Se establecen los requisitos de ingreso de animales de especies susceptibles a la Fiebre Aftosa desde la Patagonia Norte A hacia la Patagonia Norte B y Sur.
Establece la regionalización del territorio nacional a los efectos de la vigilancia, prevención, control, limitación y erradicación de la fiebre aftosa.
Establecese que los productores de las especies consideradas hospederas primarias y secundarias de las plagas carpocapsa o barreno de las pomaceas de la region patagonica deberan inscribirse en el registro nacional sanitario de productores…