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Título
Resolución ex- SENASA N° 0083/1981
Descripción
Se modifica y amplia los recaudos profilacticos establecidos relacionados con la Metritis Contagiosa Equina.
Autor
Servicio Nacional de Sanidad Animal
Fecha
10/02/1981
Idioma
Es
Tipo
Resolución
Resumen
Se autoriza el ingreso al país de hembras de hasta dieciocho (18) meses de edad y de machos enteros de hast veinticuatro (24) meses de edad de la especie equina de cualquier raza. Los animales equinos mencionados con hasta doce meses de edad podrán ingresar al país sin examen específico de Metritis Contagiosa Equina. Todo animal que ingrese al país de doce a dieciocho meses y todo macho entero de doce a veinticuatro meses de edad, deberán ser sometidos, en el país de origen, por lo menos a una prueba específica de triple barrido o escobillado, de vagina, uretra y fosa del clítoris para las hembras y de prepucio, uretra y fosa uretral para los machos con resultado negativo para del agente causal de la enfermedad Hemophilus urogenital.
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