procedimientos y tratamientos a que son sometidos.
18.2. META
Encuadrar al CIENTO POR CIENTO (100%) de los predios con porcinos dentro de las
exigencias y requisitos de habilitación y alimentación.
18.3. ESTRATEGIA

�Clasificar la totalidad de los predios de acuerdo a la siguiente definición:
Cabaña: Es el predio dedicado especialmente a la explotación y tenencia de reproductores de
alto valor genético, puros de pedigrí o híbridos y los porcinos que habitan dicha superficie.
Criadero Comercial: Es el predio destinado a la cría de cerdos para el consumo, venta de
reproductores o cerdos para engorde de su propia producción, sin efectuar introducción de
cerdos para recría o engorde de otro origen.
Acopiador: Es aquel en el que se adquieren porcinos en distintas cantidades y se
comercializan a otros destinos.
Engordador o Invernador: Es aquel predio cuya finalidad es el engorde para faena y en el cual
ingresan porcinos desde otros orígenes además del propio.
Familiar: Es aquel predio porcino para sustento familiar.
Familiar de Subsistencia: Es aquel predio en que la existencia de solo porcinos es igual o
menor a DIEZ (10).
18.4. ACCIONES
18.4.1. Relevamiento permanente.
18.4.2. Control y fiscalización de condiciones.
18.4.3. Verificación de condiciones de acuerdo a las normas locales.
18.4.4. Adecuación y equiparación de exigencias.
18.4.5. Verificación de modalidades de alimentación.
18.4.6. Relevamiento de las explotaciones porcinas y registro municipal de criadores de
cerdos.
18.4.7. Identificación de predios que alimentan cerdos con desperdicios.
18.5. CONDICIONES
Todo productor o tenedor de porcinos, ya sea persona física o jurídica, acreditará y reunirá las
siguientes condiciones de su establecimiento o predio:
18.5.1. Contar con una autorización provincial o municipal de radicación cuando ésta
corresponda de acuerdo a la legislación específica.

�18.5.2. El lugar o predio donde se alojan los porcinos debe estar limitado de tal manera que no
se escapen invadiendo otra propiedad o la vía pública.
18.5.3. El lugar no debe favorecer por sus condiciones estructurales, edilicias o de manejo, la
existencia de roedores (ratones o ratas), debiéndose implementar sistemas para su control.
18.5.4. Contar con instalaciones mínimas que permitan la realización de maniobras sanitarias
(vacunación, sangrado, tratamiento) e identificación de porcinos.
18.5.5. El propietario de los porcinos debe tener boleto de señal a su nombre, otorgado por la
autoridad competente.
18.5.6. En caso de realizarse la alimentación de los porcinos, o parte de ella, con desechos de
comidas de restaurantes o panificadoras, subproductos de carnicerías, mataderos, industrias
cárnicas o lácteas u otros desechos de origen animal, los que deberán estar sometidos a
proceso térmico que garantice la ausencia de agentes patógenos antes de ser suministrados
como alimento, siendo corresponsabilidad del productor y del Veterinario Acreditado la
verificación del cumplimiento del proceso térmico correcto.
19. COMPONENTE IDENTIFICACION
19.1. OBJETIVO
Implementación de un sistema nacional de identificación de los cerdos domésticos en su
explotación de origen con una marca indeleble con identificación de su piara, empleando un
método fiable de rastreabilidad.
19.2. META
Identificación del CIENTO POR CIENTO (100%) de los cerdos movilizados, con cualquier
origen y destino.
19.3. ESTRATEGIA
Todo propietario de los porcinos debe tener boleto de señal a su nombre, otorgado por la
autoridad competente; los porcinos serán identificados por este método u otro que se
incorpore a fin de que la totalidad de los porcinos se encuentren identificados.
19.4. ACCIONES
Verificación de la identificación en frigoríficos, remates feria, etcétera.
20. COMPONENTE PORCINOS LIBRES DE TRICHINELLA
20.1. OBJETIVO

�Desarrollar un sistema de certificación de porcinos libres de Triquinosis y de práctica de
producción libre de Trichinella.
20.2. ESTRATEGIA
Certificación de predios como libres de Trichinella, basados en buenas prácticas de gestión,
que eliminen el riesgo de exposición, organizados administrativamente para permitir tener la
documentación adecuada de los rodeos certificados, según los requisitos establecidos en el
Anexo III de la presente resolución.
20.3. META
20.3.1. Detectar y certificar la totalidad de los establecimientos que cumplan con las
exigencias del Anexo III de la presente resolución.
20.3.2. Incorporar a esta clasificación el CIENTO POR CIENTO (100%) de los predios con
bioseguridad A y B.
20.4. ACCIONES
20.4.1. Emitir certificaciones y mantener registros de los campos certificados.
20.4.2. Realizar, periódicamente, auditorías en el lugar de los productores certificados para
asegurar la integridad del sistema.
20.4.3. Realizar análisis serológicos, en forma periódica, de cerdos que provienen de campos
certificados para verificar la ausencia de infección. Se deben realizar análisis en forma
individual y con métodos aprobados a los cerdos criados en campos, que no reúnan las
condiciones de producción libre de Triquinosis.
21. COMPONENTE ATENCION DE FOCOS
21.1. OBJETIVO
Protocolizar la totalidad de los focos que se denuncien o se detecten, confeccionando además
las Actas de acuerdo a los formularios y determinando la metodología para la erradicación del
foco contenidas en el Anexo IV de la presente resolución. La totalidad de los gastos que
demanden las intervenciones en los establecimientos declarados infectados de Trichinelosis
correrá por cuenta del interesado.
21.2. ESTRATEGIAS
Controlar todas las situaciones donde se detecte presencia de Triquinosis y tomar las medidas
necesarias para impedir su diseminación, de acuerdo a la estrategia definida para las zonas
epidemiológicas correspondientes, atendiendo a las pautas técnicas del Anexo IV de la
presente resolución.

�Ante la sospecha o detección de un foco se aplicarán las medidas de cuarentena y, de
confirmar la enfermedad, se dispondrá el sacrificio de los enfermos y contactos en mataderos
autorizados.
Paralelamente se realizará un seguimiento del foco en predios, ferias, mataderos y basurales
para determinar el origen y la posible diseminación de la infección.
21.3. META
Atender el CIENTO POR CIENTO (100%) de los focos, pesquisar sus fuentes de origen y
controlar periódicamente los lugares de alto riesgo de diseminación de la enfermedad (faenas
caseras, mataderos, basurales, etcétera.).
21.4. ACCIONES
21.4.1. Recibir, registrar y atender denuncias.
21.4.2. Controlar los focos de la enfermedad.
21.4.3. Controlar en forma periódica mataderos, ferias y basurales.
21.4.4. Realizar seguimiento de focos en ferias, mataderos y predios, a fin de detectar el
origen del contagio.
21.4.5. Seleccionar y autorizar mataderos para la faena de porcinos enfermos y contactos en la
zona de erradicación.
21.4.6. Certificar reproductores con destino a zona de erradicación y zona libre.
21.4.7. Autorizar el embarque de cerdos para faenamiento en zona de erradicación.
22. COMPONENTE MOVIMIENTOS
22.1. OBJETIVO
Lograr que la totalidad de los movimientos de porcinos se efectúe cumplimentando las
normas vigentes.
22.2. METAS
Controlar y auditar el CIENTO POR CIENTO (100%) de los movimientos.
22.3. ESTRATEGIA

�Efectuar controles permanentes en la totalidad de los lugares habilitados para expedir el
Documento para el Tránsito de Animales (DTA), corroborando el cumplimiento de las
exigencias sanitarias vigentes.
22.4. ACCIONES
22.4.1. Controlar la normativa vigente con respecto al Documento para el Tránsito de
Animales (DTA).
22.4.2. Verificar la identificación de propiedad (señal u otro método oficialmente autorizado).
22.4.3. Requerir la inscripción en el Registro Nacional Sanitario de Productores
Agropecuarios (RENSPA) de todos los predios productores de cerdos.
23. COMPONENTE REMATES FERIA, CONCENTRACIONES Y EXPOSICIONES
23.1. OBJETIVO
Controlar e inspeccionar la totalidad de las concentraciones, subastas y remates feria que se
realicen, a fin de constatar el estado sanitario.
23.2. ESTRATEGIA
Disponer la concurrencia de los inspectores sanitarios a la totalidad de las concentraciones y
subastas de porcinos.
23.3. METAS
Desarrollar el control sanitario en el CIENTO POR CIENTO (100%) de las concentraciones
de porcinos.
23.4. ACCIONES
23.4.1. Extender la autorización por escrito a las firmas martilleras interesadas en la
realización de subastas o concentraciones.
23.4.2. Verificar que las tropas ingresen al local del remate feria amparadas por el Documento
para el Tránsito de Animales (DTA).
23.4.3. Verificar que en el Documento para el Tránsito de Animales (DTA) se detalle
claramente la señal de propiedad correspondiente al establecimiento de origen y los datos del
propietario, según su procedencia y remitente.
24. COMPONENTE REGISTRO DE LABORATORIOS

�24.1. OBJETIVO
Registrar la totalidad de los laboratorios existentes en todos los ámbitos que efectúen
diagnósticos de Triquinosis, unificando las técnicas diagnósticas.
24.2. META
Lograr que el CIENTO POR CIENTO (100%) de los laboratorios de diagnóstico de Triquina
se encuentren registrados y acreditados, realizando la misma técnica diagnóstica.
24.3. ESTRATEGIA
Relevamiento exhaustivo de la totalidad de los laboratorios existentes a fin de implementar
solamente las técnicas de diagnóstico reconocidas.
24.4. ACCIONES
24.4.1. Relevamiento permanente.
24.4.2. Determinar los procedimientos de monitoreo y auditoría de las actividades y
certificaciones realizadas por los laboratorios.
24.4.3. Ejecución de auditorías.
24.4.4. Actualizar los listados de laboratorios existentes.
24.4.5. Recopilar información con respecto a los diagnósticos realizados y resultados.
25. COMPONENTE DIAGNOSTICO
25.1. OBJETIVO
Realizar la unificación de las técnicas diagnósticas y el diagnóstico integral, preciso y rápido
de todos los casos en que se sospeche Triquinosis de acuerdo al Anexo V de la presente
resolución.
25.2. ESTRATEGIA
Unificar en todos los ámbitos y mantener el uso de las técnicas más eficientes para la
detección de la enfermedad en cerdos vivos y en faena; establecer de acuerdo a lo regulado
por la Resolución Nº 740 del 13 de julio de 1999 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de exSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del
entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Técnica

�Diagnóstica de Digestión Artificial para la investigación del parásito Trichinella spiralis en las
carnes porcinas para consumo, de acuerdo a los siguientes pesos de las muestras musculares:
25.2.1. Faena de Rutina: Diagnóstico Individual: muestra de VEINTE (20) ramos de músculo.
Diagnóstico en Muestras Agrupadas: muestra de CINCO (5) gramos de músculo hasta
completar, como mínimo, un grupo de VEINTE (20) gramos.
25.2.2. Faena de Porcinos Sospechosos de Trichinelosis: Diagnóstico Individual: muestra de
VEINTE (20) gramos de músculo. Diagnóstico en Muestras Agrupadas: muestras de DIEZ
(10) gramos de músculo hasta completar, como mínimo, un grupo de VEINTE (20) gramos.
25.3. META
Implementar y unificar las técnicas diagnósticas en la totalidad de los laboratorios o lugares
de diagnóstico y analizar el CIENTO POR CIENTO (100%) de las muestras recibidas.
25.4. ACCIONES
25.4.1. Mantener en funcionamiento las siguientes técnicas con fines diagnósticos: Elisa y
Digestión Enzimática.
25.4.2. Realizar el diagnóstico de las muestras recibidas en sospecha de foco.
25.4.3. Realizar el análisis de las muestras recibidas del muestreo sistemático a nivel de
matadero.
25.4.4. Analizar las muestras de los estudios serológicos a realizar para la declaración de zona
y país libre.
25.4.5. Realizar las pruebas de laboratorio necesarias para la certificación de reproductores
con destino a zonas de erradicación o libres.
26. COMPONENTE EDUCACION SANITARIA
26.1. OBJETIVOS
Elevar el grado de conocimiento de la enfermedad por parte de la comunidad, a fin de
aumentar el grado de notificación e informar sobre el objetivo y las actividades del Programa,
con el objeto de lograr la colaboración de los productores y de las entidades afines.
26.2. ESTRATEGIA
Detectar el nivel de conocimiento de la comunidad con relación a la Triquinosis y elaborar y
distribuir material educativo e informativo relativo a la enfermedad y a las actividades del
Programa en las distintas zonas epidemiológicas.

�26.3. METAS
26.3.1. El CIENTO POR CIENTO (100%) de los tenedores de cerdos conocerá las medidas
sanitarias a aplicar frente a la presentación de la enfermedad.
26.3.2. Los productores y pequeños propietarios de cerdos, así como todos los organismos
vinculados al problema, estarán informados de las características de las zonas de control,
erradicación y libres y de los predios libres, una vez éstas hayan sido declaradas como tales.
26.4. ACCIONES
26.4.1. Realizar una encuesta por muestreo a los propietarios de cerdos para determinar el
grado de conocimiento y comportamiento frente a la Triquinosis.
26.4.2. Colaborar en la capacitación de los Médicos Veterinarios que participarán en la
aplicación de la encuesta.
26.4.3. Participar en la definición de los contenidos del material informativo y educativo.
26.4.4. Promover y participar en la ejecución de charlas y reuniones con organismos
agropecuarios vinculados al problema y a la comunidad del sector rural.
26.4.5. Participar en charlas y reuniones con personal de aduanas y policía que se desempeñe
en puertos, aeropuertos y pasos fronterizos.
27. COMPONENTE CAPACITACION
27.1. OBJETIVO
Lograr que los funcionarios de los organismos o entes sanitarios que participan reciban la
capacitación necesaria para cumplir con las funciones que les han sido asignadas.
27.2. METAS
27.2.1. El CIENTO POR CIENTO (100%) de los Médicos Veterinarios que participen en el
Programa serán capacitados por medio de la realización de cursos de una duración de TRES
(3) días, todos los años.
27.2.2. Se realizarán cursos para Médicos Veterinarios que trabajen en frigoríficos, mataderos
y ferias.
27.2.3. Se capacitarán DOS (2) profesionales de diagnóstico y saneamiento y epidemiología
de la Triquinosis.
27.2.4. Se capacitará UN (1) profesional en administración de proyectos de salud animal.

�27.3. ESTRATEGIA
27.3.1. Efectuar cursos de capacitación a Médicos Veterinarios sobre etiología, patología,
diagnóstico y epidemiología de la enfermedad, aspectos generales del Programa, legislación
vigente y medidas a tomar frente a un foco.
27.3.2. Efectuar cursos de capacitación a Médicos Veterinarios de ferias y mataderos en
aspectos generales del Programa de Control y Erradicación de la Triquinosis Porcina en la
REPUBLICA ARGENTINA y de la enfermedad, relacionados con la función que deben
cumplir.
27.3.3. Capacitación internacional a profesionales del Programa de Control y Erradicación de
la Triquinosis Porcina en la REPUBLICA ARGENTINA en las siguientes áreas: Diagnóstico,
Administración de Programas de Salud Animal, Evaluación Económica de Proyectos de Salud
Animal y Epidemiología.
27.4. ACCIONES
27.4.1. Preparar el material de apoyo necesario para la capacitación de Médicos Veterinarios
de los Servicios Oficiales y de aquellos que trabajen en ferias y mataderos.
27.4.2. Efectuar cursos anuales de capacitación.
27.4.3. Efectuar cursos de capacitación para Médicos Veterinarios de ferias y mataderos.
27.4.4. Hacer uso de becas de capacitación en el extranjero.
28. COMPONENTE LEGISLACION
28.1. OBJETIVO
Disponer de un cuerpo legal adecuado a los requerimientos del Programa que permita su fácil
interpretación y aplicación integral, unificando la legislación vigente a nivel provincial y
municipal.
28.2. META
Contar desde el inicio del Programa con una reglamentación legal adecuada, suficiente y
unificada.
28.3. ACCIONES
28.3.1. Compilar las normas existentes en vigencia.

�28.3.2. Suprimir, modificar y complementarlas, con el objeto de establecer un texto conexo,
codificado, adecuado a las necesidades del Programa y al conocimiento actual de la
enfermedad.
28.3.3. Obtener su promulgación y publicación para uso del personal, porcicultores y sus
organizaciones y organismos relacionados o vinculados con la actividad porcina.
28.3.4. Tramitar resoluciones para declaración de predio, región y país libre.
29. COMPONENTE AUDITORIA
29.1. OBJETIVO
Efectuar la auditoría técnica y administrativa de la totalidad de las acciones en el ámbito local
y provincial, a través de las Oficinas Locales y las Supervisiones Regionales.
29.1.1. Determinar la razonabilidad de la información sanitaria generada.
29.1.2. Establecer si se ha cumplido con la normativa aplicable.
29.1.3. Comprobar si los recursos públicos se han utilizado en forma económica y eficiente.
29.1.4. Determinar el grado en que se han alcanzado los objetivos previstos.
29.1.5. Promover mejoras en los sistemas técnico- administrativos, en las operaciones y en el
control interno.
29.1.6. Corroborar la información generada a niveles regional y local.
29.2. META
Auditar el CIENTO POR CIENTO (100%) de los ámbitos regional y local en los que se
desarrollen acciones específicas del Programa.
29.3. ESTRATEGIA
Efectuar un examen estructurado de registros u otra búsqueda de evidencia con el propósito
de sustentar una evaluación, recomendación u opinión profesional con respecto a:
29.3.1. la consistencia de los sistemas de información y control;
29.3.2. la eficiencia y efectividad de los programas y operaciones;
29.3.3. el fiel cumplimiento de los reglamentos y políticas prescriptos;

�29.3.4. la razonabilidad de la situación sanitaria que pretenden revelar las condiciones
actuales; y
29.3.5. los resultados de pasadas operaciones del Programa.
29.4. ACCIONES
29.4.1. Confección de información sustantiva.
29.4.2. Implementación de acciones correctivas.
29.4.3. Difusión de los resultados obtenidos, el seguimiento de las operaciones y la
supervisión del personal.
29.4.4. Evaluación y retroalimentación de los planes.
ANEXO II
REQUISITOS DE ALIMENTACION
1. Prohíbese la alimentación de animales de la especie porcina con:
1.1. Vísceras crudas de cualquier origen.
1.2. Residuos domiciliarios.
1.3. Residuos de hospitales, sanatorios, clínicas, dispensarios y/o casas de salud.
1.4. Residuos procedentes de puertos y aeropuertos nacionales y/o internacionales.
2. Autorízase la alimentación de animales de la especie porcina con restos de sustancias
alimenticias de origen animal procedentes de comercios habilitados por la autoridad
competente para la elaboración, el fraccionamiento, la manufactura y/o venta de alimentos.
Esta autorización queda condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos:
2.1. Que los restos involucrados sean sometidos en el lugar donde se alimentan los cerdos a
un proceso de cocción que asegure la destrucción de organismos patógenos.
2.2. La existencia en el predio del equipamiento necesario para llevar a cabo lo exigido en el
numeral anterior, con una capacidad operativa que permita el tratamiento de la totalidad de los
restos en un plazo no mayor a las OCHO (8) horas de ingresados.
3. Autorízase la alimentación de animales de la especie porcina con desechos de digestor
procedentes de frigoríficos o mataderos habilitados oficialmente.

�4. Los restos mencionados en el numeral anterior deben ser amparados por un Certificado
Oficial emitido por la Inspección Veterinaria de la planta de origen donde se deje constancia
de:
4.1. Establecimiento de origen.
4.2. Establecimiento de destino.
4.3. Certificación de tratamientos térmicos.
4.4. Fecha y hora en que se retire la partida.
4.5. Constancia de ingreso al establecimiento destino mencionado, la que será archivada en el
establecimiento de origen.
5. Los desechos de digestor deben ser utilizados dentro de las OCHO (8) horas de retirados de
la planta de faena.
6. Finalizado el plazo establecido en el numeral anterior, los excedentes de los desechos
deben ser enterrados en una fosa sanitaria construida a tal fin.
7. Toda explotación porcina deberá permanecer libre de desperdicios de cualquier origen,
animales muertos de cualquier especie, residuos no comestibles y roedores.
ANEXO III
REQUISITOS PARA LA PRODUCCION DE CERDOS LIBRES DE TRICHINELLA
1. BARRERAS ARQUITECTONICAS Y DE MEDIO AMBIENTE.
1.1. Las instalaciones para cerdos deben estar construidas para prevenir que los roedores
entren en los locales.
1.2. Las aberturas, tales como ventilación o tuberías de agua, deben estar cubiertas con un
alambre de UN (1) centímetro de abertura o menos.
1.3. Las áreas circundantes dentro de los CIEN (100) metros de las construcciones para cerdos
estarán libres de basuras y roedores.
1.4. Se mantendrá un perímetro de DOS (2) metros de ripio o vegetación, cortada a una altura
no mayor a los DIEZ (10) centímetros alrededor de las instalaciones para cerdos.
Cuando se hayan realizado encuestas (válidas en forma de estadística) para mostrar
claramente que la prevalencia de Trichinella en las poblaciones más numerosas de predadores
(zorros, lobos, gatos) es de CERO COMA UNO POR CIENTO (0,1%) o menos, con el

�NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) de confianza, no se requerirán barreras
biológicas para producir cerdos libres de Trichinella. Sin embargo, deben cumplimentarse
otros requisitos que incluyen programas de control de roedores.
2. ALIMENTACION Y DEPOSITO DE ALIMENTOS.
2.1. Se mantendrá el alimento en sitios cerrados que no permitan el ingreso de roedores.
2.2. El alimento se comprará en lugares aprobados.
2.3. Los desechos de alimentos que contienen productos cárnicos se cocinarán de acuerdo con
las leyes de alimentos y de inactivación de Trichinella.
3. CONTROL DE ROEDORES.
3.1. Se mantendrá un programa de control de roedores documentado realizado por un
proveedor reconocido de control de pestes.
3.2. El proveedor reconocido de control de pestes no encontrará evidencia que indique la
presencia de roedores (madrigueras, huellas, materia fecal).
4. HIGIENE DEL CAMPO.
4.1. Los animales muertos se eliminarán dentro de las VEINTICUATRO (24) horas y por
medios sanitarios.
4.2. No habrá basurales en un radio de DOS (2) kilometros del campo.
5. ANIMALES NUEVOS.
5.1. Los animales nuevos que provengan de campos libres de Trichinella, se mantendrán en
cuarentena y se les realizarán análisis serológicos luego de las TRES (3) semanas, para
asegurar la ausencia de anticuerpos de Trichinella spiralis.
ANEXO IV
1. PAUTAS TECNICAS DE ATENCION DE FOCOS
Se considerará foco de Triquinosis a la aparición de UN (1) porcino o más con diagnóstico de
laboratorio positivo en un matadero, frigorífico, faenado en forma casera o en una explotación
pecuaria o locales, incluidos los edificios y dependencias contiguos, donde se encuentren
porcinos.

�Se considerará sospecha de Triquinosis a la aparición de porcinos con alguna sintomatología
similar a la Triquinosis y con el diagnóstico de laboratorio que indica la presencia de otra
enfermedad.
Se considerará explotación infestada de Triquinosis, a una explotación con porcinos
domésticos en la que la presencia de la infección ha sido confirmada por exámenes de
laboratorio.
La constatación de la infestación se podrá efectuar en cualquier laboratorio habilitado para el
diagnóstico.
1.1. Adopción de medidas preventivas.
1.1.1. Cuando en una explotación se encuentren UNO (1) o varios porcinos sospechosos de
Triquinosis, el Veterinario Local pondrá en marcha inmediatamente las medidas de
investigación oficiales para la confirmación o negación de la presencia de dicha enfermedad.
1.1.2. Desde la notificación de la sospecha el Veterinario Local colocará la explotación bajo
vigilancia oficial y adoptará las siguientes medidas cautelares:
1.1.2.1. El censado de todas las categorías de porcinos existentes en la explotación. El
recuento se actualizará en forma permanente y se comprobará en cada visita.
1.1.2.2. Todos los porcinos de la explotación serán mantenidos en lugares que pemitan su
aislamiento dentro de la misma explotación.
1.1.3. Quedará prohibida la entrada o salida de porcinos sin autorización en la explotación. El
Veterinario Local, si fuere necesario, podrá, cuando la enfermedad no se haya confirmado,
autorizar solamente la salida de los animales destinados al sacrificio bajo control oficial.
1.1.4. Se efectuará una encuesta epizootiológica.
1.1.5. Las medidas contempladas se anularán cuando se desestime oficialmente la sospecha de
Trichinelosis.
2. CONFIRMACION DE TRIQUINOSIS.
2.1. Cuando se confirme oficialmente la presencia de Triquinosis, el Veterinario Local
procederá a declarar oficialmente la enfermedad y efectuará:
2.1.1. El examen epizootiológico correspondiente.
2.1.2. El control de ingreso de porcinos a la explotación sin autorización, hasta un mínimo de
TREINTA (30) días después que hayan finalizado las operaciones de limpieza.

�2.1.3. El Veterinario Local podrá extender las medidas previstas en el numeral anterior a otras
explotaciones cuyos porcinos hayan podido contraer la infección como consecuencia de su
localización o su contacto directo o indirecto con la explotación infectada.
2.1.4. La interdicción provisoria del establecimiento.
2.2. El examen epizootiológico se referirá a:
2.2.1. La duración del período durante el cual puede haber existido Triquinosis en la
explotación, antes de su detección.
2.2.2. El posible origen de la Triquinosis de la explotación y la indicación de las demás
explotaciones en las que se encuentren porcinos que hayan podido resultar infectados a partir
de ese mismo origen.
2.3. Medidas en los posibles focos primarios de infección.
2.3.1. Las explotaciones en las que el Veterinario Oficial estime, según informaciones
confirmadas, que se ha podido introducir la Triquinosis, se someterán a una vigilancia oficial
que tendrá como objeto revelar inmediatamente cualquier sospecha de la enfermedad
Triquinosis, proceder al recuento y al control de los movimientos de porcinos, así como
iniciar eventualmente la aplicación total o parcial de las medidas previstas anteriormente.
2.3.2. El Veterinario Oficial podrá autorizar la salida de la explotación de porcinos que no
sean los que han motivado la aplicación de dichas medidas, para transportarlos directamente a
un matadero bajo control oficial con el fin de ser inmediatamente sacrificados.
2.3.3. En caso que se conceda una autorización para transportar porcinos al matadero, el
Veterinario Oficial adoptará las medidas necesarias para garantizar que el traslado y el
sacrificio de los animales cumplan las condiciones establecidas.
2.4. Zonas de protección y de vigilancia.
2.4.1. Inmediatamente después que se haya confirmado oficialmente el diagnóstico de
Triquinosis en una explotación, el Veterinario Oficial determinará alrededor del foco una zona
de protección que incluya los predios vecinos con porcinos.
2.4.2. Deberá tener en cuenta:
2.4.2.1. Los resultados de los estudios epidemiológicos efectuados.
2.4.2.2. Los diagnósticos de laboratorio de que se disponga.
2.4.2.3. La situación geográfica.
2.4.2.4. El emplazamiento y la proximidad de las explotaciones.

�2.4.2.5. La estructura del comercio de porcinos de reproducción y de faena y la disponibilidad
de matadero.
2.4.2.6. Los medios de control y la naturaleza de las medidas de control empleadas.
2.5. En caso que una zona abarque el territorio de más de UNA (1) Oficina Local, el
Veterinario Local de cada una de ellas lo comunicará para coordinar las actuaciones con el
objeto de establecer las correspondientes zonas.
2.6. En la zona de protección se aplicarán las siguientes medidas:
2.6.1. Se elaborará lo antes posible un censo de todas las explotaciones; una vez establecida la
zona, las explotaciones serán visitadas por un Veterinario Oficial.
2.6.2. No podrá entrar ni salir de la explotación porcino alguno sin la autorización de la
autoridad competente.
2.6.3. Los porcinos de todas las explotaciones se someterán a un examen clínico y de
laboratorio que permita averiguar que no presentan indicios de Triquinosis.
3. PROCEDIMIENTOS EN LOS FOCOS
3.1. El Veterinario Local procederá por sí en forma inmediata a la interdicción, identificación
individual de los porcinos, caravaneado (si correspondiere), y al comiso de los animales,
cuando se encuentre ante la presencia de UN (1) foco de Triquinelosis, constituyendo si fuese
necesario, al propietario, poseedor o tenedor de los animales, en depositario de los mismos,
labrándose las actas y confeccionando el protocolo.
3.2. El veterinario actuante deberá proceder de inmediato y en forma simultánea a:
3.2.1. Proceder al comiso de los porcinos, productos y subproductos que puedan configurar un
peligro para la salud humana o animal, labrándose el acta respectiva.
3.2.2. Designar la planta faenadora de acuerdo con la evaluación de las medidas de
bioseguridad informándole al Jefe del Servicio de Inspección Veterinaria de la planta
faenadora, a fin de que éste prevea las mejores condiciones para el cumplimiento de la tarea.
Las plantas faenadoras habilitadas por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA no podrán negarse a la faena de los porcinos que
motivaron las actuaciones, en salvaguarda de la salud pública.
3.2.3. Remitir los porcinos que estén en el establecimiento a la planta faenadora escogida, la
que deberá tener las instalaciones acondicionadas para proceder de inmediato a la faena.
3.2.4. Tomar contacto con los municipios respectivos a fin de solicitar colaboración para la
provisión de los elementos indispensables para actuar con la mayor celeridad sobre el
establecimiento y los animales interdictados.

�3.2.5. La Delegación Administrativa correspondiente, a pedido del Jefe de la Oficina Local,
dispondrá la remisión de los fondos necesarios para la ejecución de las medidas establecidas.
3.2.6. El Jefe del Servicio de Inspección Veterinaria de la planta escogida verificará el
diagnóstico de Triquinelosis por el método de digestión artificial y demás análisis que
pudieran corresponder, de acuerdo a la reglamentación vigente, para determinar la aptitud de
los animales de acuerdo a los informes de su procedencia, dando estricto cumplimiento a los
Capítulos X y XI del Decreto Nº 4238 del 19 de julio de 1968 y al Plan Nacional de Control
Higiénico-Sanitario, creado por Resolución Nº 215 de fecha 7 de abril de 1995 del exSERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL organismo descentralizado en la órbita de
la ex- SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
3.2.7. Si el producido de la faena debiera ser sometido a destrucción, el Jefe del Servicio de
Inspección Veterinaria procederá a tal fin, utilizando el método que considere más
conveniente, ágil, fehaciente y seguro, conforme al riesgo para la salud pública y/o animal,
debiendo estar presente en la operación hasta su finalización, junto al Jefe de la Oficina Local
o en quien éste delegue tal responsabilidad, firmando las actas respectivas.
3.2.8. La Dirección de Servicios Administrativos y Financieros dependiente de la Dirección
Nacional de Coordinación Técnica, Legal y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, procederá a la venta del producido de la
faena de la forma que considere más eficaz, ya sea por venta directa o subasta pública,
practicando la liquidación respectiva, previa deducción de gastos operativos, e ingresando el
remanente de la misma a la cuenta del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA que corresponda, quedando supeditada su entrega al propietario a
que no resulte infractor a la normativa vigente. Con posterioridad se remitirá a la
Coordinación de Infracciones de ese Organismo, los originales de todo lo actuado para
analizar la responsabilidad del presunto infractor en donde, además, se estudiará la
procedencia de formulación de la denuncia penal.
ANEXO V
TECNICA DE DIGESTION DE MUESTRAS AGRUPADAS CON UTILIZACION DE UN
AGITADOR MAGNETICO
Para el procesamiento de VEINTE (20) muestras agrupadas equivalentes a CIEN (100)
gramos de carne:
1. TOMA DE MUESTRAS:
1.1. Cuando las canales están enteras tomar UNA (1) muestra de aproximadamente
CUARENTA Y CINCO (45) gramos en UNO (1) de los pilares del diafragma, en la zona de
transición entre la parte muscular y la parte tendinosa. Si no hubiere pilar del diafragma, como
alternativa, puede tomarse la misma cantidad de muestra de la parte del diafragma situada

�cerca de las costillas, del esternón, de la musculatura de la base de la lengua, de los músculos
masticadores o de la musculatura abdominal.
1.2. Para los trozos de carne tomar UNA (1) muestra de aproximadamente CUARENTA Y
CINCO (45) gramos de los músculos esqueléticos que contengan poca grasa y, en la medida
que sea posible, cerca de los huesos o de los tendones.
1.3. Las muestras deberán liberarse de restos de aponeurosis, grasa y tendones.
1.4. Las muestras deberán ser identificadas individualmente; en caso que no sean procesadas
en el día de la extracción, deberán ser acondicionadas en envases individuales y refrigeradas.
2. CONSERVACION DE LAS MUESTRAS:
Las muestras que no sean procesadas en el día de la extracción deberán ser mantenidas en
refrigeración de entre CERO GRADO CENTIGRADO (0º C) y CUATRO GRADOS
CENTIGRADOS (4º C); en estas condiciones podrán ser procesadas hasta CUATRO (4) días
posteriores a la toma de muestra.
3. INSTRUMENTAL Y REACTIVOS:
3.1. UN (1) cuchillo y pinzas para la toma de muestras.
3.2. Bandejas divididas en VEINTE (20) cuadrados que puedan contener, cada uno, muestras
de músculo de CUARENTA Y CINCO (45) gramos, aproximadamente.
3.3. UNA (1) máquina picadora de carne (manual o eléctrica).
3.4. UN (1) agitador magnético provisto de una placa térmica de temperatura controlada y una
barra magnética (recubierta de teflón) de CINCO (5) centímetros aproximadamente.
3.5. Ampollas cónicas de separación (Squib) de una capacidad de DOS (2) litros.
3.6. Soportes con anillos y fijaciones.
3.7. Tamices, finura de la malla de CIENTO SETENTA Y SIETE (177) micrones, de un
diámetro exterior de ONCE (11) centímetros, provistos de UNA (1) rejilla de acero
inoxidable.
3.8. Embudos de un diámetro interior mínimo de DOCE (12) centímetros, destinados a recibir
el tamiz.
3.9. Un vaso de precipitado de DOS (2) litros.
3.10. Probetas graduadas de CINCUENTA (50) mililitros de capacidad.

�3.11. Pipeta de DIEZ (10) mililitros.
3.12. Propipeta de goma o bomba de vacío.
3.13. UN (1) triquinoscopio provisto de UNA (1) tabla horizontal o UN (1)
estereomicroscopio que disponga de una iluminación adecuada.
3.14. UNA (1) cubeta para el cómputo de larvas (en caso de utilización de un triquinoscopio).
La cubeta deberá estar formada por placas acrílicas de un espesor de TRES (3) milímetros y
deberá presentar las siguientes características:
3.14.1. Fondo de la cubeta: CIENTO OCHENTA (180) por CUARENTA (40) milímetros,
dividido en cuadrados.
3.14.2. Placas laterales: DOSCIENTOS TREINTA (230) por VEINTE (20) milímetros.
3.14.3. Placas frontales: CUARENTA (40) por VEINTE (20) milímetros.
El fondo y las placas frontales deberán estar fijos entre las placas laterales de manera que
formen DOS (2) pequeñas asas en los DOS (2) extremos. La parte superior del fondo deberá
estar entre SIETE (7) y NUEVE (9) milímetros más elevada con relación a la base del
cuadrado formado por las placas laterales y frontales; fijar las placas con un adhesivo
adecuado al material.
3.15. Varias placas de Petri, en caso de utilización de un estereomicroscopio, cuyo fondo se
ha grabado en cuadrados de DIEZ (10) por DIEZ (10) milímetros.
3.16. UNA (1) hoja de aluminio.
3.17. Acido Clorhídrico de TREINTA Y SIETE POR CIENTO (37%) (fumante).
3.18. Concentración de Pepsina: UNO EN DIEZ MIL según U.S. National Formulary
(1:10.000 N.F.); correspondiente a UNO EN DOCE MIL QUINIENTOS British
Pharmacopea (1:12.500 B.P.); correspondiente a DOS MIL Federación Internacional de
Farmacia (2.000 F.I.P) .
3.19. Papel indicador de pH, rango CERO (0) a SEIS (6).
3.20. Agua destilada calentada a una temperatura de CUARENTA Y CUATRO GRADOS
CENTIGRADOS (44º C) a CUARENTA Y SEIS GRADOS CENTIGRADOS (46º C).
3.21. Algunos recipientes de DIEZ (10) litros de capacidad que se utilizarán en el momento de
la contaminación del instrumental, mediante un tratamiento como el formol y para el líquido
de la digestión que quede en caso de resultado positivo.
3.22. Una balanza de precisión de CERO CON UN (0,1) gramos.

�3.23. Termómetro químico de CERO GRADOS CENTIGRADOS (0º C) a SESENTA
GRADOS CENTIGRADOS (60º C).
4. METODO:
4.1. Procedimiento de Digestión – [Indicativo para CIEN (100) gramos de músculo].
4.1.1. Grupos de VEINTE (20) muestras a la vez.
4.1.1.1. Triturar en la máquina de picar carne VEINTE (20) muestras de CINCO (5) gramos,
tomadas de cada muestra individual de acuerdo con las indicaciones en el Numeral 1 del
presente Anexo.
4.1.1.2. Llevar la carne picada a un vaso de precipitado de DOS (2) litros y espolvorearla con
QUINCE (15) gramos de pepsina. Introducir en el vaso de precipitado UN MIL
QUINIENTOS (1.500) mililitros de agua destilada calentada a una temperatura de
CUARENTA Y CUATRO GRADOS CENTIGRADOS (44º C) a CUARENTA Y SEIS
GRADOS CENTIGRADOS (46º C) y agregar QUINCE (15) mililitros de ácido clorhídrico.
4.1.1.3. Recuperar los restos de carne del recipiente de la picadora de carne y de la cuchilla e
introducirlos en el vaso de precipitado.
4.1.1.4. Medir el pH, el cual deberá ser de UNO CON CINCO (1,5) a DOS (2).
4.1.1.5. Colocar la barra magnética en el vaso de precipitado y cubrirlo con una hoja de
aluminio.
4.1.1.6. Colocar el vaso de precipitado en la placa precalentada del agitador magnético y
comenzar la agitación. Antes de empezar el proceso de agitación, se deberá regular el agitador
magnético de tal forma que durante el funcionamiento pueda mantenerse una temperatura
constante de CUARENTA Y CUATRO GRADOS CENTIGRADOS (44º C) a CUARENTA
Y SEIS GRADOS CENTIGRADOS (46º C). Durante el proceso de agitación, el líquido de
digestión deberá girar a una velocidad lo suficientemente elevada que permita la formación de
un profundo remolino central sin provocar salpicaduras.
4.1.1.7. Dejar reposar el líquido de digestión en la ampolla cónica de decantación durante no
menos de TREINTA (30) minutos.
4.1.1.8. Tomar una muestra de CINCUENTA (50) mililitros del líquido de digestión en una
probeta graduada.
4.1.1.9. Dejar reposar la muestra de CINCUENTA (50) mililitros durante QUINCE (15)
minutos y luego mediante una pipeta de DIEZ (10) mililitros y propipeta de goma, aspirar de
la superficie muy lentamente, CUARENTA (40) mililitros de líquido sobre nadante dejando
así un volumen de DIEZ (10) mililitros; puede ocurrir que este líquido requiera ser clarificado
para su observación, en cuyo caso se procederá de la siguiente manera: agregar a los DIEZ

�(10) mililitros agua destilada hasta recuperar el volumen de CINCUENTA (50) mililitros,
dejar reposar durante DIEZ (10) minutos y aspirar CUARENTA (40) mililitros, dejando un
volumen final de DIEZ (10) mililitros, repetir este proceso hasta obtener una solución
suficientemente límpida.
4.1.1.10. La muestra de DIEZ (10) mililitros del sedimento restante se verterá en una placa de
Petri o en una cubeta para el recuento de larvas.
4.1.1.11. Enjuagar la probeta graduada con DIEZ (10) mililitros, aproximadamente, de agua
de canilla que se agregarán a la muestra en observación.
4.1.1.12. Los líquidos de digestión deberán observarse desde el momento en que estén
preparados. En ningún caso se podrá postergar el examen para el día siguiente.
Si los líquidos de digestión no se examinan en el plazo de TREINTA (30) minutos siguientes
a su preparación, se deberán clarificar, conforme a lo descripto.
4.1.2. Grupos de menos de VEINTE (20) muestras.
Eventualmente, se podrán agregar TRES (3) muestras de CINCO (5) gramos cada una a un
grupo de VEINTE (20) muestras y se podrán examinar al mismo tiempo que estas últimas, de
acuerdo con el método descripto en el Numeral 3 del presente Anexo. Se deberán examinar
como mínimo CUATRO (4) muestras en calidad de grupo completo. En el caso de grupos que
lleguen hasta las DIEZ (10) muestras, los líquidos de digestión se podrán reducir a
SETECIENTOS CINCUENTA (750) mililitros.
4.2. En caso de resultado positivo del análisis de un grupo de muestras se deberá tomar UNA
(1) muestra de VEINTE (20) gramos de cada cerdo, de acuerdo con las indicaciones
contempladas en el Numeral 1 del presente Anexo. Las muestras de VEINTE (20) gramos
procedentes de CINCO (5) cerdos se deberán reunir y examinar de acuerdo con el método
arriba descripto. De esta forma se examinarán las muestras de DIEZ (10) grupos de CINCO
(5) cerdos. Si se detectan las trichinelas en un grupo de muestras de CINCO (5) cerdos, se
deberán tomar las muestras de VEINTE (20) gramos de cada animal que pertenezca a dicho
grupo y se examinarán individualmente de acuerdo con el método arriba descripto.

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                <text>Aprueba el "Programa de Control y Erradicación de la Triquinosis Porcina en la República Argentina".</text>
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                    <text>�AUTORIDADES
Ing. Agr. Diana Maria GUILLÉN
Presidente
Med. Vet. Rodolfo César ACERBI
Vicepresidente

Dirección Nacional de Calidad e Inocuidad Agroalimentaria
Méd. Vet. Ángela González Gentile
Ing. Agr. Alejandro Fernández
Edición y diseño gráfico
Coordinación General de Comunicación Institucional
Edición 2023

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3

Índice
MÓDULO I
Definiciones

06

MÓDULO II
NOCIONES DE BROMATOLOGÍA
CARACTERÍSTICAS GENERALES DE
LOS PRINCIPALES PATÓGENOS	

11

MÓDULO III	
ENFERMEDADES TRANSMITIDAS
POR ALIMENTOS (ETA)	

21

MÓDULO IV	
HIGIENE DE LOS ALIMENTOS	

28

MÓDULO V	
ROL DEL MANIPULADOR DE
ALIMENTOS	

41

MÓDULO VI	
HIGIENE AMBIENTAL E
INSTALACIONES	

46

MÓDULO VII	
CONTROL DE PLAGAS	

51

MÓDULO VIII	
LAS CINCO CLAVES DE LA
INOCUIDAD ALIMENTARIA (FAO)	

54

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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5

INTRODUCCIÓN
El hábito de consumir alimentos a través de una dieta sana y equilibrada es uno de
los pilares del bienestar de los consumidores y las consumidoras. Por esta razón,
no podemos considerar la alimentación solo en términos nutricionales, sino que
también debemos tener en cuenta las condiciones vinculadas con la calidad y la
inocuidad de los alimentos.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) se encarga de
prevenir, erradicar y controlar enfermedades de animales y plagas vegetales que afectan
a la producción agropecuaria del país. También es responsable de fiscalizar y certificar
productos de origen animal y vegetal, con el fin de velar por la calidad e inocuidad de los
alimentos para el consumo humano y animal. En esta línea, el organismo promueve una
actitud responsable al momento de adquirir, cocinar y consumir los alimentos. Una de
sus funciones es intervenir en forma directa en toda la cadena productiva verificando las
condiciones higiénico-sanitarias de la “granja a la mesa”.
Como resultado de su accionar, las personas pueden acceder a alimentos inocuos y
seguros. Consecuentemente, desde el organismo se promueve una actitud responsable
al momento de adquirir y consumir estos alimentos, lo cual representa un aspecto clave
para acompañar los controles que ejecuta el Senasa con el fin de prevenir enfermedades
y resguardar la salud pública.

OBJETIVO
Este manual está dirigido a quienes manipulan alimentos y tiene como objetivo
brindar herramientas referentes a los principios básicos de las buenas prácticas de
elaboración.
Con este tipo de acciones, el organismo apunta a concientizar a los manipuladores de
alimentos en su rol protagónico y estratégico dentro de la cadena alimentaria.

DESCRIPCIÓN
El temario desarrollado comprende aspectos bromatológicos, microbiológicos y
epidemiológicos generales; así como orientación sobre la manera de manipular los
alimentos para que resulten seguros e inocuos –incluyendo conceptos de higiene y
seguridad alimentaria–.
Con conceptos generales y prácticos, este manual funcionará como una guía a la que
podrán acudir las personas interesadas siempre que lo consideren.

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

�MóDULO I
DEFINICIONES

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7

Aditivo alimentario
Cualquier sustancia o mezcla de sustancias que directa o indirectamente modifiquen
las características físicas, químicas o biológicas de un alimento a los efectos de su
mejoramiento, preservación o estabilización, siempre que sean inocuos.

Alimentación saludable
Una alimentación saludable es aquella que aporta los nutrientes y la energía
necesaria para mantener la salud en todas las etapas de la vida, por lo que debe ser:
• suficiente: debe cubrir las necesidades del organismo en cantidad y calidad
manteniendo un equilibrio;
• completa: para ofrecer al organismo todas las sustancias que lo componen;
• armónica: cantidad y principios activos de la materia prima que componen en
el alimento;
• adecuada: satisface todas las necesidades del organismo teniendo en cuenta
gustos, hábitos, situaciones socioeconómicas, situación de salud.

Alimento
Toda sustancia natural o elaborada que ingerida por una persona aporte a su
organismo los materiales y la energía necesarios para el desarrollo de sus procesos
biológicos.
La designación de alimento incluye además las sustancias o mezclas de sustancias
que se ingieren por hábito, costumbres o coadyuvantes, tengan o no valor nutritivo.

Alimento adulterado
Es todo aquel que –siendo originariamente genuino– ha sufrido la extracción parcial o
total de cualquiera de sus componentes sin conocimiento de la persona que consume.
Ejemplo: venta de leche descremada como entera.

Alimento alterado
Cuando por causas naturales, físicas, químicas, biológicas o provenientes de tratamientos
inadecuados ha sufrido un deterioro en sus características organolépticas (color, sabor,
olor, textura) y valor nutritivo que lo hace inapto para el consumo humano.

Alimento contaminado
Cuando contiene microorganismos u organismos vivos riesgosos para la salud; o
sustancias químicas, minerales u orgánicas extrañas a su composición normal.

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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8

Alimento falsificado
Es todo aquel que tenga la apariencia y caracteres generales de un producto legítimo,
protegido o no por marca registrada y se denomine como este sin serlo –o que no
proceda de sus verdaderos fabricantes o zona de producción conocida y/o declarada–.
Ejemplo: venta de agua corriente de red como agua mineral.

Alimento perecedero
Es aquel que se deteriora y necesita de conservación inmediata en heladera o frízer.

Cadena agroalimentaria
El concepto de cadena agroalimentaria se refiere a todas las etapas por las que
pasa un alimento desde la fuente de producción primaria hasta la mesa de los
consumidores, lo que habitualmente se conoce como “desde la granja a la mesa”.

Calidad
Es la totalidad de las características de un producto, que le confieren la capacidad de
satisfacer las exigencias establecidas e implícitas del consumidor.

Comida no industrializada
Es la mezcla o combinación de alimentos efectuados a nivel no industrial que –habiendo
sufrido o no algún tratamiento físico, químico o biológico– sea exclusivamente ofrecida
en locales especialmente acondicionados y habilitados por la autoridad competente, en
puestos ambulantes habilitados, en comedores institucionales, entre otros.

Consumidor
Toda persona, grupo de personas o institución que se procure alimentos para
consumo propio o de terceros.

Contaminación cruzada
Es la transferencia de agentes contaminantes de un alimento contaminado a otro que
no lo está.

Contaminante
Cualquier sustancia no añadida intencionalmente al alimento que está presente como
resultado de la elaboración, preparación, tratamiento, envasado, empaquetado, transporte
o almacenamiento de dicho alimento o como resultado de contaminación ambiental.

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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9

Desinfectar
Significa eliminar la suciedad no visible de las superficies (microorganismos)
mediante el uso de productos químicos desinfectantes, agua caliente, vapor.

Inocuidad
La inocuidad de los alimentos es la ausencia a niveles seguros y aceptables de peligro
en los alimentos que puedan dañar la salud de las consumidoras y los consumidores.
Solo los alimentos inocuos satisfacen las necesidades alimentarias y contribuyen a
que todas las personas tengan una vida activa y saludable.

Industria alimentaria
La industria alimentaria se encarga de la preparación o fabricación de un alimento a
partir de la materia prima que le llega desde la producción primaria. Esta se encarga
de transformar las materias primas agropecuarias en alimentos frescos, enlatados,
congelados, deshidratados, formulados o modificados de otras formas.

Elaboración de alimentos
Es el conjunto de todas las operaciones y procesos practicados para la obtención de
un alimento terminado.

Fraccionamiento de alimentos
Son las operaciones por las cuales se divide un alimento sin modificar su
composición original.

Ingrediente
Es toda sustancia –incluidos los aditivos alimentarios– que se emplee en la
fabricación o preparación de un alimento y esté presente en el producto final en su
forma original o modificada.

Limpiar
Significa eliminar la suciedad visible de las superficies (restos de alimentos)
mediante el uso de agua, detergentes y cepillos, entre otros materiales.

Materia prima
Es toda sustancia que para ser utilizada como alimento necesita sufrir un tratamiento
o transformación de naturaleza física, química o biológica.

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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10

Nutriente
Es cualquier sustancia química consumida normalmente como componente de un
alimento y que proporciona energía; además es necesaria para el crecimiento, el
desarrollo y el mantenimiento de la salud y de la vida; y cuya carencia hará que se
produzcan cambios químicos o fisiológicos característicos.
Los alimentos están constituidos por diferentes tipos de nutrientes, donde se encuentran
carbohidratos, proteínas y grasas, que son los llamados “macronutrientes”, mientras que
las vitaminas y los minerales son los denominados “micronutrientes”.

Salud
El término salud no significa únicamente ausencia de enfermedad. En un sentido
más completo, la salud es un estado de bienestar, tanto físico, como mental y social
(Organización Mundial de la Salud, OMS). Consumir alimentos sanos es fundamental
para evitar enfermarnos, como así también para obtener una nutrición completa. Las
enfermedades transmitidas por alimentos (ETA) son uno de los problemas de salud
pública que más frecuentemente se presentan.

Saneamiento
Se entiende por saneamiento a las acciones destinadas a mantener o restablecer
un estado de limpieza y desinfección en las instalaciones, equipos y procesos de
elaboración.

Seguridad alimentaria
La seguridad alimentaria se da cuando todas las personas tienen acceso físico, social
y económico permanente a alimentos seguros, nutritivos y en cantidad suficiente
para satisfacer sus requerimientos nutricionales y preferencias alimentarias; y así
poder llevar una vida activa y saludable (FAO).

Superficie de contacto
Todo aquello que entra en contacto con el alimento durante el procesamiento y
manejo normal del producto; incluyendo utensilios, equipos, manos del personal,
envases, etcétera.

Zoonosis
Las zoonosis constituyen un grupo de enfermedades de los animales que son
transmitidas a las personas por contagio directo con el animal enfermo a través de
algún fluido corporal como orina, materia fecal, saliva o mediante la presencia de
algún intermediario (como pueden ser los mosquitos u otros insectos).

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

�MóDULO II
NOCIONES DE
BROMATOLOGíA

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12

CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS
PRINCIPALES PATÓGENOS
Bacterias
FACTORES QUE CONDICIONAN LA REPRODUCCIÓN BACTERIANA

Son microorganismos muy pequeños que no pueden observarse a simple vista (solo
con el microscopio). Se encuentran en el suelo, aire, agua, en personas y animales –
tanto en superficies corporales como en órganos internos–.
Las bacterias pueden ser nocivas y alterar los alimentos o producir enfermedades
severas que comprometan seriamente la salud de quien los consume.
En algunos casos, las bacterias pueden ser beneficiosas para la elaboración de
ciertos alimentos. Por ejemplo: Lactobacillus para la producción de yogurt.

Factores que favorecen la reproducción bacteriana
La multiplicación de las bacterias ocurre por simple división siempre que se den las
condiciones óptimas que necesitan para su:
• Nutrientes
• Temperatura
• Humedad
• Tiempo

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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13

• Oxígeno
• PH
• Contenido en agua o Actividad de agua (Aw)

Nutrientes
Los nutrientes que contienen los alimentos y las condiciones en que se los procesa
y manipula permiten clasificarlo según el “grado de riesgo” capaz de producir
enfermedad: alto y bajo.

Temperatura
Las bacterias poseen una temperatura óptima para su multiplicación entre 35 y 37
°C, sin embargo, pueden crecer entre rangos amplios de temperatura que pueden ir
desde 4 °C hasta 60 °C, por lo tanto, es muy importante mantener los alimentos fuera
de este rango conocido como “zona de riesgo”.
Por otro lado, la refrigeración a 4 °C hace que el crecimiento microbiano sea más
lento, pero eso no permite destruir las bacterias, esporas o sus toxinas.

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14

Tiempo
Las bacterias son capaces de multiplicarse de forma binaria exponencialmente: en
pocas horas pueden multiplicarse por millones.

Oxígeno
En su mayoría las bacterias se dividen entre aquellas que necesitan oxígeno para
vivir (aerobias), las que no necesitan oxígeno para vivir (anaerobias) y las que pueden
crecer con o sin oxígeno (facultativas).

Las enfermedades transmitidas por alimentos
(ETA) son provocadas frecuentemente por
bacterias aerobias.
PH
El rango de PH corresponde a una escala que va desde el valor 0 (ácido) al valor 14 (alcalino).
La mayoría de los alimentos posee un valor de PH intermedio de 7.0 (por ejemplo, el agua).

Actividad del agua (Aw)
Este concepto denomina al agua que no está ligada a los nutrientes y que se
encuentra libre para el crecimiento microbiano. El Aw se indica con un número que
va de 0 a 1 y la mayoría de los alimentos posee un Aw de 0,98 (lo que explica que su
deterioro sea tan rápido ya que a mayor Aw, mayor reproducción bacteriana).

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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15

Factores que inhiben el crecimiento
bacteriano
Azúcar
Los alimentos con alto contenido de azúcar (60%) no son favorables para la
reproducción bacteriana ya que el azúcar disminuye la cantidad de agua libre para su
multiplicación. Por ejemplo: mermeladas.

Sal
En los alimentos con alto contenido en sal, el agua se encuentra ligada al cloruro de
sodio; por lo tanto, disminuye el agua libre y dificulta su reproducción de bacterias.
Por ejemplo: salazones.

Cocción
Uno de los métodos más efectivos para eliminar las bacterias es la cocción a una
temperatura mínima de 72 ºC durante dos minutos con la consecuente eliminación
completa de jugos rosados (aunque los requisitos específicos de temperatura y
tiempo dependen del alimento y de los microorganismos que éste pueda albergar).
Por otro lado, en métodos de cocción como el hervido se alcanzan temperaturas de
hasta 100 ºC, mientras que en frituras las temperaturas oscilan entre los 180 y los
300 ºC (en este último caso hay que prestar especial atención para que el alimento
alcance una temperatura mínima debido a que la temperatura del aceite disminuye al
introducir los alimentos).

La adecuada temperatura de los métodos de
cocción y hervido permite eliminar la mayor
parte de los microorganismos y, por tanto,
garantizar un consumo seguro.
Esporas bacterianas
Son estructuras muy resistentes que pueden sobrevivir en condiciones desfavorables,
las cuales otorgan una mayor resistencia a diferencia de las esporas fúngicas (que
tienen menor resistencia a las temperaturas elevadas, el frío y los desinfectantes).
Por ejemplo: Bacillus cereus.

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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16

CARACTERÍSTICAS GENERALES DE PRINCIPALES PATÓGENOS

Virus
Los virus son más pequeños que las bacterias, están formados por material
genético (ARN o ADN) recubierto por proteína y para poder verlos se necesita de un
microscopio especial.
A diferencia de los otros microorganismos, estos necesitan de una célula viva para
reproducirse, no pueden hacerlo en el alimento.
Los virus son causantes de muchas enfermedades agudas que se transmiten por
alimentos contaminados con ellos (generalmente proveniente de riego con aguas
contaminadas).

Levaduras
Son organismos eucariontes microscópicos que, al igual que las bacterias, están
formados por una sola célula, pero se reproducen generalmente por formación de
brotes o gemas.

Hongos
Los hongos están formados por una gran cantidad de células y se pueden ver a
simple vista. Estos microorganismos (dentro de los cuales se encuentran los mohos)
poseen una gran importancia para la seguridad alimentaria.
Es clave destacar que muchas veces los mohos se desarrollan produciendo
disminución de la acidez en el alimento.
También es importante tener en cuenta que muchos mohos existen normalmente
en ciertos alimentos (como por ejemplo el pan) y que pueden resistir las bajas

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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17

temperaturas, como las de la heladera. También pueden crecer en medios con alta
proporción de azúcar (mermeladas u otros) con más facilidad que las bacterias, aun
cuando permanezcan en la heladera.
Muchas veces los hongos son utilizados por la industria en la producción de
alimentos, como son los casos de los fermentados (yogurt, vinagres, vinos, quesos,
etc., en los que se emplean microorganismos adecuados como agente fermentativo),
o de algunos quesos como el roquefort (en el que se desarrollan ciertos hongos que
le confieren características típicas).

¿Cómo se contaminan los alimentos?
Los microorganismos pueden llegar a los alimentos en cualquier eslabón de la
cadena de producción, desde la producción primaria, elaboración, transporte y
distribución.
Cuando encuentran condiciones propicias para su desarrollo sobreviven y se
multiplican, a partir de lo cual causan enfermedades en los consumidores que en
muchos casos pueden llegar a la muerte.

La contaminación es difícil de detectar, ya que
generalmente no se altera el sabor, el color o el
aspecto de la comida.
La presencia de estas contaminaciones puede darse de forma natural (por ejemplo:
gusanos dentro de fruta o verduras, parásitos o bacterias en las carnes de bovinos,
cerdo o aves) o de forma accidental (como pelos o restos de envoltorio en un alimento
preparado). En estos hallazgos juega un rol importante la persona que cumple el
rol de manipulador de alimentos y por eso es necesario que cumpla con las buenas
prácticas de manufacturas.
Respecto al origen de la contaminación, los peligros se clasifican en: físicos,
químicos y biológicos.
Peligros físicos: Son cuerpos extraños que generalmente son apreciados por el ojo
humano, tales como cristales, perdigones, huesos, espinas, cáscaras, plásticos,
efectos personales (pendientes, reloj, colgante). Todos ellos suponen un peligro
para el consumidor puesto que pueden causarle daños como cortes, asfixia, etc.

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Peligros químicos: En este grupo englobamos sustancias tóxicas que pueden
llegar al alimento de forma casual o que están presentes en él por una incorrecta
manipulación. Son productos químicos de toda índole como productos de limpieza y
desinfección, insecticidas, tóxicos ambientales, residuos de medicamentos, residuos
de plaguicidas, metales pesados que pueden provenir de los envases y alérgenos,
aditivos, acrilamida, toxinas marinas, etcétera.
PELIGROS QUÍMICOS QUE GENERAN RIESGO PARA LA SALUD HUMANA

Peligros biológicos: Está causado por la acción
de seres vivos que contaminan el alimento y
engloba cualquier ser vivo como insectos, (moscas,
cucarachas), roedores (ratas y ratones), aves
(palomas, gorriones, gaviotas), parásitos (gusanos
áscaris) o microorganismos (bacterias, virus y mohos).
Alérgenos: Otro peligro alimentario que debemos tener
en cuenta lo constituyen las denominadas alergias
alimentarias o sensibilidad a algunos alimentos, algo
cada vez más común en la población. Entre estos
alimentos podemos mencionar aquellos especialmente
proteicos como los mariscos, pescados, huevos, leche y
otros productos lácteos. Esta respuesta se produce en
individuos susceptibles cuya reacción puede hacerse
en los primeros minutos o después de horas de haber
ingerido el alimento, a partir de lo cual puede ocasionar
un shock anafiláctico.

Calidad del agua y hielo
Otro alimento indispensable para la vida de todo ser
vivo es el agua, por eso, debemos tener en cuenta
que sea agua potable o potabilizada, tratadas o
embotelladas para su consumo.

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El hielo suele comprarse en bolsas de
polietileno, es aquí donde el manipulador
cumple una función sumamente importante
como implementador de las BPM.
Contaminación primaria
Se produce durante la producción primaria de los alimentos por dos factores: en la
granja o campo, por la recolección de verduras y hortalizas que poseen productos
fitosanitarios o microorganismos patógenos y en el transporte, por falta o malas
condiciones de higiene o temperatura elevada.
En el caso de productos derivados de animales puede ocurrir por malas prácticas
utilizadas en la cría, ordeñe o faena (utensilios, desechos). Además, en muchas
ocasiones los microorganismos presentes en estos productos tienen su origen dentro del
organismo de los animales. Por ejemplo: Huevo contaminado con materia fecal de ave.

Contaminación directa
Los contaminantes llegan al alimento por malas prácticas de higiene del
manipulador de alimentos como estornudar, toser o falta de higiene de las manos
y vestimenta; también por vectores como ratas, moscas, cucarachas que se posan
sobre el alimento o superficies de contacto sin higienizar.

Contaminación cruzada
Es la transferencia de microorganismos de un alimento contaminado crudo a otro
cocido, como consecuencia de una incorrecta manipulación de alimentos.
Se puede clasificar en dos tipos:
• Directa, cuando las carnes crudas (de pollo, bovino, cerdo) drenan sus jugos a
un alimento cocido listo para el consumo.
• Indirecta, cuando se utilizan tablas o cuchillos que previamente han sido
utilizados para cortar un alimento crudo y posteriormente los mismos son
utilizados para alimentos listos para el consumo.

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TIPOS DE CONTAMINACIÓN EN LOS ALIMENTOS

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�MóDULO III
ENFERMEDADES
TRASMITIDAS
POR ALIMENTOS
(ETA)

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Generalidades
Las enfermedades de transmisión alimentaria (ETA) pueden definirse como síndromes
originados por la ingestión de alimentos contaminados como agua, bacterias, parásitos,
hongos, virus o bien por las toxinas que algunos de ellos producen, de forma tal que
afectan la salud de las personas consumidoras, ya sea en forma individual o en grupos
de población. Pueden desarrollarse como intoxicaciones o infecciones.
Si bien las alergias que se deben a una hipersensibilidad individual ante ciertos alimentos
no se consideran ETA, quien manipula alimentos debe conocerlas para no causar daños a
los consumidores. Esto es importante porque, en general, las ETA no son reportadas ya que
ocurren en el ámbito hogareño. De hecho, según la Organización Mundial de la Salud se
estima que cada año enferman en el mundo unas 600 millones de personas –casi 1 de cada 10
habitantes– por ingerir alimentos contaminados y que 420.000 mueren por esta misma causa.

Caso y brote
Cuando las ETA se presentan en una sola persona, el incidente se denomina “caso”.
Sin embargo, si las mismas ocurren en dos o más personas –que pueden tener
o no relación entre sí que manifiestan síntomas semejantes después de haber
ingerido el mismo tipo de alimento aquí se está en presencia de lo que se denomina
“brote”(siempre después de realizado el correspondiente análisis epidemiológico).
Por ejemplo, triquinosis por consumo de chacinados caseros.

Las enfermedades transmitidas por los alimentos
constituyen un importante problema para la
salud pública en nuestro país y a nivel mundial.
Infección transmitida por alimentos
Se produce por la ingestión de alimentos que contienen microorganismos
perjudiciales para la salud, como virus, bacterias y parásitos (por ejemplo, virus de la
hepatitis, bacterias como salmonelosis, parásitos como triquina).

Intoxicación causada por alimentos
Se produce por la ingestión de toxinas que se encuentran presentes en el alimento
ingerido y que son producidas por hongos o bacterias (por ejemplo, toxina botulínica,
enterotoxina de Staphylococcus).

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Condiciones favorables para una infección o intoxicación alimentaria:
	 • Manipulación incorrecta de los alimentos.
	 • Falta de higiene personal.
	 • Conservación de alimentos a temperatura ambiente.
	 • Refrigeración insuficiente.
	 • Enfriamiento de los alimentos en forma demasiado lenta antes de alcanzar
la temperatura de refrigeración.
	 • Interrupción de la cadena de frío.
	 • Condiciones higiénicas deficientes de los locales y establecimientos en los
que se trabaja con alimentos.
	 • Falta de limpieza en los utensilios.
	 • Preparación de las comidas en grandes cantidades.
	 • Elaboración de los alimentos mucho tiempo antes del momento de ser
consumidos.

Los síntomas de las ETA
En caso de infección bacteriana, una ETA puede producir trastornos gastrointestinales
como dolor abdominal, diarreas, náuseas y vómitos, a veces acompañados de fiebre.
En caso de parásitos, pueden presentarse síntomas neurológicos, edema de ojos,
dificultades renales y visión doble, entre otros.
La duración e intensidad de los síntomas varía de acuerdo a la cantidad de bacterias,
toxinas y parásitos presentes en los distintos casos, y depende de la cantidad consumida
del agente etiológico que contenga el alimento y el estado de salud general de la persona.
Las ETA suelen afectar mayormente a los grupos más susceptibles como los
niños, los adultos mayores, las mujeres embarazadas y las personas enfermas con
defensas bajas (inmunosuprimidos). En estos casos, los grados de gravedad pueden
variar e incluso llegar a la muerte.

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TRANSMISIÓN DEL CICLO EPIDEMILÓGICO FECAL –ORAL

Este ciclo epidemiológico representa la manera más común de transmitir los microorganismos al alimento.

• Ciclo fecal oral-corto: ocurre cuando una persona enferma de ETA o una
portadora sana no se lava correctamente las manos luego de ir al baño y
manipula alimentos. Así puede contaminarlos con patógenos que luego serán
consumidos por otras personas que, a su vez, enfermarán.
• Ciclo fecal oral largo: ocurre cuando para el riego de verduras o frutas se
utilizan aguas contaminadas con materia fecal (animal o humana) y luego no
son bien lavadas o desinfectadas antes de su consumo.

Enfermedades producidas por bacterias
Las enfermedades habitualmente provocadas por bacterias son: salmonelosis,
campilobacteriosis, Escherichia coli, enteropatogena, listeriosis y Vibrio cholerae.
Generalmente estas enfermedades microbianas son de tipo gastrointestinal y
sus síntomas usualmente son: calambres o dolor abdominal, diarrea (a veces con
sangrado), vómitos y fiebre.
Es importante considerar que la presencia de bacterias en los alimentos no es visible
al ojo humano, por lo que solo se puede percibir a partir de cambios en el sabor, el
olor o el color, lo cual altera el aspecto del alimento. Por este motivo es tan importante
mantener una correcta prevención e higiene en la manipulación de alimentos.

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Enfermedades producidas por parásitos
Los parásitos son organismos que se alimentan de los nutrientes de otros
organismos conocidos como huéspedes.
Estos huéspedes pueden ser animales o seres humanos. Asimismo, se transmiten de
un huésped a otro mediante el consumo de agua o comida contaminada o mediante
el contacto con la boca de cualquier agente contaminado que haya estado en contacto
con heces fecales de animales o personas infectadas.
Las enfermedades más comunes transmitidas por parásitos son: triquinosis,
toxoplasmosis, taeniasis, cisticercosis, giardiasis y anisakis.

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Enfermedad producida por virus
Los virus son parásitos intracelulares estrictos (ADN o ARN) que no se pueden replicar
fuera del organismo huésped ya que su propagación depende estrechamente de él.
Por esta razón, los virus no se pueden replicar en el agua ni en los alimentos, por lo
que, durante el procesado, transporte o almacenamiento la contaminación vírica de
alimentos no se va a incrementar y, de hecho, puede disminuir. En general, se producen
por falta de higiene de la persona a cargo de la manipulación de alimentos.

La mayoría de virus en alimentos o agua son
resistentes a la desinfección y al calor.

Enfermedades producidas por hongos
En el desarrollo de los mohos influyen, igual que para las bacterias, la presencia
de nutrientes, aire, humedad, temperatura. En algunos casos producen sustancias
muy nocivas para la salud aún en pequeñas cantidades, llamadas micotoxinas, que
pueden persistir en el alimento y ser ingeridas por las personas consumidoras ya
que gran parte de ellas no se destruye por las temperaturas de cocción.

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�MóDULO IV
HIGIENE DE
LOS ALIMENTOS

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Podemos definir la higiene de los alimentos mediante los siguientes conceptos:
• Destrucción de todos y cada uno de los microorganismos perjudiciales del
alimento por medio de la cocción u otras prácticas de procesado.
• Protección del alimento frente a la contaminación por bacterias perjudiciales,
cuerpos extraños, tóxicos y otros elementos.
• Prevención de la multiplicación de bacterias perjudiciales (cadena de frío) por
debajo del umbral (dosis infectante) en el que se producen enfermedades en el
consumidor. Limitar el tiempo de desarrollo (tiempo de generación).
• Control de la alteración prematura del alimento.
Para una correcta higiene, hay que seguir una serie de normas de manipulación de
alimentos.
Una pauta común a todo tipo de alimentos es que al cocinarlos o manipularlos hay
que asegurarse primero de que el área de trabajo, los utensilios y las herramientas
estén bien limpios y desinfectados.

Pescados
Antes de cortarlos o cocinarlos hay que asegurarse de que reúnan
las condiciones aptas para el consumo. Para ello, debemos
observar que mantengan las escamas firmes, las branquias de
tono rojizo y que tengan los ojos abultados y brillantes. Ya que los
siguientes son indicios de que el pescado no es fresco: escamas
que se retiran con facilidad (indica que la piel del pescado está
blanda); ojos hundidos y pegajoso al tacto; fuerte olor.
Se recomienda la cocción a una temperatura mínima de 65 ºC.

Crustáceos
Son especialmente frágiles en términos de contaminación,
por lo que hay que asegurarse de que la cadena de frío no
se rompa en los procesos de manipulación del alimento. Las
recomendaciones en la manipulación del marisco son: enfriar en
un baño con hielo los mariscos cocinados; así como consumir lo
antes posible los mariscos congelados con cabeza, puesto que
esta provoca un deterioro más rápido del marisco.

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Carne blanca (pollo)
Hay que asegurarse de que la carne tenga textura firme, sin
olor desagradable, color brillante y sin exudados.
Si presenta una película blanda y pegajosa o un color verdoso
ya no es apto para el consumo.
Las recomendaciones para la manipulación del pollo son: usar
únicamente una tabla designada para el pollo, usar guantes
para manipularlo, planificar el consumo y descongelarlo
al menos 24 horas antes; evitar la contaminación de otros
alimentos con la sangre o los fluidos de la carne de pollo.
Se recomienda la cocción a una temperatura mínima de entre
72 °C y 75 ºC.

Carne roja (vacuna, porcina)
Lo primero es observar que conserve sus características originales
y que todavía sea apta para el consumo. Para este reconocimiento,
tener en cuenta que las características organolépticas alteradas
son coloración verde o marrón, olor putrefacto o textura babosa:
todos estos son signos evidentes de contaminación bacteriana.
Otras recomendaciones son utilizar una tabla específica para
carne, utilizar guantes para su manipulación y asegurarse de
que la misma no esté en contacto con otros productos.
También se aconseja no mantener mucho tiempo la carne en
el congelador, puesto que de este modo cambia su color y se
pierden sus nutrientes.
Se recomienda la cocción a una temperatura mínima de entre
(72 °C y 75 ºC).

Verduras y frutas
Las frutas y las verduras se encuentran entre los alimentos que
se contaminan con más facilidad y con mayor rapidez.
Al igual que en el resto de alimentos, la primera recomendación
es observar que se conserven las cualidades del alimento.
En el caso de estos alimentos es importante eliminar aquellos
ejemplares que empiecen a deteriorarse para evitar el contagio
del resto. Así como resulta clave lavarlos y desinfectarlos antes de
su consumo o procesamiento. También, se recomienda destinar
un cuchillo y tabla específica para el corte de frutas y verduras.

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Las verduras y frutas requieren de una manipulación
especialmente cuidadosa, puesto que los golpes generan
roturas en las piezas que aceleran su descomposición.

Lácteos
Se debe evitar la exposición de los lácteos, yogurt y queso a
temperatura ambiente (no más de 15 minutos). Los lácteos
se deben conservar en la heladera por un periodo máximo de
3 días antes de su consumo. Asimismo, se deberá observar y
respetar la fecha de vencimiento indicada en el envase.
Se recomienda hervir la leche no menos de 80 °C.

Acrilamida
Es importante saber que, en el proceso de cocción, puede producirse una
sustancia denominada ACRILAMIDA.
Esta sustancia química se forma naturalmente en algunos alimentos tras
cocinarlos a más de 120 ºC y la encontramos en alimentos ricos en hidratos de
carbono y almidón.
Entre ellos, podemos encontrar alimentos tan habituales como las papas, el
café, el pan, las galletas y los cereales, entre otros. Los métodos de cocinado
que favorecen la creación de la acrilamida son la fritura, el asado y el tostado.
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) estas son algunas de las
medidas para prevenir la aparición de la acrilamida:
•   Intentar no hornear o freír a más de 120ºC.
•   Impedir que los alimentos alcancen un color muy dorado.
•   Optar por las cocciones al vapor o el hervido y no fritas o asadas.
•   Optar por el café de tueste natural, que contiene menos acrilamida.
•   Almacenar las papas fuera de la heladera en un lugar oscuro y fresco.
•   Lavar bien las papas antes de freírlas.
•   Preferir el corte grueso en lugar del fino en las papas fritas.

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Celiaquía
Si bien la celiaquía no es considerada una enfermedad trasmitida por alimentos, es
muy importante que el manipulador de alimentos la conozca para evitar errores en la
elaboración ya que puede implicar graves consecuencias para la salud pública.
La celiaquía es una enfermedad crónica autoinmune producida por la intolerancia
permanente al gluten en individuos genéticamente predispuestos. Puede aparecer
en cualquier momento de la vida, desde la niñez hasta la adultez avanzada, y afecta
aproximadamente al 1% de la población. El gluten provoca la lesión y atrofia de las
vellosidades del intestino delgado y esto dificulta la absorción de nutrientes. Los síntomas
pueden variar significativamente de una persona a otra, o incluso estar ausentes, lo que
puede ocasionar el retraso del diagnóstico. Los síntomas más comunes son: diarrea
crónica, distensión abdominal, pérdida de peso, anemia, retraso en el crecimiento,
alteraciones del carácter, aparición de aftas bucales, etc. El diagnóstico de la enfermedad
celíaca se inicia con un análisis de sangre en busca de anticuerpos específicos y luego se
confirma el diagnóstico mediante una biopsia intestinal.
El único tratamiento consiste en mantener una alimentación libre de gluten estricta
durante toda la vida.
La manipulación de alimentos que serán consumidos por personas celíacas requiere
asumir un compromiso, ya que la alimentación libre de gluten es su único tratamiento y
pequeñas cantidades pueden ocasionar un daño a su salud.
Es por ello que la persona que manipula los alimentos tiene la responsabilidad de
implementar prácticas adecuadas de higiene y manipulación y de aplicar acciones de
control que minimicen el riesgo de contaminación de los alimentos a lo largo de todas las
etapas de la elaboración.
¿Qué es el gluten?
El gluten es una red integrada por un grupo de proteínas que se encuentran en forma
natural en el grano de trigo, avena, cebada y centeno, de allí surge su asociación con la
sigla TACC.
¿Qué alimentos contienen gluten?
Muchos alimentos como pan, galletitas, pastas, pizzas, cerveza, etc. contienen gluten de
manera evidente en su composición dado que son elaborados con trigo, avena, cebada o
centeno como ingrediente principal. Este tipo de alimentos no deben ser consumidos por
personas celíacas ni utilizados para la elaboración de platos sin TACC.
¿Cómo se produce la contaminación cruzada con gluten?
La contaminación cruzada ocurre cuando un alimento libre de gluten entra en contacto con
gluten (aun cuando sea en pequeñas cantidades). Esto puede ocurrir de manera directa
cuando se manipulan alimentos con y sin gluten y estos entran en contacto (por ejemplo, al
mojar un pedacito de pan en una salsa libre de gluten).
A su vez, también puede darse de manera involuntaria durante el proceso de
industrialización a través de mesadas, equipos, utensilios, vestimenta, aire, manos de quien
manipula los alimentos o prácticas deficientes de manipulación.

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CONSERVACIÓN Y PRESERVACIÓN DE
ALIMENTOS
Conservación por calor
Los métodos de conservación mediante calor son los siguientes:
a.  Cocción: hacer que llegue a ebullición o cocción un alimento supone que está a
unos 100 ºC. Con este método eliminamos gran parte de los microorganismos pero
no sus esporas.
Cuando cocinamos un alimento no solo lo hacemos con el fin de eliminar las
bacterias, sino que también modificamos sus propiedades, haciendo el alimento más
digestible para quien lo consume.
b.  Pasteurización: consiste en someter al alimento a temperaturas cercanas a 80 ºC.
Aquí son destruidos gran cantidad de microorganismos, pero no todos, por ello
es importante que después de pasteurizar se conserven estos alimentos en
refrigeración para que no proliferen los microorganismos que puedan quedar. La vida
útil del alimento es baja, por ejemplo, en el caso de la leche pasteurizada.
c.  Esterilización: se somete al alimento a temperaturas cercanas a 120 ºC, así
destruimos todos los microorganismos que haya en el alimento, incluso sus esporas.
d.  Uperización (UHT): es un sistema donde aplicamos una alta temperatura
durante muy poco tiempo, pero suficiente para eliminar todos los
microorganismos y sus esporas. Por ejemplo: Leche UHT, que es la que
podemos guardar fuera de la heladera.

Conservación química
La conservación química consiste en la adición de sustancias que modifican
químicamente el alimento, disminuyendo su pH.
a.  Salazón: adición de sal común para impedir el crecimiento de
microorganismos. El alimento que ha sufrido este proceso presenta
modificaciones en el sabor, el olor, el color y consistencia.
b.  Azucarado: la adición de azúcar en elevadas concentraciones permite
proteger los alimentos de microorganismos por lo que aumenta el tiempo de
conservación. Este proceso se efectúa en la realización de leche condensada o
mermeladas entre otros.
c.  Curado: este método utiliza, además de la sal común, sales curantes,
nitratos y nitritos potásico y sódico. Este proceso, además de ayudar a la
conservación y a la protección frente microorganismos nocivos, permite
estabilizar el color de las carnes.

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d.  Ahumado: en este proceso se utiliza el humo resultante de la combustión de
materias con bajo contenido en resinas o aromas de humo. Este método dota de
los alimentos de un sabor peculiar y se aplica a carnes y pescados.
e.  Acidificación: consiste en la reducción del pH del alimento, impidiendo así el
desarrollo de microorganismos. Se realiza añadiendo sustancias ácidas como el
vinagre al alimento.

Conservación por deshidratación
Además de darle un sabor, olor, color especial al alimento, es decir, cambiar sus
propiedades organolépticas, lo que se promueve es que tenga menos agua disponible
y así los microorganismos no podrán multiplicarse tan fácilmente.
•Secado: pérdida parcial de agua en condiciones ambientales naturales.
También se realiza mediante la aplicación de una fuente de calor suave y
corrientes de aire.
•Concentración: eliminación parcial de agua en alimentos líquidos.
•Liofilización: consiste en la desecación de un alimento congelado previamente.
Es un proceso que permite la máxima conservación de la calidad original de los
alimentos y de su valor nutritivo.

Conservación mediante el uso de aditivos
•  De origen natural: vinagre, aceite, sal, azúcar, alcohol, etc.
•  De origen industrial: esta es una de las técnicas de conservación de
alimentos más utilizadas.
Se utiliza con el objetivo único de mejorar características del alimento como alargar
el tiempo de conservación, mejorar el sabor, el color o la textura. No se utiliza para
enriquecer el alimento con nutrientes.

Otros métodos
Escabechado: consiste en someter a los alimentos a la acción de vinagre, también
puede añadirse sal y otros condimentos. Con este sistema el alimento se vuelve más
ácido, por lo que resulta un medio poco apropiado para la multiplicación de bacterias.

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ELABORACIÓN Y CONSERVACIÓN DE
CARNES Y SUS SUBPRODUCTOS
En la carne los microorganismos contaminantes siempre se encuentran en la
superficie de la carne, solo se alojan en la profundidad cuando procede de un animal
enfermo, se ha realizado una faena inadecuada (sin inspección veterinaria) o se ha
realizado una deficiente refrigeración o manipulación por parte de los operarios.
Congelados: serán guardados en heladeras (comerciales o familiares) o frízer a
temperatura no mayor a – 18 °C.
Para descongelar un producto se debe retirar del frízer 48 horas antes de la
preparación; transfiriéndolo a la heladera con una temperatura no mayor a 5 °C
hasta su elaboración. Es importante no volver a congelar.
Refrigerados: carne, pollo, pescado, etcétera se guardarán en la heladera hasta el
momento de la preparación (no más de 48 horas).

La composición de la flora bacteriana original
de la carne varía con el tiempo de guarda y
con las condiciones de conservación (vacío o
atmósfera modificada).
Temperaturas de crecimiento para bacterias: en general cesa el crecimiento a -3 °C;
unas pocas crecen a -5 °C y la mayoría no crece más a -8 °C.
Temperaturas de crecimiento para hongos: la mayoría crece bien a -5°C; algunas
crecen a -8 °C y su crecimiento cesa a -12°C.
Temperaturas de crecimiento para levaduras: su temperatura mínima está entre
-4 °C y -7°C; durante el proceso de descongelamiento, a partir de los -3 °C, se
restablecen los mecanismos de alteración de la carne.

Carnes conservadas por congelamiento
Las carnes congeladas presentan actividad enzimática hasta -15 °C. El enranciamiento
solo se evita con envoltura impermeable al oxígeno o envasado al vacío.

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El fiambre se retira de la cámara correspondiente en el momento de su proceso,
cuando es cortado se coloca sobre bandejas limpias, se cubre con láminas plásticas y
se guarda en refrigeración a temperatura no mayor a 5 °C hasta el momento de su uso.
Las bolsas de material plástico de los embutidos envasados deben ser lavadas y
desinfectadas con agua clorada a razón de 30 gotas de lavandina por litro de agua
antes de proceder a su apertura.

ELABORACIÓN Y CONSERVACIÓN DE
FRUTAS Y VERDURAS
Al recibir las frutas y verduras en cajones de madera se deben trasvasar a envases
de plástico previamente desinfectados, previa eliminación de partes dañadas.
Frutas:
El procesamiento se realiza en el sector de frutas.
Luego, se someten a un lavado minucioso y se sumergen en agua a la cual se ha
adicionado una cucharita de lavandina para 10 litros de agua. Se deja en desinfección
durante 15 minutos.
Se guardan en heladera hasta el momento de su uso.
Verduras:
Se procesa en el sector de verdura, realizando primero un recorte y lavado (en el
caso de la lechuga, hoja por hoja) para luego desinfectar durante 10 minutos con
agua potable clorada (una cucharadita de lavandina en 10 litros de agua).
Se corta y se guarda en recipientes tapados con film o similar hasta su uso.
BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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ORDEN Y RECOMENDACIONES DE LOS
ALIMENTOS EN LA HELADERA
Recomendaciones de refrigerado
• Disponer la carne, pollos, pescados y los productos lácteos en la parte más
fría de la heladera y retirados de la puerta.
• Ubicar los alimentos listos para comer en la parte superior de la heladera.
• Colocar los alimentos crudos en la parte inferior de la heladera, de esta
manera evitará que los jugos de estos alimentos contaminen los alimentos
listos para consumir que deberán estar cubiertos con papel film, aluminio o
tapas, para evitar la contaminación cruzada.
• Mantener una buena circulación de aire, debe ser a una temperatura de 4 °C
• No almacenar alimentos calientes ya que aumenta la temperatura de los
alimentos refrigerados.
• Verificar las temperaturas de los alimentos y de los equipos.
• En caso de tener un solo refrigerador, dividirlo en sectores para diferentes
insumos o usos. Si hubiera más de uno, ubicar en uno lo crudo, en otro lo cocido
y en otro las verduras.
• Se debe también tener en cuenta el transporte de los alimentos que
requieran refrigeración para su conservación en estado fresco, para no cortar la
cadena de frío.
• Los transportes deben ser en cajas cerradas y con equipo de frío y poseer la
habilitación reglamentaria.
• Nunca transportar alimentos perecederos sin frío, por ejemplo, en el baúl de un auto.

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Enfriamiento rápido
Existen diferentes formas de enfriar los alimentos con la finalidad de disminuir el
riesgo de contaminación por un crecimiento microbiológico (entre zona de riesgo 5
°C a 65 °C).

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Descongelación
Los alimentos deben ser descongelados de forma correcta para evitar
contaminaciones posteriores o daño al producto o tejidos.
Los métodos son: refrigeración, uso de agua potable, como parte de la cocción, en
microondas.

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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1. Recepción y almacenamiento de materia prima
La entrega y recepción se debe realizar en horas de menor movimiento.
	 • Planificar la recepción de cada producto considerando su ubicación para el
almacenamiento.
	 • Verificar las características de cada producto como color, olor, textura, etc.
	 • Controlar temperatura al ingreso.

2. Preparación
La elaboración debe efectuarse conservando todas las prácticas de higiene, tanto por
parte del manipulador, como en el ambiente y superficies de trabajo y equipos.
Una vez elaborado, el alimento se debe consumir inmediatamente o mantener a
temperatura adecuada.

3. Distribución
Si el alimento va a ser vendido fuera del lugar, el mismo deberá transportarse en
vehículos autorizados con temperatura adecuada.

4. Consumo
Si se consume en el lugar de preparación deberá efectuarse en un ambiente a
temperatura adecuada y usando utensilios limpios o descartables.

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

�MóDULO V
ROL DEL
MANIPULADOR
DE ALIMENTOS

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42

¿Qué es un manipulador de alimentos?
Un manipulador de alimentos es toda persona que, por su actividad laboral, tiene
contacto directo con los alimentos durante cualquiera de sus fases, desde que se
recibe la materia prima hasta que llega al consumidor final, esto es durante los
distintos pasos de la cadena: preparación, fabricación, transformación, envasado,
almacenamiento, transporte, distribución y venta.
Es importante conocer y cumplir las normas de higiene en la manipulación de alimentos
durante toda la cadena porque así podremos garantizar la seguridad alimentaria,
minimizando los riesgos y evitando las enfermedades trasmitidas por alimentos (ETA).

Buenas prácticas de manufactura (BPM)
Son todos los procedimientos necesarios que se aplican en la elaboración de
alimentos con el fin de garantizar que estos sean seguros y se empleen en toda
la cadena de producción de los mismos, desde la recepción de la materia prima,
elaboración, envasado, almacenamiento, transporte y distribución.
El Código Alimentario Argentino (CAA) incluye en el Capítulo N.º II la obligación
de aplicar las BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA DE ALIMENTOS (BPM) y la
Resolución 80/96 del Reglamento del Mercosur indica la aplicación de las BPM para
establecimientos elaboradores.
Las buenas prácticas de manufactura son una herramienta básica para la obtención
de productos inocuos y seguros para el consumo humano y animal para lo cual sus
ejes principales son la higiene y la forma de manipulación. Estas contribuyen al
aseguramiento de una producción de alimentos seguros, saludables e inocuos para
el consumo humano y animal.
BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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43

Fuentes más comunes de contaminación en la
elaboración
• Suelo / agua
• Vegetales y subproductos vegetales
• Utensilios de cocina contaminados
• Tracto intestinal de personas y animales
• Personal que manipula alimentos (por ejemplo, virus de la hepatitis A)
• Piensos para animales
• Piel de animales
• Roedores
• Aire y partículas de polvo
La contaminación puede producirse en cualquier etapa de la cadena

Higiene personal del manipulador
La persona que manipula alimentos debe ser consciente de su responsabilidad
en las intoxicaciones o infecciones alimentarias y, generalmente, esto ocurre por
no implementar buenas prácticas higiénicas; por eso, es su obligación prevenir
cualquier alteración del alimento que se deba a un descuido en su higiene personal.

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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En particular, deberá prestarse especial atención a la frecuencia del lavado de
manos, con agua y jabón (con uñas cortas, sin esmalte y uñas postizas):
• Al comienzo de cada jornada laboral y cada vez que interrumpa el trabajo.
•   Después de tocar alimentos crudos para evitar la contaminación cruzada.
•   Antes de manipular alimentos cocinados para evitar contaminación cruzada.
•  Después de ir al baño.
• Después de manipular basura o desechos de alimentos.
•  Después de utilizar un pañuelo para toser, estornudar o sonarse la nariz.
• Después de comer.
•  Después de tocar dinero.
• Después de fumar.
• No debe hurgarse nariz y orejas.
• En caso de heridas, rasguños, granos, abscesos: cubrir la zona
inmediatamente con apósito coloreado e impermeable al agua.
• En caso de no contar con agua y jabón, se debe utilizar alcohol en gel o
aerosol al 70%.

Para preparar un litro de solución de alcohol etílico al 70%: Se debe medir 700 ml de
alcohol etílico al 95% y completar con agua potable hasta alcanzar un litro.

¡Importante!
Realizar un baño diario y
estar en buenas condiciones de salud (sin
enfermedades respiratorias, digestivas, etc)
constituyen buenos hábitos higiénicos

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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Vestimenta
	 • Debe ser de color claro, mantenerse limpia y cambiar todos los días
(guardapolvos blancos) y usarse dentro de la cocina exclusivamente.
	 • No debe utilizar su vestimenta para secarse las manos o la cara.
	 • No usar el equipo de trabajo para ir al baño.
	 • Usar cofia o gorra, para que el cabello no se caiga en la preparación.
	 • Cubrir boca, nariz y barba con barbijo.
	 • En caso de tener mucho vello en los brazos, utilizar mangas descartables.
	 • Usar delantal plástico si corresponde.
	 • Utilizar guantes descartables para manipular alimentos listos para el
consumo.
	 • Usar calzado exclusivo (botas o zapatos de seguridad blancos lavables).

Conducta
	 • No fumar, hablar, estornudar, llevar anillos, pulseras, durante la
elaboración.
	 • No rascarse la nariz, cabello, ojos durante la manipulación de alimentos.
	 • Ante cualquier síntoma de infección o alteración de la salud, comunicar al
responsable y dejar de trabajar cerca de los alimentos.
	 • Realizar capacitación y entrenamiento en buenas prácticas de elaboración.
	 • La persona que realiza la limpieza de instalaciones (baños) no debe ser la
misma que manipula alimentos.

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�MóDULO VI
HIGIENE
AMBIENTAL E
INSTALACIONES

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SECTORIZACIÓN DE LA COCINA DE ACUERDO
A SU GRADO DE CONTAMINACIÓN O RIESGO
Sector de alto riesgo (rojo)
Corresponde al área o zonas de la cocina en las cuales se procesa toda la materia
prima contaminada que no ha sufrido ningún proceso de descontaminación y
que será sometida, durante su posterior procesamiento, a un calentamiento o
desinfección.

Sector de mediano riesgo
Corresponde al área o zonas de la cocina en las cuales se procesa la comida que recibió
un tratamiento descontaminante con agua clorada.

El uso de guantes es obligatorio.
Sector de bajo riesgo
Corresponde al área o zonas de la cocina en las cuales se procesan las comidas que
han sufrido un proceso de cocción que asegura la ausencia de microorganismos en
su forma vegetativa sobreviviente. Deben estar ordenados y en buenas condiciones
de higiene antes de comenzar las tareas diarias y durante las mismas.
Las zonas que pueden desencadenar contaminaciones cruzadas son las
correspondientes a las instalaciones de servicio donde se depositan artículos de
desinfección y limpieza, estas deben encontrarse perfectamente identificadas y
separadas de la cocina o ámbito donde se manipulan alimentos.
Por su parte, la cocina debe estar provista de agua potable, fría y caliente. Mientras
que la ventilación se realizará de modo que no se produzcan corrientes de aire desde
las zonas sucias hacia la de manipulación de los alimentos (contando la cocina
propiamente dicha con una campana con buen tiraje).
Las mesadas deben ser de acero inoxidable o material lavable (que no sea poroso
como madera) y deberán estar provistas de buena iluminación.
Las paredes serán de color claro y, al igual que los pisos, estarán construidas con
materiales resistentes, impermeables, lisos y fáciles de higienizar. A su vez, los
techos deberán ser construidos de forma que no se acumule polvo ni vapores de
condensación, es decir, de fácil limpieza.

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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PAUTAS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN
La limpieza y la desinfección no son lo mismo.
	 • Limpiar significa eliminar, remover físicamente la suciedad visible de las
superficies como los restos de alimentos mediante el uso de agua, detergentes,
cepillos, etc.
	 • Desinfectar significa eliminar la suciedad no visible de las superficies
(microorganismos) mediante el uso productos químicos permitidos, agua
caliente (mayor a 65 °C) o vapor. Es decir, al desinfectar se reducen los
microorganismos hasta un nivel seguro.

Es necesaria la limpieza y desinfección de las
superficies de todas las instalaciones como así
también de los utensilios.

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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Respecto al barrido, es importante intentar evitar el polvo durante este
procedimiento, así como realizarlo luego de terminar el trabajo diario de elaboración
y verificarlo antes de comenzar la tarea de cada día.
Los utensilios serán lavados de tal manera que se eliminarán los restos de comida
mediante cepillado u otro procedimiento adecuado. Siempre es conveniente el
prelavado con agua caliente, seguido de un lavado de agua con detergente y posterior
enjuague con agua caliente.

¡Importante!
Los detergentes nunca deben entrar en contacto
con los alimentos.
Los productos empleados en la limpieza y desinfección deben ser siempre los
permitidos por las autoridades sanitarias. Cuando se requiera secar superficies o
utensilios, se usarán paños adecuados y limpios o servilletas descartables.
Debido a que los detergentes poseen escaso poder desinfectante, deben utilizarse
otras sustancias que cumplan esa función. Un agente muy adecuado es la lavandina,
ya que no solo es eficaz sino también económica y sus residuos se eliminan
fácilmente por el lavado. Debe conservarse bien cerrada, en sitios frescos al abrigo
de la luz y en lugares separados de los sitios de manipulación de alimentos. Respecto
a su uso, es apta para desinfectar ropa, paredes, piso, instalaciones y mantenerlas
blancas luego de diluirla (excepto para inodoros en que se utilizará concentrada).

¡Importante! Cuando se emplee lavandina se
deberá tener la precaución de no mezclarla con
detergente ya que esto puede producir. sustancias
tóxicas e irritantes a las vías respiratorias,
además deberá usarse con agua fría.
Un aspecto primordial de la higiene ambiental y de las instalaciones es la eliminación
de residuos, insectos, pájaros y roedores, lo que constituye una importante fuente de
contaminación. Específicamente, los residuos se deben disponer en recipientes que
permitan un buen cierre, con tapa accionada a pedal, y el conjunto se ubicará lejos de los
alimentos pero en sitios con fácil acceso; además, no se deberá dejar que se acumule
basura, cambiar la bolsa con frecuencia, lavar bien los recipientes de residuos.

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

�MóDULO VII
CONTROL
DE PLAGAS

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El control de plagas debe ser un programa preventivo eficaz y continuo donde
debemos tener en cuenta:
	 • Que productos serán utilizados.
	 • Dónde se realizará la labor.
	 • Cómo se van a generar las actividades.
	 • Cuándo se va a realizar el control.
	 • Cada cuánto tiempo y quién realizará la verificación de la eficacia de
productos.
	 • Deben estar colocados los cebos en forma correcta ya que pueden ser
arrastrados por el calzado y contaminar los alimentos.
	 • No se deben utilizar cebos dentro del establecimiento, comedor o cocina.
	 • Prohibición de mantener los productos fitosanitarios u otras sustancias
toxicas que puedan representar un riesgo para la salud en zonas de producción,
elaboración, transformación, envasado y almacenamiento. Deben mantenerse
en envase cerrado.
Las plagas constituyen uno de los vectores más importantes de propagación
de enfermedades ya que tienen una aparición masiva y repentina (por ejemplo,
roedores, pájaros, cucarachas, etcétera).
Específicamente, los roedores y las aves invaden el espacio de elaboración ya que allí
encuentran alimento para su supervivencia y portan microorganismos en sus patas,
plumas, etcétera.
Además, todas las puertas y ventanas deberán estar provistas de telas tejido
mosquitero y bien cerradas para lograr el control de ingreso de perros, gatos y
roedores (se deben reparar las grietas y los agujeros de las paredes).

Mantener los alimentos cubiertos o en
recipientes con tapa.

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Los métodos de control de roedores se pueden clasificar en:

Directos
• Métodos químicos: venenos
• Métodos físicos: trampas (mecánicas y pegamentos)
• Métodos biológicos: depredadores

Indirectos
• Control del ambiente: de instalaciones a prueba de roedores y prácticas
sanitarias
• Control de higiene: aplicación de buenas prácticas de manufactura

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

�MóDULO VIII
LAS CINCO
CLAVES DE LA
INOCUIDAD
ALIMENTARIA
(FAO)

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A modo de resumen de todo el manual se facilitan las 5 claves de la inocuidad según
la Organización Mundial de la Salud (OMS). Son recomendaciones que siempre debe
tener en cuenta quien manipula alimentos con el fin de prevenir enfermedades.

CLAVE 1
Mantener la higiene
	 • Higiene personal: lavado de manos antes de preparar alimentos y varias
veces durante su preparación. Hacerlo también luego de ir al baño.
	 • Lavar y desinfectar todas las superficies, utensilios y equipos usados en la
preparación de alimentos.
	 • Realizar el control de plagas.
	 • Usar una vestimenta adecuada para el trabajo.
	 • Emplear un correcto manejo de residuos.

Si bien la mayoría de las bacterias no causan
enfermedades, algunas de ellas son peligrosas y están
ampliamente distribuidas en el suelo, en el agua, en
los animales y en las personas. Al ser transportadas
por las manos, la ropa y los utensilios, pueden entrar
en contacto con los alimentos y transferirse a estos,
provocando enfermedades.
CLAVE 2
Evitar la contaminación cruzada
• Separar los alimentos crudos de los cocidos y de los listos para consumir
(conservarlos en recipientes separados).
• Para manipular carnes y otros alimentos crudos, usar equipos y utensilios
diferentes (como cuchillas o tablas de cortar).

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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Los alimentos crudos –especialmente carnes,
pollos, pescados y sus jugos– pueden estar
contaminados con bacterias peligrosas que
pueden transferirse a comidas cocinadas
o listas para consumir, ya sea durante su
preparación o conservación.

CLAVE 3
Cocinar completamente
• Cocinar completamente los alimentos, especialmente carnes, pollos, huevos
y pescados.
• Hervir los alimentos como sopas y guisos, para asegurarse que ellos
alcanzaron 70 °C (se recomienda el uso de termómetros). Para carnes rojas y
pollos, cuidar que no queden partes rojas en su interior.
• Recalentar completamente la comida cocinada, pues una correcta cocción
elimina las bacterias. Cocinar el alimento de manera que todas sus partes
alcancen 70° C para garantizar la inocuidad en el consumo (esto debe
controlarse especialmente respecto a determinados alimentos como trozos
grandes de carne, pollos enteros o carne molida).

CLAVE 4
Mantener los alimentos a temperaturas seguras
• No dejar los alimentos cocidos a temperatura ambiente durante más de 2
horas.
• Enfriar lo más pronto posible los alimentos cocinados y los perecederos
(preferentemente por debajo de 5 °C).
• Mantener bien caliente la comida lista para servir (por encima de los 60 °C).

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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57

• No guardar las comidas preparadas por mucho tiempo, ni siquiera en la
heladera.
• No descongelar los alimentos a temperatura ambiente, pues algunas
bacterias podrían multiplicarse muy rápidamente.
• Tener en cuenta que, por debajo de los 5 °C o por encima de los 60 °C,
el crecimiento bacteriano se hace más lento o se detiene (aunque algunas
bacterias peligrosas pueden desarrollarse a temperaturas menores a 5°C).
• La temperatura actúa como barrera para impedir la proliferación de
microorganismos, por lo que el correcto control de la temperatura de los
alimentos –tanto en el proceso de refrigeración como el de cocción– es
un elemento clave para prevenir la aparición y el desarrollo de bacterias
patógenas.

CLAVE 5
Usar agua y alimentos seguros
• Utilizar agua segura de red o asegurarse de potabilizarla antes de su
consumo.
• Seleccionar alimentos sanos y frescos.
• Lavar las frutas y las hortalizas en forma minuciosa, especialmente si se
consumen crudas.
• No consumir alimentos después de la fecha de vencimiento.
Los alimentos –incluyendo el agua y el hielo– pueden estar contaminados con
bacterias peligrosas y sustancias químicas, algunas de las cuales pueden formarse
incluso en alimentos dañados o con hongos. Por ese motivo, una cuidadosa selección
de los alimentos y la aplicación de algunas medidas simples, como lavar y pelar,
disminuyen el riesgo.

Otras recomendaciones importantes para tener en
cuenta
•	 No descongeles a temperatura ambiente –ni con mucha anticipación–
los alimentos que vayas a cocinar (carnes, pollos): trasladá el alimento
congelado desde el frizer hasta la heladera.
•	 No vuelvas a congelar un alimento que ya fue descongelado, a menos que lo
cocines antes de colocarlo nuevamente en el frizer.

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58

•	 Mantené los alimentos refrigerados hasta el momento de servirlos,
tanto las ensaladas que se consumen directamente (en especial si tienen
mayonesa) como aquellas comidas elaboradas que deben recalentarse hasta
alcanzar la temperatura de cocción.
•	 Mantené refrigerados aquellos alimentos elaborados a partir de cremas o
mayonesas.
•	 En la heladera, mantené con tapa los alimentos que se consumen fríos
(como las ensaladas) y separados de los demás. Lo mismo corre para los
cocidos y los crudos.
•	 Durante los días de alta temperatura, los alimentos no deben permanecer
fuera de la heladera por más de una hora antes de ser consumidos,
recalentados, refrigerados o colocados en el frizer.
•	 Si consumís mariscos, asegúrate de que no sea tiempo de veda por la
marea roja.
•	 Conservá los huevos en la heladera y en su envase de expendio, separados
de otros alimentos listos para ser ingeridos. Evitá el consumo de huevos
crudos.
•	 Al abrir una lata de conservas, transferí todo su contenido a un envase de
vidrio o plástico. Nunca conserves el excedente en el envase original.
•	 No utilices envases de uso alimentario (especialmente los retornables),
para contener otras sustancias como detergentes, solventes, insecticidas,
etc. Tampoco uses los recipientes de otros productos para guardar
alimentos.
•	 Constatá la integridad de los envases que se adquieran. No compres
aquellos que se encuentren en malas condiciones (latas o tretrapacks
abollados, hinchados u oxidados, o bolsas plásticas perforadas).
•	 Antes de comprar un alimento, controlá que su envase posea fecha de
vencimiento y número de registro. Si no los tiene, denunciá la situación ante
la autoridad competente.
•	 No guardes alimentos junto a productos de limpieza.

Conclusión
La correcta manipulación de alimentos es un paso clave para la seguridad
alimentaria. Para esto, es necesario tener en cuenta cada procedimiento de
preparación y cada uno de los pasos que conduce al producto terminado, tratando de
señalar en ellos las operaciones riesgosas.
En definitivo, considerar el camino que recorre el alimento desde la recepción de la
materia prima hasta el servicio o la comercialización es importante para determinar
dónde pueden ocurrir peligros potencialmente significativos para la salud pública.

BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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La mayoría de las veces la persona que
manipula alimentos es quien interviene como
vehículo de transmisión de estas enfermedades,
con lo cual es importante que tengamos en
cuenta el gran papel que juegan estos actores
en la prevención de enfermedades.

Bibliografía
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Agricultura, O. d. (2017). Manual para manipuladores de alimentos. Washington D.C.: OPS.
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BUENAS PRÁCTICAS PARA LA MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS // 2023

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                <text>El presente manual brinda herramientas para quienes manipulan alimentos a fin de prevenir enfermedades. El temario desarrollado comprende aspectos bromatológicos, microbiológicos y epidemiológicos generales. Enfermedades transmitidas por alimentos. Conceptos de higiene, elaboración y conservación de los alimentos. </text>
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                <text>MÓDULO I: Definiciones&#13;
MÓDULO II: Nociones de bromatología, características generales de los principales patógenos&#13;
MÓDULO III: Enfermedades transmitidas  por alimentos (ETA)&#13;
MÓDULO IV: Higiene de los alimentos&#13;
MÓDULO V: Rol del manipulador de  alimentos&#13;
MÓDULO VI: Higiene ambiental e  instalaciones&#13;
MÓDULO VII: Control de plagas&#13;
MÓDULO VIII: Las cinco claves de la  inocuidad alimentaria (FAO)</text>
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                    <text>Guía rápida sobre
encefalomielitis
equina
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa)

�El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria es un organismo descentralizado
encargado de ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal y vegetal
e inocuidad de los alimentos de su competencia, así como de verificar el cumplimiento
de la normativa vigente en la materia.
Equipos de trabajo
Dirección Nacional de Sanidad Animal
Dirección Nacional de Operaciones
Coordinación General de Comunicación Institucional

�La enfermedad
La encefalomielitis equina (EE) –también conocida como encefalitis viral equina, locura equina o encefalomielitis viral equina– es una enfermedad infecciosa producida por un alphavirus que se transmite a través de insectos hematófagos y afecta el sistema nervioso central. Sus huéspedes susceptibles son los
equinos, los humanos y aves.
La EE es considerada una enfermedad de tipo estacional, vinculada con el
aumento de las temperaturas y el crecimiento poblacional de sus vectores (el
mosquito). Se presenta con mayor prevalencia en la época primaveral-estival,
donde las condiciones ambientales son más favorables para la transmisión
del virus. Posee un periodo de incubación que puede variar entre 1 a 3 semanas y es una zoonosis de declaración obligatoria.
Particularmente, la encefalomielitis equina del oeste (EEO) es una variante
que cursa con sintomatología nerviosa y desarrolla inicialmente un cuadro
febril, seguido de ataxia e incoordinación hasta llegar al decúbito. Los síntomas son comunes a otras enfermedades arbovirales, motivo por el cual su
diagnóstico confirmatorio es por resultado de laboratorio.

Ciclo de transmisión
El virus de la EE tiene como reservorios naturales a las aves silvestres que,
al infectarse, presentan una elevada viremia capaz de contagiar a los mosquitos vectores, en especial al género Culex tarsalis y Ochlerotatus Albifasciatus. La transmisión del ave infectada al ave sana por medio de los insectos hematófagos
mantiene el ciclo enzoótico de la infección.
Las aves paseriformes actúan como reservorios y el mosquito como vector
(ciclo enzoótico) o como huéspedes amplificadores.
Por otra parte, dichos vectores son capaces de infectar a los equinos y humanos, en consecuencia, se ocasiona una baja viremia que puede o no provocar
sintomatología clínica. Por tal motivo, los caballos y las personas son considerados huéspedes terminales, ya que no son una fuente importante en la
diseminación del virus de la EE.
Asimismo, los roedores y los lagomorfos también pueden actuar como huéspedes de amplificación cuando se infectan por mosquitos Aedes (ciclo epizoótico).

3

�CÓMO SE TRANSMITE Y QUÉ PRODUCE

La encefalomielitis equina es una enfermedad viral transmitida de las aves
a los mosquitos, los que a su vez pueden infectar con su picadura a caballos,
pero también a humanos.

ENCEFALOMIELITIS EQUINA. CICLO DE CONTAGIOS
MOSQUITOS

AVES

ROEDORES

MOSQUITOS

CABALLOS

AVES

ROEDORES

MOSQUITOS

HUMANOS

Signos clínicos en equinos
El período de incubación varía entre 2 y 14 días, y puede presentarse 3 formas
clínicas diferentes:
1) Infección inaparente.
2) Síndrome febril (presente en el 80-90% de equinos infectados).
3) Encefalomielitis, a través de los siguientes síntomas iniciales: fiebre,
anorexia y depresión.
En casos graves, esta etapa es seguida por actividad mental alterada, hipersensibilidad a los estímulos, movimientos musculares involuntarios,
disminución de la visión, deambulación sin rumbo, presión de la cabeza
contra objetos, marcha en círculos, incapacidad para tragar, ataxia, parresia, parálisis, convulsiones, períodos de excitación, prurito intenso, movimiento de “pedaleo”, diarrea o constipación. Sin embargo, esta forma clínica tiene mayores probabilidades de ser asintomática o leve.

4

�La tasa de letalidad de la EEO generalmente es del 20-30% y es la más baja
de las alphavirosis.
Los caballos jóvenes son la categoría más susceptible y aquellos que sobreviven se recuperan luego de varias semanas y desarrollan inmunidad de por
vida, pero generalmente presentan alteraciones neurológicas permanentes.
Los signos clínicos mencionados y la ocurrencia en determinada época del año
son indicativos, sin embargo es necesaria la confirmación del laboratorio.

Antecedentes de EE en la República Argentina
El virus de la EE fue aislado por primera vez en Argentina a partir de caballos
con síndrome neurológico en 1930, sin embargo la evidencia epidemiológica
indicaba que estos virus eran los causantes de estas enfermedades desde
1908.
Los brotes de EE en equinos en nuestro país no han estado asociados a enfermedad en humanos, con excepción de los ocurridos en 1972-1973 y 19821983, con ocurrencia de casos humanos en Viedma, Río Negro.
La última epizootia de encefalitis equina provocada por la cepa del oeste ocurrió entre noviembre del 2023 y abril de 2024, la cual afectó a 15 provincias
con un total de 1436 casos. Específicamente, el último brote detectado y confirmado fue el 13 de abril del 2024.

Normativa
Resolución Senasa 153/202: Establece el Sistema de Notificación y Reporte
de Enfermedades Animales y Eventos Sanitarios, que forma parte integrante
del Sistema Nacional y funcionará en el ámbito de la Dirección Nacional de
Sanidad Animal.
Resolución Senasa 1219/2023: Encefalomielitis Equinas (EE). Emergencia
Sanitaria. Se declara el Estado de Emergencia Sanitaria en todo el territorio
de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Resolución Senasa 115/2024: Vacunación Obligatoriedad. Se establece que,
durante la vigencia de la emergencia sanitaria, resulta obligatoria la vacunación con vacuna registrada ante este Servicio Nacional contra la Encefalomielitis Equina Este y Oeste para todos los équidos desde los DOS (2) meses
de vida. Todos los équidos deberán tener vacuna vigente, y aquellos que a la
entrada en vigencia de la presente no hubieran recibido la primovacunación,
deberán hacerlo dentro del plazo de DIEZ (10) días.

5

�Prevención
Vacunación
La vacunación contra la encefalomielitis equina representa la principal herramienta para la prevención de la enfermedad.
En Argentina, la inoculación de estos animales es de carácter obligatorio, en
el marco de la emergencia sanitaria, para todos los equinos que habiten el
territorio nacional desde los dos meses de edad.
El esquema de vacunación cuenta con una primera dosis y una segunda de
refuerzo, de acuerdo a los plazos estipulados en la prescripción del laboratorio elaborador. Para aquellos caballos que ya cuenten con el esquema
completo es necesaria una revacunación de forma anual.
Las vacunas actualmente disponibles en nuestro país son de tipo inactivadas, bivalentes (EEE y EEO) o polivalentes (EEE, EEO y otras enfermedades).

Listado de vacunas autorizadas por el Senasa:
https://www.argentina.gob.ar/senasa/encefalomielitis-equinas/productos-veterinarios-autorizados

La certificación de la vacunación estará a cargo de profesionales veterinarios matriculados y deberá contener los siguientes datos:
• Datos de identificación individual del equino
• Nombre comercial, serie y lote de la vacuna
• Fecha de aplicación de la vacuna
• Sello y firma del profesional actuante

Registro de vacunas
Los certificados de vacunación deben ser registrados ante el Senasa para
el seguimiento y estudio epidemiológico de la enfermedad. Este procedimiento puede ser realizado mediante autogestión por todos los profesionales veterinarios que cuenten con uno de los siguientes roles en el Sistema
Único de Registros:
• Veterinario matriculado.
• Veterinario Programa Equinos.
Para esto, los usuarios deben ingresar al Sistema Integrado de Gestión de
Sanidad Animal (SIGSA) a través del Portal de AFIP, utilizando su correspondiente CUIT y clave fiscal. De esta manera, a través del Administrador de
Relaciones de AFIP podrán adherirse al SIGSA.

6

�Repelentes
Otra forma de prevención es el uso de repelentes autorizados por el Senasa
para evitar la picadura de los vectores en los animales.

Listado de productos autorizados por el Senasa:
https://www.argentina.gob.ar/senasa/encefalomielitis-equinas/productos-veterinarios-autorizados

Acciones de notificación
Es importante recordar que la encefalomielitis equina es una enfermedad de
denuncia obligatoria, de acuerdo a la Resolución Senasa 153/ 2021. Esto permite al Senasa mantener un seguimiento de los casos, remitir las muestras
correspondientes para diagnóstico de laboratorio y gestionar la disponibilidad de vacunas.
Por eso, ante la detección de signos clínicos compatibles con encefalomielitis equina, cualquier persona puede notificar al Senasa, por medio de las
siguientes vías de comunicación:
• Concurrir a la oficina más cercana
• Whatsapp:11 5700 5704
• Correo electrónico: notificaciones@senasa.gob.ar
• Apartado Avisá al Senasa

Contacto
Programa de Enfermedades de los Equinos:
• (11) 4121-5411
• equinos@senasa.gob.ar
Ministerio de Salud
• 0800-222-3294
• areavigilanciamsal@gmail.com

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�www.senasa.gob.ar

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                <text>Ofrece información sobre la enfermedad a encefalomielitis equina (EE) –también conocida como encefalitis viral equina, locura equina o encefalomielitis viral equina. Describe brevemente el ciclo de transmisión de la enfermedad, el ciclo de contagio, signos clínicos en equinos y detalla la normativa Senasa vinculada a las acciones ante esta enfermedad.</text>
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