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                    <text>MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 219/2020
RESOL-2020-219-APN-MT
Ciudad de Buenos Aires, 20/03/2020
VISTO, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297, de fecha 19 de Marzo de 2020, la Ley N°
27.541, el Decreto N° 260 del 12 de Marzo de 2020 y su modificatorio N° 287 del 17 de Marzo
de 2020; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesario dictar las reglamentaciones necesarias para una correcta
implementación en el ámbito de competencia de este Ministerio del Decreto de Necesidad y
Urgencia Nro. 297 del 9 de Marzo de 2020.
Que en esta instancia resulta necesario dictar las medidas reglamentarias necesarias que
aseguren la merma en la afluencia de personas en el transporte público y en los lugares de
trabajo, sin que ello afecte la producción y el abastecimiento de los bienes y servicios
necesarios, manteniéndose vigente el deber para aquel personal calificado de “esencial”.
Que la presente medida tiende a disminuir el nivel de exposición de los trabajadores y
trabajadoras, como asimismo la contención de la propagación de la pandemia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del DCNU-2020297-APN-PTE.
Por ello
EL MINISTRO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Los trabajadores y trabajadoras alcanzados por el “aislamiento social
preventivo y obligatorio” quedarán dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo.
Cuando sus tareas u otras análogas puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento
deberán en el marco de la buena fe contractual, establecer con su empleador las condiciones
en que dicha labor será realizada. Quienes efectivamente acuerden este modo de
realización de sus tareas, percibirán su remuneración habitual en tanto que, en aquellos casos
que esto no sea posible, las sumas percibidas tendrán carácter no remuneratorio excepto
respecto de los aportes y contribuciones al sistema nacional del seguro de salud y al Instituto
Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. La Administración Federal de
Ingresos Públicos dispondrá las medidas necesarias a fin de verificar la correcta
aplicación de esta disposición.
ARTÍCULO 2°.- Los trabajadores y trabajadoras que presten servicios en las actividades
descriptas en el artículo 6 del DCNU-2020-297-APN-PTE y sus reglamentaciones, serán
considerados “personal esencial” en los términos de la Resolución del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 207 de fecha 16 de Marzo de 2020. La continuidad
de tales actividades en estas circunstancias constituye una exigencia excepcional de la

�economía nacional (artículo 203, Ley de Contrato de Trabajo Nro. 20.744, T.O. 1976 y sus
modificatorias).
ARTÍCULO 3°.- Están incluidos dentro del concepto de trabajadores quienes presten servicios
de forma continua bajo figuras no dependientes como las locaciones de servicio reguladas por
el Decreto Nro. 1109 del 28 de Diciembre de 2017, aquellas otras que se desarrollen en forma
análoga dentro del sector privado, las prestaciones resultantes de becas en lugares de trabajo
y las pasantías, como así también las residencias médicas comprendidas en la Ley N° 22.127 y
los casos de pluriempleo o de múltiples receptores de servicios.
ARTÍCULO 4°.-La reorganización de la jornada de trabajo a efectos de garantizar la continuidad
de la producción de las actividades declaradas esenciales en condiciones adecuadas de
salubridad en consonancia con los protocolos establecidos por la autoridad sanitaria, será
considerado un ejercicio razonable de las facultades del empleador. Las horas suplementarias
que resulten de cumplimiento necesario para estos fines, tendrán una reducción del
95% de la alícuota prevista en el artículo 19 de la Ley N° 27.451 que se destine al Sistema
Integrado Previsional Argentino.
ARTÍCULO 5°.-La necesidad de contratación de personal mientras dure la vigencia del
“aislamiento social preventivo y obligatorio”, deberá ser considerada extraordinaria y
transitoria en los términos del artículo 99 de la Ley de Contrato de Trabajo. Los salarios de los
trabajadores contratados por este período bajo esta modalidad tendrán una reducción del
95% de la alícuota prevista en el artículo 19 de la Ley N° 27.451 que se destine al
Sistema Integrado Previsional Argentino.
ARTÍCULO 6°.- Los empleadores deberán proveer al personal que deba continuar
prestando tareas de una certificación para ser exhibida en caso de requerimiento por parte
de controles policiales, en la que conste nombre, número de teléfono y demás datos que
permitan una adecuada identificación de la empresa; nombre, número de documento y
domicilio del trabajador, su calificación como personal esencial y domicilio del lugar de trabajo.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Claudio Omar Moroni

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                <text>&lt;a href="https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/resolucion_mteyss_219_de_2020.pdf"&gt;Resolución MTEySS N° 0219/2020&lt;/a&gt;</text>
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                <text>Reglamentación de la prestación de tareas durante la cuarentena. </text>
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            <name>Date</name>
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                <text>Viernes 20 de Marzo de 2020</text>
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                <text>Medidas reglamentarias necesarias que aseguren la merma en la afluencia de personas en el transporte público y en los lugares de trabajo, sin que ello afecte la producción y el abastecimiento de los bienes y servicios necesarios, manteniéndose vigente el deber para aquel personal calificado de “esencial”.&#13;
Que la presente medida tiende a disminuir el nivel de exposición de los trabajadores y trabajadoras, como asimismo la contención de la propagación de la pandemia.&#13;
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                <text>&lt;strong&gt;Abrogada por el artículo 7° de la &lt;a href="https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=335988"&gt;Resolución N° 279/2020&lt;/a&gt; del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social&lt;/strong&gt;</text>
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                    <text>MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 202/2020
RESOL-2020-202-APN-MT
Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2020
VISTOla Ley Nº 27.541, Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del
12 de marzo de 1992), sus modificatorios y complementarios y el Decreto N° 260 de fecha 12
de marzo de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley 27.541 se dispuso hasta el 31 de diciembre de 2020 la emergencia en materia
sanitaria.
Que el artículo 1° del Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 pasado, amplía la
emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, por el plazo de UN
(1) año a partir de la entrada en vigencia de dicho Decreto.
Que el mencionado Decreto dispone la actuación de los distintos Ministerios a fin de dar
cumplimiento a las medidas que se dispongan en el marco de la emergencia sanitaria que nos
ocupa.
Que el artículo 12 del Decreto N° 260/2020 establece la actuación que corresponde al
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el marco de las previsiones allí
dispuestas.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta ante las excepcionales circunstancias antes referidas y en uso
de las facultades conferidas en los artículos 23 septies de la Ley de Ministerios N° 22.520, sus
modificatorias y complementarias, en concordancia con la Emergencia Sanitaria dispuesta por
Ley N° 27.541 y por el artículo 12 del Decreto N° 260/2020.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Deróguense las Resoluciones MTEYSS Nos. 178 y 184 de fechas 6 de marzo de
2020 y 10 de marzo de 2020, respectivamente.
ARTÍCULO 2°.- Suspéndase el deber de asistencia al lugar de trabajo, con goce íntegro de sus
remuneraciones, a todos los trabajadores y las trabajadoras que se encuentren en las
situaciones descriptas en el artículo 7° del DNU N° 260 y todo otro de naturaleza similar que en
el futuro emane de la autoridad sanitaria, cualquiera sea la naturaleza del vínculo jurídico de
que se trate, considerándose incluidos a estos efectos también a quienes presten servicios de
forma continua bajo figuras no dependientes como las locaciones de servicios reguladas por el

�Decreto N° 1109/2017, aquellas otras que se desarrollen en forma análoga dentro del sector
privado, las prestaciones resultantes de becas en lugares de trabajo, pasantías y residencias
médicas comprendidas en la Ley N° 22.127. En el caso de pluriempleo o de múltiples
receptores de servicios, los efectos previstos en la suspensión de que trata la presente norma
alcanzarán a los distintos contratos.
ARTÍCULO 3°.- Los trabajadores y las trabajadoras que se encontraren comprendidos en los
supuestos contemplados en el artículo 7° del DNU N° 260 y toda otra norma similar que en un
futuro se dicte, deberán comunicar dicha circunstancia al empleador de manera fehaciente y
detallada dentro de un plazo máximo de 48 horas.
ARTÍCULO 4°.- Los trabajadores y las trabajadoras alcanzados por la dispensa del deber de
asistencia al lugar de trabajo que no posean confirmación médica de haber contraído el
COVID-19, ni la sintomatología descripta en el inc. a) del artículo 7° del DNU N° 260, cuyas
tareas habituales u otras análogas puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento,
deberán en el marco de la buena fe contractual, establecer con su empleador las condiciones
en que dicha labor será realizada.
ARTÍCULO 5°.- Los empleadores y las trabajadoras y los trabajadores deberán facilitar y acatar
las acciones preventivas generales y el seguimiento de la evolución de las personas enfermas o
que hayan estado en contacto con las mismas que determine la autoridad sanitaria nacional.
Asimismo, deberán reportar ante dicha autoridad toda situación que encuadre en los
supuestos previstos en el artículo 7° del DNU N° 260.
ARTÍCULO 6°.- El empleador deberá extremar los recaudos suficientes que permitan satisfacer
las condiciones y medio ambiente de trabajo en consonancia con los protocolos establecidos
por la autoridad sanitaria para la emergencia Coronavirus – COVID-19.
ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Claudio Omar Moroni

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                <text>Su suspende el deber de asistencia al lugar de trabajo, con goce íntegro de sus remuneraciones, a todos los trabajadores y las trabajadoras que se encuentren en las situaciones descriptas en el artículo 7° del DNU N° 260.</text>
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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 207/2020
RESOL-2020-207-APN-MT
Ciudad de Buenos Aires, 16/03/2020
Vistas las medidas anunciadas por el Sr. Presidente de la Nación y en línea con las acciones de profilaxis y
preventivas adoptadas desde el Ministerio de Salud de la Nación, y la Resolución MTEySS N° 202 de fecha 13 de
marzo del 2020; y
CONSIDERANDO
Que deben ampliarse los grupos de personas alcanzados por la suspensión del deber de asistencia al lugar de
trabajo en función de sus características personales.
Que resulta conveniente en esta instancia dictar las medidas necesarias para bajar la afluencia de personas en el
transporte público y en los lugares de trabajo, sin que ello afecte la producción y el abastecimiento de los bienes y
servicios necesarios, manteniendo al efecto vigente el deber para aquel personal calificado de “esencial”.
Que en razón de ello y a fin de lograr una disminución en la demanda del aludido servicio se torna necesario
ampliar el espectro de trabajadores y trabajadoras considerado al dictarse la Resolución MTE y SS N° 202/2020,
comprendido en su artículo 2°.
Que la presente medida tiende a disminuir el nivel de exposición de los trabajadores y trabajadoras usuarios de los
servicios de transporte, como asimismo la contención de la propagación de la infección por coronavirus.
Que durante la vigencia de la suspensión del dictado de clases en las escuelas, deben preverse los efectos que la
misma pueda provocar en la dinámica de cuidado de los niños.
Que por Ley 27.541 se dispuso hasta el 31 de diciembre de 2020 la emergencia en materia sanitaria.
Que el artículo 1° del Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 pasado, amplía la emergencia pública en
materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de
dicho Decreto.
Que el mencionado Decreto dispone la actuación de los distintos Ministerios a fin de dar cumplimiento a las
medidas que se dispongan en el marco de la emergencia sanitaria que nos ocupa.
Que el artículo N°12 del Decreto N° 260/2020 establece la actuación que corresponde al MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el marco de las previsiones allí dispuestas.

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Que por la Resolución N° 202/2020 se suspendió el deber de asistencia al lugar de trabajo, con goce íntegro de sus
remuneraciones, a todos los trabajadores y las trabajadoras que se encuentren en las situaciones descriptas en el
artículo 7° del DNU N° 260, con el alcance personal establecido en su artículo 2°, estableciéndose las obligaciones
a las que deberán someterse las partes.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL,
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta ante las excepcionales circunstancias antes referidas y en uso de las facultades
conferidas en los artículos 23 septies de la Ley de Ministerios N° 22.520, sus modificatorias y complementarias, en
concordancia con la Emergencia Sanitaria dispuesta por Ley N° 27.541 y por el artículo 12 del Decreto
N° 260/2020.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1.- Suspéndase el deber de asistencia al lugar de trabajo por el plazo de CATORCE DIAS (14) días, con
goce íntegro de sus remuneraciones, a todos los trabajadores y las trabajadoras que se encuentren en las
situaciones descriptas en los incisos a); b) y c) de este artículo, cualquiera sea la naturaleza del vínculo jurídico de
que se trate, considerándose incluidos a estos efectos también a quienes presten servicios de forma continua bajo
figuras no dependientes como las locaciones de servicios reguladas por el Decreto N° 1109/2017, aquellas otras
que se desarrollen en forma análoga dentro del sector privado, las prestaciones resultantes de becas en lugares de
trabajo, pasantías y residencias médicas comprendidas en la Ley N° 22.127. En el caso de pluriempleo o de
múltiples receptores de servicios, los efectos previstos en la suspensión de que trata la presente norma alcanzarán
a los distintos contratos.
a. Trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta (60) años de edad, excepto que sean considerados “personal
esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento”. Se considerará “personal esencial” a todos los
trabajadores del sector salud.
b. Trabajadoras embarazadas
c. Trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de riesgo que define la autoridad sanitaria nacional.
Dichos grupos, de conformidad con la definición vigente al día de la fecha, son:
1. Enfermedades respiratorias crónica: enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito,
displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.
2. Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.

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3. Inmunodeficiencias.
4. Diabéticos, personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los
siguientes seis meses.
No podrá declararse Personal Esencial a los trabajadores comprendidos en los incisos b) y c)
Artículo 2.- Los trabajadores y las trabajadoras alcanzados por la dispensa del deber de asistencia al lugar de
trabajo según esta resolución, cuyas tareas habituales u otras análogas puedan ser realizadas desde el lugar de
aislamiento, deberán en el marco de la buena fe contractual, establecer con su empleador las condiciones en que
dicha labor será realizada.
Artículo 3.-Dispónese que, mientras dure la suspensión de clases en las escuelas establecida por Resolución
N° 108/2020 del Ministerio de Educación de la Nación o sus modificatorias que en lo sucesivo se dicten, se
considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya
presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente. La persona alcanzada por
esta dispensa deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora, justificando la necesidad y detallando
los datos indispensables para que pueda ejercerse el adecuado control. Podrá acogerse a esta dispensa solo un
progenitor o persona responsable, por hogar.
Artículo 4.- Recomiéndase a los empleadores y empleadoras que dispongan las medidas necesarias para disminuir
la presencia de trabajadores y trabajadoras en el establecimiento a aquellos indispensables para el adecuado
funcionamiento de la empresa o establecimiento, adoptando a tal fin, las medidas necesarias para la
implementación de la modalidad de trabajo a distancia.
Artículo 5.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Omar Moroni
e. 17/03/2020 N° 15322/20 v. 17/03/2020

Fecha de publicación 17/03/2020

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MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 60/2020
RESOL-2020-60-APN-MTR
Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-APN-16458865-APN-DGD#MTR, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 7 de
fecha 10 de diciembre de 2019 y N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020; y
CONSIDERANDO:
Que la UNIDAD GABINETE DE ASESOSRES del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Providencia
N° PV-2020-16585394-APN-UGA#MTR de fecha 12 de marzo de 2020 señaló que con fecha 11 de marzo de 2020,
la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declaró al brote del nuevo coronavirus como una pandemia,
luego de que el número de personas infectadas por COVID-19 a nivel global llegara a 118.554, y el número de
muertes a 4.281, afectando hasta ese momento a 110 países.
Que, a su vez, indicó que en los últimos días se ha constatado la propagación de casos del nuevo coronavirus
COVID-19 en numerosos países de diferentes continentes, llegando a nuestra región y a nuestro país.
Que, asimismo, destacó que el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha adoptado diversas medidas tendientes a
resguardar la salud pública, resultando oportuno arbitrar los medios necesarios para cooperar en la implementación
de cualquier mecanismo o política en el ámbito de este MINISTERIO DE TRANSPORTE y aunar esfuerzos para
mitigar los efectos resultantes de la propagación de la enfermedad.
Que, en ese contexto, señaló que el transporte es una actividad indispensable para garantizar la circulación de
bienes y personas, en condiciones de continuidad y regularidad y que, teniendo en consideración las
particularidades que verifican en cada uno de los distintos sectores que prestan servicios de transporte,
corresponde abordar la problemática desde la perspectiva de cada modalidad, a los efectos de colaborar con los
lineamientos definidos por la autoridad sanitaria.
Que, a su vez, manifestó que es imprescindible la participación de los distintos sectores involucrados en la
prestación del servicio del transporte automotor y ferroviario sometidos a la Jurisdicción Nacional de Pasajeros.
Que, en este contexto, resulta necesaria la conformación del “COMITÉ DE CRISIS PREVENCIÓN COVID-19 EN
EL TRANSPORTE AUTOMOTOR”, bajo la órbita de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE
TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que, de igual modo, es menester la conformación del “COMITÉ DE CRISIS PREVENCIÓN COVID-19 EN EL
TRANSPORTE FERROVIARIO”, bajo la órbita de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE TRANSPORTE,

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organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que, por su parte, deviene necesaria la creación del “COMITÉ DE CRISIS PREVENCIÓN COVID-19 EN EL
TRANSPORTE FLUVIAL, MARÌTIMO Y LACUSTRE” bajo la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS, VIAS
NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que, consecuentemente, la citada UNIDAD GABINETE DE ASESORES señaló que los mencionados COMITÉS,
estarán integrados por los representantes de los diversos actores del servicio de transporte de pasajeros, en
cualquiera de las modalidades alcanzadas por la presente Resolución.
Que, a dichos fines, los referidos Comités deberán requerir a las empresas prestatarias de los servicios la
realización de la difusión masiva de información a los usuarios del sistema de transporte, con el objeto de incentivar
la consulta temprana ante la presencia de síntomas de enfermedad respiratoria aguda; brindar conocimiento sobre
las principales medidas de prevención para todas aquellas personas usuarias del sistema; capacitar al personal de
las distintas áreas de trabajo que puedan tener relación con un caso posible; solicitar la colaboración a los
prestadores del servicio de transporte para propiciar la detección y manejo de casos.
Que, asimismo, los Comités coordinarán trabajos con instituciones locales, ya sean públicas, privadas, policiales u
otras, que se encuentren afectadas a la asistencia de los pacientes sospechosos o diagnosticados.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en el marco de las circunstancias de emergencia referidas en el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y en uso de las facultades conferidas por el Decreto
N° 7 de fecha 10 diciembre de 2019 modificatorio de la Ley de Ministerios (T.O. Decreto N° 438/92).
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establécese que las Operadoras de Servicios de Transporte Automotor, Ferroviario, Marítimo,
Fluvial y Lacustre sujetos a la Jurisdicción Nacional deberán incrementar las acciones tendientes a mantener las
condiciones esenciales de higiene de los vehículos, material rodante y embarcaciones en servicio.
Las mismas acciones se extenderán a las instalaciones fijas y a las Estaciones Terminales de Ómnibus,
Ferroviarias, Ferroautomotor y Portuarias de Jurisdicción Nacional.
Iguales conductas deberán llevar a cabo en terminales ubicadas en las cabeceras, y en cada una de las estaciones
ferroviarias de las Líneas.

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ARTÍCULO 2º.- Requiérese a las Operadoras del Transporte de Cargas que implementen las medidas de
prevención y acciones tendientes al cuidado del personal asignado a la prestación de los servicios.
ARTÍCULO 3º.- Establécese que las Operadoras, Concesionarias y/o prestatarias de los servicios de transporte
determinadas en el artículo 1º de la presente medida, deberán difundir la cartelería y/o información que brinde el
MINISTERIO DE SALUD, siendo obligatoria y de aplicación inmediata todo lo que disponga el Ministerio
precedentemente mencionado como Autoridad de Aplicación.
En el caso que los vehículos, material rodante o embarcaciones dispongan de equipos audiovisuales, estarán
obligados a difundir al inicio de cada tramo del viaje, el video o la grabación que brinde la COMISIÓN NACIONAL
DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, o la SUBSECRETARIA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE dependiente
de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, según corresponda.
El mencionado video o audio, deberá ser transmitido con la frecuencia que resuelvan los respectivos comités
creados por esta resolución, en las estaciones Terminales de Ómnibus, Ferroviarias, ferroautomotoras y portuarias
de Jurisdicción Nacional que dispongan dispositivos a fines.
Los sujetos alcanzados por esta resolución, se encargarán de efectuar la colocación y suministro de alcohol en gel,
soluciones a base de alcohol y/o cualquier otro insumo que recomiende el MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 4º.- Créase en la órbita de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE TRANSPORTE, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, el “COMITÉ DE CRISIS PREVENCIÓN
COVID-19 EN EL TRANSPORTE FERROVIARIO”, en los términos de la presente Resolución.
ARTICULO 5º.- Créase en la órbita de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE TRANSPORTE, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, el “COMITÉ DE CRISIS PREVENCIÓN
COVID-19 PARA EL TRANSPORTE AUTOMOTOR”, en los términos de la presente Resolución.
ARTICULO 6º.- Créase en la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE
dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE el
“COMITÉ DE CRISIS PREVENCIÓN COVID-19 EN EL TRANSPORTE FLUVIAL, MARÍTIMO Y LACUSTRE”, en
los términos de la presente Resolución.
ARTICULO 7º.- Los Comités creados en los artículos anteriores deberán estar integrados por los diversos actores
de cada uno de los sectores involucrados, incluyéndose a los prestadores de los servicios, cámaras representativas
de los sectores, las entidades gremiales y a cualquier otra entidad o persona con incumbencia en la materia.
ARTÍCULO 8º.- Los Comités, sin perjuicio de lo que se disponga al momento de su efectiva conformación, tendrán
las siguientes funciones:
a. realizar la difusión masiva de información a los usuarios del sistema de transporte, con el objeto de incentivar la
consulta temprana ante la presencia de síntomas de enfermedad respiratoria aguda;

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b. brindar conocimiento sobre las principales medidas de prevención para todas aquellas personas usuarias del
sistema;
c. capacitar al personal de las distintas áreas de trabajo que puedan tener relación con un caso posible;
d. solicitar la colaboración a los prestadores del servicio de transporte para propiciar la detección y manejo de
casos;
e. coordinar los trabajos con instituciones locales, ya sean públicas, privadas, u otras, que se encuentren afectadas
a la asistencia de los pacientes sospechosos o diagnosticados;
f. disponer de todas las medidas que considera convenientes y necesarias para cumplir con los lineamientos de la
presente Resolución.
ARTICULO 9º.- Los Comités creados en los artículos anteriores deberán estar integrados por los diversos actores
de cada uno de los sectores involucrados, incluyéndose a los prestadores de los servicios, cámaras representativas
de los sectores, las entidades gremiales y a cualquier otra entidad o persona con incumbencia en la materia.
ARTÍCULO 10.- La COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y la SUBSECRETARIA DE PUERTOS, VÍAS
NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, en lo que corresponda al ámbito de su competencia, deberá controlar lo
dispuesto en la presente Resolución.
ARTICULO 11.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación.
ARTICULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y
archívese. Mario Andrés Meoni
e. 14/03/2020 N° 14663/20 v. 14/03/2020

Fecha de publicación 14/03/2020

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                <text>Viernes 13 de Marzo de 2020</text>
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                <text>Se establece que las Operadoras de Servicios de Transporte Automotor, Ferroviario, Marítimo, Fluvial y Lacustre sujetos a la Jurisdicción Nacional deberán incrementar las acciones tendientes a mantener las condiciones esenciales de higiene de los vehículos, material rodante y embarcaciones en servicio.</text>
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MINISTERIO DEL INTERIOR
Resolución 48/2020
RESOL-2020-48-APN-MI
Ciudad de Buenos Aires, 28/03/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-19364108- -APN-DGDYL#MI, la Ley N° 22.520, (texto ordenado por Decreto
N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 434 del 1º de marzo de 2016, 561 del 6
de abril de 2016, 1063 del 4 de octubre de 2016, 260 del 12 de marzo de 2020 y modificatorio, y 297 del 19 de
marzo de 2020; la Decisión Administrativa N° 429 del 20 de marzo de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del
nuevo coronavirus como una pandemia, luego de que el número de personas infectadas por COVID-19 a nivel
global llegara a CIENTO DIECIOCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO (118.554) y el número de
muertes a CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO (4.281), afectando hasta ese momento a CIENTO DIEZ
(110) países.
Que, con el correr de los días, se constató la propagación de casos del nuevo coronavirus COVID-19 en numerosos
países de diferentes continentes, llegando a nuestra región y a nuestro país.
Que en el marco de la declaración de emergencia pública en materia sanitaria declarada por el artículo 1° de la Ley
N° 27.541, resultó procedente su ampliación respecto de las medidas a adoptar con relación al coronavirus
COVID-19.
Que la evolución de la situación epidemiológica exigió que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes, ante la
imposibilidad de seguir los trámites ordinarios para la sanción de las leyes.
Que mediante el Decreto N° 260/20 se amplió, por el plazo de UN (1) año, la emergencia pública en materia
sanitaria establecida la por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL
DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.
Que la dinámica de la pandemia y su impacto sobre la vida social de la población en su conjunto ha verificado la
necesidad de intensificar los controles del Gobierno Nacional.
Que a través del Decreto N° 297/20 se estableció una medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”,
desde el 20 hasta el 31 de marzo de 2020, con el fin de proteger la salud pública.

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Que el artículo 6° de la citada norma exceptuó del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y
de la prohibición de circular, a las personas afectadas a actividades y servicios declarados esenciales en la
emergencia.
Que, asimismo, se estableció que los desplazamientos de estas personas deben limitarse al estricto cumplimiento
de dichas actividades y servicios.
Que la realidad de las primeras horas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” ha demostrado la necesidad
de incorporar otras actividades y servicios con carácter de esenciales con el fin de mitigar los efectos ocasionados
por las medidas adoptadas.
Que en ese marco, el Jefe de Gabinete de Ministros, en su carácter de coordinador de la “Unidad de Coordinación
General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional”, dictó la
Decisión Administrativa N° 429/20, mediante la cual se incorporaron al listado de actividades y servicios declarados
esenciales en la emergencia, exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la
prohibición de circular, a las personas afectadas a otras actividades y servicios no previstas.
Que es competencia del MINISTERIO DEL INTERIOR entender en las cuestiones institucionales en que estén en
juego los derechos y garantías de los habitantes de la República, conforme lo establece el artículo 17, inciso 3° de
la Ley N° 22.520 (T.O. 1992) y modificatorias y complementarias.
Que, asimismo, de acuerdo a lo prescripto en el artículo 17, inciso 5°, de la citada norma corresponde a esta
Cartera entender en las relaciones y en el desenvolvimiento con los gobiernos de las provincias y el de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y en las cuestiones interjurisdiccionales.
Que, en el marco de la emergencia sanitaria descripta, habiéndose implementado restricciones razonables al
derecho constitucional a transitar el territorio nacional (artículo 14 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL), recae en el
MINISTERIO DEL INTERIOR la implementación de aquellas medidas que resulten necesarias a efectos de
certificar los casos de aquellas personas que encuadran en los supuestos de excepción al “aislamiento social,
preventivo y obligatorio”, de manera que puedan cumplir con los cometidos esenciales que han originado este
tratamiento diferencial. Ello coadyuvará, al mismo tiempo, a la tarea de las fuerzas de seguridad nacionales,
provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y de la autoridad sanitaria nacional, minimizando la
circulación de personas y evitando la propagación del coronavirus COVID-19.
Que, en consecuencia, se implementará un instrumento único, denominado “Certificado Único Habilitante para
Circulación – Emergencia COVID-19”, para validar la situación de aquellas personas que encuadren dentro de las
excepciones previstas en el artículo 6° del mencionado Decreto N° 297/20 y normas modificatorias y
complementarias, así como en aquellas excepciones al “aislamiento social, preventivo y obligatorio” que en el futuro
se establezcan.
Que, a fin de cotejar la veracidad de los datos consignados, el MINISTERIO DEL INTERIOR, podrá efectuar los
intercambios de información que resulten necesarios con organismos y entidades públicas y privadas, requiriendo el
consentimiento del solicitante cuando fuera pertinente en el marco de lo previsto por la Ley N° 25.326 y

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modificatorias.
Que, una vez validados los datos, se emitirá el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia
COVID-19”, que tendrá un plazo de vigencia de SIETE (7) días corridos, renovable.
Que la posibilidad de documentar en forma adecuada cada caso exceptuado del “aislamiento social, preventivo y
obligatorio” permitirá optimizar el trabajo de los organismos competentes en los puntos de control; evitar demoras y
complicaciones para las personas que emprenden, al amparo de la normativa, este tipo de traslado y, en última
instancia, apuntalar la estrategia del Gobierno Nacional para contener la propagación del coronavirus COVID-19.
Que el Decreto Nº 434/16, por el cual se aprueba el PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el
PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontal informática
de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda
la administración a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información, la
reducción de los plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.
Que el Decreto Nº 561/16, aprobó la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como
sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones
y expedientes del Sector Público Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de
expedientes electrónicos.
Que, a través del Decreto N° 1063/16, se implementó la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) como medio de
interacción del ciudadano con la administración, a través de la recepción y remisión por medios electrónicos de
presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros.
Que resulta pertinente que el referido “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” se
instrumente a través de la citada Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
Que la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la
intervención de su competencia, indicando que ha instrumentado los medios necesarios para que el “Certificado
Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” se encuentre accesible para toda la población a través
de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), y brindando el soporte técnico que requiere para su correcto
funcionamiento.
Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 4° inciso b) punto 22, y 17,
incisos 3 y 5 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. 1992) y sus normas modificatorias y complementarias, los
Decretos Nros. 260/20 y modificatorios y 297/20 y la Decisión Administrativa N° 429/20.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR

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RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Impleméntase el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” para toda
persona que encuadre en los supuestos previstos en el artículo 6° del Decreto N° 297/20 y en los artículos 1° y 2°
de la Decisión Administrativa N° 429/20, así como en aquellas excepciones al “aislamiento social, preventivo y
obligatorio” que en el futuro se establezcan.
El “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” será personal e intransferible y deberá
tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), ingresando a https://tramitesadistancia.gob.ar/, a
efectos de su presentación a requerimiento de la autoridad competente al momento de circular por la vía pública,
junto con el Documento Nacional de Identidad.
ARTÍCULO 2°.- Exceptúase de la obligación de tramitar y portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación –
Emergencia COVID-19” a aquellas personas que deban desplazarse por supuestos de fuerza mayor, de acuerdo a
lo establecido por el artículo 6°, inciso 6°, del Decreto N° 297/20. En estos casos, deberá acreditarse la excepción
al “aislamiento social, preventivo y obligatorio” mediante documentación fehaciente que dé cuenta del suceso
acaecido.
ARTÍCULO 3°.- El MINISTERIO DEL INTERIOR efectuará los intercambios de información que resulten necesarios
con organismos y entidades públicas y privadas para corroborar la veracidad de los datos consignados al momento
de tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”, requiriendo el
consentimiento del solicitante cuando fuera pertinente en el marco de lo previsto por la Ley N° 25.326 y
modificatorias.
Una vez validados los datos, se emitirá el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID- 19”,
que tendrá vigencia por el plazo de SIETE (7) días corridos, renovable.
El falseamiento de datos en la tramitación del “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia
COVID-19” dará lugar a la aplicación de las sanciones que resulten pertinentes según la normativa vigente.
ARTÍCULO 4°.- La presente norma entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. Eduardo Enrique de Pedro
e. 29/03/2020 N° 16156/20 v. 29/03/2020

Fecha de publicación 29/03/2020

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                <text>Se implementa el  “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” para quienes deban circular por estar contempladas en las excepciones acordadas.&#13;
&#13;
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                <text>Se implementa el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” para toda persona que encuadre en los supuestos previstos en el artículo 6° del Decreto N° 297/20 y en los artículos 1° y 2° de la Decisión Administrativa N° 429/20, así como en aquellas excepciones al “aislamiento social, preventivo y obligatorio” que en el futuro se establezcan. Será personal e intransferible y deberá tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD). &#13;
Se exceptua de la obligación de tramitar y portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” a aquellas personas que deban desplazarse por supuestos de fuerza mayor. </text>
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                    <text>Resultados de la Encuesta Sanitaria Apícola 2013
Rabinovich,

1-2
M. ;

Monterubbianesi,

1
C. ;

Bacci,

1
M. ;

Marcos

3
A.

Nacional de Sanidad Apícola – Dirección de Programación Sanitaria – DNSA – Senasa
2 Universidad Nacional de Luján
3 Dirección de Epidemiología y Análisis de Riesgo – DNSA- Senasa
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria – P. Colón 367 - 4ºP – CABA (1107 ADQ) – Tel: 011-41215408– mrabinovich@senasa.gob.ar
1 Programa

Introducción
La encuesta es una técnica validada que recaba información de fenómenos que constituyen los objetos sometidos a estudio, aquí los datos no son fruto de
la observación directa sino manifestaciones de la percepción vivencial de los encuestados.
Con el fin obtener información relacionada al manejo sanitario que desarrollan los productores apícolas en la República Argentina, en el 2013 el Programa
Nacional de Sanidad Apícola (Senasa), con el acuerdo de la Comisión Nacional de Sanidad Apícola, diseñó una encuesta bajo la modalidad de cuestionario
impersonal abarcando el período 2011-2013 la que fue distribuida en los 14 Centros Regionales del Senasa. La difusión se realizó principalmente en
medios especializados: gráficos, televisivos y la web, en tanto que el soporte de acceso a la encuesta fue digital e impreso. La Dirección de Epidemiología
y Análisis de Riesgo del Senasa diseñó una base de datos para procesar los datos consignados en ambos soportes.
El objetivo del presente trabajo es caracterizar a los productores encuestados y generar datos globales de manejo sanitario.

Materiales y métodos
Se utilizó el programa ProMesa para estimar que la cantidad mínima de encuestas respondidas estableciéndose en 380. Al finalizar el período de recepción
de las mismas se procesaron 388. Las preguntas estaban contenidas en 5 secciones:
 General (9) - Caracterización de productores (cantidad de colmenas, ubicación, experiencia, capacitación, participación en grupos, asesoramiento.
 Sanidad (6) -Aspectos globales: realización y época de controles sanitarios, % colmenas muertas (2011-2013) y sus causas probables, otros.
 Varroosis (18) –Monitoreos (cantidad y época), valor de resultado para realizar tratamiento, criterio utilizado en la decisión (valor más alto o promedio de
infestación de muestras), valores de infestación obtenidos, cantidad de tratamientos anuales, productos utilizados, rotación de principios activos, etc.
 Loque americana (2) detección de signos clínicos compatibles (en el último año), tratamiento implementado, uso de antibióticos.
 Nosemosis (4). – Envío de muestras a laboratorio para diagnóstico, procedimiento, época, acciones preventivas, tratamiento de control.
 Otros (9) - Problemas relacionados con aplicación de plaguicidas agrícolas, cambios de abejas reinas, apiarios inscriptos al Renspa y otros.

Resultados

180
160
140
120
100

80
60
40
20
0

menos 11 - 25 26 - 50 51 - 100 101 de 10
500

501 1000

más de
1000

Esparcimiento

Principal
fuente de
ingresos

Actividad
económica
secundaria

El 64% de los productores apícolas está en la actividad hace más de 10
años, el 24% entre 5 y 10 años, y el 12% hace menos de 5 años. El 88,14%
de los productores se ha capacitado, de los cuales el 7,6% lo ha hecho
sobre sanidad, 18,4% sobre producción y el 74% sobre ambos.
El 26,5% no recibe asesoramiento, el resto lo ha recibido mayoritariamente
de promotores Cambio Rural, y en menor medida, en orden de importancia,
de inspector sanitario apícola, técnico particular, referente universidad, otros
y veterinario independiente. El 70% participa en grupos de productores.

140

entre el 1 y 3%.
Los porcentajes de parasitismo obtenidos
al finalizar la temporada 2012/13 pueden
verse en la Figura 6, con un promedio de
8,87%.

Cantidad de productores

Cantidad de productores

Las 388 encuestas analizadas provienen de Figura 1 - Cantidad de
todas las provincias argentinas, con mayoría colmenas por productor
de Buenos Aires (43%), Mendoza (13%),
Entre Ríos (8%), Santa Fe (8%), La Pampa
(6%), Chubut (5%), Córdoba (2%) y
Corrientes (2%). La cantidad de colmenas por
productor se indica en la Figura 1, con un
promedio por productor es de 340 colmenas.
La mayoría de los productores (91,24%) Figura 2 - Importancia de la
actividad apícola
tiene como producto principal la miel, y
le siguen, en orden de importancia,
material vivo, polinización, polen. En
cuanto a la importancia de la actividad
productiva, puede verse el resultado en
la Figura 2.

 Varroosis
El 76,5% de los productores realiza monitoreos para determinar el nivel de
infestación. De ellos, el 41,4% lo efectúa 2 veces por año, y en menor
proporción 3, 4 o más veces. Solo el 8% hace un único diagnóstico anual.
El 81,5% de los productores utilizan el valor de infestación para
implementar un tratamiento acaricida, y de ellos el 53,3% toma el promedio
del colmenar y el resto el valor más alto.
Figura
6
–
Porcentaje
de
En la mayoría de los casos los valores de
parasitismo
al
final
temporada
infestación a partir de los cuales toman la
2012/13
decisión de realizar un tratamiento, es en
120
100
80
60
40
20
0

0

1-5

6-10

11-20
Porcentaje

21-30

31-40

41-50

El 64,5% realiza 2 tratamientos anuales, el
19% solo un tratamiento anual, el 12,6% 3
Figura 7 – Productos
tratamientos, el 2,9% 4 tratamientos. Con
utilizados para varroosis
respecto a los productos utilizados la
información está en la Figura 7.
Los
productos
utlizados
en
las
formulaciones caseras son (en orden de
importancia) amitraz, flumetrina, ácido
oxálico, coumafos y timol, entre otros. El
93% de los productores realiza rotación de
principios activos y el 63% realiza
monitoreos para evaluar la eficacia del
tratamiento realizado.
 Loque americana
El 24,4% de los productores (317), detectaron signos compatibles con esta
patología. El 17,7% de los productores utiliza antibióticos, pero de éstos el
46% los utiliza siempre o en forma preventiva.
200
180
160

Cantidad de productores

 General – Caracterización de productores

Producto Senasa
p/apicultura

140

Producto Senasa
p/agroganadera

120
100

Formulación casera
sintética

80

Formulación casera
orgánica

60
40
20

 Sanidad – Aspectos globales
El 90% de los productores realiza inspecciones sanitarias en sus colmenas,
principalmente en otoño y primavera. Los porcentajes de pérdidas de
colmenas de los últimos 3 años puede verse en la Figura 3. La última
categoría (2013+2014) suma el porcentaje de colmenas perdidas más el
porcentaje de colmenas que quedaron vivas pero afectadas gravemente y
que resultaron improductivas. La mayor pérdida de colmenas se presenta
en la época de otoño-invierno (Figura 4).
Figura 3 - Porcentaje de
Figura 4 – Época de pérdida
 Nosemosis
pérdida de colmenas
de colmenas
Solo el 19,55% de los productores que realiza diagnósticos periódicos
enviando muestras al laboratorio. El 45,5% de los productores realiza
acciones de prevención, entre las que se encuentran renovación anual de
cuadros (74,7%), limpieza y desinfección del material (60,4%), ubicar las
colmenas en ambientes no húmedos (60,4%), cambio de reinas (48,7%) y
cuidar la alimentación proteica (38,2%). De 266 respuestas, sólo el 9,39%
utiliza productos de uso apícola para controlar la nosemosis.
En todos los años, las principales causa de pérdida de colmenas han sido  Otros
mayormente problemas sanitarios; luego le siguen problemas con la reina, El 85,56% de 284 encuestados refieren que tienen cultivos agrícolas en
hambre, sequía e intoxicación con plaguicidas. Las principales prácticas que cercanía de sus apiarios, 113 productores identificaron alguna vez que la
implementan los productores sobre las colonias que han quedado aplicación de los plaguicidas coincidió con alguna anomalía o efecto
negativo en sus colmenas (despoblamiento, mortandad y abejas muertas).
gravemente afectadas se grafican en la Figura 5.
Respecto
al
recambio
de
reinas,
de
282
respuestas,
el
78,72%
realiza
esta
Figura 5 – Manejo implementado en colonias gravemente afectadas
práctica.
De
ellos,
el
60%
lo
hace
cada
2
años,
el
22%
cada
año.
El
91,3%
Otras
Ninguna
de
los
productores
lo
realiza
en
primavera.
Paquete de
Alimentó
abejas
El 52% de los productores tienen todos sus apiarios inscriptos, el 19%
Unió colonias
algunos y el 29% ninguno. El 70,9% manifiesta no trasladar sus apiarios,
de los que si lo hacen el 59% lo hace con Documento de Tránsito Animal,
(Dte).
0

Siempre

A veces

Nunca

160

2011

140

245

120

Cantidad de productores

Cantidad de productores

180

100
80
60
40
20

229

2012

225

99

80

93

0

0%

1 a 5%

2011

2012

6 a 15%

2013

16 a 50%

2013

6

51 a 100%

2013+2014

Otoño-invierno

Primavera-verano

6

12

Ambas

Cambió reina

Conclusiones
La cantidad de encuestas procesadas superó el mínimo requerido para validar la representatividad de la misma; a pesar de ello es deseable disponer de un
número significativamente mayor de respuestas. El perfil de la mayoría de los productores que participaron reflejaría una tipología acorde para incorporar
nuevas tecnologías y propuestas de manejo. La principal causa de pérdida de colmenas es la sanidad de las mismas, la mortandad sumado a la proporción
de colmenas vivas pero seriamente afectadas (improductivas) se ubica en niveles alarmantemente altos. La varoosis podría ser la principal causa de ello.

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          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>Resultados de la Encuesta Sanitaria Apícola 2013</text>
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                <text>Monterubbianesi, C.</text>
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                <text>Rabinovich, M.</text>
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                <text>Bacci, M.</text>
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                <text>Marcos A.</text>
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                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
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            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
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                <text>2013</text>
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                <text>Presenta los resultados de una encuesta realizada por Senasa, en el 2013, a fin de obtener información relacionada al manejo sanitario que desarrollan los productores apícolas en la República Argentina.</text>
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                    <text>Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
PRODUCCION DE GANADO BOVINO
Resolución 547/2008
Apruébase el procedimiento al que deberán ajustarse los operadores que se
encuentren en infracción a la Resolución Nº 68/2007 de la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.
Bs. As., 11/1/2008
VISTO el Expediente S01:0001736/2008 del Registro de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 68 de fecha 28 de diciembre de 2007 de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, se dispuso sancionar la comercialización con destino a
faena como así también la faena comercial de animales bovinos de las categorías
mamones y terneros (machos y hembras) cuyo peso de res con hueso logrado sea
inferior a CIENTO TREINTA Y DOS KILOGRAMOS (132 kg) a partir de la entrada
en vigencia de la Resolución 68/07 y hasta el 31 de marzo de 2008; de CIENTO
CUARENTA Y TRES KILOGRAMOS (143 kg) desde el 1 de abril de 2008 y hasta el
31 de diciembre de 2008 y de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO KILOGRAMOS
(154 kg) a partir del 1 de enero de 2009.
Que asimismo la mencionada Resolución Nº 68/07 tuvo como objeto dejar sin efecto a
su similar Nº 645 de fecha 24 de agosto de 2005, dando por concluidos los expedientes
en trámite iniciados por la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL
AGROPECUARIO en el marco de la mencionada resolución, sin aplicación de
sanciones, todo ello teniendo en consideración que tal medida contribuyó a adaptar al
mercado de carnes a la mayor demanda externa sin desatender la expansión del mercado
interno, pero debido a las oscilaciones de los pesos mínimos de faena y de los períodos
contemplados en las diferentes modificatorias de las citadas resoluciones, siendo que
muchos establecimientos ganaderos no han podido lograr un peso acorde a lo
establecido por tales resoluciones de los distintos períodos ya que se han visto en la
necesidad de readaptar sus planteos productivos constantemente.
Que por ello resulta necesario se proceda a la adecuación a la normativa vigente en
consonancia con las situaciones actuales del mercado, sin desatender los objetivos
perseguidos incialmente por la norma original.
Que a fin de dar efectividad a las medidas propiciadas resulta imprescindible arbitrar los
mecanismos de control pertinentes.

�Que por el artículo 8º de la citada Resolución Nº 68/07 se faculta a la OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO a dictar las medidas
necesarias para verificar su cumplimiento.
Que en ese contexto resulta necesario establecer el procedimiento que deberán seguir
los operadores para cumplimentar la obligación de notificación a la mencionada Oficina
Nacional y con ello poder determinar el destino final de los animales que se
encontrarían en infracción.
Que atento a ello resulta procedente tomar medidas tendientes a mejorar la oferta de
animales destinados a faena, estableciendo un procedimiento que permita facilitar el
abastecimiento de carne bovina al mercado.
Que la Coordinación Jurídica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL
COMERCIAL AGROPECUARIO, ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de
lo dispuesto por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por la Resolución
Nº 68 de fecha 28 de diciembre de 2007 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION.
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL
COMERCIAL AGROPECUARIO EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase el procedimiento al que deberán ajustarse los operadores que
se encuentren en infracción a la Resolución Nº 68 de fecha 28 de diciembre de 2007 de
la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Art. 2º — Los Establecimientos Faenadores deberán retener las media reses
provenientes de la faena de animales bovinos de las categorías mamones y terneros
(machos y hembras) de bajo peso en infracción a los artículos 3º y 4º de la citada
Resolución Nº 68/07, debiendo comunicar fehacientemente dicha circunstancia
conforme el procedimiento que en la presente se establece.
Art. 3º — La comunicación aludida en el artículo precedente será suscripta por el
responsable del establecimiento faenador en carácter de Declaración Jurada debiendo
ser confeccionada una vez finalizada la faena total de la tropa e incluyendo los
siguientes datos: nombre y número de inscripción del establecimiento faenador y del
titular de faena, fecha/s de faena, número de tropa y cantidad de animales que la
componen, número de REGISTRO NACIONAL SANITARIO DE PRODUCTORES
AGROPECUARIOS, número/s de romaneo/s de la tropa, peso de cada media res,
número correlativo de faena, clasificación y, de corresponder, tipificación de cada res en
infracción, careciendo de valor las comunicaciones efectuadas por faenas parciales de la
tropa.

�Art. 4º — La comunicación, por la celeridad del trámite, deberá enviarse en primera
instancia vía correo electrónico con aviso de recepción a la dirección
livianos@oncca.gov.ar y la misma deberá ser remitida en forma personal o por correo
postal al Centro de Atención al Público de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL
COMERCIAL AGROPECUARIO sito en Paseo Colón Nº 922, Planta Baja, Oficina 16
de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Art. 5º — El número de REGISTRO NACIONAL SANITARIO DE PRODUCTORES
AGROPECUARIOS al que hace mención el artículo 3º de la presente resolución es el
perteneciente al productor proveedor de la hacienda con destino a faena, en caso de
ventas directas, o con destino al MERCADO DE LINIERS S.A. En el caso de ventas
realizadas en Remates-Ferias, el número de REGISTRO NACIONAL SANITARIO DE
PRODUCTORES AGROPECUARIOS a declarar corresponderá al del consignatario
interviniente.
Art. 6º — Cuando se encuentren reses en infracción a lo normado por la Resolución Nº
68/07, los titulares de faena deberán constituir una caución a favor de la OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO por la suma PESOS
QUINIENTOS ($ 500) por res hallada en infracción, la que se mantendrá a resultas de
las actuaciones que la citada Oficina Nacional labre por infracción a la citada
Resolución, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 21.740, todo ello sin
perjuicio de la responsabilidad que pudiera resultar del remitente de la mercadería en
infracción.
Art. 7º — A efectos de constituir la caución mencionada en el artículo precedente, el
titular de faena deberá proceder, dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas de
finalizado el sacrificio de la tropa, al depósito en dinero efectivo del importe total que
arroje la mercadería involucrada, en la cuenta de depósito habilitada para tal fin en el
BANCO DE LA NACION ARGENTINA a su nombre y a la orden de la OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO. El titular de faena
recibirá el comprobante de depósito por TRIPLICADO, conservando UNO (1) de ellos,
y remitiendo los DOS (2) restantes al establecimiento faenador, a efectos de que este
último proceda a liberar las reses retenidas.
Art. 8º — El establecimiento faenador remitirá UNO (1) de los comprobantes de
depósito mencionados en el artículo anterior, junto con la copia de la Declaración
Jurada debidamente suscripta por el responsable del estableciendo al Centro de
Atención al Público de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL
AGROPECUARIO. Asimismo, una vez recibido el comprobante de pago por parte del
titular de faena, inmediatamente el establecimiento faenador deberá informar vía correo
electrónico dicha circunstancia (livianos@oncca.gov.ar).
Art. 9º — Transcurridas las SETENTA Y DOS (72) horas de finalizada la faena de la
tropa sin que el titular de las reses retenidas acredite el depósito en caución, el
establecimiento faenador deberá comunicar fehacientemente tal circunstancia a la
OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, la que
dispondrá la interdicción y su posterior decomiso.

�Art. 10. — La omisión del procedimiento normado precedentemente así como la
falsedad de las Declaraciones Juradas y/o del peso estampado en las media reses hará
pasibles a los infractores de la aplicación de las sanciones previstas en el Capítulo IX de
la Ley Nº 21.740 así como de la suspensión preventiva de sus inscripciones habilitantes.
Art. 11. — Deróganse las Resoluciones Nros. 379 de fecha 16 de marzo de 2006 y 13
de fecha 2 de enero de 2007, ambas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL
COMERCIAL AGROPECUARIO.
Art. 12. — Procédase a la conclusión sin sanción de las actuaciones en trámite iniciadas
en el marco de la Resolución Nº 645 de fecha 24 de agosto de 2005 de SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias y al archivo de las mismas.
Art. 13. — La presente resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación
en el Boletín Oficial.
Art. 14. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Jorge Artundo.

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                <text>Apruébase el procedimiento al que deberán ajustarse los operadores que se encuentren en infracción a la Resolución Nº 68/2007 de la SAGPyA</text>
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                <text> Apruébase el procedimiento al que deberán ajustarse los operadores que se encuentren en infracción a la Resolución Nº 68/2007 de la SAGPyA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.</text>
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            <name>Is Replaced By</name>
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                <text>&lt;strong&gt;Abrogada por el Art. 1° de la &lt;a href="https://biblioteca.senasa.gob.ar/items/show/7226"&gt;Resolución N° 98/2025 de la SAGPyA&lt;/a&gt;&lt;/strong&gt;</text>
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                <text>Viernes 11 de Enero de 2008</text>
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                    <text>OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
Resolución 4906/2010
Créase una nueva categoría vacuna del Género Bos, denominada Macho Entero
Joven.
Bs. As., 5/11/2010
VISTO el Expediente Nº S01:0374792/2010 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se inician ante la presentación realizada por la firma
QUICKFOOD S.A. a través de la cual solicita la creación de una nueva categoría
vacuna que comprenda al animal macho precoz sin castrar que, por las características de
su alimentación en confinamiento y por el pleno funcionamiento hormonal, tiene una
conversión de alimento en músculo muy competitiva y rápida, llegando a un peso de
faena de aproximadamente QUINIENTOS KILOGRAMOS (500 Kg.) antes de los
VEINTICUATRO (24) meses de edad, tratándose de un animal de hasta CUATRO (4)
dientes al momento del sacrificio.
Que en dicha presentación, a su vez, destaca que sus cortes son comparables a los de los
mejores novillos en materia de terneza y palatabilidad, sin embargo la falta de una
clasificación adecuada inhibe su producción masiva, ya que con su categorización actual
su carne debería degradarse al nivel de manufactura, lo que lo hace económicamente
inviable.
Que la Coordinación de Fiscalización de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL
COMERCIAL AGROPECUARIO realizó los estudios y análisis necesarios a fin de
evaluar la propuesta recibida, consultando a diversos especialistas en el tema, estimando
oportuna la creación de la categoría MACHO ENTERO JOVEN —animal macho joven
entero (con testículos), con hasta DOS (2) dientes incisivos permanentes al momento de
la faena, cartílagos intervertebrales de la región sacra con incipiente osificación y
músculo retractor del pene presente—, lo que permitirá el aprovechamiento de un
producto que actualmente representa un reducido valor, además de generar un
interesante nicho de mercado y que originará un aumento de productividad al
aprovechar la mayor eficiencia de conversión alimenticia propia de animales jóvenes,
obteniendo mayor ganancia de peso diaria, mayor rendimiento de carcasa y mayor
producción de carne por unidad faenada.
Que la introducción de esta nueva categoría torna necesario adecuar las diferentes
normas que hacen referencia a las categorías vacunas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL
COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de
las facultades conferidas por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005.

�Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL
AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º — Créase UNA (1) nueva categoría vacuna del Género Bos (especies Bos
taurus, Bos indicus y sus cruzas) denominada Macho Entero Joven (MEJ): animal
macho joven entero (con testículos), con hasta DOS (2) dientes incisivos permanentes al
momento de la faena, cartílagos intervertebrales de la región sacra con incipiente
osificación y músculo retractor del pene presente.
Art. 2º — Inclúyese en el régimen de clasificación y tipificación oficial de las carnes
bovinas, según Resolución Nº J-378 de fecha 28 de marzo de 1973 de la ex JUNTA
NACIONAL DE CARNES, la categoría Macho Entero Joven, de acuerdo a los
siguientes tipos y grados de gordura:
MACHO ENTERO JOVEN
Tipo JJ - Grados de Gordura 0 -1 y 2
Tipo J - Grados de Gordura 0 -1 y 2
Tipo U - Grados de Gordura 0 -1 y 2
Tipo U2 - Grados de Gordura 0 -1 y 2
Tipo N - --------------------------------------Art. 3º — Incorpórase al Anexo I de la Resolución Nº J-455 de fecha 25 de abril de
1973 de la ex JUNTA NACIONAL DE CARNES, los simbolismos identificatorios de
los diferentes tipos y grados de gordura de la categoría Macho Entero Joven (MEJ),
cuyo detalle obra en el Anexo I de la presente resolución.
Art. 4º — Inclúyese en el "Instructivo de confección formulario Lista de Matanza" y en
el "Instructivo para la confección del rubro Resumen del Total de los formularios de
Romaneos Oficiales", Instructivos A y B de la Resolución Nº J-159 de fecha 31 de
octubre de 1990 de la ex JUNTA NACIONAL DE CARNES, respectivamente, la
abreviatura MEJ para identificar el ESTADO SEXUAL de los animales MACHOS
ENTEROS JOVENES de la especie bovina.
Art. 5º — Para efectuar la clasificación de los animales vacunos de la categoría Macho
Entero Joven se utilizará la abreviatura MEJ, la que deberá ajustarse a las
especificaciones establecidas en la Resolución Nº 400 de fecha 31 de julio de 2001 de la
ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION.
En las medias reses correspondientes a esos animales, los establecimientos faenadores
deberán colocar sello con indicación del número de dientes, que no podrá tener un

�tamaño superior a CINCUENTA (50) milímetros y deberá ser estampado en cada cuarto
delantero sobre el músculo pectoral (pecho), sin perjuicio de la colocación de los
diferentes sellos previstos por la Resolución Nº 400/01 antes citada.
Art. 6º — Sustitúyese el Anexo de la Disposición Nº 5701 de fecha 6 de diciembre de
2005 de la ex OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL
AGROPECUARIO, modificado por la Resolución Nº 1304 de fecha 23 de abril de 2010
de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, por el
Anexo II de la presente resolución.
Art. 7º — Sustitúyese la Tabla de Códigos para las Categorías del Anexo II
"CONDICIONES, REQUISITOS TECNICOS Y PLAZOS DE SUMINISTRO DE
INFORMACION QUE DEBERAN CUMPLIMENTAR LOS CONSIGNATARIOS
Y/O COMISIONISTAS DE GANADO REFERIDOS AL PRECIO PACTADO O
COBRADO POR LAS VENTAS DE ANIMALES PARA FAENA EN QUE HAYAN
INTERVENIDO EN EL MERCADO CONCENTRADOR DE HACIENDA DE
LINIERS" de la Resolución Nº 1486 de fecha 10 de agosto de 2006 de la OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, por la Tabla de
Códigos para las Categorías que como Anexo III forma parte integrante de la presente
resolución.
Art. 8º — Invítase al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a evaluar en el plazo de UN (1) año
contado desde la publicación de la presente resolución, la conveniencia de consignar en
los Documentos para el Tránsito de Animales (DTA/DTe) la categoría Macho Entero
Joven (MEJ), de acuerdo a la definición establecida en el Artículo 1º de la presente.
Hasta tanto ello ocurra, las categorías vacunas en dichos documentos se seguirán
consignando conforme se realiza actualmente.
Art. 9º — Establécese un plazo de hasta SESENTA (60) días corridos, contados desde
la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, para que los establecimientos
faenadores ajusten su operatoria a los nuevos requerimientos establecidos en la presente
medida.
Art. 10. — La presente resolución comenzará a regir al día siguiente de su publicación
en el Boletín Oficial.
Art. 11. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Juan M. Campillo.
ANEXO I

�ANEXO II

�ANEXO III

��</text>
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                <text>Crea una nueva categoría vacuna del Género Bos (especies Bos taurus, Bos indicus y sus cruzas) denominada Macho Entero Joven (MEJ): animal macho joven entero (con testículos), con hasta DOS (2) dientes incisivos permanentes al momento de la faena, cartílagos intervertebrales de la región sacra con incipiente osificación y músculo retractor del pene presente.</text>
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                <text>&lt;a href="http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do;jsessionid=A3766786646EA7AF26555A26C4370C47?id=174985"&gt;Resolución ONCCA N° 4906/2010&lt;/a&gt;</text>
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                <text>Créase una nueva categoría vacuna del Género Bos denominada Macho Entero Joven: animal macho joven entero, con hasta dos dientes incisivos permanentes al momento de la faena, cartílagos intervertebrales de la región sacra con incipiente osificación y músculo retractor del pene presente. Se incluye esta nueva categoría vacuna en el régimen de clasificación y tipificación oficial de las carnes bovinas.</text>
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                    <text>“Tecnicatura Universitaria en
Calidad e Inocuidad Agroalimentaria”

Implementación de materiales de PVC
en
Plantas Triperas

Alumna:
Malena Soledad Orellanos

Tutor:
Ing. Zootecnista Marcelo Arias

Año 2016

Orellanos 1

�Agradecimientos:

Agradezco a mi familia por su apoyo moral para que pueda concluir la
Tecnicatura, sin su acompañamiento no habría podido llegar a esta instancia. A
mi hijo, el ser más importante de mi vida, de quien aprendo día a día.
Eternamente agradecida a mis queridos formadores, en especial a la docente
de Química Orgánica e Inorgánica Prof María cristina Gagey, quien con su
dedicación se ha convertido en un gran ejemplo de vida que atesoraré en mi
corazón, a mi docente y tutor Ing. Zootecnista Marcelo Arias quién se ha
ganado mi gran afecto por su apoyo en mi tesina y en momentos difíciles de mi
vida a lo largo de la tecnicatura, a él profundamente agradecida, a mi
supervisor Dr, German Suberbie, sin su ayuda no existía hoy mi tesis, y
principalmente a mi amigo y compañero de carrera en Ciencias Políticas Lic.
Alejandro Rodriguezquien me apoyó, guió y ayudó incansablemente en la
construcción de la misma.

Orellanos 2

�Índice

1.

Prologo

4

2.

Introducción

5

3.

Objetivos de trabajo

6

3.1 Objetivo general

6

3.2 Objetivos específicos

6

4.

Metodología de trabajo

7

5.

Características operativas y descriptivas de las triperías

8

5.1 Diagrama de flujo y descripción del proceso

8

5.2 Diferentes tipos y usos de la Tripa

9

5.3 El acero inoxidable como elemento distintivo de las

14

instalaciones
6.

Marco Reglamentario

15

6.1 Normativas a nivel internacional e investigaciones internacio-

15

nales sobre el uso de PVC:

7.

6.2 Normativas a nivel nacional

17

Nuevas tendencias de utilización de materiales en instalaciones

20

higiénico-sanitarias: el caso del Cloruro de Polivinilo (PVC)
8.

Análisis FODA del PVC

22

9.

Proyecto para potenciar industrias nacionales

24

10. Conclusiones

26

11. Bibliografía

27

Orellanos 3

�1. Prólogo

En el presente trabajo se podrá encontrar información recabada en
varias triperías de la zona de Mataderos. El mismo se presenta como un
proyecto a fin de dar respuestas a diversas interrogantes. Presentamos un
trabajo de campo, que pretende reflejar las posturas y percepciones de Servicio
Veterinario, de los dueños de las plantas y también de sus operarios.

En virtud de ello se eligió el tema a tratar, acompañado de la necesidad
de tipificar el Rubro VI correspondiente a Triperías y siendo un punto de partida
-no menor- la propuesta de inclusión normativa de la utilización del Cloruro de
Polivinilo (PVC) en lo que refiere a recubrimientos de paredes, techos,
mesadas de trabajo, zócalos sanitarios y pallets.

En las siguientes páginas se volcarán las características de las plantas
triperas, a fin de entender la necesidad de implementar el material de PVC
como reemplazo del acero inoxidable. También se detallará el tipo de actividad
que se realiza en las mismas, las características de los productos elaborados y
por últimos las ventajas del PVC, a fin la concientización y apoyo para lograr
concretar este proyecto.

Consideramos que implementación de dicho material sería muy
beneficiosa, en instalaciones de establecimientos dedicados ala producción de
tripas para uso alimentario y no alimentario, que garantice la inocuidad del
producto y que pueda derivar en una contribución desde el punto de vista
técnico de la industria. Aprovechando la reapertura de varias fábricas
nacionales productoras de tales materiales.

Orellanos 4

�2. Introducción

El presente trabajo plantea la incorporación reglamentada de mesadas,
pallets, recubrimientos de paredes, techos y zócalos sanitarios de PVC en las
triperías. En el mismo nos ocupamos de resaltar las virtudes higiénicas del
material.

Se apunta a la necesidad del reemplazo del acero inoxidable por PVC,
material que cumple con los requerimientos edilicios de las plantas triperas, a
fin de lograr dicha modificación en el Decreto 4238/68.

La idea es mejorar las condiciones higiénico-sanitarias de las plantas,
utilizando éste material duradero y su vez, la demanda incentivaría la industria
nacional del mismo, la cual por las importaciones desmedidas de otras épocas
se vio perjudicada. Desde hace unos años, se reabrieron varias plantas
productoras de PVC nacional, posicionándose en el mercado con buenos
precios y gran calidad.

Para darle apoyatura técnica a nuestro planteo, se exponen algunas
desventajas que tiene el acero inoxidable, como son el ruido que puede
generar y las ralladuras que perduran en su superficie. Las debilidades que se
le pueden atribuir son su vulnerabilidad frente a la abrasión y los golpes.

También se pueden reemplazar los azulejos que recubren las paredes
de los establecimientos por paneles de PVC. Evitando así la antihigiénica (y
antiestética) suciedad que puede juntarse alrededor de las paredes interiores;
deshacerse de la misma requiere un mayor esfuerzo que si estuviera recubierta
de un material uniforme y liso, como son las placas de PVC que facilitan su
limpieza correcta luego de cada uso. Esta cuestión, en sí misma, es una
colección de suciedad de todo tipo, incluida la acumulación de restos de
materia prima y fuente de contaminación de la misma, contribuyendo -tambiéncon el desarrollo de microorganismos, con las consecuencias que ello acarrea.

Orellanos 5

�3. Objetivos del trabajo

3.1. Objetivo General
•

Aportar elementos técnicos que den sustento higiénico-sanitario para la
incorporación del Cloruro de Polivinilo en la industria frigorífica en
general y de la tripería en particular.

3.2. Objetivos Específicos

♦ Incorporación del Cloruro de Polivinilo en el Decreto 4238/68, como
material apto para uso alimentario en la industria frigorífica en general y
en la de los establecimientos de tripería en particular.
♦ Contribuir con la industria alimentaria nacional desde el punto de vista
higiénico-sanitario, dándole una herramientapráctica y hasta con una
contribución desde el punto de vista económico.
♦ Lograr estándares superadores que garanticen la inocuidad de los
productos elaborados y den protección al consumidor.
♦ Contribuir a la gestión del conocimiento de este tipo de tecnología al
personal del Servicio de Inspección del SENASA y al personal de las
industrias del sector.

Orellanos 6

�4. Metodología de trabajo

Si bien es un trabajo académico, se buscó darle un enfoque netamente
práctico, basado en las visitas a los establecimientos productores de tripas y
también en mi experiencia previa en el sector.

Asimismo, se realizó una detallada búsqueda bibliográfica sobre la
temática, mucha de la cual, por la falta de utilización masiva de este material,
fue hallada en internet; no obstante ello, se consultó a la industria del PVC,
sobre las características del producto.

También se hizo un relevamiento normativo, tanto del Decreto 4238/68
como de distintas normativas del SENASA que hacen a la cuestión

Orellanos 7

�5. Características operativas y descriptivas de las triperías

5.1. Diagrama de flujo y descripción del proceso

Orellanos 8

�La materia prima, tripas, procedente del matadero-frigorífico, llega al
Establecimiento, en forma limpia, no siendo necesario el local de rasqueteado.

La misma cumple con lo dispuesto en el Decreto 4238/68 Capitulo 12.1. La
tripa llega en barriles, aprobados por le SENASA, previamente lavados con productos
aprobados, perfectamente todos precintados.

A paso seguido, se deposita la tripa vacuno y/o porcina, limpia en las mesas
de clasificado, pasando luego a mesas de medición, encabezado y enmadejado.

Luego de realizada la labor anterior, se pasa la materia prima al sector salado y
una vez salada la tripa, se conserva la misma en los depósitos de tripa salada y
clasificada. Una vez salada la tripa se guarda en tambores de PVC de 120 kg y 250 kg

Asimismo, la tripa ovino, limpia, se deposita en las mesas de calibrado y
clasificado, pasando luego por todo el proceso por el cual pasa la tripa vacuna y
porcina.

Luego de la elaboración y en excelente estado de conservación, se pasa la
tripa al sector de envasado, embalaje y rotulado. Las madejas allí son individualizadas
por el fabricantes colocándole un rotulo y/o etiqueta donde consta nombre y número
oficial de establecimiento y calibre de la tripa, con materia aprobado por SENASA.

Con relación a la circulación de los tambores sucios, los mismos son lavados
en el sector designado, los mismo son transportados al sector de depósito, ubicado en
la planta alta por medio del monta carga. Los mismos se colocan boca abajo.

5.2. Diferentes tipos y usos de la Tripa

En la actualidad, la elaboración de tripas -generalmente realizadas en
las grandes instalaciones de los mataderos, denominadas triperías- es tanto
una ciencia precisa como un proceso de elaboración. Esto requiere un gran
nivel de experiencia, modernas maquinarias, un máximo de condiciones de
salubridad y procedimientos de control de calidad.

Orellanos 9

�Luego de la selección, todas las tripas son medidas cuidadosamente a
máquina o a mano. Cualquiera sea el método para medirlas, debe ser preciso
ya que la unidad de medida es el criterio de precio de venta.

Las tripas porcinas y ovinas se preparan de 91-metros (100 yardas)
madejas o mazos. Las tripas bovinas, si no se venden por pieza, se venden en
mazos de 18-30 metros las redondas y en 9-18 metros las del medio.

La determinación de la calidad se realiza de varias maneras precisas y
con la utilización intensiva de mano de obra.

En las ovinas, por ejemplo, una calidad "A" de tripa, se determina
durante la selección y se define como una tripa sin agujeros o debilidades. Esta
tripa se puede usar para la emulsión de salchicha de primera calidad. Las tripas
de calidad "B" son de aceptable fuerza y calidad para emulsiones de picado
grueso como los que se usan en chorizos de porcinos.

Con las tripas bovinas, a veces se usa el término “Calidad de
exportación”. Este término describe tripas libres de nódulos, (granos) o de
marcas (ventanas).

Orellanos 10

�Con las tripas de porcinos, hay una única calidad estándar con varias
especificaciones por el largo. Donde se originaron las tripas -tomando en
consideración los factores de especies, clima, y dieta- generalmente determina
las diferentes características de las tripas. Algunas serán “blancas” o casi
transparentes/claras, otras serán oscuras y más opacas y tendrán venas más
visibles. Estas características también tienen un efecto sobre la tripa para que
sea más tierna al mordisco.

Las tripas porcinas claras son generalmente usadas como productos
frescos. Las tripas más gruesas y más fuertes tales como las chinas se
adaptan más fácilmente a los productos ahumados, porque estas tripas
soportan mejor el proceso de ahumado y porque la apariencia no es tan crítica
como característica para la venta debido al proceso propio del ahumado.

Para el transporte hacia la fábrica de embutidos, las tripas se preparan y
preservan de distintas maneras. Algunos ejemplos se describen a continuación:
Las tripas deberían ser almacenadas en un ambiente controlado y fresco. Se
debe tener especial cuidado en evitar el calor excesivo. La temperatura neutral
ideal es de 4-10 ºC (40-50 ºF).

Orellanos 11

�Otros de los usos que se les da a la tripa animal esen la confección de
hilos de sutura. Posee cualidades tales como:

1. Elevada resistencia a la tracción.
2. Pequeño calibre.
3. Fácilmente esterilizable.
4. Sus características deben ser estandarizables.
5. Debe mantener sus propiedades el tiempo necesario.
6. Bajo costo económico.
7. Fácil anudación y seguridad en el anudado.
8. Fácilmente manipulable por el cirujano.
9. No debe provocar reacción a cuerpo extraño ni precipitaciones.
10. No debe ser tóxica ni alergénica, como tampoco deben serlo sus
productos de degradación.
11. Su

superficie

debe

minimizar

la

posibilidad

de

adherencia

bacteriana.

Los hilos cuyas fibras sean cristalinas tendrán mayor resistencia a
la tracción, ya que sus fibras se orientan longitudinalmente pero serán más
frágiles y rígidas a la manipulación por parte del cirujano.

Los hilos cuyas fibras sean amorfas (desordenadas en el espacio)
presentarán una menor fragilidad y menor rigidez, siendo más manipulables,
pero soportarán peor la tracción.

Por tanto un hilo de sutura deberá tener una proporción adecuada de
fibras cristalinas y amorfas para que teniendo suficiente tenacidad sean
fácilmente manipulables por el cirujano.

Su elasticidad es la capacidad del hilo para deformarse y retornar a su
posición inicial. Un buen hilo no debe elongarse al aplicársele una fuerza, ya
que ésto supondría la separación de los bordes del tejido suturado.

Orellanos 12

�Por otra parte, tampoco debe ser demasiado elástico, ya que podría
suponer una pérdida de tensión en el nudo al retraerse los extremos del hilo.

Es el grosor del hilo (diámetro de la superficie de sección) que se
expresa mediante números, cada uno de los cuales define un intervalo de
diámetro entre un máximo y un mínimo establecidos en función del sistema de
calibre utilizado.

La capilaridad es la capacidad de absorción de un líquido a través de un
hilo de sutura. Los hilos multifilamento torcidos o trenzados presentan gran
capilaridad, favoreciendo el paso libre de microorganismos desde un medio a
otro.
La superficie varía en función de si el hilo es mono o multifilamento. Los
hilos multifilamento trenzados producen un efecto de "dientes de sierra" al
atravesar los tejidos, traumatizándolos. Sin embargo, la capacidad de
deslizamiento del nudo es mayor en los monofilamentos debido a la menor
superficie de rozamiento que presentan. Posee gran capacidad para resistir
una fuerza antes de romperse.

Sus principales características biológicas son:

Adherencia bacteria: Los hilos multifilamentos, debido a su superficie
rugosa y a los fenómenos de capilaridad, permiten mayor adherencia
bacteriana que los monofilamentos. Ésta característica tiene
aplicación práctica a la hora de elegir el mejor hilo según se trate de
áreas más o menos contaminadas.
Reacción tisular o histocompatibilidad: Cualquier hilo genera por
parte del organismo una reacción tisular a cuerpo extraño. En
función de su reactividad podemos clasificar los distintos hilos de
sutura.
Reabsorción: Es una propiedad según la cual el hilo va perdiendo su
resistencia inicial hasta deshacerse.

Orellanos 13

�5.2. El acero inoxidable como elemento distintivo de las instalaciones

Por muchos años hemos visto mesadas, defensas de paredes y
molduras de columnas de acero inoxidable, elementos distintivos y comunes
en las plantas triperas. Tengamos en cuenta que la mayoría llevan años en
funcionamiento y habilitadas.

Las plantas habilitadas en los últimos años presentan recubrimiento de
PVC, el cual surgió como alternativa frente a las desventajas del acero
inoxidable utilizado por años.

Un gran avance seria el reemplazo de las mesadas de acero inoxidable
por las de PVC. Si bien el acero inoxidable es de fácil limpieza y durable,
dentro de las desventajas encontramos que la superficie se puede rayar y
abollar, siendo ambos daños son difíciles de quitar o reparar y donde eso
sucede se oxida porque pierde las propiedades que lo caracterizan

También es un material que podría denominarse “ruidoso”, pues su
utilización genera gran cantidad de ruidos al tener contacto con otros
elementos duros.

Por último y no por ello menos importante, el acero inoxidable presenta
un costo elevado.

Orellanos 14

�6. Marco Reglamentario

6.1. Normativas a nivel internacional e investigaciones internacionales
sobre el uso de PVC:
CONGRESO

AEA

TECHNOLOOY

(LABORATORIO

BRITANICO)

SOBRE

MUESTRAS TOMADAS EN 11 PUNTOS CON MAYOR PRODUCCIÓN DE PVC.
(12/16.08.96)

- No existen dioxinas tóxicas o furanos en el PVC virgen.

AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE SUECA. (28.06.96)

- Es completamente recomendable fabricar y reciclar el PVC.
- La reducción del contenido de PVC en los Residuos Sólidos Urbanos no reduce la
formación de dioxinas en el proceso de incineración.

FUNDACION HOLANDESA "STICHTING BOUWRERESEARCH" (SBR) (1996)

- Estudio patrocinado por el Ministerio Holandés del Medio Ambiente.
- Expone las directrices para la construcción de viviendas.
- El PVC está en todas las listas de materiales preferibles.
- La gran ventaja del PVC es su facilidad de reciclaje.
COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS (DIRECCION GENERAL III C-4) E
INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN TNO SOBRE PLÁSTICOS Y CAUCHO DE
HOLANDA (JULIO 1995)

- Son injustificados diversos aspectos acerca del PVC que han sido motivo de
preocupación en el pasado.
- Los productos fabricados con PVC no producen un Medio Ambiente ni mejor ni peor
que otros productos de los llamados alternativos.

Orellanos 15

�AMERICAN SOCIETY OF MECHANICAL ENGINEERS. (1995)

- No existe relación alguna entre el cloro contenido en los Residuos Sólidos Urbanos y
la producción de dioxinas.
ENQUETE KOMMISSION (GOBIERNO ALEMAN) (Setiembre 1994).

- El PVC no deberá ser sustituido por otros productos.
- Debería desarrollarse más su reciclado.

ACADEMIA DE CIENCIAS FRANCESA. ESTUDIÓ LA OlOXINA Y SUS ANALOGOS.
(Setiembre 1994)

- Ningún elemento permite considerar hoy en dia que la dioxina y productos análogos
constituyen mayor riesgo para la salud pública.
INSTITUTO DE ONCOLOGIA "FELICE ADDARI" ITALIA (1993).

- No existe ninguna diferencia entre el agua embotellada en vidrio y aquella
embotellada en PVC.
ASSOCIATION OF THE DUTCH CHEMICAL INDUSTRY (Diciembre 1991)

- El PVC es una excelente alternativa para la fabricación de marcos de ventana,
especialmente desde el punto de vista del impacto sobre el medio ambiente.
AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE AMERICANA (EPA).

- La contribución de la industria del PVC a la formación de dioxinas es mínima

Orellanos 16

�6.2. Normativas a nivel nacional

Decreto 4238/68 – Cap. XII. 12. Tripería, Preparación de Menudencias y
Mondonguería

Establecimientos elaboradores de tripas

Entre sus numerales, podemos citar como los de mayor trascendencia a los
siguientes:

Tripería 12.1. Se entiende por tripería el establecimiento o sección de
establecimiento donde se elabora el tubo intestinal, vejiga urinaria y parte
mucosa del esófago para ser utilizados frescos, salados o secos en la
elaboración de embutidos o con fines quirúrgicos (catgut).

Requisitos de las triperías 12.1.2. Los establecimientos habilitados como
triperías deben reunir los requisitos exigidos para las fábricas de chacinados,
en relación con la índole de su producción sin perjuicio de las exigencias
higiénico-sanitarias que, en relación con la labor a desarrollar, se consignen en
este Reglamento.

Dependencias 12.1.3. Los establecimientos habilitados como triperías deben
contar con las siguientes dependencias:
1) Local para la Inspección Veterinaria.
2) Dependencias para rasqueteado, lavado y peinado.
3) Encabezado, medición y enmadejado.
4) Calibrado.
5) Saladero y conservación.
6) Estufa para secado.
7) Lavadero de envases y utensilios.
8) Depósito de envases limpios y sal.
9) Depósito para detritos y comisos.

Orellanos 17

�Separación de dependencias 12.1.6. (Decreto PEN N° 1714 del 12/07/83).
Las dependencias de los incisos 2, 3 y 4 del numeral 12. 1. 3 en caso del
procesamiento de las vísceras, estarán separadas de las restantes, por una
pared de una altura mínima de tres metros (3 m), revocadas con material
impermeable hasta una altura mínima de dos metros con cincuenta centímetros
(2,50 m). El resto de la pared debe ser también revocada y cubierta por pintura
impermeable. Estas dependencias pueden tener forma de “boxes”.

Depósito de envases 12.1.7. El depósito para envases limpios y sal tendrá
una amplitud en relación con la producción, no pudiendo tener nunca una
superficie inferior a veinte (20) metros cuadrados.

Supresión de dependencias. 12.1.8. Cuando razones tecnológicas, a juicio
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL (SENASA), lo justifiquen,
pueden suprimirse dependencias.

Mesas 12.1.9. Las mesas serán de material granítico, mármol natural o
reconstituido, acero inoxidable o cualquier otro material impermeable e
inalterable por los ácidos grasos. Estarán apoyadas sobre pilares de
mampostería o cemento o bien sobre pies metálicos cilíndricos protegidos
contra el óxido. Cuando el pie sea de mampostería, sus ángulos con el suelo
deben ser redondeados.

Piletas 12.1.10. Las piletas serán de material impermeable, resistentes a los
ácidos grasos, lisas, de cantos redondeados, con servicio de agua caliente y
fría y desagües conectados a la red de efluentes.

Aberturas 12.1.11. Las aberturas que comuniquen al exterior estarán provistas
de bastidores de la tela metálica de malla fina, que impida la entrada de
insectos. Las puertas se abrirán únicamente hacia el exterior y estarán dotadas
de dispositivos para su cierre automático. Los bastidores que sostienen la tela
metálica de las ventanas y de otras aberturas, deben ser fijos.

Orellanos 18

�Tela antiinsectos 12.1.12. Queda permitido el reemplazo de las telas antiinsectos por el sistema denominado de cortina de aire.

Ganchos, gancheras 12.1.15. Los ganchos y gancheras serán de metal
inoxidable, pudiendo estar cubiertos por goma o material sintético.

Depósito de tripas elaboradas 12.1.20. Los depósitos para tripas elaboradas
con o sin fraccionamiento, deben responder a las exigencias de los depósitos
para grasas, adaptados a las características del producto.

Barricas 12.1.21. Las barricas, cuando no sean de primer uso, serán
perfectamente higienizadas, debiendo estar previamente con la autorización de
la Inspección Veterinaria para su empleo.

Cajones 12.1.22. Cuando se utilicen cajones, éstos serán recubiertos
interiormente por papel apergaminado o similar.

Envases de hojalata 12.1.23. Los envases de hojalata serán de primer uso y
responderán a los requisitos que para los mismos se exigen en el Capítulo XVII
de este Reglamento. Prohibición de envases de otros tipos

Orellanos 19

�7. Nuevas tendencias de utilización de materiales en instalaciones
higiénico-sanitarias: el caso del Cloruro de Polivinilo (PVC)

Aunque la mayor parte del consumo de PVC en la Latinoamérica sigue
destinándose al sector de la construcción e infraestructura, existe un potencial
de mercado muy importante para otras aplicaciones.

Un enfoque comercial orientado hacia productos ya establecidos en
países desarrollados, pero aún novedosos para nuestra región, puede
representar un excelente impulso a las exportaciones y la oportunidad de
introducir muchas de esas aplicaciones en nuestros países, empleando el PVC
de tipo suspensión o especialidades como las resinas de dispersión.

El mercado mundial del PVC se sitúa actualmente alrededor de los 27
millones de toneladas por año. Las aplicaciones para el sector de la
construcción e infraestructura consumen el 66% de la producción global,
incluyendo sistemas de tuberías y sus accesorios, perfiles y paneles para uso
arquitectónico y recubrimientos aislantes para cables eléctricos. En la categoría
de “otras aplicaciones” se incluyen innumerables usos, a pesar de que este
segmento representa sólo un 12% del mercado total.

El consumo latinoamericano de PVC se acerca a 1.5 millones de
toneladas por año y representa el 5% del consumo mundial, siendo Mercosur el
mercado más importante, con el 46% del consumo total, seguido por México
con el 22%. La Comunidad Andina y Chile representan el 20% del mercado
latinoamericano o, aproximadamente, el 1% del mercado mundial.

El consumo per cápita de PVC se ha mantenido creciente en todo el
mundo y esta tendencia continuará, estimándose que alcanzará alrededor de
los 5.25 kilogramos por persona en el año 2005. Para la región Andina, la tasa
de crecimiento del consumo oscila alrededor del 2.5% anual, siendo las
tuberías y perfiles las aplicaciones con mayor crecimiento.

Orellanos 20

�En el mundo, el consumo per cápita más alto se da en Norteamérica y
Europa, con niveles muy por encima del promedio global. Sin embargo, cuando
se analiza el consumo per cápita referido al PBI, China se coloca a la cabeza
reflejando el impresionante aprovechamiento que esta nación ha logrado en la
manufactura y la exportación de "otras aplicaciones" del PVC, lo mismo que de
otros plásticos.

En Latinoamérica y particularmente en la región Andina, es evidente la
falta de penetración del PVC en mercados tradicionalmente dominados por
otros materiales, pero en los cuales el vinilo ha probado en otras partes del
mundo que tiene atributos para obtener una posición muy importante.

La falta de dinamismo en "otras aplicaciones" obedece a varios factores,
pero especialmente al desconocimiento de las oportunidades que existen para
la exportación de productos terminados hacia los países más desarrollados, y a
la limitada exploración de oportunidades en el mercado regional para productos
que efectivamente ofrecen un mercado potencial interesante.

Orellanos 21

�8. Análisis FODA del PVC

Diseñamos un FODA, el cual arrojo los siguientes resultados.

Fortalezas(En cuanto al PVC como material):

♦ Tiene una elevada resistencia a la abrasión, junto con una baja
densidad, buena resistencia mecánica y al impacto.
♦ Al utilizar aditivos tales como estabilizantes y plastificantes (entre otros),
el PVC puede transformarse en un material rígido o flexible,
característica que le permite ser usado en un gran número de
aplicaciones.
♦ Es estable e inerte, por lo que se emplea extensivamente donde la
higiene es una prioridad, por ejemplo los catéteres y las bolsas para
sangre y hemoderivados están fabricadas con PVC, así como muchas
tuberías de agua potable.
♦ Es un material altamente resistente, los productos de PVC pueden durar
hasta más de sesenta (60) años como se comprueba en aplicaciones
tales como tuberías para conducción de agua potable y sanitarios; de
acuerdo al estado de las instalaciones se espera una prolongada
duración del PVC así como ocurre con los marcos de puertas y
ventanas.
♦ Debido a los átomos de cloro que forman parte del polímero PVC, no se
quema con facilidad ni arde por si solo y cesa de arder una vez que la
fuente de calor se ha retirado. Los perfiles de PVC empleados en la
construcción para recubrimientos, cielorrasos, puertas y ventanas, se
debe a la poca inflamabilidad que presenta.

♦ Se vuelve flexible y moldeable sin necesidad de someterlo a altas
temperaturas (basta

conunos segundos expuesto a una llama) y

mantiene la forma dada y propiedades una vez enfriado a temperatura
ambiente, lo cual facilita su modificación.

Orellanos 22

�♦ Se emplea eficazmente para aislar y proteger cables eléctricos en el
hogar, oficinas y en las industrias debido a que es un buen aislante
eléctrico.
♦ Alto valor energético. Cuando se recupera la energía en los sistemas
modernos de combustión de residuos, donde las emisiones se controlan
cuidadosamente, el PVC aporta energía y calor a la industria y a los
hogares.
♦ Rentable. Bajo costo de instalación.

Debilidades(del PVC en plantas Triperas)

♦ Requeriría diseñar un cronograma de obra semestral, ya que debería
recubrir las paredes azulejadas por placas, techos y mesadas. Dicha
acción demandaría parar con la actividad productiva, porque, si bien es
de fácil y rápida instalación, debemos priorizar la inocuidad de la materia
prima manipulada la cual no debe ser contaminadas por ningún tipo de
factor ni químico no físico.

Oportunidades

♦ Incentivar el consumo de PVC de fabricación nacional.
♦ Búsqueda de materias primas (PVC) que sean ambientalmente
sustentables.
♦ Bajo costo de instalación, comparado con el acero inoxidable.

Amenazas

♦ Apertura de las importaciones, las que a través de aranceles e
impuestos distorsivos, puedan competir con el material producido en
nuestro país.
♦ Poca visualización del PVC como un elemento apto para la industria del
sector.

Orellanos 23

�9. Proyecto para potenciar industrias nacionales

Resaltamos las características del material, inocuo, de bajo costo
económico, y proviene de un sector que se está reabriendo. A todos estos
motivos le podemos sumar una gran característica del material: El PVC es un
plástico reciclable. Resientes estudios lo demostraron.

El PVC es un plástico derivado de la sal (57%) y del petróleo (43%) y
posee innumerables aplicaciones involucrando una serie de productos, tales
como embalajes, alambres y cables, mangueras, perfiles de ventanas y
laminados, calzados, juguetes, tubos y conexiones, etc.

El principal mercado es de tubos y conexiones usados en la construcción
civil distribución de agua potable y saneamiento básico. Esta posición de
destaque en tubulaciones transcurre de la prolongada vida útil del PVC, que en
esos casos va de 50 a 100 años.

El reciclaje del PVC no es una novedad. Se ha realizado desde el
comienzo de su producción. Sin embargo, sólo tomó impulso de forma más
organizada con los movimientos ecológicos de los países desarrollados.

Los residuos de material plástico han aumentado en volumen por varios
factores, tales como crecimiento y aumento del poder adquisitivo de la
población y mayor utilización de los embalajes plásticos debido a la facilidad de
transporte y distribución y a la disminución de las pérdidas de los productos.

De acuerdo con los levantamientos más recientes (1996), el mercado
brasileño genera aproximadamente 450.000 toneladas anuales de residuos
plásticos industriales, agrícolas y urbanos. De ese total, aproximadamente
200.000 toneladas (equivalentes a 8% en un promedio de la producción
nacional de plásticos y a 13% de consumo aparente) son recicladas por
aproximadamente 800 industrias.

Orellanos 24

�En

los

años

60,

el

volumen

de

plástico

reciclado

era

de

aproximadamente 2.000 toneladas al año, lo que representa un aumento de
10.000% en poco más de 30 años; lo que resulta en un aumento medio anual
de 333,3%.

Las piezas de plástico tienen pequeña participación en peso en la
basura. En Brasil, representan un promedio de 6%. Los residuos del PVC
representan un promedio de 0,8% del peso total de basura domiciliar. Eso
ocurre porque el PVC es más utilizado en productos de larga duración, como
tubos y conexiones, alambres y cables para la construcción civil.

El PVC reciclado tiene diversas aplicaciones. Es utilizado en la camada
central de tubos de cloacales, en refuerzos para calzados, yuntas de dilatación
para concreto, perfiles, conos de señalización etc. En el mercado brasileño, los
productos obtenidos con el PVC reciclado incluyen suelas, laminados flexibles,
mangueras para jardín, tarimas y pisos. La legislación en defensa del
consumidor y las normas técnicas vetan en el mundo todo el uso de plástico
reciclado en embalajes de alimentos y medicinas, juguetes y artículos médicohospitalarios.

Orellanos 25

�10. Conclusiones:

Humildemente se presenta este proyecto, resultado de una idea basada
en la experiencia cotidiana, conlleva el requerimiento de la inclusión en la
normativa. Es una propuesta pretenciosa, pero necesaria; se han presentados
los datos recabados, a fin que se evalúe la posible modificación de algunos
ítems en la legislación..

Dentro el aporte realizado se puede hallar que su uso es útil para
mantener los instrumentos en mejores condiciones de los instrumentos, pero
por sobre todo del equipamiento, incorporar superficies fácilmente lavables y de
fácil mantenimiento.

Con esto significaría incluir paneles de PVC en las superficies y
materiales reemplazando a los de acero inoxidable, tanto en mesadas y carros
como en los revestimientos de las paredes; siendo siempre de color claro,
preferentemente blanco.

El Cloruro de Polivinilo (PVC) aporta resistencia a los ácidos de las tripas
como así también a las sustancias de limpieza, a la sal, al agua, generando
facilidades en su mantenimiento, anulando la posibilidad de corrosiones,
adherencias lo que, sumado a que generalmente sus terminaciones son
redondeadas (sin ángulos) y por lo tanto de fácil limpieza, tendría un impacto
directo en la efectividad de los POES.

Orellanos 26

�11. Bibliografía

›

http://www.plastico.com/temas/PVC,-tendencias-y-oportunidades-para-laindustria-de-America-Latina

›

http://www.insca.org/index.php/es/tratamiento-de-las-tripas

›

http://www.cofsl.net/paneles.html

›

http://tecnologiadelosplasticos.blogspot.com.ar/2011/06/pvc.html

›

Memoria operativa/descriptiva, Establecimiento Oficial n° 3511.

›

http://www.oc.lm.ehu.es/fundamentos/fundamentos/practicas/HERIDAS/ma
teriales/hilos_de_sutura.htm

›

http://www.guitarmonia.es/blog/las-cuerdas-de-los-instrumentos-de-musica/

›

http://www.aviculturaargentina.com.ar/normativas/decreto_42381968_indice.htm. Capítulo XII 12. — TRIPERIA, PREPARACION DE
MENUDENCIAS Y MONDONGUERIA

›

Diagrama de flujo de Establecimiento Oficial N° 3448.

›

http://www.eis.uva.es

›

Síntesis del trabajo Reciclaje Mecánico del PVC: Una Oportunidad de
Negocio que se realizó por iniciativa del INSTITUTO del PVC en conjunto
con la Universidad de São Paulo - USP, y que contó también con la
colaboración de varias entidades del área académica y empresaria. Aquí se
focalizan los aspectos de gestión, tecnológicos y económicos necesarios a
un emprendimiento de esta naturaleza.

Orellanos 27

�</text>
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                <text>Implementación de materiales de PVC en plantas triperas. </text>
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                <text>Orellanos, Malena Soledad</text>
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                <text>Noviembre 2016</text>
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                <text>Arias, Marcelo (Tutor)</text>
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            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
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              <elementText elementTextId="30789">
                <text>Trabajo presentado para obtener el Titulo de Técnico Universitario en Calidad e Inocuidad Agroalimentaria, otorgado por la Universidad Nacional de Lomas de Zamora. El presente trabajo plantea la incorporación reglamentada de mesadas, pallets, recubrimiento de paredes, techos y zócalos sanitarios de PVC en las triperías. Se apunta a resaltar las virtudes higiénicas del material, en reemplazo al acero inoxidables.</text>
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            <name>Table Of Contents</name>
            <description>A list of subunits of the resource.</description>
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              <elementText elementTextId="30790">
                <text>1. Prologo &#13;
2. Introducción &#13;
3. Objetivos de trabajo &#13;
3.1 Objetivo general &#13;
3.2 Objetivos específicos &#13;
4. Metodología de trabajo &#13;
5. Características operativas y descriptivas de las triperías &#13;
5.1 Diagrama de flujo y descripción del proceso  &#13;
5.2 Diferentes tipos y usos de la Tripa &#13;
5.3 El acero inoxidable como elemento distintivo de las instalaciones &#13;
6. Marco Reglamentario &#13;
6.1 Normativas a nivel internacional e investigaciones internacio nales sobre el uso de PVC: &#13;
6.2 Normativas a nivel nacional &#13;
7. Nuevas tendencias de utilización de materiales en instalaciones  higiénico-sanitarias: el caso del Cloruro de Polivinilo (PVC) &#13;
8. Análisis FODA del PVC &#13;
9. Proyecto para potenciar industrias nacionales &#13;
10. Conclusiones &#13;
11. Bibliografía</text>
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            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
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                <text>B.S.0143</text>
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            <name>Rights</name>
            <description>Information about rights held in and over the resource</description>
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                <text>Trabajo presentado para obtener el Titulo de Técnico Universitario en Calidad e Inocuidad Agroalimentaria</text>
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        <name>Reglamentaciones</name>
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                    <text>UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOMAS DE ZAMORA
Facultad de Ciencias Agrarias

LICENCIATURA EN GESTIÓN DE LA CALIDAD
E INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS

Tesis:

“Inserción de los Licenciados en Gestión de la Calidad e Inocuidad de los
Alimentos en el SENASA:
Análisis basado en competencias y reglamentaciones del Organismo”

Tutor: Dr. César Eduardo Sartori

Alumna: Malena Soledad Orellanos

2020

�Agradecimientos:

“Él solamente es mi roca y mi salvación. Es mi refugio, no resbalaré” Sal.62:6.

Quiero honrar atodas las personas que me acompañaron en este proceso.
1.Mi madre que me educó desde el ejemplo, el compromiso y responsabilidad
por el trabajo.
2. Mi hijo Juan que diariamente me enseña que los mayores Dones que podamos
poseer son: la paciencia y la capacidad de perdón.
3. Mis compañeras y amigas Linda y Cuky que me acompañan desde el 2012 y
compartimos desafíos, aprendizaje y por sobre todo unidas por este crecimiento
personal y profesional.
4. A mi tutor y supervisor, Dr. Sartori quien me enseña, acompaña y desafía a
más “con mente fría en pies calientes” Gracias por ser parte de esta etapa tan
importante para mí.

2

�Indice
1.1.1.

1.2.-

1.3.-

1.4.-

2.3.-

Introducción. Definición del problema

8

Requisitos para el Puesto de Jefe de Servicio.

11

Competencias, Incumbencias y Actividades Reservadas.
Definiciones.
Incumbencias

y

Competencias

de

los

Veterinarios.

Actividades Reservadas.
Competencias de los Licenciados en Gestión de Calidad e
Inocuidad de los Alimentos. Alcances del título.
Posibilidad de Acreditación de la Carrera.

11

13

17

19
22

Objetivos

3.1.

Objetivo general

22

3.2.

Objetivos particulares

22

4.-

Marco Reglamentario. Organigrama de SENASA.

22

5.-

Cambio de Paradigma.

23

5.1.

6.-

7.-

7.1.-

7.2.8.-

Necesidad incorporación de nuevas titulaciones al puesto de
jefe de servicio.
Motivación laboral en organizaciones públicas. Técnicas de
diagnóstico para evaluar competencias.
Evaluación y diagnóstico sobre las incumbencias.
Evaluación y desempeño de Licenciados en otras áreas del
Organismo
Informes de prácticas profesionalizantes.
Métodos de Investigación. Entrevistas.
3

25

26

27

27

29
42

�8.1-

Entrevista a Vice Decano de la Facultad de Agrarias. UNLZ.

42

8.2.-

Entrevista a Docente y funcionario del Organismo.

43

9.-

Proyecto de Regionalización.

44

9.1.-

Implementación Reglamentada.

44

9.2.-

Costo de la Regionalización.

45

10.-

Conclusiones.

46

11.-

Bibliografía.

51

12.-

13.-

Anexo 1: Requisitos Jefe de Servicio. Reglamentación. Decreto
4238/68. Capítulo VII.
Anexo 2: Programas de las Carreras

54

58

13.1. Anexo 3: Decreto 4238/68.

73

13.2. Anexo 4: Técnicas de diagnóstico para evaluar incumbencias.

75

13.3. Anexo 5. Resolución 222/2006 SENASA

78

13.4

79

Anexo 6: Resolución 592/2015 SENASA

4

�Resumen:

En los últimos años la sociedad ha experimentado cambios importantes
que han afectado fuertemente al propio concepto de trabajo y a la formación que
lleva asociado. Un mundo global, con un alto grado de tecnificación,
interconectado y con una altísima capacidad de movilidad de personas y
mercancías han hecho cambiar profundamente el modo de trabajo. Incluyen
aquellas formaciones de grado que por su injerencia profesional pueden
comprometer el interés público y poner en riesgo de modo directo la salud, la
seguridad, los derechos o los bienes de los habitantes. La incorporación de
nuevas titulaciones, tan relevantes en sus respectivos campos de actuación
profesional, pone en evidencia la madurez y gran responsabilidad del sistema
universitario argentino que, respondiendo a una necesidad externa, sistematiza
el aprendizaje de temáticas no abarcadas en estudios tradicionales.
Se plantea un proceso de cambio, de ajuste para cumplir y abarcar todos los
requerimientos que impone el desarrollo técnico y sanitario. Debemos utilizar
nuestro aprendizaje y compromiso tanto con la carrera, como con el Organismo
para realizar dicho cambio para coadyuvar a la Misión del SENASA.
Estos cambios interpelan directamente a la formación de los trabajadores y
trabajadoras, a los modelos de Formación Profesional y a la necesaria mejora
de su calidad. Desde este lugar, se aprobó la Tecnicatura Universitaria en
Calidad e Inocuidad Agroalimentaria, que quedo incluida en la carrera de grado
designada como Licenciatura en Gestión de la Calidad e Inocuidad de los
Alimentos. (Ver Anexos).
Dicha necesidad se vio impulsada por un grupo de profesionales nucleados en
UPCN, apoyados por SENASA, el Ministerio de Agroindustria y la Universidad
Nacional de Lomas de Zamora. La intención fue dar respuesta a la falta de
educación

adecuada

a

puestos

de

trabajo,

propios

del

Organismo,

fundamentalmente en el área de inocuidad.
Se plantea la inserción de los Licenciados en Gestión de la Calidad e Inocuidad
de los Alimentos, a los requerimientos para puestos de control, supervisión y
5

�dirección en establecimientos elaboradores y depósitos para mercado interno,
basándose en competencias y reglamentaciones.
Como material de respaldo para mi trabajo, utilice una serie de entrevistas a
Directivos de la Universidad, docentes e informes de prácticas profesionales
asistidas de compañeras de la carrera.
Esa es la responsabilidad y el compromiso que asumimos, al final del día lo que
somos es esto, constructores, edificadores, estamos edificando un nuevo
Organismo para construir una gran Nación. Devolviendo la confianza puesta en
nosotros a través de este proyecto del cual nos permitieron participar.

Palabras Claves:

Inserción de nuevas Carreras, SENASA, Procesos de

Cambios, Competencias, Formación Profesional.

Summary:
In recent years, society has undergone important changes that have
strongly affected the very concept of work and the training associated with it. A
global world, with a high degree of technification, interconnected and with a very
high capacity for the mobility of people and goods, has profoundly changed the
way of working. They include those training courses that due to their professional
interference may compromise the public interest and directly put the health,
safety, rights or property of the inhabitants at risk. The incorporation of new
degrees, so relevant in their respective fields of professional performance,
highlights the maturity and great responsibility of the Argentine university system
that, responding to an external need, systematizes the learning of topics not
covered in traditional studies.
A process of change is proposed, of adjustment to meet and cover all the
requirements imposed by technical and health development. We must use our
learning and commitment both with the career and with the Organism to make
this change to contribute to the SENASA Mission.

6

�These changes directly challenge the training of male and female workers,
Vocational Training models and the necessary improvement in their quality. From
this place, the University Technician in Agrifood Quality and Safety was
approved, which was included in the undergraduate degree designated as
Bachelor of Food Quality and Safety Management. (See Annexes)
This need was driven by a group of professionals who are nucleated in UPCN,
supported by SENASA, the Ministry of Agroindustry and the National University
of Lomas de Zamora. The intention was to respond to the lack of adequate
education for the Agency's own jobs, mainly in the area of safety.
The insertion of the Graduates in Food Quality and Safety Management is
proposed, to the requirements for positions of control, supervision and
management in manufacturing establishments and warehouses for the internal
market, based on competencies and regulations.
As supporting material for my work, I used a series of interviews with University
Directors, teachers, and reports on assisted professional practices from fellow
students.
That is the responsibility and the commitment that we assume, at the end of the
day what we are is this, builders, builders, we are building a new Organism to
build a great Nation. Restoring the trust placed in us through this project which
allowed us to participate.

Keywords:

Insertion

of

new

Careers,

Competencies, Professional Training.

7

SENASA,

Change

Processes,

�1.- Introducción. Definición del problema.

“Mateo 6:22-23 nos dice que nuestros ojos son la lámpara de
nuestro cuerpo. Si nuestra visión es buena, nuestro cuerpo estará lleno
de luz; de lo contrario estará lleno de oscuridad. Lo que vemos, determina
lo que entrará en nuestra vida. Los ojos a través de los cuales vemos el
mundo que nos rodea, determinan nuestra visión”.

Es fundamental la colaboración multidisciplinar, intersectorial e internacional
para el diseño de estrategias de evaluación, control y prevención de los factores
de riesgo en la obtención de materia prima y elaboración de alimentos, a fin de
preservar la salud y el bienestar humano.
La mejora de la calidad en la elaboración de productos y subproductos requiere,
cada vez más, de profesionales capaces de intervenir y actuar en un mercado
altamente internacionalizado. Ello no afecta únicamente a las grandes empresas,
compañías multinacionales o empresas especializadas en el comercio exterior,
y al mismo Estado. Hoy la dimensión global e internacional impacta directamente
en todas las actividades económicas, en mayor o menor medida. Incluso una
empresa de carácter local o regional puede necesitar acceder a proveedores y
puede que también a clientes establecidos lejos de su territorio.
El SENASA posee valores comunes tales como:
Confiabilidad: Es su compromiso generar credibilidad y confianza en los distintos
actores, ofreciendo seguridad y garantía sobre los resultados obtenidos.
Ética: El organismo se compromete a desarrollar sus actividades dentro de un
marco de conductas éticas.
Respeto y reconocimiento: Respetar a las personas y reconocer sus logros,
creando oportunidades de desarrollo personal y valorando las ideas que
contribuyan a la mejora de la calidad institucional.
Equidad: Garantizar la ecuanimidad e imparcialidad en el trato, y las relaciones
internas y externas.
Compromiso social: El desarrollo de todas las actividades se realizará dentro de
un marco de responsabilidad social pública.
8

�Profesionalidad y competencia: Propender en forma continua hacia el desarrollo
de los conocimientos, habilidades, actitudes y aptitudes del personal,
promoviendo y esforzándonos en la actualización permanente.
Transparencia: Las acciones y comportamientos se realizarán en forma clara,
evidente, comprensible, trazable y sin ambigüedades.
Para entender el diseño de la Carrera, es necesario conocer la función del
Organismo, que a continuación se detalla.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria es un organismo
descentralizado, con autarquía económico-financiera y técnico-administrativa y
dotado de personería jurídica propia, dependiente del Ministerio de Agricultura,
Ganadería y Pesca, encargado de ejecutar las políticas nacionales en materia
de sanidad y calidad animal y vegetal e inocuidad de los alimentos de su
competencia, así como de verificar el cumplimiento de la normativa vigente en la
materia.
El SENASA centra su competencia el control del tráfico federal y de las
importaciones y exportaciones de los productos, subproductos y derivados de
origen animal y vegetal, productos agroalimentarios, fármaco-veterinarios y
agroquímicos, fertilizantes y enmiendas.
En síntesis, el SENASA es responsable de planificar, organizar y ejecutar
programas y planes específicos que reglamentan la producción, orientándola
hacia la obtención de alimentos inocuos para el consumo humano y animal,
conforme a la legislación internacional.

Su Misión está comprometida a:
Planificar, normar, ejecutar, fiscalizar y certificar procesos y acciones en el marco
de programas de sanidad animal y vegetal e inocuidad, higiene y calidad de los
alimentos, productos e insumos, dando respuesta a las demandas y exigencias
nacionales e internacionales, a los temas emergentes y a las tendencias de
nuevos escenarios.
Su Visión compartida apunta a:
-

Organización gubernamental, referente a escala nacional e internacional.

-

Confiabilidad, capacidad técnica y valores humanos.

9

�-

Preservación y control de la sanidad animal y vegetal, la calidad, higiene

e inocuidad de los productos agropecuarios e insumos y alimentos de su
competencia.
-

Bienestar general con sustentabilidad en otros procedimientos.

El análisis de la inserción social de las organizaciones públicas abarca las
condiciones políticas, económicas, sociales, demográficas, tecnológicas,
jurídicas, ecológicas, sanitarias y de cualquier otro tipo del entorno en que
desarrollan su actividad, y que inciden en su desenvolvimiento. Asimismo,
comprenden las relaciones interorganizacionales y de actores sociales que
conviven, negocian y disputan poder y recursos en el ámbito estatal. También
comprenden las relaciones internacionales del Estado, sus vínculos con otras
organizaciones y organismos del exterior, y los espacios de integración; así como
también las relaciones con los niveles subnacionales.
Las demandas internacionales, sus requerimientos y hábitos, obliga ajustarse a
fortalecer las exigencias, controles e inspecciones, para cumplir los
requerimientos

internacionales

que

nos

permiten

posicionarnos

como

proveedores mundiales de ciertos productos.

Si bien el planteo en este trabajo es muy específico, como es la incorporación de
la carrera, a requisitos solicitados por el Decreto 4238/68 en su Capitulo VIII, esta
pretensión queda circunscripta a los establecimientos denominados como Ciclo
II y III, sean estos establecimientos elaboradores y depósitos. Entendiendo la
necesidad de la presencia irremplazable del Veterinario en establecimientos
Ciclo I, por el control ante mortem y post mortem, que hacen a la determinación
de la salud animal y la apreciación de las vísceras. Si bien el apoyo, desde la
parte de gestión registral sería importante, puede resultar de gran colaboración
en otros aspectos de la tarea, la presencia profesional de los Licenciados en
Gestión de Calidad e Inocuidad de los Alimentos.

Llegados a este punto, es evidente que podemos afirmar que participación en la
fiscalización por parte del Licenciado en Gestión de la Calidad e Inocuidad de los

10

�Alimentos nos abrirá más puertas a otros mercados, tanto nacionales como
internacionales.
Impulsada por uno de los valores comunes del Organismo:
“Profesionalidad y competencia”:

Propender en forma continua hacia el desarrollo de los conocimientos,
habilidades, actitudes y aptitudes del personal, promoviendo y esforzándonos en
la actualización permanente.
Entender la importancia de la inserción de una nueva carrera universitaria
conocer sus prioridades y su finalidad. Lo más importante es conocer y saber
que el Licenciado en Gestión de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos ofrecerá
una orientación, coordinación, simplificación y unificación y, así, conseguir
reducir costes y aumentar la efectividad, así como estandarizar las normas de
productos y servicios para las organizaciones internacionales; es decir, que se
implanten requerimientos en cada uno de los países, y que los mismos deberán
homogeneizarse para que los productos puedan compararse entre sí.

1.1-

Requisitos para el Puesto de Jefe de Servicio.
El Decreto 4238/68 obliga cumplir los requisitos para dicho puesto en el

CapítuloVIII. Anexo 1. El puesto solo puede ser ejercido por Veterinarios. Esta
propuesta plantea la inserción de nuevas titulaciones, tales como la Licenciatura
en Gestión de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos, por cumplir con todos los
requerimientos de la función específica, para los establecimientos de elaboración
y depósitos, denominados Ciclo II Y III.

11

�1.2-Competencias, Incumbencias y Actividades Reservadas. Definiciones.
Para entender, el abordaje del tema debemos definir cada uno de los
términos, Competencias, Incumbencias y Actividades Reservadas.
La noción de incumbencia hace referencia a la responsabilidad u obligación de
realizar algo de acuerdo a una condición o a un cargo. La incumbencia, de este
modo, supone un compromiso, una competencia o una atribución.
Se conoce como incumbencia profesional, por otra parte, a la capacidad propia
de un profesional de acuerdo a los conocimientos adquiridos durante su
formación. Las incumbencias profesionales, en este contexto, constituyen el
marco jurídico del trabajo del experto según su especialidad.
Las autoridades educativas de un país pueden modificar las incumbencias
profesionales. A través de la gestión de estas incumbencias se definen qué
actividades pueden ejercer y cuáles no.
Las competencias son todas aquellas habilidades, aptitudes y destrezas que ha
adquirido una persona a lo largo de su vida personal, profesional y académica.
En el caso de las competencias profesionales, son aquellas habilidades que se
ponen en práctica para realizar un trabajo y desarrollarlo bien. En este caso, se
identifican dos tipos de competencias:
Competencias técnicas: estas son propias de un tipo de trabajo concreto, son los
conocimientos teóricos específicos que habilitan a desarrollar con éxito las
tareas propias de una profesión.
Las actividades reservadas de una profesión deben ser aprobadas por la
Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, para presentar su
exclusividad. La Acreditación es el acto por el cual el Estado adopta y hace
público el reconocimiento que los pares académicos hacen de la comprobación
que efectúa una institución sobre la calidad de sus programas académicos, su
organización y funcionamiento y el cumplimiento de su función social.

12

�1.3.-

Incumbencias,

Competencias

y

Actividades

Reservadas

de

Veterinarios y Médicos Veterinarios.

ACTIVIDADES

PROFESIONALES

RESERVADAS

AL

TITULO

DE

VETERINARIO Y MEDICO VETERINARIO. ANEXO V. Las mismas fueron
propuestas para la acreditación de la Carrera.

Salud animal:
1. Efectuar prevención, diagnóstico, prescripción terapéutica, y tratamiento de
las enfermedades de los animales y certificar el estado de salud y enfermedad
de los mismos.
2. Realizar, interpretar y certificar análisis microbiológicos, parasitológicos,
biológicos, químicos y físicos, imagenológicos y técnicas de laboratorio
destinados al diagnóstico, prevención y tratamiento de las enfermedades de los
animales.
3. Formular y elaborar específicos farmacéuticos y preparados biológicos,
sueros, vacunas, opoterápicos y aplicar biotecnologías y reactivos biológicos y
no biológicos, destinados al diagnóstico, prevención y tratamiento de las
enfermedades de los animales y certificar la calidad de los mismos
4. Controlar y efectuar la distribución y el expendio de zooterápicos y demás
productos de uso en medicina veterinaria.
5. Ejercer la Dirección Técnica de laboratorios destinados a la elaboración de
productos, sustancias medicinales, diagnósticos, sueros, vacunas u otros
productos biológicos, opoterápicos o similares para uso veterinario.
6. Organizar, dirigir y asesorar establecimientos destinados a la prevención,
diagnóstico y tratamiento de enfermedades de los animales, incluidas las que
afecten a la población humana (zoonosis).
7. Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, evaluar y certificar acciones sanitarias
destinadas a la prevención, control y erradicación de las enfermedades de las
distintas especies animales.
13

�8. Ejercer la Dirección de los Servicios Veterinarios de establecimientos que
realicen competencias deportivas con animales y toda concentración de
animales con diversos fines.
9. Certificar el estado de salud, enfermedad y aptitudes de los animales
sometidos a la experimentación o utilizados en la elaboración de específicos
farmacéuticos y preparados biológicos destinados a la medicina animal y
humana.
10. Intervenir en la elaboración de normas relacionadas con la aprobación,
transporte,

almacenamiento,

manipulación,

comercialización

y

uso

de

específicos farmacéuticos y preparados biológicos para uso veterinario.
Medicina Preventiva, Salud Pública y Bromatología:
11. Investigar y desarrollar reactivos y preparados biológicos de origen animal
aplicables en seres humanos.
12. Planificar, organizar, dirigir y asesorar acerca de la cría y producción de
animales de experimentación.
13. Planificar, organizar, ejecutar, evaluar y certificar acciones destinadas a la
prevención, control y erradicación de plagas, vectores y enfermedades de los
animales que afectan a los animales y al hombre.
14. Planificar, dirigir, ejecutar, evaluar y certificar acciones sanitarias y estudios
epidemiológicos destinados a la prevención, control y erradicación de las
enfermedades transmisibles por los alimentos (E.T.As).
15. Ejercer la dirección de servicios veterinarios de control y prevención de las
zoonosis.
16. Asesorar en la elaboración de las normas referidas a las condiciones
higiénico-sanitarias de la producción animal y de las actividades involucradas en
la producción y distribución de productos y alimentos.
17. Participar en el diseño, aplicación, auditoría y certificación de sistemas de
inocuidad y de aseguramiento de la calidad de los alimentos.
18. Efectuar el control higiénico-sanitario de las especies animales, sus
productos, subproductos y derivados para consumo y uso humano e industrial.
14

�19. Efectuar y certificar el control higiénico-sanitario, análisis y controles
bromatológicos y de identificación comercial de la elaboración, procesamiento,
transformación, conservación, transporte y expendio de alimentos.
20. Organizar, dirigir y asesorar en el control de residuos y deshechos de origen
biológico con el objeto de evitar la contaminación ambiental, y lograr su
reutilización.
21. Realizar estudios, investigaciones y asesoramiento relativos a la vida animal,
en estado de salud y enfermedad, a la zoonosis y a las enfermedades
compartidas con el hombre, al mejoramiento de la producción animal y al control
de las condiciones higiénico-sanitarias de dicha producción y de los productos y
subproductos de origen animal.
22. Certificar las condiciones higiénico-sanitarias, bromatológicas y de
identificación comercial de los alimentos y de los establecimientos destinados a
la elaboración, procesamiento, transformación, conservación y expendio de
alimentos.
23. Asesorar, realizar y controlar la formulación de productos alimenticios en lo
relativo a la composición, elaboración, conservación, valor nutritivo, calidad y
sanidad de los mismos.
Producción Animal
24. Investigar, desarrollar y aplicar biotecnologías para la reproducción y
conservación de las especies animales.
25. Planificar, organizar, dirigir, asesorar, controlar y certificar la producción
animal en todas sus etapas y las tecnologías aplicadas.
26. Elaborar, aplicar y evaluar normas y criterios para la identificación,
clasificación y tipificación de los animales y sus productos.
27. Planificar, organizar, dirigir, controlar y certificar datos trazables en
explotaciones animales.
28. Evaluar la aptitud clínica, sanitaria y zootécnica de animales, a los efectos de
determinar la pertenencia de su admisión a concentraciones de animales
realizadas con distintos fines para la importación y exportación.
15

�29. Efectuar estudios e investigaciones para el mejoramiento zootécnico de las
distintas especies animales.
30. Formular, elaborar y evaluar alimentos para consumo animal.
31. Organizar, dirigir y asesorar establecimientos de producción, cría y
explotación de especies de la fauna silvestre.
32. Ejercer la Dirección de Estaciones Zootécnicas, de Inseminación Artificial y
de Genética Animal.
33. Participar en la planificación, organización y evaluación de la utilización de
recursos forrajeros en función de la producción animal.
34. Intervenir en la confección de catastros de recursos naturales de origen
animal.
35. Planificar, organizar, ejecutar y evaluar la prevención y control de los factores
bióticos y abióticos que afectan la producción pecuaria.
36. Asesorar en el diseño de las instalaciones rurales, máquinas y herramientas
destinadas a la producción pecuaria.
37. Participar en la identificación, formulación, ejecución y evaluación de
proyectos de inversión, desarrollo rural y productivos.
38. Participar en la planificación, organización, ejecución y evaluación de
políticas rurales, y programas de desarrollo rural.
39. Participar en la planificación, organización y evaluación de acciones relativas
al manejo de praderas y pastizales para alimentación animal.
Otras
40. Planificar, organizar y dirigir jardines zoológicos y reservas de fauna
autóctona y exótica.
41. Participar en la elaboración de normas relativas a la protección y bienestar
animal.
42. Realizar arbitrajes y peritajes en todo lo referido a la profesión veterinaria y
en el ámbito agropecuario.

16

�43. Participar en estudios orientados a la evaluación de las consecuencias que
puedan provocar fenómenos naturales sobre la producción pecuaria.
Materias específicas y carga horaria se describe en Anexo 2.

ANEXO XXI ACTIVIDADES PROFESIONALES RESERVADAS A LOS TÍTULOS
DE VETERINARIO Y MÉDICO VETERINARIO.
1. Prescribir, dirigir y certificar todo procedimiento de prevención, diagnóstico,
pronóstico y tratamiento relativo a la salud y la productividad animal.
2. Dirigir y certificar las acciones destinadas a la prevención, el control y la
erradicación de las enfermedades transmitidas por los alimentos y las zoonosis,
y la erradicación de plagas, vectores y reservorios de agentes patógenos que
afecten a los animales y al ser humano.
3. Diseñar, formular zooterápicos y controlar su expendio.
4. Planificar, dirigir, supervisar y certificar el uso, manejo y control sanitario de
sistemas de producción y productos animales, su transporte, insumos,
trazabilidad e identificación comercial.
5. Formular alimentos para consumo animal.
6. Proyectar y dirigir lo referido a higiene, seguridad y control del impacto
ambiental en lo concerniente a su intervención profesional.

1.4.-Competencias de los Licenciados en Gestión de la Calidad e Inocuidad
de los Alimentos.
El Licenciado en Gestión de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos es un
profesional con sólida formación científica y técnica en los criterios, los métodos
y los procedimientos vinculados con los atributos de calidad e inocuidad
alimentaria, con competencia para desempeñarse en el diseño de políticas
públicas, la planificación y organización de los sistemas que supervisan y
controlan los procesos de producción, conservación, comercialización interna,
17

�importación y exportación de productos, subproductos y derivados de origen
vegetal y animal a fin de garantizar la presencia de esos atributos.
Dicha competencia requiere el dominio de las normas sanitarias vigentes del
ámbito nacional e internacional, así como de adecuadas estrategias y variados
dispositivos técnicos para adaptar sus intervenciones a la especificidad de cada
realidad, en un marco de creciente complejidad.
La intervención de este profesional en los sistemas de control y supervisión de
la calidad y la inocuidad agroalimentaria resulta sustantiva en relación con el
cuidado de la salud tanto individual como social en su contribución al
mantenimiento de la sustentabilidad y sistematicidad del medio ambiente y a un
aporte a la actividad económica que se conjuga con los procesos productivos.
La adquisición de competencias debería extenderse de forma potente a la
Formación Profesional. Frente a este conflicto, que no necesariamente sea
bueno o malo, sino tomado como tal, para que el mismo sea abordado de manera
positiva, el cual sustentará el paradigma de la presenta propuesta.

ALCANCES DEL TITULO:
Se expresa formalmente que cuando los alcances designan una competencia,
derivada o compartida, la responsabilidad primaria y la toma de decisiones la
ejercerá en forma individualy exclusiva el poseedor del título con competencia
reservada según el régimen establecido por el artículo 43 de la Ley de Educación
Superior.
-

Adecuar, por sí o participar, a través de programas y diseños operativos,
elcumplimiento de la normativa nacional e internacional, referida a la
inocuidad durantelos procesos de producción de alimentos y piensos.

-

Implementar y supervisar el cumplimiento de la normativa nacional e
internacional,referida a la inocuidad durante los procesos de producción
de alimentos y piensos

-

Planificar o colaborar en la planificación, de las instancias estratégicas y
puntos críticosen el control higiénico-sanitario sobre elaboración de
alimentos y piensos.
18

�-

Determinar, gestionar y supervisar los puntos críticos en el control
higiénico-sanitario enlos procesos productivos de elaboración de
alimentos y piensos.

-

Gestionar y supervisar sistemas de trazabilidad de los insumos
destinados a laelaboración de piensos y alimentos.

-

Diseñar, implementar, gestionar y supervisar los establecimientos y
procesos destinadosa la elaboración de piensos destinados a animales
de abasto.

-

Diseñar o colaborar en el diseño y controlar las operaciones destinadas al
resguardosanitario, de calidad e inocuidad de la materia prima destinada
a la elaboración depiensos destinados a animales de abasto.

-

Diseñar, implementar, gestionar y supervisar programas y procesos
destinados aestablecer la detección de residuos agroquímicos en
productos primarios deagroalimentos destinados a la elaboración de
alimentos y piensos.

-

Supervisar y dirigir acciones orientadas a resguardar la inocuidad y
sanidad de losproductos primarios de origen vegetal

-

Diseñar, implementar, gestionar y supervisar programas y procesos
destinados aestablecer la detección de residuos agroquímicos en
alimentos y piensos

-

Diseñar, implementar, gestionar y supervisar programas y procesos
destinados aestablecer la detección de microorganismos, en resguardo
de la inocuidad de losproductos de producción primaria de origen vegetal.

-

Diseñar, implementar, gestionar y supervisar la implementación del
principio deprecaución para asegurar la inocuidad de alimentos y piensos.

-

Diseñar, gestionar y controlar el almacenamiento y logística de piensos y
alimentos deforma que garanticen la trazabilidad de los productos para
determinar su inocuidad ysanidad.

-

Realizar actividades docentes vinculadas a la inocuidad y sanidad de los
alimentos ypiensos.
19

�-

Realizar asesoramientos, peritajes y arbitrajes relacionados con la
inocuidad y sanidadde alimentos y piensos.
Materias específicas y carga horaria se describe en Anexo 2.

2.- Posibilidad de Acreditación de la carrera
Es hora, de vivir “llamados”, de permanecer, a ser, a edificar, a construir
el camino de nuestra carrera. Focalizarnos en post de cómo queremos posicionar
nuestra carrera. Estamos llamados a permanecer donde no muchos quieren
permanecer.
La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) es
un organismo descentralizado que funciona en jurisdicción del Ministerio de
Educación de la Nación, acreditando careras de grado y posgrado.
Fue creada con la finalidad de contribuir al mejoramiento de la educación
universitaria. Su misión institucional es asegurar y mejorar la calidad de las
carreras e instituciones universitarias que operan en el sistema universitario
argentino por medio de actividades de evaluación y acreditación de la calidad de
la educación universitaria.
Antecedente Nacional e Internacional de Acreditación.
La acreditación en varios países de Latinoamérica le otorga varias ventajas a las
carreras, entre ellas encontramos:
Ventajas de un programa acreditado:
Cultura de autoevaluación y mejoramiento continuo.
Reconocimiento de la labor institucional de sus docentes, estudiantes y
egresados.
Posicionamiento del programa a través de sus procesos de docencia,
investigación y proyección social.
Fortalecimiento de las oportunidades laborales y profesionales, para estudiantes
y egresados, a nivel nacional e internacional.

20

�Mayor posibilidad de acceso a becas de formación y programas de intercambio
para estudiantes y docentes.
Generación de alianzas de investigación y cooperación.
Ventajas de una Institución acreditada:
La oportunidad de elevar su prestigio como institución de alta calidad.
Demuestra que tiene la capacidad de responder a los nuevos retos de la
Educación

Superior

y

a los

requerimientos

de

la

modernización

e

internacionalización.
Fortalecimiento de las relaciones con otras instituciones acreditadas.
Consolidación de su participación en comunidades académicas.
Facilita la participación de sus docentes en redes y asociaciones a nivel nacional
e internacional.
Consolidación de la cultura de la Autoevaluación y la Autorregulación.
La evaluación internacional evidencia su trabajo para los ocho estándares de
acreditación establecidos por:Política y procedimientos para el aseguramiento
de calidad; Diseño y aprobación de programas; Seguimiento continuo y
evaluación periódica de los programas; Enseñanza, aprendizaje y evaluación de
los estudiantes; Admisión, progreso, reconocimiento y certificación de los
estudiantes; Personal docente; Recursos para el aprendizaje y apoyo de los
estudiantes; e Información. Me atreví a desarrollar mínimamente una idea a
futuro, el deseo personal de acreditación de la carrera, realizando ajustes gracias
a la explicación detallada sobre diseño curricular, reconocimiento de títulos,
competencia, incumbencias y actividades reservadas, que muy amablemente
me brindo el Secretario Académico Ing, Javier De Gracia. Antes de contactarme
con él, este era un campo muy confuso, seguí sus lineamientos y desarrollé el
tema brevemente. No puedo dejar de honrar su ayuda, su clase magistral del
tema y su gran generosidad a la hora de ayudarme con mi tesis.

21

�3.-OBJETIVOS.
3.1. Objetivo General:
Inclusión de Licenciados en Gestión de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos
en el SENASA, como requisito suficiente para puestos de trabajo atribuidos en
exclusividad a otras titulaciones: Análisis basado en competencias y
reglamentaciones del organismo”

3.2. Objetivos particulares:
Investigar acerca de ventajas y desventajas, viabilidad e inviabilidad de la
inserción del Licenciado en Gestión de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos
en puestos y cargos específicos.
Identificar competencias de los profesionales de la Licenciatura en Gestión de
Calidad e Inocuidad de los Alimentos para su inclusión en las actividades
regladas por el Decreto 4238/68.

4.- Marco Reglamentario Nacional:Decreto 4238/68. Anexo 3.
Es necesario citar el marco reglamentario a finde entender la estructura
legal y técnica del Organismo, y definir la función del jefe de servicio, donde se
plantea el cambio de requisitos para el puesto en cuestión. Y el lugar que ocupa
en el Organigrama del Organismo actual.

22

�Organigrama de SENASA:

5.- Cambio de Paradigma

«Los conflictos son oportunidades que nos da la vida para crear procesos
de cambio constructivo que reduzcan la violencia e incrementen la justicia en la
interacción directa y en las estructuras sociales y respondan a los problemas de
la vida real en las relaciones humanas. O sea que el conflicto es un proceso
dinámico y un fenómeno normal. Es una oportunidad de crecimiento y motor de
cambio».
J. P. Lederach

23

�Se propone la necesidad de un nuevo paradigma, un nuevo modelo, un nuevo
Organismo que se ajuste a los requerimientos de las demandas mundiales, que
carece de condiciones frente a las diferencias, pero si plantea un ofrecimiento
para lograr una educación de calidad a sus agentes, a fin de que su función sea
ejercida con excelencia. Es hora de traspasar ese paradigma hacia el deseado
cambio. Sería reflexivo acogerse a las palabras de Einstein, que invitaba a “no
hacer

siempre

lo

mismo,

si

se

busca

resultados diferentes”,

pero,

primordialmente, se deben hacer las cosas con gusto y con el corazón.
La sociedad del siglo XXI vive en continuo cambio, y con ella también el
conocimiento. La llamada Sociedad del conocimiento implica cambios profundos
que involucran nuevas demandas cognitivas y nuevas capacidades.
¿Por dónde empezamos?
Si vamos a revertir tendencias tenemos que decidir ser parte de la solución. Es
muy fácil ser parte del problema, pero tenemos que decidir poner una línea en la
tierra y dar un paso del lado que es parte de la solución, y no alinearnos con
aquellos que se paran del lado de los problemas.
Cada vez más, el mundo cuenta con la actividad agrícola-ganadera para producir
una mayor cantidad de alimentos nutritivos y mejorar los medios de sustento de
una población que crece rápidamente.
¿Qué podría ser más significativo que formar parte de una solución eficaz a un
desafío tan crucial?”
En ese sentido, tiene relación con el desarrollo de tecnologías de la información
y las comunicaciones. La agricultura en el mundo en desarrollo se ha convertido
en un dinámico campo en el que se desarrollan innovaciones eficaces, que
requiere de un acompañamiento profesional para lograr un sistema de gestión
efectivo.
Hoy más que antes, el cambio climático y la creciente demanda de alimentos
nutritivos hacen que sea más necesario tener nuevas ideas y conocimientos para
exploraren la agricultura, fomentar las prácticas agrícolas inteligentes con
respecto al clima e innovar en el sector para impulsar el crecimiento futuro.

24

�“Se requieren Veterinarios, Licenciado en Alimentos, Ingenieros agrónomos y en
alimentos para ese propósito, se necesitan técnicos que acompañen a los
campesinos y los guíen para poder superar barreras sanitarias, pero si no se
incentiva es complicado que los jóvenes miren al campo como un proyecto de
vida”
El conflicto no es positivo ni negativo, la respuesta lo determina. Abordarlo de
manera positiva sustentan el paradigma que sustenta la propuesta

5.1.- Necesidad de incorporación de nuevas titulaciones al puesto de jefe
de servicio.

Uno de los ejes de la política de modernización de la gestión anterior fue
planteado en el Decreto 434/2016, y es la jerarquización del empleo público.
De este eje se desprende la necesidad de reflexionar sobre temas como la nueva
carrera del empleo público, su profesionalización y los subsistemas de recursos
humanos en la administración pública, entre otros. En el contexto actual, la
Administración Pública se enfrenta al desafío de dar respuesta a crecientes
demandas sociales buscando dinamizar la gestión de los procesos, mejorar la
calidad de los servicios, reducir los tiempos de respuesta y optimizar la
asignación de los recursos para, de esta manera, consolidar una gestión
gubernamental que haga posible la creación de mayor valor público.
Este marco explica el interés por transformar los sistemas de gestión de los
recursos humanos poniendo especial atención en el desarrollo de las
potencialidades de los agentes públicos y los cuadros directivos, y finalmente,
en la calidad de los servicios que cada organismo brinda a los ciudadanos.

25

�6- Motivación laboral en Organizaciones Públicas.
En busca de avalar mi investigación, en el transcurso del año realice
varios cursos en la plataforma INAP, referentes al funcionamiento del
Administración Púbica en cuanto a selección de personal, carrera en el
Organismo, capacitación y adaptación de Organismo- agente a los nuevos
requerimientos. Extraje del mismo el siguiente pasaje: “Se parte del concepto
de abordaje psico-sociológico del comportamiento organizacional que se
sustenta en la idea de que este resulta de la interacción de factores individuales
y ambientales. Al mismo tiempo, ese intercambio se manifiesta como causa y
estímulo de la conducta intra-organizacional de los miembros que la conforman,
quienes a su vez incorporan actitudes y valores de la propia cultura
organizacional. Todo individuo ingresa a la organización con expectativas y esta
las tiene para con el recién incorporado. Las expectativas mutuas no estarán
escritas, pero se desarrollarán a lo largo del vínculo, mientras este permanezca.
Es el contrato psicológico, tema central para explicar la motivación y el
comportamiento de los individuos en la organización y el trato que esta les
depara a las personas que la integran. La motivación se refiere a los objetivos y
valores más inmediatos de la persona en relación con su trabajo, valores que
pueden o no estar íntimamente ligados con las necesidades sociales o biológicas
aprendidas, pero que varían en forma notable de un individuo a otro según la
edad, la etapa de desarrollo de la persona o la interacción que establece con
distintos grupos o equipos de la organización en que interviene. De una manera
amplia, “motivo” es aquello que impulsa a una persona a actuar de determinada
manera o que origina una propensión hacia un comportamiento específico. Este
impulso a actuar puede ser provocado por un estímulo externo (proveniente del
ambiente) o puede ser generado internamente en los procesos mentales del
individuo. En este último aspecto, “motivación” se asocia con el sistema de
cognición del individuo que representa aquello que las personas saben de sí
mismas y del ambiente que las rodea”.

26

�Técnicas de Diagnóstico para evaluar incumbencias.

En constante búsqueda de información y método de verificación de la
problemática planteada, me dirigí a otros ámbitos de la administración pública,
donde encontré material de respaldo para sostener mi planteo. En la plataforma
de capacitación virtual del INAP, realicé varios cursos que me han brindado
herramientas aplicables en el presente trabajo. En dicha plataforma, recabe
innumerable información que me dio otra perspectiva al tema, una mirada más
social, más individual. Teniendo en cuenta variables psicológicas, sociales y
económicas. Anexo 4.

7.-Evaluación y diagnóstico sobre incumbencias.
En el Organismo se realizan anualmente calificaciones sobre el personal.
Las mismas están a cargo del jefe inmediato visadas por superior. En ella se
evalúa función, cumplimiento, compromiso, puesto, personal a cargo, tareas
asignadas.

7.1.-Evaluación y desempeño en otras áreas de los Licenciados en Gestión
de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos

“Edifiquen casas y hagan planes para quedarse.
Planten huertos y coman del fruto que produzcan”.
Jeremías 29:5 NTV

Tuve la bendición de cursar la Tecnicatura y la Licenciatura, con 2
compañeras excepcionales, en lo personal, académico y profesional, que
jerarquizan con su desempeño al Organismo y a nuestra Carrera. Ellas son,
27

�Linda Castro y Maria Ferreira Armas, alias Cuky. Honro a mis compañeras y
amigas, por su compromiso, responsabilidad, generosidad y tenacidad. Admiro
mucho a quienes hicieron de sus dones y talentos, su pasión y trabajo. Mujeres
que se atreven a creer por más, y no se limitan a parámetros sociales.
Todo equipo para funcionar requiere una líder. A través del liderazgo se
enseña con el ejemplo trabajando a la par. La líder de nuestra cohorte es
presentada a continuación y adjunto su informe sobre práctica profesional:
Linda Castro, tengo 36 años. Además de ser Analista en Relaciones Públicas
e Institucionales y Técnica Universitaria en Calidad e Inocuidad Agroalimentaria,
estoy por culminar mi carrera de grado en Licenciatura en Gestión de la Calidad
e Inocuidad de los Alimentos.
Actualmente Coordinadora de la Brigada Canina que desempeña funciones
en el Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini de Ezeiza. Junto a 4 guías
formamos el equipo que lleva adelante esta labor que tiene como actores
principales a 10 simpáticos beagles.
Este proyecto comenzó a fines del año 2017, del cual fui parte del equipo, no
solo como organizadora sino también como parte del cuerpo docente en uno de
los módulos referidos al “Liderazgo y Trabajo en Equipo”.
El segundo informe de prácticas profesional, fue elaborado por María Cristina
Ferreyra Armas, quien estudió hasta cuarto año de bioquímica, técnica de
laboratorio, Técnica en Calidad e Inocuidad Agroalimentaria, y se encuentro
confeccionando la tesis de la Licenciatura en Gestión de la Calidad e Inocuidad
de los Alimentos.
Comparte como premisa fundamental que cada agente tenga los
conocimientos y competencias laborales inherentes a su puesto de trabajo, para
jerarquizar la importancia del organismo

28

�7.2.-Informe de prácticas profesionalizantes.

“Pongan en práctica lo que de mí han aprendido, recibido y oído, y lo que
han visto en mí, y el Dios de paz estará con ustedes”. Fili.4:9.(NVI)

Como material de respaldo a fin de sostener la presente investigación, se
adjuntan

informes

de

prácticasprofesionalizantes

realizadas

en

varios

establecimientos habilitados por el SENASA, donde se realizan varias
actividades, de Ciclo I, II Y III.

El siguiente informe fue elaborado por Linda Castro, alumna de la carrera.
INTRODUCCION: OBJETIVO DEL INFORME
El objetivo del presente informe es volcar las observaciones del grupo sobre los
establecimientos visitados el día 30 de agosto de 2019, con el Dr. Julio Gómez.
Los Calvos es una empresa privada, propiedad de la Familia Los Calvos.
Cuentan con dos plantas: la principal, en Juan Bautista Alberdi y Albariño,
unestablecimiento de 4.000 m2 distribuidos en tres niveles, en donde funciona la
administración, la dirección, el centro de cómputos y salón de ventas, además
de la elaboración. En San Justo tiene otra planta, de 2000 m2, destinada a acopio
de materia prima y elaboración de jamones crudos. También cuenta con una flota
de vehículos, todos refrigerados, para el transporte de mercadería, con un
manejo inteligente de los repartos en función de la carga a distribuir. Otro aspecto
importante se logró en el control interno de calidad, que se suma a los exigidos
por cada uno de los organismos intervinientes en la vigilancia Higiénico-Sanitario
de la producción, tanto para la materia prima nacional como importada.
CUERPO: DESCRIBIR Y EXPONER LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS
El establecimiento Oficial N°42, ubicado en Juan Bautista Alberdi 5401, en
Capital Federal, habilitado bajo los siguientes Rubro: II (chacinados), IX
(salazones), XXXIII (depósito de carne y menudencias).

29

�El Establecimiento cuenta con Servicio de Inspección Veterinaria presente en la
plata durante la franja de horaria de producción, como así también Departamento
de calidad a cargo de profesionales competentes.
El departamento de Calidad trabaja en post de la Misión y Visión de la empresa
familiar a fin de asegurar la calidad a través de un control minucioso del proceso
y sus interacciones. En dichos procesos se especifican las entradas, descripción,
salidas, responsables y parámetros de desempeño, volcados en el mapa de
proceso. Cuentan con Manual de Calidad, Manual de Procedimiento, Instructivos
y Registros, que responden no sólo a los requerimientos comerciales, sino que
se ajustan a las reglamentaciones exigidas por el Organismo Oficial Competente.
En el establecimiento de Mataderos se elaboran los siguientes productos:
Jamón cocido, paletas cocidas, bondiolas, salames, salamines, jamón crudo,
salamines, fiambre de pata de cerdo, fiambre cocido para emparedados, fiambre
cocido, queso de cerdo, carré de cerdo, salchichones. También se fracciona y
envasa jamón crudo.
Los mismos son elaborados con materia prima proveniente de Establecimientos
Oficiales, con su debida documentación. Para respaldar dicho proceso, se lleva
a cabo un constante proceso y registros de trazabilidad, avalado por simulacros
Recall. Todos los productos cumplen con los requerimientos de la circular 3945.
En tanto en la Oficina del Servicio de Inspección Veterinaria a cargo del Dr.
Larrosa y Horacio Correale como ayudante veterinario, encontramos la siguiente
documentación:
Planos y Memorias descriptivas y operativas, Planillas de Comisos, Rótulos con
Aprobación definitiva de sus productos, libretas sanitarias del personal,
Habilitaciones de vehículos, Libro control de Nitritos y Nitratos, Libro control de
cloro, Planillas de control de temperaturas de sectores, cámaras, esterilizadores,
Desinfección de tanque, Análisis Físico químicos, Análisis sobre productos,
microbiológicos, bacteriológicos, parasitológicos, Control de plagas, POES,
Mantenimiento preventivo, aprobación definitiva de especies, aditivos, envases,
registro de vuelcos de efluentes.

30

�La planta ubicada en Catriel 3633, Lomas del Mirador, Buenos Aires, Número
Oficial 3252, habilitada bajo rubros IX, XII, XXXIII, XXXV.
En el establecimiento cuenta con una despostada porcina, sala de elaboración
de jamón crudo y bondiola y sus correspondientes depósitos, depósito de
productos importados, y depósito de terceros.
El mismo cuenta con el doble de metros cuadrados que la planta de Mataderos,
ya que su actividad lo requiere. Se observaron los sectores bien identificados y
separados, tales como:
-

Dársena de ingreso, Sala despostada, sector de troceo, sector de cuarteo,

depósito de grasa y huesos. Constan con sus respectivos registros según circular
3510 F.
-

Observamos cámaras de materia prima, cámaras de producto terminados,

las mismas habilitadas para depositar productos importados utilizados en la
producción
-

Observamos sector elaboración de jamones crudos y bondiolas, y su

sector de depósito/curado/reposo. En cada sector se registra la trazabilidad
donde se vuelcan los parámetros del producto que definirán su destino. Han
desarrollado un sistema de salado en bines debidamente separados e
identificados.
-

Sector depósito de insumos, envases, aditivos.

-Oficina de Servicio de Inspección Veterinaria a Cargo del Dr. Gómez, asistido
por veterinario de registro.
Ambas plantas cumplen con todos los requisitos del Capítulo XXI, del 4238/68.
CONCLUSION:
Si bien la planta tiene una excelente ubicación de arribo, el edificio es antiguo.
Por su ubicación sobre avenida, el Gobierno de la ciudad no les permite construir
en vertical. Igualmente han sabido darle funcionalidad a los metros que poseen,
se han organizado las diferentes actividades por horarios, los mismos consta en
el diagrama de flujo. La planta cuenta con detector Rayos X, renuevan
maquinaria

regularmente.

Reciben

constantes

auditorias

nacionales

e

internacionales, y el resultado de las mismas proporciona los temas que luego
31

�se desarrollaran en la capacitación del personal. El éxito de esta empresa familiar
radica en el buen trato hacia el personal, observado en el estado de las
instalaciones, vestuarios, comedor e indumentaria reglamentaria, como la
constante capacitación en busca de proporcionar información e incentivar al
progreso a los mismos. El personal es fundamental para que todo el proceso
funcione tal como se observa.
En el establecimiento de Mataderos se elaboran productos libres de alergenos.
Dicha actividad se hace en contra turno, con personal debidamente capacitado
e identificado. Las materias primas utilizadas en la elaboración de los productos
se registran en un programa de trazabilidad aparte, también su depósito tiene
asignado un espacio diferenciado. Se le sugirió a la empresa hacer ampliación
de rubro a fin de despostar medias reces, la misma está en evaluación, ya que
cuentan con el espacio y el sistema de gestión de calidad apto para adaptarse a
los requerimientos.
El siguiente informe, lo he elaborado en base a las observaciones realizadas en
el Establecimiento Oficial N°: 1373.
INTRODUCCION: OBJETIVO DEL INFORME
El objetivo del presente informe es volcar las observaciones del grupo sobre
los establecimientos visitados el día 27 de septiembre de 2019, con el Dr. Julio
Gómez.
La historia del frigorífico Swift comenzó prácticamente al mismo tiempo que
el desarrollo de la industria frigorífica en la Argentina. La firma desembarcó en
1907 integrando La Plata Cold Storage, inversión de un grupo sudafricano que
poseía una planta en la localidad de Berisso (Buenos Aires).
El frigorífico comenzó al mismo tiempo que el desarrollo de la industria de la
carne en la Argentina. Su producción abarca desde los cortes envasados al vacío
hasta alimentos de mayor procesamiento como carnes cocidas congeladas,
hamburguesas, fiambres, salchichas y carnes enlatadas.

32

�En 1916 se transformó en Compañía Swift de La Plata y pasó a ser propiedad
de International Packers Ltd. (ITL), grupo norteamericano relacionadocon los
pioneros de la industria, Gustavus Swift y Phillip Armour.
El Grupo Minerva -que en la Argentina tiene bajo su órbita al frigoríficoSwift- tiene
proyectado reabrir una planta industrial ubicada en la localidadsantafesina de
Venado Tuerto, que se cerró en 2012 cuando el Gobierno anteriorcomenzó a
intervenir en el comercio de carne. Ahora el panorama es totalmente diferente
porque el sector exportadorcárnico está de para bien, sumando más envíos a
China y con la apertura demercado de valor como los Estados Unidos.
Según se informó, en una primera etapa será habilitado el sector de
despostado y de frío, con la posible incorporación de una centena de empleados.
Aunque todavía es incierta la fecha de reapertura, se especula con la
posibilidad de que en mayo próximo comience a operar, todo depende del
avance de las obras que se deben concretar y que en las próximas semanas se
pondrán en marcha.
Actualmente, las empresas habilitadas para exportar a China, además de
Swift, son Friar, Quickfood, Rafaela Alimentos, Black BambooEnterprises, Coto
e Industrias Frigoríficas Recreo.
Así es que la empresa, de capitales brasileños, quiere aprovechar el viento
de cola que hoy muestra la industria frigorífica argentina, el año pasado los
envíos al exterior crecieron 78% interanual y sumaron poco más de 555.000
toneladas.
Incluso Swift fue el primer frigorífico argentino en concretar exportaciones
de carne a Estados Unidos luego de la reapertura de este mercado que estuvo
cerrado por 17 años.
En este contexto, desde hace varios meses el Grupo Minerva está
buscando ampliar sus operaciones en el país, tiempo atrás, a través del sindicato
de la carne, lanzó una convocatoria para sumar 200 puestos de trabajo en su
planta ubicada en Villa Gobernador Gálvez. Allí llevó su capacidad de producción
33

�al máximo y por eso ahora está reactivando otra planta frigorífica.
También Minerva sonó como uno de los interesados para comprar los
activos que dejaba BRF en la Argentina (Quickfood y Avex), finalmente no llegó
a un acuerdo, pero claramente su intención es crecer localmente.
Además del frigorífico de Venado Tuerto, Minerva cuenta con plantas en
Pontevedra, Berazategui, Jesús María y la de Villa Gobernador Gálvez.
Globalmente la compañía. Además, opera 11 plantas en Brasil, seis en
Paraguay, tres en Uruguay y una en Colombia. Su negocio se compone de
exportaciones a más de 100 países en cinco continentes.
Swift Argentina ejerce, al igual que las principales empresas alimenticias del
mundo, los más completos y rigurosos controles de calidad y sanitarios, que se
inician con la trazabilidad de los animales y continúan a lo largo de todo el
proceso industrial, hasta el segmento final de embalaje.
En el ranking nacional de faena, según estadísticas de la Oncca de 2007,
Swift está posicionado segundo con 459.069 cabezas, después de Mattievich
(517.262 cabezas). El tercer puesto es para Quickfood (365.293 cabezas).
Cuenta con siete plantas de las cuales una de ellas está dedicada
exclusivamente a elaborar envases, ubicada en Zárate (Buenos Aires).
Los restantes establecimientos están distribuidos en Villa Gobernador
Gálvez (Santa Fe), San José (Entre Ríos), Pontevedra (Buenos Aires), Venado
Tuerto (Santa Fe), Berazategui (Buenos Aires) y Colonia Caroya (Córdoba), esta
última planta la compró en 2007 y pagó u$s20 millones. Los establecimientos de
Venado Tuerto y de Pontevedra que pertenecían a Cepa los adquirieron en 2006
por u$s34 millones.
Su producción abarca desde los cortes envasados al vacío hasta alimentos
de mayor procesamiento como carnes cocidas congeladas, hamburguesas,
fiambres, salchichas y carnes enlatadas. De esta manera Swift concentra el 56%
34

�de la producción de carnes cocidas congeladas y exporta el 98% de los
productos enlatados a más de 70 países. Destina al mercado interno el 30% de
su producción ya que su fuerte es la exportación de productos con mayor valor
agregado.
La compañía cambió varias veces de manos. En 1968 ITL fue absorbida por
Deltec, una corporación financiera de Estados Unidos.
En 1971 el grupo inversor decretó la quiebra, por lo que el Gobierno se hizo
cargo del establecimiento. En 1977, mediante licitación, la firma fue comprada
por capitales argentinos denominados “Carnes Argentinas”. En 1980 la totalidad
de las acciones de Swift Armour SA fueron compradas por Campbell Soup Co.,
firma norteamericana líder mundial en el mercado de sopas. En 1991 estalló el
escándalo denominado “Swiftgate”, en el que presuntamente funcionarios del
Gobierno le habían pedido coimas a la empresa.
Poco tiempo después el grupo norteamericano decidió desprenderse del
frigorífico. Carlos Oliva Funes, quien hasta ese momento era directivo de la firma,
tomó el control con la asistencia financiera de los fondos de inversión J.P Morgan
y Greenwitch Street Capital Partners.
En 2005 el grupo brasileño JBS (Friboi), el primer industrializador de carne
del mundo, adquirió la mayoría del paquete accionario comprando las acciones
de los fondos de inversión y parte de lo que tenía Oliva Funes, quien continúa al
frente de la empresa.
Esta operación se concretó en alrededor de u$s200 millones.
Hoy Swift controla el 5,4% de la cuota Hilton (1.365,3 toneladas), queasciende
en total a 25.200 toneladas.Respecto de su situación financiera en el ejercicio
cerrado el 31 de julio de2006 facturó $561 millones y tuvo que afrontar pérdidas
por $21,4.

35

�CUERPO: DESCRIBIR Y EXPONER LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS
El establecimiento Oficial N°1373, ubicado en Avenida Otero 5250, Pontevedra,
Buenos Aires, habilitado bajo los siguientes Rubro: III, LI, XII, XXIII, XXV, XXVII,
XXXI, XXXIII, los mismos rubros cubren los tres ciclos I FAENA, II
ELABORADOR, III DEPOSITO.
La visita se realizó junto al jefe de servicio Dr. Ángel Rodríguez, el
encargado producción y el responsable de higiene y seguridad.
Actualmente dentro de la planta trabajan 20 operarios distribuidos en las
distintas actividades de la misma.
Si bien la planta está habilitada para los tres ciclos y los diferentes rubros
especificados anteriormente, solo el sector sebería, Rubro II se encuentra en
actividad.
El proceso se realiza de la siguiente manera
Ingresa la mercadería con certificado de transito común de establecimientos
habilitados por SENASA, bajo la tipificación de huesos y sebo, en sus formas
blandas y duras. Estos productos son
registrados bajo uso incomestible.
Los mismos son depositados
en tolva con rodillos sin fin, triturador,
donde se ejerce presión y se aplica calor.
Se realiza una producción diaria de 300 toneladas, que se completan con
unas 50 cargas. El mix está formado por huesos (duros) y sebo (grasa
incomestible) blando de origen vacuno.
La producción es monitoreada por cámaras, controlada constantemente por
personal idóneo. Es una planta que elabora las 24 horas, en turnos de 8 horas.
El Establecimiento cuenta con Servicio de Inspección Veterinaria presente
en la plata durante la franja de horaria de producción, como así también
36

�Departamento de calidad a cargo de profesionales competentes.
El departamento de Calidad trabaja en post de la Misión y Visión de la
empresa, objetivo de Swift Argentina es desarrollar, producir y comercializar
alimentos Cárnicos de alto valor agregado, sanos, seguros y sabrosos, dirigidos
tanto a los consumidores finales como a grandes empresas de alimentación.
En dichos procesos se especifican las entradas, descripción, salidas,
responsables y parámetros de desempeño, volcados en el mapa de proceso.
Cuentan con Manual de Calidad, Manual de Procedimiento, Instructivos y
Registros, que responden no sólo a los requerimientos comerciales, sino que se
ajustan a las reglamentaciones exigidas por el Organismo Oficial Competente.
Desde nuestro punto de vista pudimos observar lo siguiente:
-

La planta recibe materia prima de establecimientos oficiales, con sus

respectivos sanitarios de origen en forma física y digital, en su mayoría de
Ciclo I bovinos.
-

La materia prima llega en camiones bateas, volquetes, a temperatura

ambiente.
- Posee un detector de metales, donde se establece un PCC.
- Posee sala de comando computarizado.
- Se observa en registro POES, limpieza con desengrasante cada 2
semanas.
-

El producto final es envasado en Big Pack, con una capacidad hasta 400

kilogramos. El producto terminado es harina de carne vacuna.
-

La realiza muestra microbiológica sobre el producto final al azar y se envía

a laboratorio.
-

Los big packs están debidamente

rotulados con toso los datos delproducto.
37

�-

Rayos x que identifica por densidad.

Logra separa hueso, plástico, entreotros, es una especie de grancolador. Se
calibra con una probeta.
-

La trazabilidad es a través de un código de barras propio del

Establecimiento.
-

Los PCC son:

-

Detector de metales.

-

T° de cocción: en digestor continuo durante 1 hora 30 minutos, para

asegurar la destrucción del prion de BSE.
Luego de la cocción es colado, pasa a un tanque centrifuga y de acuerdo a su
usose realiza la siguiente acción:
- Se prensa en el caso de la grasa,chicharrón, Para conseguir el expeller de
hueso, molienda seca.
- En el caso del sebo de 1era calidad sedestina a materia prima para elaboración
demargarina. También se utiliza para latransformación en biodiesel y jabón.
- El rendimiento de la materia prima es de un65%.
Desde nuestro punto de vista pudimos observar lo siguiente:
-

El estado higiénico sanitario es aceptable, teniendo en cuenta la actividad,

ya que es sucia y olorienta.
Ambas plantas cumplen con todos los requisitos del Capítulo XXI, del 4238/68.

CONCLUSIÓN:
La planta tiene una excelente ubicación de arribo, el edificio de excelente
construcción, una gran superficie en metros cuadrados.
Observamos deficiencias en el MIP, y no señalizados los PC y PCC. Esantiguo.
No pudimos ver los planos de la planta. Posee un gran staff de personal
del SIV, se debe a la amplitud del horario de producción.
38

�Posee habilitación para depositar materia prima del establecimiento Swift
Santa fe, la misma destinada a exportación a los múltiples destinos.
Se le sugirió a la empresa hacer revisar MIP, plan y registros, de ser necesario
intensificar frecuencia.
El siguiente informe fue elaborado por María Ferreira Armas, alumna de la
carrera.

INTRODUCCION: OBJETIVO DEL INFORME
El presente informe contiene observaciones de nuestro grupo guiado por el Dr.
Julio Gómez, el personal a cargo del S.I.V. Srita

Sabrina Di Napoli

y el

Departamento de Calidad de la Empresa, Ing. Ana Liarte.
Alimentaria La Pompeya es una empresa argentina dedicada a la faena y troceo
de cerdos, elaboración y comercialización de cortes, embutidos, hamburguesas
y otros productos derivados.
La planta productiva se encuentra ubicada en la localidad bonaerense de Marcos
Paz. Su avanzada tecnología y capacidad, la convierten en el establecimiento de
faena y troceo de cerdos más importante del país. Esto los posiciona como el
principal exportador de productos porcinos del país.
El compromiso con la calidad de nuestros productos es pilar fundamental de la
empresa, es por esto que trabajamos con las mejores materias primas y
procedimientos,

garantizando

la

satisfacción

de

nuestros

clientes

y

consumidores.
Su trayectoria solida se basa en asegurar la constante:
-Avanzada tecnología y capacidad, en constante actualización y desarrollo.
- Principal exportador de productos porcinos, asegurada por la calidad e
inocuidad de sus materias primas y producto final.

39

�-Materias primas de altísima calidad, que cumple con los requisitos
reglamentados.
-Garantía de satisfacción.
El establecimiento habilitado por SENASA bajo el número oficial 3655, para
desarrollar los rublos: II, LI-D, LI-H, LI-A, LI-E, XXX, XXXIII, XXXV, según registro
oficial abrió sus puertas en 1998.
Cuenta con habilitación para exportar a los siguientes destinos: China, Hong
Kong, Angora, Costa de Marfil.
Los cortes porcinos destinados a la exportación son:
-

Riñón

-

Tímpano.

-

Tocino

-

Cabezas

-

Cartílago de paleta.

-

Cartílago de panceta.

-

Codillos

-

Cueros

-

Cuero lonja

-

Fémur

-

Huesos de bondiola

-

Huesos de Carré

-

Lengua

-

Manos

-

Orejas

-

Papada

-

Patas

-

Pecho pelado
40

�-

Punta de pecho

-

Rabos

-

Recorte de grasa

-

Recorte de grasa y carne

-

Recorte magro

Menudencias destinadas a exportación:
-

Culatas

-

Corazón

-

Hígado

-

Estómagos

Embutidos para la exportación:
-Chorizos
- Morcilla
- Salchicha.
Elaboran productos para mercado interno tales como:
-

Milanesas.

-

Saborizados: jamón con hierbas finas, carré sin hueso con hiervas finas,

bondiola con hiervas finas.
-

Embutidos: salchicha, morcilla, chorizo bombón.

-

Cortes frescos varios.

“Un grupo de gente determinada, movidos por el compromiso para cambiar el
curso de la historia” Cohorte 2012 Tecnicatura- 2018Licenciatura.

8.-Método de Investigación.
Este estudio se desarrollará bajo un enfoque cuantitativo y cualitativo.

41

�Al respecto se tratará en base a recopilación de investigación a través de
entrevistas,

reglamentaciones

nacionales

e

internacionales.

También

observación, análisis y devoluciones de auditorías y visitas nacionales e
internacionales, tanto de Organismos públicos como de privados. Se agrego
información brindada a través de la plataforma INAP. Todo lo investigado será
sustento para presentar dicha investigación a fin de solicitar un cambio en los
requerimientos en ciertos puestos y cargos específicos
“Empecemos como prueba a dar frutos,estamos llamados a construir lo que no
muchos están dispuestos a hacerlo. Todo desafío tiene una recompensa:”

8.-Entrevistas:El fin de este tipo de entrevista es obtener información relevante
sobre un tema de estudio, a través de respuestas verbales dadas por el sujeto
de estudio.

8.1.Entrevista a Directivo de la UNLZ. Vice Decano de la Facultad de
Agrarias, Doctor Javier Vázquez.
Me comunique telefónicamente con el Dr. Vázquez, quien muy amablemente me
brindo su tiempo a fin de ayudarme a elaborar respaldo de sondeo para el
presente trabajo.
Se le consulta acerca del proyecto de creación de la Tecnicatura y Licenciatura,
respondiendo:
Dr. Vázquez- El proyecto surge a través del vínculo quetenía la facultad, con el
SENASA, INTA y actual Ministerio de Agroindustria(ex – secretearía)
Comenzaron las reunionesen el 2004. En el marco de una necesidad del
Organismo de capacitar a su personal y darle la posibilidad de tener una carrera
de pre- grado y grado, de acceder a mejor puesto capacitación y sueldo,
Decidieron, en conjunto viendo falencia en capacitación desarrollar la
42

�Tecnicatura, posterior dado el excelente resultado y la necesidad de mejorar el
grado de capacitación, a fin de rendir efectivamente en su función con respaldo
académico científico, se propuso la Licenciatura. En grupo que trabajo en el
diseño de la carrera estaba integrado por Capacitación SENASA, Presidencia
SENASA, Decanato y Vicedecanato de la Facultad de Agrarias.

8.2.Entrevista a Profesional del Organismo de amplia trayectoria,
Integrante del grupo creador de la Carrera y docente de la misma.Médico
Veterinario Norberto Vila.
Conversamos telefónicamente sin mucha estructura que nos limite. La charla con
el Doctor Vila, quien se caracteriza por su buena predisposición, humildad,
respeto, accesibilidad se dio amenamente y por sobre todas las cosas, con un
mensaje motivador de su parte. No hizo falta preguntarle, el se encuentra
siempre dispuesto a enseñar, guiar y ayudar a quienes los contactemos. Me
comenta que la carrera se crea, en respuesta a un interés del Estado. Interés en
responder a la necesidad de contar con personal capacitado. Las reuniones
comienzan entre un grupo de personas entre los q se encontraba el entrevistado,
el ex decano Ing. Fernando Rumiano, Ingeniera Agrónoma Diana Guillen quien
luego asumiría la presidencia del Organismo. En el primer periodo se concreta y
aprueba la Tecnicatura, para luego trabajar en el diseño y aprobación de la
Licenciatura.
En un principio la tecnicatura fue financiada por el FOPECAP y SENASA.
El Doctor Vila, hace hincapié en la necesidad del Organismo de capacitación
específica, desde esa base se diseña las carreras de pre y grado. El organismo
contaba con pocos profesionales y gran cantidad de técnicos. Aprovecharon el
caudal de técnicos para formarlos académicamente, ya que contaban con la
experiencia en el Organismos. Cubrir la necesidad de profesionales requiere otro
presupuesto, capacitar a los técnicos en una carrera especifica seria y es mas
beneficioso, para el trabajador y el Organismos.
La generosidad que lo define, se revela a cada instante, cuando cuenta con
nostalgia el SENASA de antes y el actual. Donde resalta el gran cabio estructural
del Organismo, y la necesidad de recuperar profesionales. Y en ello nace la idea
43

�de darle el bien más preciado que se pueda regalar, la educación, en toda etapa
de la vida, produce un enriquecimiento inigualable. Gran defensor de los
trabajadores, lo lleva a incentivar a los técnicos a formarse a nivel académico.
Siempre positivo y atento a las necesidades, reconoce un Organismo que
demanda profesionales, es una necesidad latente, por la propia demanda de la
industria y del mismo SENASA.

9.-Proyecto de Regionalización del SENASA.
Frente a este cambio de paradigma socio económico, propusieron e
implementaron ciertas reestructuraciones. En dicho contexto surge el Proyecto
de Regionalización. Anexo 5.

9.1 Implementación de la Regionalización.
En ese marco, se consideró propicio aplicar nuevos criterios de
funcionamiento y operatividad en las distintas regiones que componen el
Territorio Nacional, de acuerdo a las características específicas.
Que la coyuntura que propone el desarrollo de los sistemas productivos de la
República Argentina a raíz de su propia dinámica de crecimiento, de la
segmentación del consumo y de las exigencias de los mercados internacionales
amerita la continuación del proceso de reorganización del Servicio Nacional de
Sanidad y Calidad Agroalimenteria.
Que la regionalización es un componente del proceso de reorganización
institucional de este Organismo.
Que para lograr el éxito en ese proceso, es conveniente establecer
metodologías que permitan una adecuada planificación, donde se respeten las
características propias de cada región y se capitalice la experiencia adquirida
hasta aquí, en este sentido.
44

�9.2.-Costo de la Regionalización

Los representantes del SENASA, señalan que el organismo avanza hacia
un camino de descentralización administrativa que implicaría que cada región o
provincia maneje sus propias necesidades de fondos y políticas sanitarias en
coordinación con la sede central.
En este sentido, los funcionarios aclararon que la regionalización no implicaría
una fragmentación de la capacidad de auditoría del organismo ni normas
desiguales.
“La regionalización del Servicio facilitará el proceso de toma de decisiones a nivel
local, que es donde ocurre la demanda y se cuenta con la capacidad operativa
para resolverla, fortalecerá las relaciones institucionales con las provincias y los
municipios para que estos niveles de gobierno asuman un rol más activo en las
cuestiones sanitarias y permitirá mejorar la interacción con las organizaciones
de la cadena agroalimentaria. Se trata, por tanto, de un paso estratégico para
alcanzar una mayor convergencia de esfuerzos y utilizar de manera más eficiente
los recursos disponibles".
El mayor costo de la regionalización es ceder funciones específicas del
organismo en manos del sector privado, en parte por responsabilidad propia de
contar con personal calificado y por otra parte para bajas costos que luego serán
asumidos por las empresas.

45

�10.- Conclusiones
Se pretende conseguir la unificación de criterios para dar recomendaciones
internacionales, y que un sean un elemento único en cuanto a la importancia que
tienen las relaciones de confianza entre los diferentes países, y toda la cadena
que compone al comercio. La fiscalización y el análisis de gestión de Calidad e
inocuidad agroalimentaria realizada por el Licenciado será de primordial ayuda.
Todos los actores involucrados deberíamos entender la importancia de la
inserción de una nueva carrera universitaria conocer sus prioridades y su
finalidad. Lo más importante es conocer y saber que el Licenciado en Gestión
de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos ofrecerá una orientación,
coordinación, simplificación y unificación y, aumentar la efectividad, respecto a
la calidad, a la sanidad y a la inocuidad agroalimentaria, así como estandarizar
las normas de productos y servicios acordadas con las organizaciones
internacionales; es decir, que se sustancien los requerimientos sanitarios, y que
los mismos favorezcan la calidad de todos.
El planteo de la tesis es a favor de la calidad de servicio que debemos brindar.
Vincular todas las acciones al cumplimiento de las normas sanitarias conforme
a su reglamentación, a fin de satisfacer las necesidades de los ciudadanos, como
resultado de ejercer eficientemente las actividades de contralor del Organismo.
Este proceso nos enriqueció tanto las competencias técnicas como las
transversales. En cuanto las competencias técnicas nos formaron como
profesionales idóneos en nuestros puestos, y en muchos otros que podamos
desear cumplir función dentro del Organismo. Y en cuanto a las competencias
transversales, estamos preparados para realizar auditorías, capacitaciones y
docencias, entre otras. Solo resta poner en acción nuestras capacidades siendo
consientes de las herramientas que poseemos.

“Agregar Valor”
Y me puse a pensar en la idea de agregar valor, en el alcance que pueden tener
algunas de nuestras actitudes. Llegué a la conclusión de que lo que nos ayuda
a lograr esto es tener un orden de prioridades bien definidas. Mantener lo
46

�importante en el primer lugar y no complicar demasiado lo simple, nos dará la
posibilidad de agregar valor a nuestro entorno.
Si le vamos a agregar valor a la gente que nos rodea, a nuestra comunidad, a
nuestra nación y a nuestra carrera, tenemos que dar nuestro mayor esfuerzo. La
capacitación es algo tan poderoso que aplasta muros.
Honrar a todas las personas que estuvieron involucradas en este hermoso
proyecto, nuestra carrera. Honrar hacia arriba es fácil, pero honrar hacia abajo
es la verdadera honra. Poner a otros delante de nosotros agrega valor.

“Servir con pasión agrega valor”
Servir a nuestra Carrera, ser buenos profesionales, devolverle a la misma y al
Organismo, lo que como personas, estudiantes y hoy profesionales nos dieron.
Servir con pasión, con convicción, con responsabilidad, eso va hacer la
diferencia.
Algo tan simple como eso. ¿Cómo agregamos valor? Siendo la respuesta donde
hay necesidad. Nosotros tenemos que ser los protectores de la unidad de
nuestro entorno, de nuestro Organismo, de nuestra Nación. Porque a donde hay
unidad se ve la bendición de Dios. Cuando vivimos en armonía estamos
agregando valor a lo que hacemos. Entonces no se trata de uno ni de otro, se
trata de nosotros. Porque “Nosotros” vale mucho más que “yo” y que “vos”.
Dentro de todo lo que hacemos, siempre tenemos que ser personas que buscan
llegar a un acuerdo, que no quieren argumentar ni discutir, para quienes tener la
razón no es lo más importante. ¡¡Debemos trabajar en Equipo!!

En el marco de estas conclusiones, la propuesta que se pretende hacer es:
-

Crear un grupo de trabajo específico, para implementar la incorporación
de la carrera, a requisitos reglados por el Decreto 4238/68 en su Capitulo
VIII, debo aclarar que solo se espera cumplir función en Ciclo II Y III, sean
estos establecimientos elaboradores y depósitos para mercado interno.
Entendiendo la necesidad de la presencia irremplazable del Veterinario Y
Médico Veterinario en establecimientos Ciclo I, por el control ante mortem
47

�y post mortem. Si bien el apoyo, desde la parte de gestión registral sería
importante.

No debemos competir constantemente por tener la razón, porque nunca habrá
paz. El trabajo en equipo agrega valor. Cuando dejamos el orgullo de lado y
buscamos lo positivo en las personas, eso mismo que queremos encontrar en
ellas, será hallado en nosotros.
No nos estanquemos en la costumbre de lo que ya tenemos, no nos
acostumbremos a lo bueno y dejemos de valorarlo. Vamos a agregar valor a
cada individuo, a nuestra carrera y al Organismo.
Probablemente con un mayor compromiso por parte de cada miembro de esta
cadena de responsables (desde políticos, dueños de hacienda, veterinarios,
ingenieros agrónomos, licenciados en gestión de la calidad e inocuidad de los
alimentos, técnicos, y todos los integrantes de la cadena agroalimentaria), con
más educación, sumado a una mayor capacitación de los trabajadores rurales.
También se deberá generar un cambio en la forma de producción, hacia una
forma más sustentable, para proteger los ecosistemas.
-

Acordar un enfoque multidisciplinario, y voluntad política para ordenar y
aplicar normas sanitarias.

El Poder de Una Visión, es una herramienta innata fundamental de las personas.
Casi todas las personas tenemos el privilegio de tener la habilidad natural de ver
lo que hay a nuestro alrededor, pero no todos entienden que existe otro tipo de
visión.
-

Acreditación de la Carrera de Grado. Nuestra forma de ver, va a
determinar nuestra forma de creer. Nuestra forma de creer, va a
determinar nuestra forma de caminar. Nuestra forma de caminar va a
determinar las puertas por las que entramos y el impacto que tendremos.
Seria interesante analizar la posibilidad y consecuencia de la acreditación
de nuestra carrera.

Si somos personas con una perspectiva y visión de futuro, nuestras acciones y
visión siempre se tratarán de algo más grande que nuestras propias vidas.
48

�Sumarme a este proyecto, fue basado sobre la visión de futuro de jerarquizar mi
trabajo en el Organismo.

“ Si pudiéramos conectar absolutamente todos nuestros talentos y los
pusiéramos a disposición de otros……si aceptáramos de la forma única y original
en la que fuimos formados……si lleváramos a otro nivel el lugar en que hoy nos
toca estar, y explotáramos lo que Dios puso en nuestras manos…..Si tan solo
hiciéramos foco en nuestra carrera y no en la de al lado, si decidiéramos hoy
habitar en nuestra piel, prometo que encontraríamos nuestro propósito” Ese es
mi Plan.

49

�11.- Bibliografía:
 https://www.argentina.gob.ar/senasa/que-es 8

Consulta 21/04/2019
 https://www.biblegateway.com/passage/?search=Salmos+62%3A6&amp;versi

on=RVR1960
Consulta 21/04/2019
 https://definicion.de/incumbencia/

Consulta 24/04/2019
 https://www.educaweb.com/orientacion-online/respuesta/son-

competencias-profesionales-109/
Consulta 24/04/2019
Consulta 25/04/2019
 http://www.senasa.gob.ar/tags/director-tecnico-asesor-tecnico-

responsable-tecnico
Consulta: 10/05/2019
 http://www.senasa.gob.ar/normativas/resolucion-592-2015-senasa-

servicio-nacional-de-sanidad-y-calidad-agroalimentaria
Consulta: 10/05/2019
 SENASA.

2019.

¿Qué

es

el

SENASA?

Recuperado

de:

https://www.argentina.gob.ar/senasa/que-es
Consulta: 5/02/2019
 http://cpmv.org.ar/incumbencias

Consulta: 5/11/2019
 https://campusinap.argentina.gob.ar

Consulta: 1/11/2019
 https://www.nuestromar.org/antiguas/la-regionalizacion-del-senasa-esta-

en-marcha/
50

�Consulta: 15/10/2019
 “La

motivación laboral en organizaciones públicas”. Técnicas de

diagnóstico e intervención. Capítulo 7. Mario J. Krieger y Adriana Fassio.
Consultas: 1/08/2019, 10/10/2019, 11/11/2019.
 http://www.senasa.gob.ar/sites/default/files/ARBOL_SENASA/INFORMA

CION/NORMATIVA/DECRETO/capitulo_i_0.pdf
Consulta:15/08/2019
 file:///C:/Users/usuario/Desktop/CAPITULO%20VIIIx.pdf

Consulta: 18/09/2019
 https://www.coneau.gob.ar/?page_id=7.
 Consultas: 28/04/19, 19/08/2019, 16/11/2019.
 https://www.google.com/search?q=ventajas+de+acreditar+una+carrera+

profesional&amp;rlz=1C1CHBF_esAR872AR873&amp;oq=ventajas+de+la+acredit
acion+de+una+carrera+&amp;aqs=chrome.2.69i57j0l3.17258j0j8&amp;sourceid=c
hrome&amp;ie=UTF-8
Consulta:15/10/2019
 http://www.itc.edu.co/es/nosotros/acreditacion/ventajas.

Consultas: 2/09/2019, 16/11/2019
 https://retos-operaciones-logistica.eae.es.

Consulta: 26/09/2019
 http://www.senasa.gob.ar/tags/centros-regionales-regionalizacion.

Consulta: 28/10/2019
 http://www.senasa.gob.ar/normativas/resolucion-222-2006-senasa-

servicio-nacional-de-sanidad-y-calidad-agroalimentaria.
Consulta:1/11/2019
 http://www.fvet.uba.ar.

Consulta: 19/08/2019
51

� http://agrarias.unlz.edu.ar/web18/.

Consulta: 19/07/2019
 https://hillsong.com/es/buenosaires/blog/2018/09/septiembre/#.Xb3KeO9

KjIU.
Consultas: 6/10”019, 13/10/2019, 27/10/2019
 https://www.argentina.gob.ar/noticias/esta-vigente-la-inscripcion-para-

director-tecnico-de-planta-de-faena-en-la-plataforma-tad.
Consulta:26/10/2019
 Programa Completo de la Tecnicatura Universitaria en Calidad e

Inocuidad Agroalimentaria.
Consulta: 26/11/2019
 Programa Completo de Licenciatura II cohorte. Resolución 79/2015.

Consulta: 26/11/2019

12.-ANEXO 1: Requisitos el puesto de Jefe de Servicio. Reglamentación.
CAPITULO VIII- DECRETO 4238/68
8. DEL PERSONAL
Personal de Inspección Veterinaria
Inspección Veterinaria
8. 1 En cumplimiento de lo dispuesto por las Leyes 3959 y 11.226 y sus
reglamentaciones, la Inspección Veterinaria de las carnes y sus derivados se
lleva a cabo por intermedio del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
(SENASA), dependiente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA.
Fiscalización por médicos veterinarios y ayudantes

52

�8. 1. 1 (Decreto PEN N° 1714 del 12/07/1983).

La fiscalización higiénico-

sanitaria de los establecimientos bajo Inspección Nacional será ejercida por
profesionales veterinarios y ayudantes de veterinarios idóneos.
Jefe de Servicio
8. 1. 2. En aquellos establecimientos que requieran una inspección permanente
y donde sea necesaria la actuación de más de un Inspector Veterinario, el
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL (SENASA) designará un Jefe de
Servicio en la forma y de conformidad a los requisitos que establezca.
Obligaciones del Jefe de Servicio
8. 1. 3 Son obligaciones del Jefe de Servicio: a) Controlar los servicios a fin de
mantener en el personal la disciplina y contracción necesarias para obtener una
inspección prolija y eficiente. b) Cumplir y hacer cumplir la Ley y Reglamento de
Policía Sanitaria de los Animales y las disposiciones del presente Reglamento.
c) Distribuir el personal a sus órdenes y dar cuenta a la superioridad de las fallas
u omisiones en que incurrieran los empleados, indicando al mismo tiempo las
medidas disciplinarias que a su juicio deben aplicarse. d) Mantener el contralor
sanitario en todas las dependencias del establecimiento a su cargo, siendo
responsable de todas las deficiencias para las cuales no arbitre los medios a su
alcance que las subsane ya sea por sí mismo si ello entra en sus facultades o
poniéndolo en conocimiento de quien corresponda. e) Resolver sobre el destino
de las carnes que observe el personal de inspección. f) Tener a su cargo y al
día los libros y planillas que sea obligación llevar en cada establecimiento. Será
responsable de la custodia y confección de los certificados. g) Elevar a la
Superioridad en la fecha precisa que se le fije las planillas, partes y toda otra
documentación que tenga ese destino. h) Presentar anualmente antes del 15 de
enero de cada año la Memoria del año anterior, poniendo en conocimiento de la
superioridad los trabajos realizados durante el año que se informa y proponiendo
las mejoras que considera necesarias para el buen servicio de la Inspección. i)
Recibir y entregar la Inspección bajo inventario firmado, manteniéndolo
actualizado, siendo responsable de la conservación de los últimos bajo su
custodia. j) En caso de necesidad debe tomar a su cargo parte del servicio de
Inspección sin perjuicio de las funciones directas asignadas. k) (Decreto PEN
53

�N° 1714 del 12/07/1983). Disponer la extracción y envío al laboratorio central,
de las muestras de los productos elaborados, para análisis, como así también de
los productos que entran en su elaboración, envases o envolturas y
quincenalmente como mínimo, dispondrá el análisis químico y bacteriológico del
agua utilizada por el establecimiento en todas sus etapas operativas, debiendo
ser éste realizado en el laboratorio central o en su defecto, por razones de
distancia, en laboratorios oficiales (nacional, provincial o municipal) debiendo ser
las respectivas muestras extraídas por personal del Servicio de Inspección
Veterinaria destacado en el mismo.

l) Vigilar el acondicionamiento de los

productos destinados al comercio y velar por el cumplimiento de la Ley 11.275.
m)Vigilar la entrada de materia prima al establecimiento, disponiendo la
ejecución de los análisis necesarios para asegurar la sanidad del producto a
elaborar. n) Hacer cumplir las disposiciones vigentes sobre rotulados, envases
y pesos declarados. ñ) Vigilar o disponer la vigilancia en los transportes de la
carga de los productos bajo su contralor. o) Mantener en forma directa las
relaciones con la Superioridad y con las autoridades del establecimiento que
fiscaliza.
Establecimiento con un solo Inspector Veterinario
8. 1. 4. En los casos que la inspección sanitaria del establecimiento fuera
atendida sólo por un Inspector Veterinario dicho funcionario asumirá las
responsabilidades consignadas para los Jefes de Servicio.
Ayudantes del Veterinario
8. 1. 5. Igual responsabilidad alcanza al ayudante de Veterinario que tuviera a
su cargo la inspección sanitaria de un establecimiento.
Inspectores Veterinarios. Obligaciones
8. 1. 6 (Res. ex-SENASA N° 206 del 03/04/1995). Los Inspectores Veterinarios
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, de establecimientos
faenadores estarán bajo la dirección de los Jefes de Servicio y/o Supervisores,
y para ellos regirán las siguientes obligaciones: a) Prestar servicio en el horario
que se les asigne. b) (Decreto PEN N° 1714 del 12/07/1983). (Res. SENASA N°
206 del 03/04/1995). Efectuar la inspección ante-mortem previa revisación de
54

�guías y documentación sanitaria, a efectos de comprobar las correspondientes
cantidades, coincidencia de marcas, procedencia de las tropas y toda otra
verificación que haga al respecto. c) Encargarse de las necropsias y recolección
de material de estudio, tomando todas las medidas pertinentes de aislamiento y
desinfección en los casos de enfermedades infectocontagiosas dando cuenta de
inmediato al Jefe de Servicio y/o Supervisor a fin de la intervención
correspondiente. d) Son responsables de la matanza de toda tropa que no esté
en condiciones de ser faenada. e) Proceder al examen post-mortem de los
animales sacrificados en el establecimiento, debiendo investigar en el sitio que
se constituya la inspección, el estado sanitario de las reses e intervenir en el
destino de las mismas.

f) En el trabajo simultáneo con los ayudantes de

examinar vísceras y ganglios linfáticos ya sea palpando o haciendo incisiones (ni
más numerosas ni más extendidas que lo necesario) los inspectores son los
responsables del procedimiento.

g) Están encargados de inspeccionar las

elaboraciones y los distintos sistemas de conservación de carnes en el
establecimiento, como también vigilar las cargas en los transportes y que se
cumplan las disposiciones sobre exigencias sanitarias en los diversos
departamentos.

h) Verificar el rotulado de los productos e inscripciones

reglamentarias antes de otorgar la documentación sanitaria. i) Es obligatoria la
concurrencia a diario al establecimiento de acuerdo al horario establecido. j)
Supervisar y controlar al Veterinario de Registro y/o Ayudantes oficiales cuando
lo hubiere.
Ayudantes de inspectores veterinarios
8. 1. 7 (Decreto PEN N° 1714 del 12/07/1983). Se entiende por ayudante de
veterinario, el personal idóneo, designado previo concurso, cuya misión es la de
colaborar en la labor que desempeñan los inspectores profesionales veterinarios.
Obligaciones de ayudantes de veterinarios
8. 1. 8 Son obligaciones de los ayudantes de veterinarios: a) Cumplir su labor
específica en el sitio y horario que le asigne la Superioridad. b) Cuando el trabajo
de la oficina lo requiera, desempeñar funciones administrativas.

c) Están

obligados en todos los casos de comprobar alguna anormalidad, a comunicarla
a sus superiores.
55

�13.1. ANEXO 2: Programas de las Carreras.
U.N.L.Z. - F.C.A.

CARRERA: TECNICATURA UNIVERSITARIA EN CALIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA

Plan de Estudio 2009

Código Asignaturas

Régimen

Carga

Carga

de

Horaria

Horaria

Cursada

Semanal Total

PRIMER AÑO
Primer Cuatrimestre
01

Elementos de Matemática

C

6 HS.

96 HS.

02

Química Inorgánica y Orgánica

C

6 HS.

96 HS.

Cadena C

6 HS.

96 HS.

4 HS.

64 HS.

03
04

Elementos

de

la

Agroalimentaria
Fundamentos de Economía

C

Segundo Cuatrimestre
05

Estadística Aplicada

C

6 HS.

96 HS.

06

Microbiología

C

6 HS.

96 HS.

Agroalimentaria C

4 HS.

64 HS.

C

4 HS.

64 HS.

07
08

Política
Internacional
Desarrollo Rural

SEGUNDO AÑO
Tercer Cuatrimestre
9
9

Fitopatología, Zoología y Terapéutica
Vegetal

C

6 HS.

96 HS.

Sanidad Animal

10

Industrias de los Alimentos

C

4 HS.

64 HS.

11

PoliticaAgroalimentariaNacional

C

4 HS.

64 HS.

56

�12

Fundamentos en Gestión de la Calidad

C

6 HS.

96 HS.

C

6 HS.

96 HS.

Condiciones y Medio Ambiente de C

4 HS.

64 HS.

C

4 HS.

64 HS.

C

6 HS.

96 HS.

C

6 HS.

96 HS.

eInocuidadagroalimentaria

Cuarto Cuatrimestre
13
Protección Vegetal
Plantas de Faena
13
14
15
16

Trabajo
Estrategia y Negociación
Gestión

de

la

Calidad

e

InocuidadAgroalimentaria

TERCER AÑO
Quinto Cuatrimestre
Sistema Agroalimentario en Producción
17

Vegetal

17

Sistema Agroalimentario en Producción
Animal

18

Gestión Ambiental

C

4 HS.

64 HS.

19

Liderazgo y trabajo en equipo

C

4 HS.

64 HS.

20

Auditoría en la Cadena Agroalimentaria

C

6 HS.

96 HS.

C

16 HS. 256 HS.

Sexto Cuatrimestre
21

Estudio

de

las

Organizaciones

Agroindustriales

CARGA HORARIA TOTAL DEL PLAN DE ESTUDIOS:

57

1888 HS.

�U.N.L.Z. -

F.C.A.

CARRERA: LICENCIATURA EN GESTIÓN DE LA CALIDAD E INOCUIDAD DE
LOS ALIMENTOS


CONDICIONES DE INGRESO:



Podrán ingresar al Ciclo de Complementación Curricular conducente a la
Licenciatura en Gestión de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos los
aspirantes que acrediten título de Ingeniero Agrónomo, Ingeniero
Zootecnista, Ingeniero Rural, Técnico Universitario en Calidad e
InocuidadAgroalimentaria, Técnico Universitario

en Procesamiento

Agroalimentario o similar, otorgado por instituciones públicas o privadas,
de nivel Terciario no Universitario o Universitario, cuyos planes de estudio
se desarrollen en tres o más años de duración y cuya carga horaria
mínima sea de 1.800 horas reloj.

Plan de Estudio 2012
Carga

Cursada

da

de

Código Asignaturas

Total

Semanal

Régimen

Aprobada

Correlatividad

Horaria

Regulariza



PRIMER AÑO
Primer cuatrimestre
1

Química de los Alimentos

C

6

96

-

-

2

Problemática Sanitaria de los C

6

96

-

-

3

Gestión
del Conocimiento
C
Alimentos
Sistemas de Gestión de la C

5

80

-

-

6

96

-

-

4

Subtotal Calidad
carga horaria:

368

Segundo cuatrimestre
5

Bromatología

6

Conservación

7

Derecho
AlimentosAlimentario
Toxicología

8

de

C

6

96

1

-

los C

6

96

1

-

C

5

80

2

-

C

6

96

1

-

58

�Subtotal carga horaria:

368

SEGUNDO AÑO
Primer cuatrimestre
9

Seminario de Tesis

10

Práctica

Profesional

C
en C

5

80

18

288 5 a 8 1 a 4

Subtotal Calidad
carga horaria:
e Inocuidad

368

Total carga horaria del plan de estudios:

110
4

59

5a8 1a4

�60

�61

�62

�63

�64

�65

�F VET .UBA.
CARRERA: VET ERINARIA

•

CONDICIONES DE INGRESO:

Plan de Estudios Carrera Veterinaria
INGRESANTES AL CBC 2008 EN ADELANTE*

* (A partir del ciclo lectivo 2011, todo ingresante al CBC anterior al 2008, que
deba ingresar al 2º ciclo de la carrera (Facultad), deberá incorporarse a este Plan
de Estudios)

Estructura1º Ciclo
Materias del CBC:
Introducción al Pensamiento Científico - Introducción al Conocimiento de la
Sociedad y el Estado -Biología
Física e introducción a la Biofísica -Química -Matemática

Prácticas Profesionales Supervisadas:
Su objetivo fundamental es poner en práctica y profundizar conocimientos,
habilidades y destrezas propias de la profesión veterinaria que tengan afinidad
con el futuro entorno de trabajo en sus aspectos científicos, tecnológicos, éticos
y técnicos.La PPS (Práctica Profesional Supervisada) es una estrategia
formativa integrada en la propuesta curricular que permite acercar al estudiante
al ámbito de ejercicio profesional.Las actividades son organizadas por la
institución y desarrolladas dentro o fuera de la misma, en presencia y bajo la
supervisión y guía de los docentes.
66

�Práctica Profesional Supervisada en Producción Animal.
Práctica Profesional Supervisada en Medicina Pequeños Animales - Consultorio
Clínico – Quirúrgico.
Práctica Profesional Supervisada en Medicina Grandes Animales
Práctica Profesional Supervisada en Medicina Preventiva y Salud Pública.

67

�40

Estadística Analítica; Genética Básica Elementos de Estadística

501

Principios de la Anestesiología

30

Farmacología y Bases de la Terap. Fisiología Animal y Bioquí. Fisiológica

45

Patología B.; Farmacología y Bases de la Terap.; Inmunología B.; Medicina I
Parasitología, Principios de la Epidemiología

502

Cirugía

45

Farmacología y Bases de la Terap.

605

Principios de la Epidemiología

30

Estadística Analítica; Microbiología; Parasitología. Elementos de Estadística

607

Enfermedades Infecciosas

100
606
505
100

Microbiología

Inmunología B.; Medicina I; Farmacología y Bases de la Terap.;Patología B.
Microbiología; Principios de la Epidemiología
Enfermedades Parasitarias
Medicina III
Patología B.; Medicina I; Farmacología y Bases de la Terapéutica Principios
de Nutr. y Alim.; Inmunología B.; Genética Básica

407
30
408
30
409
30
410
30
411
30

Producción de Ovinos
Ppios. de Nutr. y Alim.; Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias; Genética de
Poblaciones; Economía

Bases Agrícolas para la Producción Animal

Producción de Bov. de Carne
Ppios. de Nutr. y Alim.; Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias; Genética de
Poblaciones; Economía

Bases Agrícolas para la Producción Animal

Producción de Porcinos
Ppios. de Nutr. y Alim.; Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias; Genética de
Poblaciones; Economía Bases Agrícolas para la Producción Animal
Producción de Bov. Lecheros
Ppios. de Nutr. y Alim.; Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias; Genética de
Poblaciones; Economía

Bases Agrícolas para la Producción Animal

Producción de Aves
Ppios. de Nutr. y Alim.; Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias; Genética de
Poblaciones; Economía Bases Agrícolas para la Producción Animal
68

�412
3

Producc. de Equinos
Ppios. de Nutr. y Alim.; Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias; Genética de

504

Poblaciones; Economía
Medicina II

60

Patología B.; Medicina I; Farmacología y B. de la Ter. Ppios. de Nutr. y Alim.;

504

Medicina
I1 B.; Genética B.
Inmunología
Patología B.; Medicina I; Farmacología y B. de la Ter. Inmunología Básica;

70

Bases Agrícolas para la Producción Animal

Genética Básica

305

Virología Animal

34

Enfermedades InfecciosasMicrobiología, Inmunología

40

Estadística Analítica; Genética Básica Elementos de Estadística

501

Principios de la Anestesiología

30

Farmacología y Bases de la Terap. Fisiología Animal y Bioquí. Fisiológica

45

Patología B.; Farmacología y Bases de la Terap.; Inmunología B.; Medicina I
Parasitología, Principios de la Epidemiología

502

Cirugía.

45

Farmacología y Bases de la Terap.

605

Principios de la Epidemiología

30

Estadística Analítica; Microbiología; Parasitología. Elementos de Estadística

607

Inmunología B.; Medicina I; Farmacología y Bases de la Terap.;Patología B.
Microbiología; Principios de la Epidemiología

606

Enfermedades Parasitarias

505

Medicina III

100
407
30

Microbiología

Patología B.; Medicina I; Farmacología y Bases de la Terapéutica Principios
de Nutr. y Alim.; Inmunología B.; Genética Básica
Producción de Ovinos
Ppios. de Nutr. y Alim.; Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias; Genética de
Poblaciones; Economía

Bases Agrícolas para la Producción Animal

408

Producción de Bov. de Carne

30

Ppios. de Nutr. y Alim.; Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias; Genética de

409

Poblaciones;
Producción deEconomía
Porcinos

30
410

Bases Agrícolas para la Producción Animal

Ppios. de Nutr. y Alim.; Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias; Genética de
Poblaciones; Economía Bases Agrícolas para la Producción Animal
Producción de Bov. Lecheros

69

�30

Ppios. de Nutr. y Alim.; Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias; Genética de
Poblaciones; Economía

411
30
412
30

Bases Agrícolas para la Producción Animal

Producción de Aves
Ppios. de Nutr. y Alim.; Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias; Genética de
Poblaciones; Economía Bases Agrícolas para la Producción Animal
Producc. de Equinos
Ppios. de Nutr. y Alim.; Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias; Genética de

506

Poblaciones; Economía
Medicina IV

30

Patología B.; Medicina I; Farmacología y B. de la Ter. Ppios. de Nutr. y

70

Alim.; Inmunología
B.; Genética
B.
Patología
B.; Medicina
I; Farmacología
y B. de la Ter. Inmunología Básica;

305

Virología
Genética Animal
Básica

34

Enfermedades InfecciosasMicrobiología, Inmunología

507

Medicina V

85

Patología B.; Medicina I; Farmacología Inmunología B.; Genética Básica

608

Salud Pública I

35

Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias

609

Tecnología Protec. e Inspección Veter. de Alimen.

50

Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias

508

Práct. Hospitalaria en Pequeños Animales I

90
509
90

Bases Agrícolas para la Producción Animal

Principios de la Epidemiología

Patología Básica

Medicina II; III; IV; V; Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias; Cirugía; Ppios. de
la Anestes. Medicina I; Patología Básica
Práct. Hospitalaria en Grandes Animales I
Medicina II; III; IV; V; Enf. Infecciosas; Enf. Parasitarias; Cirugía; Ppios. de
la Anestes.Medicina I; Patología Básica
Tiempo máximo para la aprobación de Taller de Sociología Rural y Urbana
Para
iniciarSolidarias
el cursado de asignaturas de este Ciclo se debe tener
y Prácticas
aprobada la materia Taller de Sociología Rural y Urbana y Prácticas
Ciclo
Superior obligatorio (a partir del Ciclo Electivo 2019)
Solidarias
a) Salud Animal

668

Código
Eje
Curso Regular
Curso Aprobado
Eje 1: Salud Animal en Pequeños Animales Práctica Hospitalaria en
Pequeños Animales
70

�Medicina I Medicina III Medicina V

669

Cirugía
Eje 2: Salud
Animal en Grandes Animales Práctica
Principios
deMedicina
la Anestesiología
Hospitalaria en Grandes Animales
I
Medicina III Cirugía Principios de la Anestesiología

670
671

Código
Curso Regular
Curso Aprobado
Preventiva Eje
Eje 3: Medicina Preventiva y Salud Públicas.
Salud Pública.
Enfermedades Infecciosas. Enfermedades Parasitarias
Eje 4: Inocuidad y Calidad de Alimentos . Tecnología,
Inspección Veterinaria de Alimentos
Código
Eje
Curso Regular

672

b) Medicina

Eje 5: Producciones Animales

Protección

e

c) Producción Animal.
Curso Aprobado

Producción de Ovinos

Producción de Bovinos de Carne. Producción de Porcinos. Producción de
Bovinos Lecheros. Producción de Aves. Producción de Equinos
673 a 678 Eje 6: Producción de Especies no Tradicionales y/o Alternativas
Medicina III. Genética de Poblaciones
Está conformada por seis asignaturas electivas, una de las cuales el
673
674

Acuicultura
e Ictiopatología
alumno deberá
elegir:
Animales de Laboratorio

675

Animales de Granja y Apicultura

676

Producción de Pelíferos

677

Producción de Caprinos y Camélidos Sudamericanos

678

Producción de Caninos-Enfermedades Parasitarias- Enfermedades
Infecciosas-Genética de Poblaciones- Patología Básica-Principios de
Nutrición y Alimentación

13.2. ANEXO 3:DECRETO DE 4238/68
Buenos Aires, 19 de julio de 1968 Visto el expediente N° 106.341/68, en el cual
la Secretaría de Estado de Agricultura y Ganadería eleva para su aprobación el
Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen
Animal, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 17.160, modificatoria del
artículo 10 de la Ley 3959 de Policía Sanitaria Animal; y CONSIDERANDO: Que
resulta necesario recopilar y actualizar todas las disposiciones vigentes,
referentes al contralor higiénicosanitario integral de las carnes y de todo producto
de origen animal, atendiendo a los avances de la tecnología sanitaria y a los
71

�modernos procedimientos para su fiscalización; Que la República Argentina
como país exportador de carnes debe mantener actualizada su reglamentación,
atento las exigencias de los mercados compradores; Que dicha reglamentación
debe contemplar fundamentalmente el contralor de las funciones sanitarias y
asimismo velar por los principios básicos de la higiene de los productos,
subproductos y derivados de origen animal que consume nuestra población,
función altamente social que ejerce, a ese nivel, la Secretaría de Estado de
Agricultura y Ganadería, por medio de sus organismos especializados; Que
conforme a la dinámica que impera en los actuales momentos en el orden
científico sanitario y técnico industrial, el Reglamento de Inspección de
Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal debe prever su
actualización; Que resulta imprescindible tener en cuenta las normas que rigen
en la materia, recomendadas por los organismos internacionales como la
Organización Mundial de la Salud (OMS), la Oficina Sanitaria Panamericana
(OSP) y la Comisión Técnica Regional de Sanidad Animal (Cono Sur), con las
que la Secretaría de Estado de Agricultura y Ganadería, por intermedio de la
Dirección General de Sanidad Animal de su dependencia, mantiene programas
comunes vinculados a la sanidad animal; Que estas funciones de contralor
sanitario integral deben ser ejercidas por un organismo técnicamente
competente, en este caso, la Dirección General de Sanidad Animal, dependiente
de la Secretaría de Estado de Agricultura y Ganadería; Por ello, y lo propuesto
por el señor Secretario de Estado de Agricultura y Ganadería y las facultades
acordadas por el artículo 10 de la Ley 3959 de Policía Sanitaria Animal,
modificada por la Ley 17.160, El Presidente de la Nación Argentina, Decreta:
Artículo 1° - Apruébase el Reglamento de Inspección de Productos,
Subproductos y Derivados de Origen Animal, que forma parte integrante del
presente decreto y que regirá en todos los aspectos higiénico-sanitarios de
elaboración e industrialización de las carnes, subproductos y derivados, y de
todo producto de origen animal, como asimismo los requisitos para la
construcción e ingeniería sanitaria de los establecimientos donde se sacrifiquen
e industrialicen. Art. 2° - Deróganse los decretos de fechas 23 de diciembre de
1925 reglamentario de la elaboración y comercio de grasas; del 28 de marzo de
1930 sobre sellado de carnes argentinas; N° 98083 del 15 de enero de 1937; N°
72

�13.617 del 12 de noviembre de 1943; N° 24.702 del 31 de diciembre de 1946; N°
31.952 del 17 de diciembre de 1949; N° 10.422 del 27 de mayo de 1950; N° 496
del 16 de enero de 1951; N° 6494 del 17 de noviembre de 1952; N° 6.243 del 2
de julio de 1962 y N° 5.889 del 4 de agosto de 1964, y déjanse sin efecto las
Resoluciones del ex Ministerio de Agricultura de fechas 4 de febrero de 1907; 15
de julio de 1914 y 17 de noviembre de 1927, como así también toda disposición,
resolución y decreto que se oponga al presente. Art. 3° - La Secretaría de Estado
de Agricultura y Ganadería, por intermedio de su Dirección General de Sanidad
Animal, tendrá a su cargo el cumplimiento de las disposiciones del Reglamento
de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal. Art.
4° - La Secretaría de Estado de Agricultura y Ganadería elevará al Poder
Ejecutivo, cada ciento ochenta (180) días, si fuere necesario, las propuestas que
considere conveniente para mantenerlo actualizado de conformidad con las
necesidades de orden tecnológico, científico o industriales que rijan la materia,
ajustándose para su mejor identificación al orden establecido por el código
numeral de los distintos Capítulos que lo componen. Art. 5° - El Reglamento
tendrá aplicación sobre todos los establecimientos habilitados a la fecha del
presente decreto, con excepción de las normas referidas a “Ubicación” y detalles
de construcción que no hagan al aspecto higiénico-sanitario de los mismos. Art.
6° - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y
Trabajo y firmado por el señor Secretario de Estado de Agricultura y Ganadería.
Art. 7° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y vuelva a la Secretaría de Estado de Agricultura y Ganadería.
ONGANIA Adalbert Krieger Vasena Rafael García Mata
La antigüedad del mismo revela su necesidad de actualización, en lo que
respecta al capítulo VII y X – VERIFICAR ADECUACIÓN DE CAPITULOS

13.3. ANEXO 4: Técnicas de Diagnóstico para evaluar incumbencias.
La variable motivación de los empleados en las organizaciones públicas puede
diagnosticarse a través de una lista de variables e indicadores como la siguiente
de:
MOTIVACIÓN Y PERCEPCIÓN DEL ÁMBITO DE TRABAJO •
73

�- Puesto

de

trabajo

- Organización del puesto de trabajo
- Definición de funciones y responsabilidades
- Reparto de las cargas de trabajo
- Grado en que posibilita desarrollar competencias
- Grado de autonomía
- Grado de creatividad
- Feed back de desempeño
- Si el trabajo desempeñado permite cumplir metas personales
•

Dirección/Jefatura de

la

Unidad

- Capacidad técnica
- Liderazgo
- Monopoliza las decisiones/Capacidad de delegar/ Empowerment
- Participativo/Autoritario
- Otorga participación: a) informativa; b) consultiva; c) decisional - Comunicación
con los empleados
- Grado de aceptación del disenso
- Soluciones rápidas y oportunas en su área
- Resolución de conflictos
- Grado de fomento de la capacitación
- Medio

ambiente

laboral

- Condiciones de infraestructura
- Condiciones de higiene y seguridad
- Relación entre compañeros de trabajo
- Fomento del trabajo en equipo
- Grado de fluidez de la comunicación (con jefaturas, entre compañeros, entre
áreas)
74

�- Grado en que el trabajo produce problemas de salud, situaciones de estrés,
mobbing, violencia, discriminación u otras patologías a sus miembros.
•

Compromiso con

el

plan

de

gestión

Expresa

percepciones de los/as empleados/as de los organismos relacionados con:
- Claridad en los objetivos de su tarea
- Mecanismos participativos en su área
- Valoración de sugerencias y/o iniciativas de los empleados/as en su área
- Disposición a involucrarse en objetivos y metas
- Motivación para alcanzar objetivos
- Compromiso con la misión, visión y valores
•

Comunicación

y

coordinación:

- Intra-área
- Inter-áreas
- Con coordinador
- Dentro del grupo o equipo de trabajo
- Con la comunidad / usuarios/beneficiarios / regulados u otra categoría
•

Competencias

- El trabajo permite desplegar los conocimientos de los agentes
- Reconocen la formación de aquellos
- Reconocen las habilidades de aquellos
- Se capacita al personal
- Se satisfacen las demandas de capacitación del personal
- Reconocimiento de su formación y competencias
•

Implicación institucional:

- Satisfacción con su trayectoria en el organismo
- Reconocimiento del aporte de su trabajo al organismo
- Dejaría el trabajo en el organismo por otro trabajo con igual remuneración
75

las

�- Orgullo de pertenecer al organismo
- Grado de identificación con los valores, visión y misión
•

Reconocimiento
en

la

y

motivación

de

la

tarea que

realiza

organización:

- Grado de motivación para realizar mi trabajo.
- Grado de reconocimiento de la tarea que realizo.
- Grado de reconocimiento de las mejoras por mí introducidas.
- Grado de satisfacción con las condiciones laborales (salario, horarios,
vacaciones, beneficios sociales, posibilidad de teletrabajo; otras)
- Grado en que el organismo me proporciona oportunidades para el desarrollo
de mi carrera.
- Grado de satisfacción en mi unidad, grupo o equipo de trabajo.
- Grado de satisfacción de mis expectativas respecto de: la organización, mis
compañeros, mi coordinador/jefe, otras áreas.

13.4 ANEXO 5: Resolución-222-2006-SENASA Visto el Decreto Nº 1.585 de fecha 19 de diciembre de 1996, la Resolución Nº 7
de fecha 6 de enero de 2006 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria, y considerando:
Que la coyuntura que propone el desarrollo de los sistemas productivos de la
República Argentina a raíz de su propia dinámica de crecimiento, de la
segmentación del consumo y de las exigencias de los mercados internacionales
amerita la continuación del proceso de reorganización del Servicio Nacional de
Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
Que, en ese marco, se consideró propicio aplicar nuevos criterios de
funcionamiento y operatividad en las distintas regiones que componen el
Territorio Nacional, de acuerdo a las características específicas.
Que la regionalización es un componente del proceso de reorganización
institucional de este Organismo. Que en concordancia con ese proceso se dictó
76

�la Resolución Nº 7 de fecha 6 de enero de 2006 del Servicio Nacional de Sanidad
y Calidad Agroalimentaria, en la cual se designan los funcionarios que,
transitoriamente, llevan adelante la conducción de la reorganización regional en
la Provincia de Santa Fe.
Que para lograr el éxito en ese proceso, es conveniente establecer metodologías
que permitan una adecuada planificación, donde se respeten las características
propias de cada región y se capitalice la experiencia adquirida hasta aquí, en
este sentido.
Que de acuerdo a la complejidad de la tarea encarada se entiende oportuno la
conformación de una Comisión de Regionalización.
Que el Doctor Guillermo Zacarías Coll, M.I. Nº 5.388.587, reúne los antecedentes
de capacidad e idoneidad para desempeñarse transitoriamente como presidente
de la mencionada comisión.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, de conformidad con
lo establecido en el artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº 1.585 de fecha 19 de
diciembre de 1996 sustituido por su similar Nº 680 del 1 de septiembre de 2003.
Por ello, el presidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria resuelve:
Artículo 1.- Conformar la Comisión de Regionalización en la órbita de la Unidad
Presidencia del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
Artículo 2.- Asignar, transitoriamente, sin perjuicio de sus actuales funciones, las
de Presidente de la Comisión de Regionalización al Doctor Guillermo Zacarías
Coll, M.I. Nº 5.388.587, que se detallan en el Anexo de la presente resolución.
Artículo 3.- La Comisión de Regionalización entenderá en todas las acciones que
se lleven a cabo atento la descentralización operativa de este Organismo y el
Presidente de la misma actuará como enlace entre los responsables a cargo de
cada Centro Regional y las unidades sustantivas de la sede central.
Artículo 4.- Instruir a las Direcciones Nacionales de Sanidad Animal,
Fiscalización Agroalimentaria, Protección Vegetal, y Coordinación Técnica,Legal
y Administrativa, a las Direcciones de Laboratorios y Control Técnico y de
77

�Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios, y al Consejo de
Administración del Organismo para que designen un (1) miembro titular y un (1)
miembro alterno para integrar la Comisión conformada por el artículo 1º de la
presente resolución.
Artículo 5.- La Comisión de Regionalización informará al presidente del
Organismo sobre la evolución del proceso de que se trata, cuando éste lo
requiera.
Artículo 6.- Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Doctor Jorge Nestor
Amaya.

13.5. ANEXO 6: DIRECTOR TÉCNICO ASESOR TÉCNICO RESPONSABLE
TÉCNICO. RESOLUCIÓN-592-2015-SENASA.
Obligatoriedad de contar con un director técnico. Todos los establecimientos
habilitados por el servicio nacional de sanidad y calidad agroalimentaria (senasa)
y aquellas personas físicas o jurídicas que elaboren, distribuyan, comercialicen
o almacenen productos respecto de los cuales el senasa resulte competente,
deben contar a partir del 1 de enero de 2017, con un director técnico, asesor
técnico, responsable técnico o profesional con otra denominación similar, que se
encuentre inscripto en el registro único nacional de directores técnicos
agroalimentarios de este servicio nacional.
Por ello, el Presidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria resuelve:
Artículo 1.- Conformar la Comisión de Regionalización en la órbita de la Unidad
Presidencia del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
Artículo 2.- Asignar, transitoriamente, sin perjuicio de sus actuales funciones, las
de Presidente de la Comisión de Regionalización al Doctor Guillermo Zacarías
Coll, M.I. Nº 5.388.587, que se detallan en el Anexo de la presente resolución.
Artículo 3.- La Comisión de Regionalización entenderá en todas las acciones que
se lleven a cabo atento la descentralización operativa de este Organismo y el
78

�Presidente de la misma actuará como enlace entre los responsables a cargo de
cada Centro Regional y las unidades sustantivas de la sede central.
Artículo 4.- Instruir a las Direcciones Nacionales de Sanidad Animal,
Fiscalización Agroalimentaria, Protección Vegetal, y Coordinación Técnica,
Legal y Administrativa, a las Direcciones de Laboratorios y Control Técnico y de
Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios, y al Consejo de
Administración del Organismo para que designen un (1) miembro titular y un (1)
miembro alterno para integrar la Comisión conformada por el artículo 1º de la
presente resolución.
Artículo 5.- La Comisión de Regionalización informará al Presidente del
Organismo sobre la evolución del proceso de que se trata, cuando éste lo
requiera.
Artículo 6.- Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Doctor Jorge Nestor
Amaya
Anexo. Funciones del presidente de la Comisión de regionalización.
1. Coordinar y conducir el funcionamiento de la Comisión de Regionalización.
2. Entender conjuntamente con las Direcciones Nacionales en la implementación
de cada Centro Regional dispuesto por la Presidencia del Senasa.
3. Consensuar con las Direcciones Nacionales la progresiva descentralización
operativa de responsabilidades, funciones y actividades a cada Centro Regional
a crearse.
4. Efectuar las tareas de enlace entre los Responsables de los Centros
Regionales y las unidades sustantivas de sede central.
5. Proponer la adecuación de la actual estructura incorporando con rango de
Dirección Nacional un área de la cual dependerán las Direcciones Regionales
determinando sus responsabilidades y funciones.

79

�</text>
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          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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              <name>Title</name>
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                  <text>Trabajos, Tesis, Tesinas</text>
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                <text>Inserción de los Licenciados en Gestión de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos en el SENASA. Análisis basado en competencias y reglamentaciones del Organismo. </text>
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            <name>Creator</name>
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                <text>Orellanos, Malena Soledad</text>
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            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
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                <text>2020</text>
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            <name>Contributor</name>
            <description>An entity responsible for making contributions to the resource</description>
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                <text>Sartori, César Eduardo (Tutor de tesis)</text>
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            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
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            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
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              <elementText elementTextId="30801">
                <text>Trabajo que aborda la importancia de profesionalización de los agentes del SENASA y plantea la necesidad de la inserción de los Licenciados en Gestión de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos, a los requerimientos para los puestos de control, supervisión y dirección de establecimientos elaboradores y de productos de origen animal y depósitos, para el mercado interno, basándose en competencias y reglamentaciones.</text>
              </elementText>
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          <element elementId="54">
            <name>Table Of Contents</name>
            <description>A list of subunits of the resource.</description>
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              <elementText elementTextId="30802">
                <text>1.- Introducción. Definición del problema &#13;
1.1. Requisitos para el Puesto de Jefe de Servicio. &#13;
1.2.-Competencias, Incumbencias y Actividades Reservadas. Definiciones.&#13;
1.3.- Incumbencias y Competencias de los Veterinarios. Actividades Reservadas.&#13;
1.4.-Competencias de los Licenciados en Gestión de Calidad e  Inocuidad de los Alimentos. Alcances del título.&#13;
2.- Posibilidad de Acreditación de la Carrera. &#13;
3.- Objetivos &#13;
3.1. Objetivo general &#13;
3.2. Objetivos particulares &#13;
4.- Marco Reglamentario. Organigrama de SENASA. &#13;
5.- Cambio de Paradigma. &#13;
5.1. Necesidad incorporación de nuevas titulaciones al puesto de  jefe de servicio.&#13;
6.- Motivación laboral en organizaciones públicas. Técnicas de  diagnóstico para evaluar competencias.&#13;
7.- Evaluación y diagnóstico sobre las incumbencias. &#13;
7.1.- Evaluación y desempeño de Licenciados en otras áreas del  Organismo&#13;
7.2.- Informes de prácticas profesionalizantes. &#13;
8.- Métodos de Investigación. Entrevistas. &#13;
8.1- Entrevista a Vice Decano de la Facultad de Agrarias. UNLZ. &#13;
8.2.- Entrevista a Docente y funcionario del Organismo. &#13;
9.- Proyecto de Regionalización. &#13;
9.1.- Implementación Reglamentada. &#13;
9.2.- Costo de la Regionalización. &#13;
10.- Conclusiones. &#13;
11.- Bibliografía. &#13;
12.- Anexo 1: Requisitos Jefe de Servicio. Reglamentación. Decreto  4238/68. Capítulo VII.&#13;
13.- Anexo 2: Programas de las Carreras &#13;
13.1. Anexo 3: Decreto 4238/68. &#13;
13.2. Anexo 4: Técnicas de diagnóstico para evaluar incumbencias. &#13;
13.3. Anexo 5. Resolución 222/2006 SENASA &#13;
13.4 Anexo 6: Resolución 592/2015 SENASA</text>
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            <description>A language of the resource</description>
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            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
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                <text>B.S.0144</text>
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            <name>Rights</name>
            <description>Information about rights held in and over the resource</description>
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                <text>Trabajo presentado para la obtención del Título Licenciado en Gestión de la Calidad e Inocuidad de los alimentos otorgado por la Universidad Nacional de Lomas de Zamora</text>
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        <name>Formación Profesional</name>
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        <name>Productos de Origen Animal</name>
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        <name>Reglamentaciones</name>
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